Versión estenográfica del Programa de Audiencias Públicas respecto al proyecto de la Ley federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la participación de los comisionados del INAI y de representantes de diversas organizaciones de la sociedad civil.

(Primera parte)

SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Muy buenos días tengan todos ustedes. Bienvenidos a estas audiencias públicas, en donde trataremos, donde platicaremos, intercambiaremos opiniones respecto al segundo documento para la realización de la Ley Federal de Transparencia.
Recibo con agrado y saludo al presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, senador Alejandro Encinas. Bienvenido.
A la presidenta de la Comisión de Gobernación. Bienvenida, senadora Cristina Díaz.
Y a nuestra amiga, la senadora Marcela Torres Peimbert, secretaria de esta Comisión. Bienvenida.
También saludo con agrado a la presidenta, doctora Ximena Puente de la Mora, comisionada presidenta del INAI.
Al doctor Francisco Javier Acuña Llamas.
A la licenciada Areli Cano Guadiana.
Al maestro Oscar Mauricio Guerra Ford.
A la doctora María Patricia Kurczyn Villalobos.
Al licenciado Rosendo Monterrey Chepov.
Al maestro Joel Salas Suárez.
Así también, al doctor Mauricio Merino Huerta, coordinador de la Red por la Rendición de Cuentas.
A la maestra Ana Cristina Ruelas Serna, directora oficial del Programa de Acceso a la Información de Artículo 19.
A la licenciada Renata Terrazas Tapia, investigadora de FUNDAR.
A la maestra Mariana Campos Villaseñor, coordinadora del Programa de Gasto y Rendición de Cuentas México Evalúa.
Al licenciado Guillermo Noriega Esparza, coordinador del Colectivo por la Transparencia.
Al maestro Alejandro González Arreola, director general de Gestión Social y Cooperación, GESOC.
También a la licenciada Gabriela Morales, de México Infórmate.
A todos ellos, el Senado de la República les da una calurosa bienvenida y agradecemos que estén el día de hoy con nosotros.
Quisiera empezar por darle la palabra al senador Alejandro Encinas.
SENADOR ALEJANDRO ENCINAS RODRÍGUEZ: Muchas gracias, senador Pablo Escudero.
Al igual que el presidente de la Comisión Anticorrupción y Participación Ciudadana, darles a todas y a todos ustedes la más cordial bienvenida, y agradecer que hayan aceptado la invitación a esta audiencia pública en torno a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información.
Y más en un día tan especial, como el día de hoy. Después de haber conocido el informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que pone en el centro del debate la importancia y la trascendencia de conocer y acceder a la información pública; así como la forma y los mecanismos como se adoptan las decisiones por parte de la autoridad en temas de alto impacto social o inclusive en los temas cotidianos de los asuntos en la gestión pública.
Espero que en esta audiencia podamos acotar de manera muy puntual el debate respecto a lo que debe tener, contener y los alcances de la Ley Federal; partiendo del principio de que hemos logrado un avance significativo en la Ley General y que la Ley General debe ser el piso básico para el desarrollo de la Ley Federal. Nada por debajo de lo establecido en la Ley General.
Pero sí, hacer un esfuerzo por fortalecer tanto el Sistema Nacional de Transparencia y Rendición de Cuentas, como en lo fundamental en las posibilidades de ejercicio en el derecho de los ciudadanos, acceder a toda la información pública, como parte de los derechos humanos ya consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Y por eso, dentro de los temas polémicos que vamos a discutir, quiero hacer una referencia a la declaración que aparece el día de hoy en el periódico Reforma, del consejero jurídico de la Presidencia, que hay que recordarle que solamente es el consejero jurídico de la Presidencia y que no tiene ninguna autoridad para reconvenir las declaraciones o las posiciones de los legisladores federales, y en particular de quienes promovimos una iniciativa en materia de Ley Federal de Transparencia, en donde queremos fortalecer los derechos de los ciudadanos en este tema.
E independientemente de que pudiéramos tener discrepancias con el consejero, no solamente nosotros sabemos honrar nuestra palabra y nuestros compromisos, y el compromiso fundamental es con los ciudadanos que representamos.
Yo espero que en los temas vinculados, haya uno de seguridad nacional que quedó perfectamente delimitado al igual que el asunto de los temas vinculados con derechos humanos en donde puede mejorarse sin generar controversia entre los órganos autónomos constitucionales, como el INAI y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, o los temas vinculados con la seguridad nacional.
Como también, yo no sé por qué le preocupa tanto al consejero jurídico el que podamos en la ley federal establecer obligaciones más puntuales por sector dentro de la administración pública, cuando ya en la ley general de manera muy puntual establecimos obligaciones muy puntuales en materia de energía; todas las obligaciones particulares a que está sujeto el sector energía.
Pero, sin lugar a dudas, será parte de la discusión que nosotros tengamos.
Hay planteamientos específicos en materia de política exterior. Habrá que ver los temas respecto a otras áreas del gobierno, porque no pueden establecerse sólo obligaciones de carácter genérico al conjunto de la licitación pública federal, menos aún cuando la propia Ley Orgánica de la Administración Pública otorga facultades y competencias específicas a cada una de las dependencias que integran el Poder Ejecutivo Federal; o habrá que hacer lo propio con otras áreas del gobierno.
