Versión Estenográfica de la presentación del libro “Paradigmas del derecho constitucional en el Siglo XXI”, convocada por el senador Jesús Casillas Romero.

SENADORA CRISTINA DÍAZ SALAZAR: Además de contar con una sólida trayectoria académica y profesional, el doctor Vallarta es autor de diversas obras, entre las que se encuentran “Constituyentes Mexicanos de 1917”; “Introducción al Estudio del Derecho Constitucional Comparado”; “La consolidación de la Unión Europea a través del Tribunal de Justicia”; “La protección de los derechos humanos. Sistema Latinoamericano”; y “El régimen internacional de los derechos humanos”; así como de las novelas “¿La historia me absolverá?”, sobre Fidel Castro y orígenes.

Como podemos todos apreciar, su formación le ha permitido ser un referente en el estudio del derecho constitucional, desde una perspectiva federalista, lo cual le ha llevado a la tarea de coordinar la obra que hoy será presentada para su exposición pública y debate de las ideas en ella escritas.

Como su nombre lo indica, el texto incluye un paradigma, es decir, un conjunto de teorías acerca del derecho constitucional del siglo XXI. En el libro encontraremos una serie de artículos y ensayos escritos por varios de los exponentes más importantes y reconocidos del derecho constitucional latinoamericano, como son José Barragán, Allan Brewer Carias, Antonio Colomer, José de Jesús Covarrubias, José Fernández Ruiz, Domingo García Belaunde, Antonio María Hernández, Enrique Orduña, Luciano Parejo Alfonso, Armando Rodríguez García, Jorge Reinaldo Vanossi y José Luis Villegas.

Especialistas y estudiosos del sistema constitucional federal, que abordan temas como el federalismo mexicano, la legitimidad democrática de la elección popular, el Estado comunitario español, el control de convencionalidad; así como las estructuras del gobierno local y municipal frente a las transformaciones del Estado constitucional en el contexto del siglo XXI.

Todos seremos testigos y en voz de mis compañeros senadores Enrique Burgos y Roberto Gil, quienes habrán de hacer una relatoría específica y comentarios especializados de la obra; segura estoy que nos encontramos frente a una obra de gran utilidad y criterio jurídico político para el debate informado en un tema que hoy está presente en el Senado de la República: Me refiero al sistema federal y el régimen de competencias entre la Federación, las entidades federativas y los municipios.

Un amplio debate que nos lleve a generar un equilibrio de poderes entre la diversidad y la pluralidad, para fortalecer el Estado de Derecho bajo un marco constitucional de protección a los derechos humanos, que garantice la estabilidad y desarrollo social.

Hoy en México, donde todos estamos cerrando el paso a la corrupción, impunidad y se abre la puerta a la legalidad, rendición de cuentas y transparencia; es imprescindible socializar y reconectar a la Carta Magna como un cuerpo vivo con la sociedad.

Debemos incrementar los foros de reflexión sobre la Constitución para acercar más a la sociedad en su contexto. Todos tenemos el reto de que a través de la educación cívica, los estudiantes conozcan y comprendan el contenido de la Constitución; informar a la sociedad sobre sus derechos, así como los principios y los mecanismos por los cuales pueden exigir su cumplimiento.

Sin más, quedamos todos en manos de mis compañeros senadores, la presentación del libro “Paradigmas del derecho constitucional en el Siglo XXI”.

Muchas gracias.

PRESENTADOR: Agradecemos el mensaje de bienvenida por parte de la senadora Cristina Díaz Salazar, que también nos brindó una pequeña semblanza de nuestro coordinador, el licenciado José Guillermo Vallarta Plata.

Y como ya lo mencionaba la senadora, a continuación para realizar la presentación de este libro, tiene el uso de la palabra el senador Enrique Burgos García, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República.

SENADOR ENRIQUE BURGOS GARCÍA: Muchas gracias y muy buenos días a quienes nos distinguen con su presencia esta mañana.

Muy particularmente nuestra gratitud al doctor Guillermo Vallarta Plata, quien tuvo la tarea, muy encomiable por cierto, y además muy certera, de coordinar la participación de 13 distinguidísimos constitucionalistas iberoamericanos: de España, de Venezuela, de Perú, de Argentina, de México.

También reconocer la presencia del maestro José Barragán, un también muy reconocido y distinguido constitucionalista de larga trayectoria.

Agradecer la presencia de mi compañera, la senadora Cristina Díaz; de mis compañeros senadores; en particular a quien hoy encabeza y preside la Comisión Especial para el Diagnóstico de nuestra Constitución, el señor senador Roberto Gil, expresidente del Senado de la República, que nos honra mucho acompañar.

Qué bueno que se da este ejercicio, lo comentábamos hace un momento con el doctor Guillermo Vallarta Plata, quien no solamente es un estudioso, un teórico del constitucionalismo, particularmente del municipio del Federalismo; sino también porque vivió las experiencias, porque pudo participar de manera directa en el ejercicio, en la vivencia de la vida municipal, en un municipio tan importante como lo es el de Guadalajara.

