El Senado de la República aprobó por unanimidad la adición de un segundo párrafo a la fracción II del artículo 62 de la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las víctimas de estos ilícitos.

El dictamen precisa que las personas víctimas de los delitos contenidos en esta ley deberán recibir información sobre sus derechos en su idioma, lengua o variante lingüística, de acuerdo a su edad y garantizando su integridad psicológica y la protección de su identidad e intimidad.

El documento expone que en México se estima la existencia de 11 millones 132 mil 562 personas indígenas, con lo que se pone de relieve la importancia de que aproximadamente un 10 por ciento de la población total del país se autoatribuye el carácter de indígena y que debe ser atendida por los órganos estatales de acuerdo con los derechos que tiene reconocidos en los ámbitos internacional y nacional.

Debido a ello, los senadores destacaron que fortalecer el sistema de derechos de la población que no comprende totalmente el idioma Español, sea indígena o incluso extranjera, es un imperativo que el Estado debe de atender.

El dictamen, precisa que este segmento poblacional tiene que contar con todas las herramientas necesarias para enfrentar un proceso jurídico o para ejercer sus derechos en los casos en que sean víctimas de trata de personas.

Asimismo, destaca que la población indígena y extranjera que no habla o comprende el español, se encuentra en una situación de doble vulnerabilidad frente a los perpetradores de este tipo de ilícitos, pues además de sufrir las consecuencias de dichas conductas, la dificultad para comunicarse en el idioma oficial las re-victimiza y hace nugatorios sus derechos más elementales.

Ante esto, los legisladores exponen que con la adición que se propone se fortalecerán también los derechos y principios derivados del sistema internacional de derechos humanos y con lo que el sistema jurídico continuará su armonización.

Enfatizaron que la adición coadyuvará que la población más vulnerable al delito de trata de personas obtenga la mejor atención posible por parte de las autoridades encargadas de asistirlas en su condición de víctimas de este delito.

Cabe destacar que el dictamen fue turnado al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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