Versión Estenográfica de la reunión de las Comisiones Unidas de Derechos Humanos y de Justicia
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Tenemos un problema complejo con la reunión en este piso, pero vamos a empezar. Es continuación de la sesión que ha tenido un carácter permanente; ya estamos instaladas las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia, para seguir el proceso de revisión y en su caso, enriquecimiento y votación del acuerdo de las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia de este Senado de la República, relativo al procedimiento de elección o en su caso, reelección de la persona titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Le voy a pedir a la señora secretaria de la Comisión de Derechos Humanos, senadora Diva Hadamira Gastélum, que comience con la lectura; y le voy a pedir al equipo técnico que nos lo pongan también en las pantallas, del acuerdo de estas comisiones de Derechos Humanos y Justicia, sobre el procedimiento de elección o en su caso, reelección de la persona titular de la Presidencia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos.
Por favor, senadora, si es usted tan amable.
SENADORA DIVA HADAMIRA GASTÉLUM: Muy buenos días. Gracias, Presidenta.
Acuerdo de las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República, relativo al procedimiento de elección o en su caso, reelección de la persona titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para el periodo 2014-2019.
Las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto por los párrafos sexto, séptimo y octavo, apartado B); y del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de conformidad con lo establecido en los artículos 9º, 10 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; y del numeral 1, fracción IV del artículo 255 del Reglamento del Senado de la República, emiten el presente acuerdo al tenor de los siguientes antecedentes:
1. El 6 de junio de 1990 nació por decreto Presidencial, una institución denominada Comisión Nacional de Derechos Humanos, constituyéndose como un organismo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación.
2. El 28 de enero de 1992 se adicionó el apartado B) del artículo 102 de la Constitución, a fin de elevar a la CNDH a rango constitucional bajo la naturaleza jurídica de un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio; dándose de esta forma el surgimiento del llamado Sistema Nacional no Jurisdiccional de Protección de los Derechos Humanos.
3. El 13 de septiembre de 1999, se reforma el apartado B) del artículo 102 de la Constitución, para crear la Comisión de los Derechos Humanos y dotarla de plena autonomía constitucional.
4. A la fecha, esta institución ha sido encabezada por Jorge Carpizo McGregor, en 1990-1993; Jorge Madrazo Cuéllar, 1993-996, Mireille Rocatti Velázquez, 1997-1999; José Luis Soberanes Fernández, 1999-2009; y Raúl Plascencia Villanueva, 2009-2014.
5. En la actualidad, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos es un organismo que cuenta con la autonomía de gestión y presupuestaria; personalidad jurídica y patrimonio propios; y tiene por objeto esencial la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos que ampara el Orden Jurídico Mexicano.
6. La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, tiene competencia en todo el territorio nacional para conocer de quejas relacionadas con presuntas violaciones a los derechos humanos, cuando éstas fueren imputadas a autoridades y servidores públicos, de carácter federal; con la excepción a los del Poder Judicial de la Federación. Y además, puede investigar hechos que constituyen violaciones graves de derechos humanos, cuando así lo juzgue conveniente o lo pidiere el Ejecutivo Federal, alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, el gobernador de un estado, el jefe de Gobierno del Distrito Federal o la legislatura de las entidades federativas.
7. La Reforma Constitucional del 10 de junio de 2011 en materia de Derechos Humanos, fortaleció el mandato y otorgó nuevas facultades a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; estableciendo al mismo tiempo, nuevas condiciones para garantizar que su integración y funcionamiento se ajusten a estándares más democráticos y eficientes.
8. En este contexto, es importante recordar que el 5 de noviembre de 2009, el Senado de la República eligió al C. Raúl Plascencia Villanueva, como Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para el periodo 2009-2014.
9. El 10 de noviembre del 2009, el C. Raúl Plascencia Villanueva, rindió protesta ante el Pleno del Senado de la República como Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para el periodo 2009-2014.
10. El 16 de noviembre del 2009, dio inicio formalmente el periodo del C. Raúl Plascencia Villanueva como Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para el periodo 2009-2014.
11. Por lo tanto, el próximo 15 de noviembre concluye el periodo de 5 años para el cual fue electo el actual Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, C. Raúl Plascencia Villanueva. Por lo que, antes de esa fecha, el Senado de la República deberá decidir sobre la elección de una nueva persona para ocupar el cargo o, en su caso, la reelección del actual titular.