Yo espero que las aportaciones que el día de hoy nos hagan favor de presentar, nos ayuden a ir acotando el debate de transparencia, los contenidos fundamentales, y lograr como lo hemos venido alcanzando desde el inicio de esta legislatura en el 2012 el mayor consenso posible en esta ley que ha sido la que más ha concitado el entendimiento y el acuerdo en el Senado de la República.
Le agradezco al senador Pablo Escudero, a la senadora Cristina Díaz y a la senadora Marcela Torres Peimbert de que compartamos esta mesa, y tendremos sin lugar a dudas una muy buena discusión y reflexión el día de hoy.
Muchas gracias.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias, senador Encinas.
Senadora Cristina Díaz.
SENADORA CRISTINA DÍAZ SALAZAR: Muchas gracias. Muy buenos días a todos.
Agradeciendo a los representantes de las organizaciones de la sociedad civil que nos acompañen a esta audiencia pública.
Sin duda, la contribución en el análisis de este proyecto de ley reviste de la mayor importancia, ya que con ello vamos a fortalecer el debate respecto a diversos puntos de vista que existen en el Senado de la República y respecto también al contenido de la Ley Federal de Transparencia.
Ustedes, como sociedad civil, son un pilar importante en el ejercicio de la función pública y esta ley servirá como base para el ejercicio de este derecho fundamental a la información, a conocer cómo se ejerce el poder público y las razones de por qué se toman las decisiones.
Sin duda, esto está sentando un precedente que habremos de tomar en cuenta en este proceso de dictaminación, estas tres comisiones: A la cabeza la Comisión de Anticorrupción y Participación Ciudadana, la segunda Estudios Legislativos y nosotros de Gobernación.
Igualmente, es muy importante reconocer la participación de los comisionados del Instituto Nacional de Transparencia y de Acceso a la Información y Protección de Datos, quienes con su destacada labor día a día en pro de garantizar los derechos de los ciudadanos en esta materia, contribuyen a la construcción de una ciudadanía más informada y, por tanto, más fortalecida.
Quiero decirles que esta institución está determinando o determina un parámetro de observación que no podemos soslayar en este recinto, y que ya de ello depende en gran medida la existencia a futuro de instrumentos jurídicos institucionales, para que los ciudadanos puedan ejercer plenamente sus derechos, derechos que son también derechos humanos.
Y este intercambio de opiniones va a servir de manera fundamental y será en el futuro determinante para nuestro trabajo como legisladores.
Muchas gracias.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Muchas gracias senadora Cristina Díaz.

Senadora Marcela Torres.
SENADORA MARCELA TORRES PEIMBERT: Muy buenos días a todas y a todos.
Antes que nada, una cordial bienvenida a los miembros de la sociedad civil organizada. Es realmente para mí un enorme gusto tenerlos aquí, es un honor –creo yo— para todos los senadores aquí presentes, el tener la oportunidad de escucharlos.
Ustedes son verdaderamente expertos en este tema, su opinión está libre de cualquier canteo o sesgo partidista y eso lo hace muy valioso e importante para nosotros y además para que lo escuchen todos los mexicanos.
Entonces sean muy bienvenidas, muy bienvenidos, cada una y cada uno de ustedes, a esta consulta pública.
Por otro lado, también dar la bienvenida a los consejeros del INAI, es un gusto tenerlos aquí. Ustedes serán los protagonistas en buena parte de lo que resulte de esta ley federal.
Ustedes serán las mujeres y los hombres responsables de esta enorme tarea que creo que está el día de hoy en los hombros de los mexicanos y cae como anillo al dedo, precisamente con lo que sucedió ayer y esta enorme sorpresa de ver con qué facilidad la información se puede tergiversar, se puede ocultar, se puede cambiar y cómo desgraciadamente vuelve a quedar México ante los ojos del mundo como un lugar donde la verdad no flota, un lugar donde los ciudadanos y ciudadanas no tenemos acceso fácil a los hechos y a la información de lo que pasó o lo que pasa realmente en hechos tan importantes como la desaparición de 32 jóvenes en este país.
Entonces, me parece que cae como anillo al dedo el que se discuta en este marco tan grave esta Ley federal de Transparencia.
El dictamen que hoy discutimos, solamente como para ponerlo en un marco general, contempla tres iniciativas, una de ellas construida por un grupo de senadores plural de trabajo, que realizó la Ley General a principios de este año.
Creo que ya lo mencioné, no es una ley menor, es una ley crucial e importante en estos momentos de nuestro país y además porque será el ejemplo en cada una de las entidades federativas, de lo que se tiene que hacer en cuestión e acceso a la información y creo que eso la hace mucho más relevante, porque facilitará, obligará en algunos casos, a que en estados como Guerrero, por ejemplo, en muchos otros del país, en donde realmente la información es difícil acceder a ella para los ciudadanos, pues se pueda hacer una ley con este marco o con esta línea base.
Yo tengo observaciones específicas, pero coincido con el senador Encinas en dos principios básicos:
Creo que esta ley debe ampliar este derecho humano a la información.
Tiene que ser una ley vista desde los ojos de los ciudadanos. Tiene que ser una ley para que haga más sencillo a cada una de las habitantes de este país y de los habitantes, para acceder a esta información. Tiene que ser escrita desde el ojo de los ciudadanos y no cuidando la información desde el Estado.