Vale la pena resaltar, aunque esto lo hemos escuchado a lo largo de los últimos dos o tres años, que esto se enmarca de manera natural dentro de las tareas que el Senado de la República ha impulsado y ha desenvuelto; justamente en la inminencia del centenario de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de nuestra Constitución de 1917.

Y esta es una de las formas, yo diría, relevantes, importantes en las que se contribuye al conocimiento, al análisis, a profundizar en el significado de nuestra Constitución; y en particular como esta interesantísima recopilación, en estas aportaciones que se hacen bajo la referencia de paradigmas del derecho constitucional para el siglo XXI; advirtiendo –como lo sabemos todos– que finalmente un paradigma es un modelo, es la búsqueda entre el ser y el modo de ser entre lo que se anhela, entre lo que se está deseando construir.

Y este ejercicio del paradigma del derecho constitucional para el Siglo XXI, resulta más que oportuno al ya despuntado Siglo XXI, ya con 16 años recorridos del nuevo siglo y del nuevo milenio; me parece que es sumamente importante dar un repaso, dar una revisión, un ejercicio dialéctico, diría yo, de lo que quisiésemos fuese el constitucionalismo en lo que resta del siglo o en el futuro, a partir de ahora; sin rupturas, yo subrayaría esto, sin rupturas, sin desprendimientos de la esencia constitucional mexicana.

El constitucionalismo mexicano es original, como original lo es nuestra Constitución de 1917. Y eso se refleja en las 13 colaboraciones, por eso procuro extraer algunos puntos que son comunes en todas esas colaboraciones.

Rupturas y desprendimientos no, no del constitucionalismo social mexicano y no de nuestra Constitución que, efectivamente –y reitero– es una Constitución original, con originalidad y esa originalidad no solamente deviene de lo que hemos también escuchado, de haber conciliado los derechos individuales con los derechos sociales, no solamente; más aún la originalidad de la Constitución deviene de su fidelidad para ver asumido la realidad social que se vivía a principios del siglo pasado.

Su fidelidad para transitar la propuesta social, la propuesta popular y convertirla en ley. Esa fidelidad que supo captar cada uno de los 219 diputados constituyentes, es lo que enmarca ese origen fidedigno de nuestra Constitución.

Hablar del libro y hablar de la Constitución parecerían formas ineludibles, con conexos, es inherente uno al otro.

Va a resaltar, y quienes tengan la oportunidad de leerlo, van a deleitarse al hablar de algunos temas, dado que está aquí presente don Guillermo y el maestro don José también, que asumieron por una parte municipalismo, por otra parte federalismo; valdría la pena tomar algunas apreciaciones de este documento.

Efectivamente, el doctor Guillermo Vallarta Plata, hace un análisis histórico, jurídico, político. Y hay algunas afirmaciones del mayor interés, es probable que el municipio en cierto sentido sea incluso anterior al Estado.

Para algunos autores, y no sé si lo compartas, don Guillermo, para algunos autores el municipio o la vida municipal fue una lucha en medio de un estado autocrático. Fue la confrontación entre la vida comunitaria y la perspectiva dominante; por eso decíamos, fue una lucha democrática esencialmente el municipio, la vida interna de las comunidades en el centro del estado autocrático.

Por eso la validez, por eso la valía y la significación de la trayectoria del municipio. Y fue una vivencia que para los mexicanos no nos resulta ajena, para el pueblo mexicano; cuando el inicio de la conquista, una de las primeras conformaciones políticas, sociales que asume el conquistador Hernán Cortés en cuanto llega a la tierra continental, cuando deja la tierra insular; y para desprenderse de la autoridad del gobernador Diego Velásquez, de Cuba, funda el ayuntamiento de la Villa Rica de la Vera Cruz, con la jerarquía de capitán general y justicia mayor.

Y curioso, paralelamente, casi simultáneamente, diríamos, Carlos V en Villalar, prácticamente concluye con la vida comunitaria. Es decir, mientras aquí se daba un fenómeno, allá se daba otro, antagónico.

Y en ese ir y venir y en esa confrontación permanente, se desenvuelve la vida municipal. Y cuando en el constitucionalismo mexicano se advierte la existencia de lo comunitario, de la comunidad, las constituciones, aunque no éramos un país independiente; pero no se asumió en la Constitución del 14, no en la de 24, en el centralismo tampoco, el 57, pero la 17 sí lo recogió; 1917. 

Y fíjense, ahora que estamos tocando el tema de la Constitución de la Ciudad de México, y para algunos comentarios que se hacen de por qué lo que hoy son delegaciones y luego serán alcaldías no tienen la contextura de un municipio, entre otras cosas porque la Constitución de 1917 sí reguló el municipio. Lo asumió de manera directa; es decir, está en ese rango y está en esa jerarquía. 