Teniendo como fundamento los antecedentes anteriores, las senadoras y los senadores integrantes de la Comisión de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República, expresan las siguientes consideraciones:
I. El artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, será elegido por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores o, en sus recesos, por la Comisión Permanente del Congreso de la Unión. Con la misma votación calificada, mediante un procedimiento de consulta pública que deberá ser transparente en términos y condiciones que determina la ley.
Durará en su encargo cinco años y podrá ser reelecto por una sola vez, y sólo podrá ser removido de sus funciones en los términos del título cuarto de esta Constitución.
II. El artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, estipula que, para tales efectos, la Comisión correspondiente de la Cámara de Senadores, procederá a realizar una amplia auscultación entre las organizaciones sociales representativas de los distintos sectores de la sociedad, así como entre los organismos públicos y privados, promotores o defensores de los derechos humanos.
Con base en dicha auscultación, la comisión correspondiente de la Cámara de Senadores, propondrá al Pleno de la misma una terna de candidatos, de la cual se elegirá a quien ocupe el cargo o, en su caso, la ratificación del titular.
III. De conformidad con lo referido en las consideraciones anteriores, es necesario aclarar que el texto constitucional determina la posibilidad de reelección del presidente en funciones. Por lo que, aunque la legislación secundaria refiera la posibilidad de la ratificación del mismo, para efectos del presente acuerdo, la categoría jurídica que prevalecerá, será el concepto establecido en el artículo 102, apartado B), de la Constitución.
IV. De conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos deberá reunir para su elección los siguientes requisitos:
Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
Tener cumplidos 35 años de edad el día de su elección.
Contar con experiencia en materia de derechos humanos o actividades afines reconocidas por las leyes mexicanas y los instrumentos jurídicos internacionales.
No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal en algún partido político en el año anterior de su designación.
No desempeñar ni haber desempeñado cargo de secretario o subsecretario de Estado, Procurador General de la República, gobernador o procurador general de justicia de alguna entidad federativa o jefe del gobierno del Distrito Federal en el año anterior a su elección.
Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión, pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, lo inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena y,
Tener preferentemente título de licenciado en Derecho.
V. Toda vez que la Constitución dispone que la elección de la persona titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se ajustará a un procedimiento de consulta pública, que deberá ser transparente y que la ley en la materia determine que el Senado procederá a realizar una amplia auscultación entre las organizaciones sociales, representativas de los distintos sectores de la sociedad, así como entre los organismos públicos y privado, promotores o defensores de los derechos humanos.
Resulta procedente concluir que la Constitución mandata que el proceso de elección o eventualmente reelección de la persona titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, deberá constar al menos de cuatro etapas que tendrán que apegarse a los estándares más altos en materia de máxima publicidad, transparencia y acceso a la información, a saber:
Convocatoria pública.
Registro de aspirantes.
Comparecencia de candidatas y candidatos y elaboración y publicación del dictamen correspondiente.
VI. Para dar cabal cumplimiento al mandato constitucional, las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República consideran indispensable desarrollar un procedimiento que garantice que la elección o, en su caso, reelección de la persona que ocupará la Presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, se ajuste a:
1.- Las exigencias y los estándares derivados del mandato emanado de la reforma constitucional del 10 de junio del 2011, en materia de derechos humanos, de conformidad con los principios rectores de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, progresividad.
2.- Los principios de parís relativos al Estatuto y funcionamiento de instituciones nacionales de protección y promoción de los derechos humanos.
3.- Los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y especialización en la designación de funcionarios públicos.
4.- Los principios básicos sobre procesos de consulta pública, avalados por diversos organismos internacionales, así como,
5.- Los lineamientos generales, criterios, objetivos y procedimientos transparentes, recomendados por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en materia de selección y nombramiento de aspirantes a ocupar cargos en la estructura de Estado.
VII. Los principios de París, que constituyen un estándar internacional ampliamente aceptado y promovido por la Organización de las Naciones Unidas, toda vez que plantean que, tanto en la composición como en la elección de los miembros de instituciones nacionales de derechos humanos, debe existir un procedimiento que ofrezca todas las garantías necesarias para asegurar la participación y representación de las fuerzas sociales en el sentido de abonar a la solidez y legitimidad de origen de estas instituciones.