Y el segundo principio, que también coincido con el senador Alejandro Encinas, es hacer fácil el acceso a la información para las y los ciudadanos.
Sabemos que nuestros sistemas educativos públicos dejan mucho que desear y es difícil para muchos ciudadanos acceder a la información que seguramente sí quieren saber pero no saben cómo.
Entonces la ley tiene que ser lo más simple posible para que cualquier ciudadano por más humilde que sea, pueda acceder a la información a la cual tiene derecho.
Creo que son los dos criterios básicos que deben de normar la redacción de este documento.
Por otro lado, tengo yo algunas observaciones que haré llegar por escrito, pero las comento con ustedes y las pongo a disposición, creo que se debe tomar un solo criterio.
Veo en algunos artículos como cuestiones mezcladas: en el artículo quinto, en el sexto, en el 8, en el 12, en el 15, por mencionar algunos, pero son varios, en donde ya sea se remite a la ley general o se copian ciertas partes, pero hace que la ley quede confusa.
Creo que debemos tomar un solo criterio, o copiar literalmente lo que quedó en la ley general, o remitir en cada uno de los artículos a lo que ya dice la ley general, pero no editar partes porque creo que esto lo hace confuso.
El segundo punto: creo que debemos de buscar ser más garantistas, ya lo mencioné.
Hay que ir –y coincido con el senador Encinas- más allá de lo que planteamos en la ley general.
Y hay ciertos procedimientos que creo que no están descritos y valdría la pena.
Por ejemplo, el procedimiento de designación de los comisionados del INAI.
Aquí se hizo un ejercicio de parlamento abierto, se hizo un ejercicio muy público, fue un hito, un paso adelante, pero no puede quedar a voluntad de los legisladores del momento.
Creo que tiene que quedar en ley la necesidad de que sea a través de una consulta pública, etcétera, etcétera, que se evalúen los mejores perfiles, que queden las mejores mujeres y los mejores hombres en este órgano que es crucial para garantizar este derecho.
Otro de los procedimientos que creo que debe de estar precisado en la ley, es la posibilidad del INAI de verificar estas obligaciones de transparencia.
Yo conformé un grupo con otros senadores, de anticorrupción, y estamos siempre buscando información constantemente, cada semana nos reunimos.
Y he vivido en carne propia, como muchas instituciones gubernamentales, te editan o te dejan confusa, o borrada, o tachada inclusive, información que es necesaria para llegar a ciertas conclusiones.
Creo que el INAI debe de tener la posibilidad, y debemos de describir cómo recurrir a esta información y solicitar que se aclaren ciertas informaciones que no vienen especificadas en muchos de los documentos.
Otra, y coincido con el senador Encinas, se refiere al consejero jurídico.
Yo no quisiera abundar, pero en el artículo 158, el que el consejero jurídico sea solamente del Ejecutivo Federal y no que sea el Abogado de la Nación, creo que no queda suficientemente claro y lo pregunto.
¿El Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal puede representar el Poder Legislativo y a los Órganos Constitucionales Autónomos, por ejemplo, además de las entidades federativas para recurrir a alguna determinación del INAI?
Tengo también otra observación: respecto a la prueba de daño me parece que hay regresiones en esta ley.
Y en el artículo 96, por ejemplo, se define con muchísima especificidad la prueba de daño, lo cual siento que puede ser una camisa de fuerza para realmente obligar a que los servidores públicos tengamos, ¿verdad?, realmente probar que la información que se nos está solicitando causa un daño.
Pero si lo especificamos tanto, siento que es como una camisa de fuerza que va a impedir, precisamente, que sea el ciudadano quien gane en esta batalla y tenga más información.
Es cuanto. Son las observaciones en lo general, las haré llegar por escrito, pero realmente agradezco el que estén aquí todas y todos.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias, senadora Marcela Torres Peimbert.
Senadora Laura Rojas.
SENADORA LAURA ANGÉLICA ROJAS HERNÁNDEZ: Gracias, presidente.
Muy buenos días a todos y a todas. Muchísimas gracias, como siempre, por atender la convocatoria del Senado en este tema de la Reforma Secundaria de Transparencia.
Voy a ser muy breve porque las audiencias públicas son para ustedes, se trata de escucharlos a ustedes.
Las ideas que nosotros tenemos con respecto a lo que debe ser la Ley Federal de Transparencia están plasmadas en la iniciativa, que el senador Alejandro Encinas y yo presentamos hace unas semanas y que por supuesto, está consideración de todos ustedes para los comentarios.
Yo lo único que quiero mencionar o hacer énfasis de esa iniciativa, es en nuestra propuesta de desarrollar aún más las obligaciones de transparencia por sectores de la Administración Pública Federal.
A mí me gustaría muchísimo escuchar las opiniones que sobre eso tienen todos ustedes. Es un tema que sin duda va a ser polémico dentro de la discusión; sin embargo, el senador Encinas y yo creemos que no se trata en la Ley Federal, de hacer simplemente un copiado y pegado de la Ley General; sino que son leyes distintas y que en la Ley Federal se tiene que desarrollar un poco más esta parte.
Ese es nuestro punto de vista, por eso presentamos la iniciativa en sus términos. Sin embargo, para mí sí es muy importante conocer la opinión de ustedes sobre ese tema en particular.
