COMUNICADO-683
• Es necesario proteger intereses tanto del trabajador como del patrón, enfatiza Gándara Camou
• Iniciativa de reforma a la Ley de Amparo para armonizar el principio de la suplencia de la queja
El senador del PRI, Ernesto Gándara Camou, presentó una iniciativa para impulsar la igualdad procesal en los juicios de amparo laboral y con ello proteger los intereses del trabajador y del patrón.
Se trata, dijo, de reformar la Ley de Amparo con el propósito de armonizar el principio de la suplencia de la queja en el juicio de protección, conforme lo dispuesto en el artículo 1 de la Constitución.
Afirmó que es necesario modificar el artículo 79 de este ordenamiento para que la autoridad que conozca del juicio de amparo tenga la obligación de suplir la deficiencia de los conceptos de violación o agravios en materia laboral, a favor del trabajador, salvo que se trate de violaciones manifiestas de la ley, con independencia de que la relación entre empleador y empleado esté regulada por el derecho laboral o por el derecho administrativo.
Además, en todas las materias, cuando se advierta que ha existido en contra del quejoso o del particular recurrente una violación la legalidad que lo haya dejado sin defensa por afectar los derechos previstos en el artículo 1 de la Ley de Amparo.
En este caso la suplencia sólo operará en lo que se refiere a la controversia en el amparo, sin poder afectar situaciones procesales resueltas en el procedimiento en el que se dictó la resolución reclamada.
Con ello, aseguró, el trabajador no tendría que esperar el trámite de procedimiento de ejecución para ver garantizada su subsistencia cuando ya lo obtuvo en definitiva y, por el otro lado, el patrón no se vería en el riesgo de no poder recuperar esa y otras garantías en caso de que el laudo definitivo le sea desfavorable.
En la exposición de motivos de la propuesta, que también signa la senadora priista Verónica Martínez Espinoza, se menciona que existe una desigualdad procesal en la materia de amparo que ha afectado la economía del país y en la que la parte patronal es la única excluida del beneficio procesal de la suplencia de la queja, sin justificación alguna.
Dijo que esta exclusión afecta los niveles socio-económicos del país, toda vez que la desigualdad procesal ha generado el cierre de fuentes de trabajo y afectado a trabajadores.
La iniciativa se turnó a la Comisión de Justicia y de Estudios Legislativos, Segunda.
---000---