La vida constitucional del municipio habría que afirmarlo, sigue siendo una lucha por la independencia, una lucha por la democracia, una lucha también por la libertad. Pero no está desprendida ni puede desprenderse del trayecto federalista. 

Tampoco es algo que distinga radicalmente a uno de otro. Lo distinguen en jerarquías, en facultades, en competencias, pero va de la mano. Finalmente no se entendería el federalismo, en mi opinión, y no sé si es una osadía decirlo delante del maestro Barragán, pero creo que no se puede disociar la vida municipal de la vertiente federal.

Para algunos, el federalismo no es forma de Estado. Para otros, lo asumen como una figura de Estado, es una forma de Estado.

Nuestra Constitución en su artículo 40, asigna las particularidades de nuestra forma de desenvolvimiento y prácticamente tiene más una forma de gobierno democrático, republicano, laico, que asume una forma federal.

La trayectoria del federalismo en la vertiente que yo pretendo extraer de este documento que insisto mucho en su lectura, denota entre otras cosas y subraya que efectivamente con el sistema norteamericano de los Estados Unidos podremos coincidir o disentir en muchísimas cosas.

Pero una de ellas en donde creo que es válido reconocer a plenitud, es también la originalidad del modelo federal, que fue producto también de experiencias en el ejercicio de constituir quizá una confederación, de evitar la dispersión en una búsqueda constante que finalmente se acerca al surgimiento de un federalismo original, y de una forma de participación del conjunto de la sociedad a través del llamado Plan de Connecticut que reúne la representación popular en una cámara de representantes, y en una cámara de senadores una representación igualitaria que le da una connotación también sui generis, y la elaboración de una Constitución rígida y escrita a diferencia de lo que ellos traían de la tierra insular en Inglaterra. Y surge un federalismo propio con un sistema presidencial propio también.

Esta recopilación reúne puntos de vista a veces diferentes, no necesariamente opuestos, pero que enriquecen la posibilidad de profundizar en ese conocimiento.

Y al abordar el federalismo mexicano, creo que también se puede desprender que la diferencia entre un modelo original, el norteamericano y lo que se diseñó para el esquema mexicano siendo sistemas federales, es que en el modelo norteamericano había un esfuerzo o un ejercicio por centralizar.

Las 13 primitivas colonias que luego fueron Estados, tendían, porque tenían la fortaleza, a vivir con vida propia, con vida independiente. La unidad les costaba trabajo, era algo complejo; en tanto que en el sistema mexicano resultaba lo contrario. Veníamos de un sistema absolutamente centralista y la idea era distribuir.

En esa génesis, el federalismo se aborda con distintos aspectos aquí. El federalismo se convierte, primero como un fenómeno histórico, así se aborda; después como una estructura jurídica; después como un régimen político; y quizá habría que agregar, y esto es muy importante, como un modelo distribución. 

Y esto abonará, y no sé si nuestro presidente, el senador Gil, lo vea con buenos ojos, pero abonará el sistema distributivo a lo que tenemos que hacer. Probablemente habría que profundizar mucho en sistemas de distribución, sistemas que alcancen incluso al propio municipio.

Hoy, por ejemplo, en estos paradigmas, es decir, qué queremos, se advierte el flujo migratorio, por ejemplo.

El flujo migratorio, ya no digan el que amaga con lo que Estados Unidos se asoma, sino incluso el interno, el reacomodo migratorio.

Las vertientes que van de la Ciudad de México a otro, perdón que hable en primera persona, pero en mi estado, por ejemplo, en Querétaro el flujo migratorio es importantísimo. Ha crecido de una manera, yo diría, riesgosa. ¿Por qué? Porque las condiciones financieras, económicas, estructurales, ponen en aprietos a la autoridad.

Yo creo que los flujos migratorios tendrán que entrar en el modelo de distribución financiero, en las participaciones para decir: Bueno, esta ciudad tenía tanto pero ahora tiene menos. Ahora este Estado tiene que dar soporte al agua, a la luz, a la energía, que son ahora los sistemas prácticos, los sistemas reales, los que tocan la puerta cotidianamente. 

Y quienes, como don Guillermo, han sido presidentes municipales, seguramente, bueno, a lo mejor ya no lo vive en carne propia como presidente, pero lo observa como un habitante de la ciudad de Guadalajara. Y lo vivimos todos de alguna manera; lo vivimos en las carreteras, en las autopistas, en las ciudades, la necesidad de replantear.

Y como se ha advertido mucho, y con esto concluyo para no quitarle tiempo a mis demás compañeros participantes, el tema es: Si las finanzas no están ordenadas y las finanzas no están en un punto de equilibrio, si no son dinámicas, difícilmente se podrá cumplir con el compromiso social.

El compromiso social requiere dinero para resolverse. Si la condición económica es limitada, nuestro cierre será limitado. Y para poder armonizar uno con otro, necesitamos un método, y el método es el entendimiento político.