Una vez más bienvenidos y muchas gracias de nuevo.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Muchas gracias, senadora Laura Rojas.
Antes de darle el uso de la palabra a nuestros invitados y comentarles que tenemos un formato, evidentemente, que puede ser lo flexible que necesitemos o que queramos; hemos estado pensando que cada quien tuviera intervenciones de hasta cinco minutos. En el caso del INAI, la presidenta a lo mejor tendría un poco de más tiempo, porque algunos de los comisionados usarán menos tiempo.
Pero bueno, el tiempo es flexible, lo importante es el intercambio de ideas.
A mí sí me gustaría aclararles y más que nada por el Canal del Congreso, aquellos que nos siguen, cuál ha sido la construcción de este documento, cómo se ha hecho:
Se presentaron tres iniciativas, la que ya todos conocíamos junto con la Ley General, ahí quedó. Después presentamos una iniciativa la senadora Cristina Díaz y su servidor; y después otra iniciativa que presentaron los senadores Laura Rojas y el senador Alejandro Encinas.
De esas tres iniciativas hicimos un primer documento de trabajo y redactamos un primer documento de trabajo. Yo les quisiera decir ahí, con coincidencias, me parece que hasta de un 90 por ciento en todos los temas, que muchos de ellos ya los habíamos discutido y debatido durante el transcurso de la Ley General.
Después de ese primer documento, tuvimos reuniones, nos estuvimos acercando con el INAI, con su presidenta, con sus comisionados, para intercambiar opiniones. Remitimos ese documento a ellos y recibimos un primer documento con algunos comentarios; siempre sabiendo que vendrían otros documentos, un tercer documento o un dictamen donde podríamos seguir recibiendo opiniones.
Para nosotros en el Grupo de Trabajo, en la Comisión lo hemos dicho. El INAI son nuestros consejeros de cabecera, así lo hemos dicho, estamos cerca de ellos, los estamos escuchando, estamos recibiendo sus opiniones. Y sin duda las ONG's y los expertos son como nuestro consejo consultivo, aunque ellos también quisieran que sus opiniones fueran vinculatorias: pues no lo son, pero las tomamos en cuenta, con mucho gusto las tomamos en cuenta.
Quisiera decirles a los que no siguen en el Canal del Congreso, de qué se trata esto, de qué estamos hablando, la discusión que está por darse aquí:
Tenemos contemplado el objeto de la ley, los sujetos obligados, tenemos las atribuciones del propio INAI, las atribuciones como instituto, de la presidencia del INAI, de los comisionados, del pleno, del secretario técnico del INAI, sin duda del Órgano Interno de Control del INAI.
También hemos desarrollado obligaciones específicas en algunas materias: respecto al Banco de México, a la Coneval, a la Cofetel, al Instituto Nacional de Evaluación a la Educación, al INEGI y algunos otros.
En materia energética hemos hablado también de algunas obligaciones específicas para la propia Secretaría o la propia Comisión de Protección Industrial; para la Comisión Reguladora de Energía; para la Comisión de Hidrocarburos. También para las empresas subsidiarias del Estado mexicano y las propias empresas del Estado mexicano en la materia; para el Fondo én para las empresas subsidiarias del Estado mexicano y las propias empresas del Estado mexicano en la materia, para el FOndo Mexicano del Petróleo.
Hemos incluido también las obligaciones, que a muchos les preocupan las obligaciones del propio Instituto para hacer estas revisiones en los portales de transparencia y que se puedan contemplar todos estos temas.
Hemos hablado nuevamente de la información reservada, de la información confidencial, de sus características; hemos hablado del acceso a la información, del costo que deben de tener estos documentos, esta información que se consigue.
También hemos desplegado un capítulo de recursos, del recurso de inconformidad, del recurso de revisión, sin duda del de atracción.
Están ahí también las facultades de la Consejería Jurídica que a algunos inquietan, a otros no tanto.
Es decir, esto es en pocas palabras un poco la construcción de este documento, y yo sí quisiera ser preciso aquí. La responsabilidad de este documento de trabajo es mía y de mi oficina. Yo soy el responsable de este documento y la negociación y la discusión de estos documentos es entre senadores, senadores de la República para que no quede ninguna duda.
Es así como damos el inicio a esto. Sean ustedes bienvenidos nuevamente.
Tiene el uso de la palabra el doctor Mauricio Merino Huerta, Coordinador por la Red por la Rendición de Cuentas.
Hasta cinco minutos o el tiempo que usted deseen; si desea hacerlo desde su lugar, doctor, o desde acá enfrente.
También recibimos con gusto a la senadora Lisbeth Hernández, que se incorpora con nosotros.
Si me da un minuto, doctor.
Por favor, senadora.
SENADORA LISBETH HERNÁNDEZ LECONA: Gracias, Presidente de la Comisión de Transparencia, Pablo Escudero.
Agradecemos a todos ustedes que nos acompañen aquí a la casa del pueblo, el Senado de la República, porque estoy segura que todas sus opiniones hoy vertidas en este foro serán de suma importancia para las decisiones del dictamen de este proyecto.
Hacer algunas reflexiones en el dicho que esta Ley General de Transparencia es un esfuerzo que se ha hecho de todos los grupos parlamentarios, y que los 128 senadores estamos convencidos de la importancia de tener esta transparencia a todos los niveles.
