En lo general, los senadores validaron el dictamen con 15 votos a favor, seis en contra y una abstención.
El nuevo ordenamiento, que se deriva de la reformas constitucional en materia política, tiene como propósito regular el procedimiento para la convocatoria, organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de la consulta popular, así como promover la participación ciudadana en la implementación de este mecanismo.
Entre otros puntos, el proyecto de decreto establece que serán objeto de consulta popular los actos de carácter legislativo del Congreso de la Unión, así como actos administrativos del Ejecutivo Federal, siempre que sean de trascendencia nacional, que repercutan en la mayor parte del territorio nacional o que propongan legislar sobre nuevas leyes o modificaciones a las existentes que impacten en una parte significativa de la población.
En la discusión, el senador Roberto Gil Zuarth, del Partido Acción Nacional, reconoció en que la redacción del artículo 35 relativa a la consulta “no es la más afortunada”, por su falta de claridad sobre esta figura, sobre todo en los alcances con respecto al poder revisor de la constitución.
Aseveró que “estamos en una zona gris” y esto es así que un grupo de legisladores promovió una acción ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para que aclarara sus alcances y “hoy se pretende obviar esa zona gris y tomar esa determinación a nivel legislativo que plantea muchos problemas”.
Por su parte, el también senador panista Héctor Larios Córdova dijo “no solamente la Constitución se puede llevar a consulta” sino también actos administrativos y leyes, “tan es así que queda clarísimo que en el 2015, si se reúnen los requisitos, sí la habrá en materia del petróleo”, expresó.
Si la Corte dijera, agregó, que no se puede consultar la Constitución no hay duda de que se someterán a esta figura las leyes secundarias.
A su vez, el senador perredista Alejandro Encinas Rodríguez se pronunció en contra de la minuta porque establece un conjunto de “umbrales, disposiciones y restricciones”, que buscan “burocratizar” o “frenar” el ejercicio pleno de este derecho, pues no sólo establecen una sobre regulación del artículo 35, sino que agrega nuevos requisitos para garantizar la convocatoria de la consulta.
Pero el tema nodal, enfatizó, radica en los artículos 5 y 6, donde se dispone que sean objeto de esta figura los actos de carácter legislativo del Congreso de la Unión y esto “excluye la posibilidad de la consulta respecto a actos del Constituyente Permanente o del poder reformador de la Constitución” y tampoco hace referencia expresa a las modificaciones de carácter constitucional.
Previamente, los senadores Manuel Camacho Solís, Alejandro Encinas Rodríguez y Armando Ríos Piter, del PRD, propusieron suspender la dictaminación de la minuta hasta que la Suprema Corte de Justicia de la Nación decida sobre la constitucionalidad o no de la consulta en materia energética.
Camacho Solís dijo que está de por medio “si las diferencias de fondo que tenemos los mexicanos las vamos a resolver por las vías de solución que establece el Estado de derecho y por lo tanto por las vías institucionales, o si las divisiones se seguirán ahondando y no tendrán otra manera de resolverse más que por el formalismo o las movilizaciones radicales en las calles”.
Señaló que la propuesta que envió la colegisladora “no es un minuta para regular la consulta popular sino para impedirla”, porque cómo se puede hablar de esta figura sobre asuntos de trascendencia nacional y cerrar esa vía de participación en la reforma de los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética.
A esta propuesta se sumaron los senadores panistas Marcela Torres Peimbert y Javier Corral Jurado, toda vez que también es necesario que se integre el Instituto Nacional Electoral y cuente con todas sus facultades relativas a la consulta popular, entre ellas la de promover la participación de los ciudadanos.
Corral Jurado lamentó que esta legislación se analice “a la luz de la polarización y confrontación ideológica que suscita la reforma energética en el país”.
Consideró que para cerrarle el paso a la consulta popular en materia energética, “se le va a cerrar el paso a una figura fundamental”. Además, dijo, “en varios de las normativas de esta minuta hay contradicciones” con la reforma al artículo 35 constitucional, por lo que se requiere de mayor consenso político para su aprobación.
Sin embargo, después de un debate sobre la procedencia de la moción suspensiva que solicitaron los legisladores se continuó con el proceso para dictaminar el proyecto de decreto.
Sobre este tema, la senadora priista Verónica Martínez Espinoza afirmó que de acuerdo con el Reglamento del Senado, la moción suspensiva, por definición, sólo puede presentarse durante una sesión del pleno.
En lo particular, los senadores panistas Javier Corral Jurado y Laura Angélica Rojas Hernández; Angélica de la Peña Gómez, Manuel Camacho Solís, Raúl Morón Orozco y Alejandro Encinas Rodríguez, del PRD, presentaron reservas a los artículos 5, 6, 9, 12, 14, 15, 20, 23, 33, 41, 64 y 46 del proyecto, pero fueron rechazadas por mayoría.
Posteriormente, los artículos del proyecto se aprobaron en lo particular con 17 votos a favor y seis en contra.
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