Y por ello, resulta indispensable que la designación de su titular emane de un proceso claro, equitativo, abierto a la ciudadanía, transparente, democrático y sobre todo participativo.
VIII. Por su parte, los principios básicos sobre proceso de consulta pública avalados por diversos organismos internacionales, comprenden las siguientes bases:
1.- Notificación.
Implica la comunicación de información relevante y oportuna a la ciudadanía sobre el proceso de designación por todos los medios disponibles.
Esta acción constituye un derecho para la población frente al cual el Senado tiene una obligación positiva de generar información y de propiciar la comunicación como preludio de una posterior consulta que llevará a cabo con las organizaciones sociales, representativas de los distintos sectores de la sociedad, así como los organismos públicos y privados promotores o defensores de los derechos humanos interesados.
2.- Consulta.
Implica que el Senado garantice qué individuos, grupos, asociaciones, organizaciones interesados puedan presentar propuestas de candidaturas.
Esta acción tiene como punto de partida un proceso comunicativo de doble flujo entre el público y la ciudadanía, con el objeto de aportar elementos que permitan al Senado contrarrestar los perfiles de quienes aspiren a ser electos o en su caso de quien eventualmente decide ejercer su derecho a ser considerado para reelegirse frente a la CNDH.
3.- Participación.
Implica la contribución de las personas, grupos y organizaciones interesadas en la reflexión sobre los objetivos que debe perseguir el organismo de protección de los derechos humanos, así como sus opiniones y aportaciones para enriquecer el proceso de evaluación que el Senado hará sobre los perfiles que aspiren a la titularidad.
La participación constituye un elemento fundamental para coadyuvar con el fortalecimiento institucional y la legitimidad que un órgano no jurisdiccional de protección a los derechos humanos requiere para cumplir a cabalidad con sus responsabilidades.
Por todo lo anterior expuesto a efecto de que el Senado de la República desarrolle un proceso abierto, incluyente, transparente y participativo para elegir o, en su caso, reelegir a la persona que ocupara la titularidad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para el periodo 2014-2016, la cual abonará sin duda a la legitimidad y al fortalecimiento de la autonomía de un organismo nacional, que a partir del 11 de junio del 2011 cuenta con importantes facultades para ejercer su mandato de protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos en nuestro país.
Las senadoras y los senadores que integramos las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia, por conducto de la Mesa Directiva, sometemos a la consideración de esta Soberanía, el presente Acuerdo:
SENADORA ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ: Convocatoria:
El Senado de la República, con fundamento en lo dispuesto en los párrafos sexto, séptimo y octavo, Apartado B) del artículo 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y de conformidad con lo establecido en los Artículos 9º, 10 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos; y numeral uno, fracción IV, del artículo 255 del Reglamento del Senado de la República, en los cuales se establece el procedimiento para la elección o en su caso, reelección de la persona titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, convoca:
A las asociaciones civiles y organizaciones sociales; instituciones académicas y de investigación; asociaciones, colegios de profesionales, organismos públicos y privados; y personas del público en general, que promueven y defienden la protección, observancia, estudio y divulgación de los derechos humanos, a que propongan a ciudadanas y/o ciudadanos para ocupar la presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, para el periodo 2014-2019, de acuerdo con las siguientes bases:
I. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 102, apartado B) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la persona titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para el periodo 2014-2019, será elegida por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Senadores, mediante un procedimiento de consulta pública que será transparente y se apegará a los términos y condiciones que determina la ley.
II. La persona que resulte electa durará en su encargo cinco años. Podrá ser reelecta por una sola vez y sólo podrá ser removida de sus funciones, en los términos del título cuarto de la Constitución.
III. En caso de que el actual Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos decida participar en el proceso, en términos de lo establecido en el artículo 102, apartado B), VII párrafo de la Constitución, en ejercicio de su derecho, a ser considerado para un segundo periodo; podrá registrarse formalmente en el plazo en el que se encuentra abierta la presente convocatoria; comparecer en igualdad de condiciones que las demás candidatas y candidatos. Y de ser considerado para ocupar el cargo por un periodo más, durará en su responsabilidad cinco años y sólo podrá ser removido de sus funciones, en los términos del título cuarto de la Constitución.