Pero sí quisiera que en estas reflexiones, y agradeciendo a los consejeros del INAI, y también agradezco la presencia de mi amiga la Maestra en Derecho, Mireya Arteaga, que es la Presidencia del Órgano de Transparencia de Morelos. Bienvenida, Mireya, y sé que Morelos ha tenido muy buenas prácticas en esta materia.
Y sí quisiera dejar en esta reflexión lo que tiene que ver relativo, por ejemplo, al capítulo dos de esta nuestra Ley General que será fuente de la Ley Federal, en su sección primera que establece los principios de certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia.
Y de ahí, en la sección segunda que dice que deberá de garantizar un lenguaje sencillo y accesible a traducción en lenguas indígenas para el acceso a la información; que además debe ser gratuito.
Y menciono esto, ¿por qué esta reflexión?
Creo que es un tema que tiene que ver con la cultura; un tema que tiene que ver con educación; un tema que tiene que llevarse incluso a los niveles de primaria, a los niveles básicos, para que se entienda lo que queremos hablar con esta cultura de transparencia.
Yo sé que los órganos de los estados tienen una tarea muy importante de legitimar y de llevar a cabo esta cultura de transparencia.
Y, bueno, de ahí el dejar el tema sobre los lineamientos y programas. Creo que es muy importante que se puedan homologar estos lineamientos y estos programas en la ley federal, para que la gente entienda cuáles son los pasos a seguir para dar cumplimiento a esta ley; así como la clasificación de la información y el tema de sujetos obligados.
Todavía por ahí han existido movimientos en el caso, por ejemplo, de las universidades autónomas que consideran que ellos no forman parte por ser órganos autónomos.
Sí quisiera dejar esto en la mesa y agradecerle a todas mis compañeras senadoras y senadores que están aquí en este panel, que sé que son emprendedores y que han estado muy cuidadosos de que esta ley salga lo mejor posible y a ustedes por el llamado de este foro, muchas gracias.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias senadora Lisbeth Hernández.
Doctor Mauricio Merino Huerta, coordinador por la Red por la Rendición de Cuentas bienvenido y tiene el uso de la palabra.
DOCTOR MAURICIO MERINO HUERTA: Muchísimas gracias, señor senador.
Muy buenos días a todas y a todos; muchas gracias a las y los senadores de la República, que una vez más nos permiten presentarnos en este altísimo foro para expresar nuestras opiniones.
Tiene razón el senador Escudero, uno quisiera que las opiniones no sólo fueran escuchadas, sino que además fueran atendidas, pero de verdad, se lo digo de todo corazón, senador, nos consta y hablo por una comunidad de práctica que ha podido verificar ya desde hace varios años que este grupo de senadoras, de senadores, efectivamente se ha comprometido con cambios muy trascendentes para la vida pública del país.
Se han puesto de acuerdo y han escuchado una buena parte de nuestras consideraciones. Una vez más lo están haciendo esta mañana y confío en que esta mañana sea el principio –ojala, senador, senadoras, senadores— de una larga conversación, que desemboque una vez más en otro éxito para el Senado de la República.
Muchísimas gracias por sus atenciones.
Tomando en cuenta que el tiempo es relativamente escaso, no quisiera entrar en cuestiones particulares, sino aprovecharlo, a sabiendas de que habrá oportunidad de hacerlo más adelante, aprovecharlo para poner sobre la mesa tres reflexiones de orden más bien general.
Mi primera reflexión alude a la necesidad de asumir que este conjunto de normas en realidad forman un paquete legislativo, algo que ustedes saben sobradamente: la Ley federal de Transparencia, la Ley de Datos Personales y la Ley General de Archivos, que todavía está esperando su turno.
En realidad son un solo instrumento de operación política y administrativa para la República, son piezas legislativas diversas, así lo ordenaron nuestros legisladores, así lo fijaron ustedes mismos en este recinto, tras las reformas a la Constitución, pero mi primera preocupación tiene que ver con la coherencia interna de ese conjunto legislativo.
Hasta la fecha cada una de estas piezas se ha venido manejando por separado y ya empieza a ser evidente, creo yo, que incluso en el marco de la legislación federal en materia de transparencia, hay o puede haber contradicciones o diferencias que por supuesto hay que evitarlas, respecto a la ley general de la misma materia.
Con mayor razón todavía, cuando se incorpora a este paquete, insisto en llamarle así, la Ley General de Archivos y la Ley de Protección de Datos Personales.
Mi primer ruego, señoras, señores senadores, es que ustedes pudieran reunir este conjunto legislativo, verlo como un conjunto y no trabajarlo por separado.
El riesgo en el que estamos cayendo ahora mismo es que ya empieza a ser obvio por las notas de prensa que ya fueron leídas hace un momento, o mencionadas hace un momento, que hay un riesgo de que las negociaciones políticas a las que obligadamente tendrán lugar en cada uno de estos momentos legislativos, acaben rompiendo su coherencia interna y caigamos, al final de la ruta, exactamente en el mismo diagnóstico del que partimos, que era el de la fragmentación de normas, el de la fragmentación de instituciones, el de la fragmentación de procedimientos.