Por eso hoy en día no puede ser un discurso la unidad nacional; no puede agotarse en un discurso el esquema de resolvamos lo fundamental. Hoy aparece como una necesidad absoluta.

Sin detrimento de la válida y legítima lucha partidista, sin detrimento de esa, hoy en día en mi opinión hay que poner el tema en la indispensable unidad nacional, por razones internas y ahora por razones externas.

No tiene que ser un discurso, no tiene que ser una idealidad; tiene que ser una forma efectiva de que sumemos las aportaciones ricas de todos los partidos políticos, de la sociedad fundamentalmente, de la academia, para poder construir cuando estamos en un amago real una perspectiva de sociedad mejor.

Y esto que está hoy presentándose, una forma de proyectar, de generar un paradigma, lo que queremos ser, el ejemplo de lo que hay que buscar, creo que podría ser válido más aún en este momento.

Hace muchos años, concluyo, señor presidente, cambió la política norteamericana. Desde hace 50 años Kennedy habló de una alianza para el progreso, que no significaba dádivas ni regalos, significaba financiamiento para el desarrollo particularmente de Latinoamérica y de Centroamérica; era impulso al desenvolvimiento, que hoy se convierte en bajar cortinas y es exactamente lo opuesto de Kennedy hace 50 años a la inminencia del arribo de un nuevo presidente, el escenario parece diametralmente distinto y altamente riesgoso. 

Por eso la oportunidad de este documento y la oportunidad de que hagamos un ejercicio porque prevalezca la unidad nacional.

Muchas gracias.

PRESENTADOR: Desde luego que agradecemos todas y cada una de las palabras por parte del presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República, el senador Enrique Burgos García.

A continuación, tiene el uso de la palabra el senador Roberto Gil Zuarth, presidente de la Comisión Especial para el Diagnóstico y Reflexión sobre el texto que conforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SENADOR ROBERTO GIL ZUARTH: Muy buenas tardes. Quiero agradecer en primer lugar a mi compañero, el senador Jesús Casillas, la invitación a presentar esta obra colectiva, coordinada por el doctor Guillermo Vallarta Plata, al cual le doy la bienvenida al Senado de la República. Le damos la bienvenida al Senado de la República.

Y digo invitación, porque en efecto esta actividad estaba ya planeada mucho antes de que el Pleno del Senado y mis compañeros senadores me distinguieran con la posibilidad de presidir esta Comisión, por eso tengo que agradecer al senador Casillas la invitación.

Por supuesto saludar a buenos amigos y estimados colegas, al senador Enrique Burgos, presidente de la Comisión de Puntos Constitucionales; a la senadora Cristina Díaz, presidenta de la Comisión de Gobernación. Mi buen amigo el senador Jesús Ascención Orihuela.

A quienes hoy nos visitan desde Jalisco, estudiantes, el maestro Barragán, bienvenido al Senado de la República. 

Cuando uno es invitado a la presentación de un libro, corre con una tentación. La tentación es hablar del aporte intelectual de los actores, en este caso, del autor o los autores, de la intención de coordinar una obra de esta magnitud. De hablar de las características filosóficas, teóricas-intelectuales que los actores plasman en una obra, tratando incluso de sugerir su lectura a partir de esas definiciones básicas.

Y la otra tentación es hablar en exceso de la obra y cometer alguna injusticia con la enorme riqueza intelectual que la misma pueda contener.

Yo, para no cometer ninguna de las dos injusticias, quisiera fundamentalmente compartir con ustedes algunas de las ideas que me provocaron la revisión de este texto. 

Precisamente platicaba con el doctor Vallarta al inicio de la reunión, que me dio mucho gusto encontrarme en una de las páginas con algunos maestros que fueron míos a lo largo de la carrera profesional, en el posgrado. Y sobre todo constatar que las discusiones sobre el derecho constitucional, sobre el constitucionalismo siguen abiertas, afortunadamente siguen abiertas.

Y precisamente por eso el texto no solamente aporta una visión crítica de nuestra realidad, la realidad jurídica, constitucional; sino sobre todo sugiere algunas reflexiones en el marco, como bien lo dice el propio texto, del aniversario de nuestra Constitución.

Pensemos nuestra Constitución a la luz de la evolución del constitucionalismo iberoamericano en particular, pero también sobre la evolución histórica que el constitucionalismo ha tenido en el mundo.

Porque si en algo son prolíficas las distintas aportaciones, es en referencias a la evolución de nuestro constitucionalismo global y en consecuencia aporten buenas razones para seguir no solamente reflexionando, sino estudiando el derecho constitucional en nuestro país, a propósito –insisto— del centenario de nuestra constitución.

Y cuando uno habla de constitución, inevitablemente habla de poder, de eso se trata la constitución. La constitución crea, regula, disciplina el poder, un tipo específico de poder, el poder político, ya no tanto porque ahora tiene que domesticar otro tipo de poderes, especialmente los poderes salvajes, como diría Ferrajoli.