IV. De conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República; realizarán una amplia auscultación entre las organizaciones sociales representativas de los distintos sectores de la sociedad; así como entre los organismos públicos y privados promotores o defensores de los derechos humanos.
Con base en dicha auscultación, se propondrá al Pleno de la misma una terna de candidatos, de la cual se elegirá a quien ocupe el cargo o en su caso, la reelección del actual titular.
V. Con base en lo establecido en el artículo 9º de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, las personas que aspiren a ocupar la presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, deberán reunir los siguientes requisitos:
Ser ciudadano mexicano por nacimiento y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
Tener cumplidos 35 años de edad el día de su elección.
Contar con experiencia en materia de derechos humanos o actividades afines, reconocidas por las leyes mexicanas y los instrumentos jurídicos internacionales.
No desempeñar ni haber desempeñado cargo de dirección nacional o estatal, en algún partido político en el año anterior a su designación.
No desempeñar ni haber desempeñado cargo de secretario o subsecretario de Estado, procurador general de la República, gobernador o procurador general de Justicia de alguna entidad federativa o jefe de gobierno del Distrito Federal, en el año anterior a su elección.
Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional, que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la buena fama en el concepto público, lo inhabilitará para el cargo, cualquiera que haya sido la pena.
Tener preferentemente, título de Licenciado en Derecho.
VI. Las candidaturas que se registren ante las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República, deberán acompañarse de copia simple y versión electrónica, CD, en formato PDF, de la documentación que acredite que las y los aspirantes son elegibles de conformidad con lo establecido en el artículo IX de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. A saber: nacionalidad mexicana por nacimiento; carta bajo protesta de decir verdad, que no ha desempeñado ninguno de los cargos de la fracción IV y V del artículo 9o; así como carta bajo propuesta de decir verdad, en la que manifieste no encontrarse en el supuesto de la fracción VI del mismo artículo, así como los siguientes documentos:
Carta firmada por la persona aspirante o propuesta en donde manifiesta su voluntad expresa de participar en el proceso de selección, así como una exposición breve de su proyecto de trabajo y una descripción de las razones que justifican su idoneidad para el cargo.

Currículum en el que señale formación académica, especialización en derechos humanos, experiencia profesional en el ámbito de la protección, observancia, promoción, estudio y divulgación de los derechos humanos y, en su caso, publicaciones en materias relacionadas con los derechos humanos.

Versión pública de todos y cada uno de los documentos señalados con anterioridad, elaboradas siguiendo los criterios establecidos en el acuerdo de Comité de Garantía de Acceso y Transparencia de la Información Pública y Gubernamental, COGATI, del Senado de la República relativos a los lineamientos para la elaboración de versiones públicas por parte de las entidades responsables que integran el Senado, aprobados el 10 de septiembre de 2014.
VII. Los documentos para el registro de aspirantes, serán recibidos los días 20, 21 y 22 de octubre de 2014, de las 9:00 a las 20:00 horas en la Oficialía de Partes del Senado de la República, ubicada en Paseo de la Reforma 135, planta baja, acceso por la calle de Madrid, colonia Tabacalera, delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06030, México, Distrito Federal.
VIII. A partir del 24 de octubre de 2014, se publicará en la Gaceta Parlamentaria del Senado de la República la lista de las candidaturas que hayan cumplido con los requisitos de elegibilidad e idoneidad establecidos en la presente Convocatoria, así como la fecha, lugar y hora de la comparecencia de candidatas y candidatos.
Toda la documentación estará disponible en la página electrónica del Senado de la República, y en el micrositio de las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República, con excepción de los datos personales, de conformidad con la legislación aplicable.
IX. Las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República, una vez integrada la lista de candidaturas propuestas para ocupar la presidencia de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, realizarán las comparecencias públicas de candidatas y candidatos los días 27,28, 29, 30 y 31 de octubre de 2014, mismas que serán abiertas al público en general y se transmitirán por el Canal del Congreso.
El formato de las comparecencias de candidatas y candidatos, será determinado por las mesas directivas de las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia.
