El Senado de la República aprobó que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales del gobierno federal, en coordinación con entidades federativas, gobiernos municipales y el Distrito Federal, formulen y apliquen campañas, a fin de prevenir y controlar la contaminación por ruido, vibraciones, energía térmica, lumínica, radiaciones electromagnéticas y olores.
En las consideraciones del dictamen se establece que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 4º, consagra el derecho de toda persona a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, y que el respeto a esa norma será garantizado por el Estado.
Por tal motivo, el proyecto contempla reformar el párrafo tercero del artículo 156 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, a fin de proporcionar una herramienta legal que permitirá a los mexicanos vivir saludablemente, fuera de toda contaminación.
En el dictamen se argumenta que la ley vigente dispone que es a través de las normas oficiales mexicanas, y no a través de programas, como se establecerán los procedimientos para prevenir y controlar las formas de contaminación mencionadas.
La propuesta hace énfasis en la gravedad de cualquier tipo de contaminación y pone como ejemplo los efectos que causa la lumínica: diversos estudios han demostrado el incremento de cefalea, fatiga, ansiedad y estrés atribuibles a esta forma contaminante.
El dictamen se devolvió a la Cámara de Diputados para los efectos constitucionales.
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