Pero cuando uno habla de constitución fundamentalmente se refiere a la regulación del poder político, en una visión originaria en las primeras reflexiones constitucionales en el poder que ostentaba el Estado.

Ahora, después de mucho tiempo y muchas circunstancias, habla la reflexión sobre la creación, limitación y disciplina del poder, ya no solamente tiene que ver con el poder de mas expresados, sino con el poder en una comunidad política, que se refleja y se expresa, poderes económicos, poderes extralegales, poderes internos, poderes externos, pero la constitución es hablar del poder.

Y el texto sugerente de su título, hablar de los paradigmas significa estudiar las distintas concepciones del poder a propósito de la constitución y dicen los autores que el constitucionalismo en la evolución básicamente de grandes paradigmas.

En primer lugar el paradigma liberal, en segundo lugar el paradigma social y en tercer lugar un paradigma, que no se dice así, pero yo lo detecto que esa es la intención, hablar del paradigma de la globalización, que tiene enormes implicaciones en la concepción del Estado, fundamentalmente en la construcción de la soberanía y en la evolución propiamente de las normas que juridificamos a través del pacto constitucional.

Y en el paradigma liberal, con aquella bellísima imagen de John “Elf” , los detentadores del poder, el pueblo según los contractualistas o los detentadores del poder, el monopolio de la coacción, según los (…) se ataban aún mástil precisamente para no escuchar el canto de las sirenas y de alguna manera limitar el poder que originalmente ostentaban la capacidad de dominar sobre otros y decidían ejercer ese poder a través de las normas jurídicas que ellos mismos habían creado o depositado en la constitución.

Sería la soberanía originaria, sería esa soberanía a la constitución y a partir de ese momento el poder político desnudo se sometía a las descripciones del derecho y específicamente de la constitución.

Y en consecuencia el paradigma liberal decía, permítame la expresión, decía que el poder político debía tener ciertos cercos frente al individuo.

La soberanía, ahora depositada en la constitución, regulaba el poder, creaba el poder, pero al mismo tiempo definía dónde el poder no se podía meter y a ese cerco le denominamos derechos fundamentales y libertades públicas.

En consecuencia, la responsabilidad del Estado bajo el paradigma liberal era únicamente no invadir ese cerco. Es decir, respetar de forma negativa los derechos y las libertades políticas, no entrometerse e intervenir en el círculo de protección, si me permiten la expresión, de cada una de las personas.

Pero luego vino la corrección del paradigma social al paradigma liberal. La primera aproximación, la primera determinación histórica, lo decimos con mucho orgullo los mexicanos, la Constitución de 1917, interpretó o definió algún consenso constitucional en un consenso político, que el Estado no solamente tenía la responsabilidad de no invadir, de no interferir en el cerco de los individuos, sino tenía otro tipo de responsabilidades, básicamente una: igualar las relaciones entre las relaciones sociales, relaciones económicas, políticas, las relaciones laborales.

En consecuencia, el Estado no solamente debía limitarse a no intervenir, sino también tenía responsabilidades de carácter positivo. El constitucionalismo social de la postguerra introdujo a esa responsabilidad de igualar las relaciones sociales, el deber de prestar ciertas, de hacer ciertas prestaciones, obligaciones de hacer, a cargo del Estado, ostenta a los individuos y aparece todo el catálogo de los derechos nacionales, salud, educación, agua, que definen fundamentalmente el estado de bienestar de la postguerra.

En consecuencia, la corrección social al paradigma liberal le asignó al poder político distintas responsabilidades más allá de no invadir el ser individual de las personas.

Pero luego y aquí es donde empiezan las sugerencias de este texto, hay un cambio de paradigma con la globalización y el paradigma de la globalización ha trastornado profundamente nuestra concepción de poder político, ese poder originalmente depositado en la soberanía nacional, juridificado a través de la constitución y ahora entramos en zonas verdaderamente inciertas para la concepción del pueblo al poder político; la soberanía se traslada o rivaliza, la nacional, con una soberanía internacional.

El texto constitucional antes cerrado, es decir, la cúspide de una pirámide donde no hay nada ni nadie sobre ella, de repente tiene que abrirse a una fuente de derecho supranacional, que no solamente puede ser el fundamento de validez de ese derecho nacional, sino que puede tener aplicación directa en el orden jurídico nacional, lo conocemos todos, con la aplicación de los tratados internacionales, el principio propersona y la posibilidad de desplazamiento del derecho interno por el derecho internacional.

La aparición de poderes no regulados por la propia constitución, los poderes de facto, los poderes salvajes, como decía Ferrajoli y al mismo tiempo la transformación de la vieja concepción de los derechos fundamentales y las libertades públicas, de cercos o de derechos de carácter prestacional, a una concepción de los derechos como razones, principios y valores que no solamente rigen en la relación entre el individuo y el Estado, sino también rigen entre los propios individuos.