Una primera mirada, señoras y señores legisladores, a estas iniciativas y a estos conjuntos que ya se han empezado a circular en las tres materias que he mencionado, ya nos hablan de que ese riesgo de incoherencia en el paquete del que estoy hablando, es inminente y por lo tanto yo aconsejaría, aprovechando las atribuciones que el senador Escudero nos acaba de conceder, yo aprovecharía, señor senador, para rogarles que se integren en un solo paquete y se revisen de conjunto.
Una segunda preocupación, es que en este mismo marco vendrá, dentro de pues ya espero unos días, la legislación en materia de anticorrupción.
Ustedes saben sobradamente que la propia Reforma Constitucional en materia de Corrupción es la pareja, es la hermana, es el espejo, no sé qué metáfora sea más feliz, de las reformas en materia de transparencia.
Lo que quiero subrayar es que es imposible ver las reformas de transparencia sin estar alertas a las reformas en materia de combate a la corrupción.
Se trata de dos paquetes legislativos que corren de consuno que son correspondientes.
Y en este segundo grupo, en el de las normas en materia de combate a la corrupción, ustedes mismos aprobaron que se emitan dos nuevas leyes generales, que se modifiquen por lo menos tras leyes orgánicas, digo por lo menos, y al menos una veintena de leyes que vendrán a complementar el sistema en su conjunto.
En esta segunda idea que quiero poner sobre la mesa, lo que llama mi atención es que todavía no se ha articulado, creo yo con suficiente hondura, que las normas son siempre, o corrijo: deben ser siempre, aunque no lo sean, el resultado de una visión de política pública.
Y es esta visión de política pública con un núcleo duro que quiere resolver las causas de un problema que nos afecta a todos, el que con toda franqueza todavía no veo reflejado en el trabajo legislativo que ahora mismo se está realizando.
Creo que sería mucho más eficiente que hubiera este debate preliminar sobre la política pública de transparencia y combate a la corrupción que el Estado Mexicano requiere, para luego pasar a la discusión de técnica legislativa en la que deben plasmarse las guías principales de esta política pública en cada uno de los instrumentos legislativos que ustedes tienen en sus manos.
Tal como se está haciendo ahora, me temo que será muy difícil poder hacer garantizar en tejido fino de coherencia entre todas estas piezas legislativas y cada una de ellas, repito, correría el riesgo de caer atrapada por negociaciones ajenas al núcleo duro de la política que nos interesa.
Termino ya porque el tiempo se me ha agotado, senador, y ofrezco una disculpa:
Reiterando solamente lo que seguramente mis queridos colegas, compañeros ya no de práctica sino en mucho sentido de vida, y los muy y apreciados, respetables comisionados, comisionadas del INAI profundizarán.
Solamente tres ideas generales:
Primero, coincido con el tema de que no debe repetirse verbatim en la Ley Federal, lo que ya está establecido en la Ley General.
Creo que sería, por técnica legislativa, mucho más sensato que aquellos párrafos que son prácticamente idénticos, simplemente se remitan a la Ley General.
Creo, en segundo lugar, también que el propósito específico de ustedes cuando hicieron la Ley General fue no contemplar todos los supuestos que atañen a la órbita estrictamente federal, no estatal, no municipal, sino la órbita estrictamente federal, para hacer esta ley especializada en esta órbita federal.
Coincido, por lo tanto, en la idea de que todo lo que no fue contemplado en la general para instituciones, para sectores de la Administración Pública Federal, sí debe contemplarse en esta nueva pieza legislativa.
Y señalo, por último, que coincido también en la necesidad de que no haya contradicciones respecto a la Ley General. Hay procedimientos que no están siendo exactamente correspondientes con el texto de la Ley General; creo que un esfuerzo adicional, repito, de técnica legislativa, permitiría limpiar esas posibles contradicciones; sobre todo con el ánimo de evitar que este conjunto de leyes se vuelva litigioso y que por la vía del litigio en términos de contradicción de leyes, acabemos vulnerando el derecho fundamental a saber de las personas en México.
La única manera de evitar esa litigiosidad de nuestro marco normativo, es haciéndolo coherente entre sí.
De verdad, aprecio muchísimo esta oportunidad nuevamente.
Buenos días.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Muchas gracias, doctor Merino.
Al final de las intervenciones de ustedes, nuestros invitados, podremos tener algunas intervenciones un poco para poderles platicar qué estamos pensando justamente respecto de estas otras leyes, cómo hemos dividido el trabajo y cuál es la metodología, si les parece bien.
A continuación la maestra Ana Cristina Ruelas Serna, directora oficial del Programa de Acceso a la Información de Artículo 19.
Bienvenida, maestra.
MAESTRA ANA CRISTINA RUELAS SERNA: Muchas gracias por la invitación que hacen a Artículo 19. Muchas gracias, senadoras y senadores, me da mucho gusto volver a estar aquí sentada con ustedes y ver la segunda parte del trabajo que se logró hacer en conjunto con la sociedad civil.
Para nosotros es fundamental recordar la importancia de armonizar la Ley Federal, como ya lo mencionó el maestro Merino, con la Ley General de Archivos y la Ley de Protección de Datos Personales.
En la práctica, el derecho a la información se ve mermado con algunas disposiciones que existen actualmente con la Ley Federal de Archivos y con la interpretación que se ha hecho en el INAI, de la Protección de Datos Personales.
Una interpretación conservadora limita y genera obstáculos graves al ejercicio del derecho de acceso a la información. En ese sentido, reitero la necesidad de que estas tres legislaciones se lean en conjunto, a fin de evitar estas incongruencias.
