• En comisiones, el proyecto se aprobó en lo general con los cambios de la colegisladora
El Senado de la República dio primera lectura al dictamen de la minuta que reforma diversas disposiciones de la Constitución en materia político-electoral.
Previamente, con 28 votos a favor, cuatro en contra y ocho abstenciones, las comisiones de Puntos Constitucionales, Gobernación y Reforma del Estado, así como las de Estudios Legislativos, Primera y Segunda, aprobaron en lo general los cambios que la Cámara de Diputados realizó al proyecto de decreto.
Cabe señalar que la colegisladora modificó la redacción del inciso B, fracción VI, Apartado D, del Artículo 41 del proyecto, para que se contemplará como una de las causales de nulidad de las elecciones federales o locales la compra y no la adquisición de cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley, como lo aprobó el Senado el pasado 2 de diciembre.
Sobre el tema, el senador Héctor Larios Córdova, de Acción Nacional, consideró que este cambio “hace nugatorio” el derecho de buscar la nulidad de un proceso electoral, pues se tendría que acreditar con facturas o “documentos probatorios” que hubo una compra irregular de cobertura informativa o tiempos en radio y televisión.
Reconoció que la reforma político-electoral “está atada a un compromiso”, por lo que en el PAN hemos decidido, aun estando en desacuerdo completo en estos cambios, “respaldar la ratificación” de la propuesta, a fin de que se envié a los congresos locales y “para poner a prueba el cumplimiento de los compromisos políticos  que se han establecido”.
En tanto, el también senador panista Javier Corral Jurado enfatizó que la sustitución de la palabra “adquiera” por la de “compre”, para estar en posibilidad de anular una elección, la autoridad estará obligada a contar con contratos que acreditan la compra cobertura informativa o tiempos en radio y televisión, fuera de los supuestos previstos en la ley.
Dicha cuestión, destacó, “no ocurrirá, puesto que la experiencia ha demostrado que las acciones que se realizan para violar la Constitución no se documentan por escrito ni ante un notario público”.
De conservarse la causal de nulidad, dijo, es inaplicable porque nunca se contará con los elementos para su actualización, “dejando sin razón de ser la incorporación en la Constitución de un mecanismo de anulación de las elecciones, como se pretende”, para garantizar la celebración procesos electorales libres, informados y equitativos.
Por su parte, el senador Zoé Robledo Aburto manifestó que un grupo de senadores del PRD decidió dar su voto a favor de la reforma político-electoral, para la liberalización de la democracia, que la hiciera más cercana” y que “combatiera el divorcio de representación política que tenemos con la sociedad”.
Sin embargo, “nos parece grave que lo que votamos hoy se esté revirtiendo con las modificaciones”, toda vez que  “sólo se cae en una violación a la ley cuando se adquiere con dinero (cobertura informativa o tiempos en radio y televisión) pero no cuando sea una donación, intercambio o adquisición por parte de un tercero”.  
Entre otras modificaciones que realizaron los diputados a la reforma político-electoral está el cambio en el artículo  décimo primero transitorio para que la reelección sea “aplicable a los diputados y senadores que sean electos a partir del proceso electoral de 2018”.
Además, la minuta plantea que sea la Cámara de Diputados y no el Senado de la República quien nombre por el voto de las dos terceras partes de sus miembros presentes al Presidente y a los seis integrantes del Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
La colegisladora también planteó que “el partido político nacional que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o de las Cámaras del Congreso de la Unión, le será cancelado el registro”.
De acuerdo con los diputados “todo partido político que alcance por lo menos el tres por ciento del total de la votación válida emitida para las listas regionales de las circunscripciones plurinominales, tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados según el principio de representación proporcional”.
Asimismo, en la propuesta de la colegisladora se sugiere que “el partido político local que no obtenga, al menos, el tres por ciento del total de la votación válida emitida en cualquiera de las elecciones que se celebren para la renovación del Poder Ejecutivo o Legislativo locales, le será cancelado el registro”.
Del mismo modo, se establece que “la reforma al artículo 116 de esta Constitución en materia de reelección de diputados locales, así como a diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, no será aplicable a los legisladores que hayan protestado el cargo en la legislatura que se encuentre en funciones a la entrada en vigor del presente decreto”.
Las comisiones dictaminadoras acordaron discutir los artículos reservados en el pleno de la Cámara de Senadores.
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