Y que pueden ser oponibles no solamente frente al Estado, sino frente a personas que son pares y que no ostentan como tal un poder político determinado en la propia constitución; el famoso efecto irradiador de los derechos fundamentales de la que hablan profusamente los alemanes.

Es decir, esa vieja idea de que los derechos eran oponibles al Estado, se convierte en una idea de que los derechos son la norma de convivencia horizontal y vertical en una determinada sociedad.

Transformación evidente en el concepto de soberanía, transformación evidente en la idea de los derechos, transformación evidente en la estructura del poder del Estado, aquí es donde viene toda la reflexión sobre esa vieja idea ya superada de los tres poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

La realidad de la deslocalización del poder, hoy el Poder Ejecutivo tiene poderes limitados ya no solamente por la constitución, sino también por el hecho de las decisiones que ya no puede tomar  un Ministro de Finanzas que en el Siglo XX tenía sustancialmente más poder que el que hoy puede tener por la creación de mercados, por el sistema financiero global, por la globalización incluso de nuestras habilidades políticas.

La transformación también de la descentralización del poder, esta idea federalista que no acabamos de digerir rivalizando con la deslocalización del poder nacional.

Descentralizamos o pretendemos, intentamos descentralizar el poder hacia adentro del orden nacional, pero muchas de sus atribuciones ya no están radicadas en el Estado nación como tal, sino que muchas de ellas tienen fundamentos de poder fuera del orden nacional y a veces incluso hay que reconocer la imposibilidad de los propios órdenes jurídicos y órganos del Estado en lo local, para poder resolver una determinada problemática, trata de personas, por ejemplo, una realidad globalizada que es un fenómeno delictivo de largo alcance.

Ya ciertos poderes públicos en el ámbito nacional son incapaces, no por falta de decisión, sino por falta de capacidad, de eficacia, para poder modular y ordenar esas nuevas realidades.

Y en consecuencia todo empieza a cambiar. Las determinaciones históricas de nuestro constitucionalismo que no es otra cosa que el entendimiento del poder, nos empieza a hacer una serie de preguntas sobre cómo enfrentar esos nuevos fenómenos.

Y entonces, el tercer paradigma, el paradigma de la globalización nos impone ahora el reto constitucional y político de construir las soluciones y aquí es donde quiero hacer una reflexión de carácter político, siguiendo la argumentación siempre destacada de mi buen amigo el senador Enrique Burgos.

Si algo está pasando en el mundo, si algo explica el fenómeno de la salida de Inglaterra de la Unión Europea, el Brexit, si algo explica el crecimiento de los nacionalismos populistas, el resurgimiento de las posiciones radicales, xenófobas, de corte un tanto, yo diría, extremista, como por ejemplo la posibilidad de (…) en Francia o el surgimiento de un partido nazi en Alemania, tiene que ver con el propio fenómeno Trump.

Tiene que ver con que las comunidades políticas, las sociedades democráticas actuales no le hemos dado el golpe a la globalización, no le hemos dado el golpe a construir arreglos políticos, sociales y económicos que permitan atemperar los efectos de la globalización.

Si algo nos ha demostrado la realidad es que la globalización ha provocado muy pocos ganadores y muchos perdedores y un fenómeno de creciente incertidumbre, a la cual no ha podido responder el Estado nación, precisamente por la posibilidad de las estructuras del poder político para poder enfrentar esas nuevas realidades.

El poder político en la concepción de Estado nación es absolutamente ineficaz para poder modelar esas nuevas realidades.

Y por el otro lado, el mundo no ha creado una gobernanza, un poder político supranacional que permita reaccionar con oportunidad a las incertidumbres que genera la globalización.

Todo está globalizado, la información, los capitales, el trabajo, la industria, la economía, la cultura, todo está globalizado. Lo único que no está globalizado es la concepción y el funcionamiento del poder político.

El poder político que se encarga de atemperar los efectos de una realidad sigue estando bajo la vieja estructura del Estado constitucional de derecho basado en la idea de la soberanía nacional muy estricta, la soberanía nacional que rivaliza con otras soberanías, que no comparte por lo menos formalmente el poder con nadie, pero desafortunadamente ese poder político hoy está rebasado por ambos lados de las aceras, por la izquierda, por la derecha, sobre todo por su incapacidad de responder a las expectativas de los ciudadanos.

El ciudadano del Siglo XXI, bajo el paradigma de la globalización, es un ciudadano mucho más exigente y con mayores expectativas; y del otro lado el poder político, desde su punto de vista tradicional basado, insisto, en la idea de soberanía nacional, profundamente incapaz para responder a sus expectativas y sus necesidades del nuevo ciudadano globalizado.

Un ciudadano que abre su teléfono celular y puede tener contacto con una persona que jamás podrá ver físicamente, pero que sí le aporta razones, ideas, información, pensamientos, con el cual interactúa a través de una nueva realidad de redes, que de alguna manera orienta sus decisiones y que también provoca mayor insatisfacción sobre la capacidad de respuesta del poder político.