En el documento de trabajo que hoy se presenta, pone en relieve la preocupación que desde inicio pusimos la sociedad civil al momento de hablar de la coexistencia de una ley general con una ley federal. Y precisamente es porque en algunos casos se retoman ciertos principios y en otros casos no; en algunos casos se retoman las bases y en otros casos no, y esto puede generar un conflicto o una confusión para la aplicación en los sujetos obligados.
Entonces, es fundamental que la Ley Federal se avoque a la regulación de los procedimientos. La intención de la Ley Federal es aclarar la operatividad y la regulación de los procesos; sólo en caso de buscar la progresividad en el reconocimiento de acceso a la información, se agregarían principios o bases, no obstante el documento retoma algunos de estos principios y bases y otros no, lo que parece una prioridad de unos sobre los otros, que sin duda generará confusiones en los sujetos obligados.
Por mencionar un ejemplo, llama la atención cómo el artículo 5 de la Ley Federal fue mutilado al transcribirse en la Ley Federal. En la primera se dispone no se podrá clasificar información relacionada con violaciones graves a derechos humanos y delitos de lesa humanidad, y que ninguna persona será objeto de inquisición judicial o administrativa, con el objeto del ejercicio del derecho de acceso a la información, pero en el documento de trabajo se retoma únicamente la segunda prohibición.
La misma fórmula se lee a lo largo de todo el documento, y por esto desde artículo 19 consideramos importante que la nueva ley federal remita los principios y bases de la general y sólo se adhiera que el articulado, si lo hubiere, que expanda o maximice la protección del derecho.
Ahora, sobre los procedimientos, es fundamental hablar de la verificación de cumplimiento de las obligaciones de transparencia y del recurso en materia de seguridad nacional.
Respecto al procedimiento de verificación, debe considerarse que la información tenga un efecto útil.
Es importante prever que el INAI verifique también la calidad y la utilidad de la información publicada. Es decir, no basta que el documento se publique; el INAI debe asegurarse que la información sea de calidad y pueda generar un efecto útil.
Por ejemplo, actualmente existen entidades que publican los tabuladores de salarios de los funcionarios públicos sin posibilidad de identificar el salario específico de alguno.
Sobre la certeza en el procedimiento del consejero jurídico. Este procedimiento ha generado desconcierto desde su introducción en la ley. De la lectura, parece que el abogado del Ejecutivo Federal será ahora el abogado de la Nación, y que tanto el INAI como el recurrente no podrán participar en el proceso en su calidad de terceros interesados.
Al respecto, consideramos que es importante prever que este recurso únicamente podrá ser presentado cuando el sujeto obligado sea alguno del Ejecutivo Federal y que siempre serán llamados, tanto al INAI como al recurrente, para expresar lo que a su derecho convenga al momento de la admisión del recurso.
Sobre el principio de progresividad, la Ley Federal debe retomar las buenas prácticas desarrolladas por el Senado en la designación del pleno del INAI, como ya lo mencionó la senadora Marcela Torres.
Principalmente por lo que hace a la participación de expertos en la evaluación de los candidatos, la existencia de audiencias públicas, la posibilidad del Senado de hacer suyo los cuestionamientos de la Sociedad Civil y la publicidad de los documentos de evaluación y de los acuerdos que dan cuenta de la estadística de votación.
No pueden bajar el estándar que ustedes mismos han puesto y esperar la voluntad de la próxima legislatura.
Atendiendo el principio de progresividad también, la Ley Federal debe otorgar la facultad expresa al INAI para determinar el interés público de la información relacionada con violaciones graves a derechos humanos, ya lo han mencionado aquí más de un senador y senadoras.
Desde su designación –y quiero contarles un poco la historia– desde su designación, las y los comisionados han emitido resoluciones relevantes para garantizar el derecho a la información en casos de violaciones a derechos humanos. E incluso, en conjunto con la sociedad, hemos iniciado con un proyecto que busca generar conocimiento público y memorias sobre información de interés público sobre hechos atroces del pasado.
El INAI se ha convertido en un aliado de la sociedad para el conocimiento de su historia.
Al respecto, el cumplimiento de estas resoluciones ha demostrado que no existe una afectación real por la publicidad e información aun cuando no exista un pronunciamiento o declaración de la existencia de violaciones graves por parte de la CNDH o cualquier autoridad competente.
Más allá de esto, la información que ha sido revelada o que ha sido desclasificada, ha servido para las víctimas y familiares para acceder a la justicia y a la sociedad para exigir la rendición de cuentas de las autoridades involucradas.
Ejemplo de esto, lo encontramos en el caso de San Fernando, Tamaulipas, 2011, donde no hay ningún pronunciamiento de la CNDH, pero los documentos desclasificados del INAI permitieron conocer la forma en que los policías municipales participaron en el secuestro de migrantes, y esto a su vez sirvió a las víctimas y a los familiares para exigir justicia.
Además, como ya mencionaron los senadores, el INAI ha tenido a bien desclasificar la averiguación previa del caso de Ayotzinapa, la versión pública, quiero ser clara, la versión pública, de la averiguación previa del caso de Ayotzinapa, lo que no ha puesto en conflicto con las atribuciones de la CNDH ni de ninguna otra autoridad competente, es simplemente el conocimiento de la información de interés público.