Y en consecuencia, y con esto concluyo, cuando este conjunto de autores coordinados por el doctor Vallarta, nos abre el apetito a repensar nuestros paradigmas en el marco de nuestra reflexión, propia reflexión sobre el constitucionalismo mexicano en realidad lo que nos está sugiriendo es que empecemos a encontrar con sentido de urgencia respuestas a las nuevas realidades.

Algunas respuestas vendrán de la política nacional, la política interna, pero muchas otras tendrán que ser cambios de realidades construidas inevitablemente en el concierto internacional, antes que la realidad nos rebase y que venga un movimiento pendular hacia olas proteccionistas de cierre, de claudicación que yo creo que son absolutamente imposibles.

Porque mientras la tecnología exista como hoy existe no va a haber posibilidad alguna de revertir la globalización. Llegó para quedarse por el simple cambio tecnológico y de alguna manera el poder político tiene que ajustarse a esa nueva realidad, más que la realidad de ajustarse a la vieja estructura del poder político con la que convivimos prácticamente dos siglos.

Por su atención muchísimas gracias.

PRESENTADOR: Agradecemos al senador Roberto Gil Zuarth, Presidente de la Comisión Especial ´para el Diagnóstico y Reflexión sobre el Texto que conforma la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por todas y cada una de sus palabras dentro de esta presentación literaria.

Señoras y señores:

Queremos darle la bienvenida a Felipe Solís Acero, Subsecretario de Enlace Legislativo y Acuerdos Políticos de la Secretaría de Gobernación. Muchísimas gracias por acompañarnos.

Asimismo, queremos agradecer la presencia del doctor Jorge Fernández Ruiz. Muchísimas gracias por acompañarnos doctor.

Señoras y señores:

A continuación, tiene el uso de la palabra nuestro coordinador de esta obra, el licenciado José Guillermo Vallarta Plata.

LICENCIADO JOSÉ GUILLERMO VALLARTA PLATA: Quiero agradecer profundamente al Senado de la República, la oportunidad que me brinda para hablar a nombre de mis 13 compañeros que hicieron posible esta importante obra,

Agradecer al senador Jesús Casillas Romero, quien fue quien impulsó de manera importante y posibilitó que estuviésemos el día de hoy charlando con ustedes.

La importante participación del senador Roberto Gil Zuarth, Presidente de la Comisión Especial para el Diagnóstico y Reflexión, sobre el texto que conforma la Constitución Política Mexicana, aparte de su magnífica exposición introductoria.

A mi amigo de muchos años, el señor senador Enrique Burgos García, también por su magnífica exposición y el conocimiento que tiene sobre el Federalismo Mexicano.

A la senadora María Cristina Díaz Salazar, por la introducción y presentación de la obra y desde luego por haber sacrificado aspectos muy importantes para estar con nosotros. Muchísimas gracias senadora.

A mi amigo, también, el senador Ascención Orihuela Bárcenas, por su presencia. Muchas gracias.

Al señor Subsecretario de Gobernación, el licenciado Felipe Solís Acero. Muchas gracias por estar con nosotros señor Subsecretario.

Quiero referirme a dos personas muy importantes, los dos autores mexicanos, los dos reconocidos por la Academia Mexicana, quienes participaron en la obra y que el día de hoy nos acompañan.

En primerísimo lugar el doctor Jorge Fernández Ruiz, quien es verdaderamente una persona que ha sido no solamente reconocido en la Academia Mexicana sino que ha trascendido su fama, su participación, su investigación seria y profunda en el ámbito internacional. Jorge Fernández Ruiz: muchísimas gracias por estar con nosotros.

Y también al doctor José Barragán Barragán, quien es otro de los coautores también de México. Pepe ha sido, desde muchos años, un investigador que no ha claudicado, que le ha dado una gran consistencia al estudio del Federalismo Mexicano y su obra es un referente obligado para quienes tienen la oportunidad de adentrarse en el derecho constitucional.

Cómo surgió la idea de crear un libro como éste: Paradigmas del Derecho Constitucional en el Siglo XXI, sobre todo cuando estamos a unos cuantos meses, muy pocos, de celebrar el Centenario de la Constitución de 1917.

Si ustedes ven el libro, se darán cuenta de que lo patrocinan dos instituciones: el Instituto iberoamericano de Derecho Local y Municipal. Es un nombre muy rimbombante, pensarán ustedes.

El Instituto no tiene ni sede, no tiene un centavo de financiamiento de nadie.

Somos un grupo de 25 profesores iberoamericanos que nos juntamos en la ciudad de Guadalajara hace cinco años con motivo de un seminario iberoamericano y ahí, en forma romántica, consolidamos una institución que sin tener patrimonio más que el intelectual y sobre todo el romanticismo de querer hacer algo por nuestros países, creamos esa institución para aterrizarlo precisamente en esfuerzos como éste.

Crear, mediante la aportación de todos, ideas, proyectos en que tengan consistencia en el pragmatismo, en la realidad de nuestros respectivos países.

Y así consolidamos a nueve países que son los que integran los diferentes profesores.

En esta obra, que la patrocina el Instituto de Administración Pública del estado de Jalisco, una institución también muy modesta que conforma el Sistema Nacional de Institutos de Administración Pública, cuyo instituto principal que es el INAP, es también parte de nuestro esfuerzo.

Nosotros como institución tenemos como objetivo la formación de los servidores públicos, sobre todo en el caso de las entidades federativas a nivel local y municipal.

El Instituto de Administración Pública que yo presido, es el que patrocina la obra.

De esta manera invitamos a varios de nuestros compañeros y quiero decirles que aceptaron 13 iberoamericanos.

Quiero, nada más lo platicaba hace un momento antes de empezar la sesión, con el senador Roberto Gil Zuarth y con mi amigo Ricardo Burgos, que entre ellos hay algunos que son referentes a nivel internacional, que son gente muy importante en sus respectivos países.

Y mencionábamos, en el caso de España, del caso de Luciano Parejo Alfonso, que es un agente no solamente es administrativista sino también constitucionalista.

En el caso de Jorge Reinaldo Vanossi, en Argentina, que ha sido reconocido junto con los grandes constitucionalistas argentinos.

Jorge Fernández Ruiz, en México, y José Barragán Barragán, quienes tienen una línea de investigación muy importante.

Domingo García Belaunde, en Perú, quien también ha sido un importante constitucionalista sudamericano.

Y desde luego Allan Brewer Carias, quien también maneja las dos funciones del derecho administrativo y el derecho constitucional, quien tiene una diversidad de obra publicada, quien es un referente internacional y también hace una aportación muy importante.

Sus artículos, de todos los que participan en la obra, manejan realidades tanto a nivel internacional, que pueden ser universales, valores universales del derecho constitucional, como aspectos privativos de sus respectivos países.

Y así Brewer Carias, quien es venezolano, dentro de la explicación de lo que es la democracia y las libertades habla, indudablemente, de la situación que priva en este momento en Venezuela.

Y así podemos nosotros integrarnos a un proceso que es actual, que es vívido, que tiene toda la posibilidad de que conozcamos los elementos básicos de su problemática a través de un autor tan reconocido.

Pero lo más importante de este libro es que les brindará la posibilidad de conocer este mundo actual del derecho constitucional.

Lo dijo ya con toda claridad Roberto Gil Zuarth: el mundo globalizado es un mundo nuevo, es un mundo de realidades que implica un esfuerzo para quienes tienen la responsabilidad no solamente en la Academia, sino también la de gobernar, de poder despejar las incógnitas para tratar de orientar lo que mejor necesitamos hacer.

Es fundamental conocer obras como ésta para que, en el aula, en la profesión, en la investigación, en la legislación, en lo que es la vida cotidiana podamos nosotros desentrañar lo mejor que existe.

El municipio mexicano requiere una modificación profunda. Ya no es posible que sigamos manejando la disposición del 115 Constitucional, una disposición que ya quedó muy limitada en torno a las nuevas realidades.

El artículo 115 no maneja ni los aspectos metropolitanos de los sistemas conurbados, mucho menos las conurbaciones internacionales, los aspectos de desarrollo, de urbanismo sustentable.

Es decir, está totalmente ajeno a la nueva realidad del municipio mexicano y por eso requiere una conformación, una reestructuración, una ingeniería legislativa para que pueda estar de acuerdo a un proyecto del México Moderno.

Lo más interesante es que este libro está a su disposición gratuitamente. Lo subiremos en la página web del Instituto y lo podrán bajar sin ningún costo.

El libro está a su disposición para quien quiera desde luego revisar alguno de los artículos o simple y sencillamente enterarse de ello.

Y también decirle al Senado de la República que le cedemos los derechos del libro para que puedan hacer una reimpresión con motivo del Centenario de la Constitución, en el número que ellos quieran, para que pueda hacerse (interrupción con aplausos)…

A nombre de mis compañeros que ahora me acompañan: José Barragán Barragán, Jorge Fernández Ruiz, y desde luego de 10 compañeros más que hicimos posible, con el esfuerzo de todos, una obra que quiere de alguna manera prestigiar, simbolizar, significar un acontecimiento tan importante y tan caro para la Nación Mexicana: El Centenario de la Constitución Mexicana de Querétaro de 1917.

Que este esfuerzo de los mexicanos de entonces y este proyecto de los mexicanos actuales, sirva para que nuestra Nación pueda encaminarse con salud y con vigor hacia nuevas etapas.

Muchísimas gracias.

PRESENTADOR: Pues bien, señoras y señores, para finalizar se realiza la foto conmemorativa de esta presentación literaria.

Y desde luego un fuerte, fuerte aplauso para este Honorable Presídium.