Por esto, quisiera reiterar la necesidad de incluir en esta ley la redacción que fue eliminada del borrador de la ley general respecto a la posibilidad del INAI de declarar el interés público de la información relacionada con violaciones graves a derechos humanos, aun cuando no exista pronunciamiento previo de autoridad competente.
¿Por qué esperar a que la Suprema Corte resuelva, si tenemos de frente a un grupo de legisladores con voluntad de hacer este México uno más transparente?
Con todo respeto, senadoras y senadores, la jurisprudencia existe por las lagunas que el legislador no previo al momento de legislar y en este caso estamos diciéndoles que existen y con alevosía se quieren mantener.
Respecto a los documentos y los archivos históricos, como excepción a la confidencialidad y aquí está el conflicto con la Ley Federal actual, es importante que las disposiciones sobre información confidencial y sus excepciones, se necesita mencionar la necesidad de precisar que si bien se pueden mantener ene se estado por tiempo indefinido, no debe ser considerada como tal cuando se encuentren documentos y archivos declarados históricos.
Esto, tomando en cuenta que la falta de disposición expresa al respecto ha generado que recientemente el Archivo General de la nación restrinja el acceso a estos documentos e historiadores e investigadores y víctimas del delito del pasado no pueden acceder a ellos.

Por último, algunos detalles sobre los elementos restrictivos del documento de trabajo.
Primero, la definición de cada uno de los elementos de la prueba de daño, como ya se ha mencionado, limita considerablemente la posibilidad de interpretación del derecho y por lo tanto su progresividad en un análisis caso por caso, que es como lo dice la ley general.
Además vale la pena recordar que existen ya tesis aisladas de la Suprema Corte y criterios de cortes internacionales sobre la prueba de daño que puede servir para mayor referencia al intérprete de la ley.
En este sentido es importante que la redacción se quede como el artículo 104 de la ley general o se remita, como hemos dicho.
El segundo punto, la inclusión de nuevos supuestos de confidencialidad, a saber la información del patrimonio de las personas físicas y morales y los datos estadísticos y geográficos que otorguen los particulares para fines estadísticos, vulneran los principios y bases de la ley general y puede derivarse en mecanismos para la restricción del derecho a la información.
Al respecto vale la pena recordar que la definición de datos personales son exactamente estos supuestos. Aquí porque hacen a una persona identificada o identificable.
El tercer punto es que en el último momento, durante la ley general se introdujeron dos supuestos de reserva que contradicen las disposiciones generales de clasificación y desclasificación de información y que tarde o temprano serán sujetas de interpretación judicial; otra vez no queremos que este derecho se judicialice.
Entonces, sería importante que este Senado considere la reivindicación de este error en la ley federal. Me refiero específicamente a que el documento como la ley general, prevé la imposibilidad de establecer reservas absolutas o categóricas en su artículo 100, pero los supuestos de las fracciones 8 y 12, del artículo 105, hacen referencia precisamente a reservas categóricas, ya que disponen que toda la información que contenga opiniones, recomendaciones o puntos de vista que formen parte del proceso deliberativo reservado, hasta que no se tome la decisión definitiva, al igual que la información que se encuentra contenida en los procedimientos de investigación de hechos, que la ley señala como delitos y se tramitan ante el Ministerio Público, es decir, las averiguaciones previas.
Esto inhibe la posibilidad de que se haga un análisis caso por caso y se pueda llevar a cabo la prueba de daño.
El cuarto punto es que de ninguna manera existen excepciones al acceso de los comisionados a la información clasificada, como se infiere del artículo 148 del documento de trabajo. Sin el acceso íntegro a la información solicitada, la eventual confirmación de la clasificación devendrá en arbitraria e ilegal.
Al respecto hago notar a este Senado que hay antecedentes judiciales al respecto en el juicio de amparo indirecto 1111/2012 del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa, en el que la falta de acceso a los documentos que se confirmaron clasificados, se determinó como una violación al principio de legalidad de los artículos 14 y 16.
Finalmente, sobre el costo de reproducción, me preocupa que se señale que a partir de 20 hojas no se cobrará reproducción de la información, pues de la lectura se advierte que siempre, a partir de las 21, se hará un cobro.
Al respecto, vale la pena señalar que actualmente existen sujetos obligados que hacen un esfuerzo importante por digitalizar expedientes y documentos que rebasen este número de hojas privilegiando la máxima publicidad de la información, por lo que sería importante modificar la redacción.
Finalmente, nada más pare retomar, creo que es muy importante que una vez que la información para el INAI en el proceso de revisión, una vez que la información se considere que es notoriamente existente, se tiene que ordenar la generación de la información porque ha pasado en muchos casos –ejemplo caso Puebla-, en el que existían contratos y documentos relacionados con el gasto público y que desaparecieron a pesar de las notas periodísticas y de las conferencias de prensa que había hecho el gobernador Moreno Valle, respecto a éstos son inexistentes.
Entonces en ese caso sí los comisionados tendrían que ordenar la generación de la información.
Muchas gracias.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Muchas gracias maestra Ana Cristina Ruelas.
A continuación, licenciada Renata Terrazas Tapia, investigadora de FUNDAR.
Bienvenida al Senado de la República.

(Sigue segunda parte)

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