X. Con el fin de garantizar que la decisión sea fundada y motivada, las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia adoptarán como criterio para determinar la idoneidad de las candidaturas y candidatos lo siguiente:
Propuesta de programa de trabajo; y
Comparecencia de hasta 20 minutos, en la que responderán las preguntas de senadoras y senadores, así como aquellas que se insaculen de la urna, que contendrán las preguntas de la sociedad civil.
Las mesas directivas de las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia, determinarán el método de participación de la sociedad civil, el formato de las audiencias públicas, y definirán el mecanismo para que las preguntas que se reciban por parte de la sociedad, puedan ser retomadas durante las comparecencias de candidatas y candidatos.
XI. Una vez concluidas las comparecencias y audiencias públicas, las Comisiones de Derechos Humanos de Justicia elaborarán y propondrán al Pleno el dictamen correspondiente para definir la titularidad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para el periodo 2004-2019, de conformidad con lo establecido en el apartado B del artículo 102 de la Constitución.
XII. La persona que resulte electa o reelecta para ocupar la titularidad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, rendirá la propuesta correspondiente ante el Pleno del Senado de la República a más tardar el 13 de noviembre del presente año.
XIII. Publíquese la presente Convocatoria en la Gaceta Parlamentaria y en la página electrónica del Senado de la República, a partir de la fecha de su aprobación y hasta el día 30 de octubre de 2014; así como en al menos cinco de los diarios de mayor circulación nacional, durante los días 17 y 18 de octubre.
XIV.- Cualquier cuestión relacionada con el presente acuerdo será resuelta por las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia del Senado de la República y la determinación correspondiente se hará pública.
Salón de Sesiones de la Honorable Cámara de Senadores, a los dieciséis días del mes de octubre de dos mil catorce.
Es cuanto, Presidenta.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Muchas gracias, señora Secretaria de la Comisión de Justicia, y señora Secretaria de la Comisión de Derechos Humanos.
Está a discusión la convocatoria. Hay un agregado que establece, habíamos acordado ahorita que el documento de trabajo fuese de 10 páginas al menos y además inscrito bajo el método Harvard, que ya nos precede todo el problema de tener que poner los puntos, este tipo de letra, si a renglón seguido o no, sino con el método Harvard me parece que queda claramente definida cuál debe ser la característica de ese programa de trabajo.
Y sería en la base Décima, donde dice “propuesta de trabajo, la cual deberá ajustarse al método Harvard” y sería de 10 cuartillas. Es el consenso que estamos agregando.
¿Hay alguna observación que quieran hacer a la Convocatoria y por supuesto al acuerdo que acabamos de dar lectura?
Por favor, senadora Layda Sansores.
SENADORA LAYDA SANSORES SAN ROMÁN: Uno que creo no va más allá de nosotros, pero que hay que considerar cuando hablamos de los requisitos para ser presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, que es el que se refiere a que no haya sido presidente de un partido político estatal o nacional.
Acaba de renunciar una magistrada que se eligió aquí, en este Senado, porque se violentaron requisitos que me parecen importantes: estaba electa para siete años, pero había sido elegida como regidora plurinominal; y que creo que a veces puede no ser el presidente de un partido, pero fuiste el senador, fuiste diputado y creo que eso también tiene un peso que te habla de una relación muy estrecha con un partido político, y que son cosas que tendríamos que considerar para más adelante.
Me preocupa que sigamos insistiendo en manejar indistintamente auscultación y consulta, no es lo mismo. La consulta es mucho más amplia, es de doble vía, donde tú puedes recibir propuestas, dictámenes, consejos; y la auscultación es un sondeo nada más.
Entonces, la ley habla de consulta y ojalá que eso se pudiera respetar, porque con la timidez de por qué usamos, tenemos esa timidez de usar auscultación en algunos casos, eso no me queda claro.
Creo que se incluyeron varios puntos que propusieran. En las organizaciones civiles hay un avance en la elaboración de esta última propuesta de convocatoria, pero aun así no sé si todavía es tiempo, pero en el método de participación de la sociedad civil, cuando estamos hablando de las mesas directivas de las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia, que son las que van a determinar cuál es el método de participación civil y cuál es el formato, ¿por qué no considerar también que estén presentes las organizaciones ciudadanas y que participen en el formato, en la elaboración del formato?
Creo que ningún puesto, ninguna posición como esta, creo que es la más afín para que las organizaciones sociales que han demostrado respetabilidad y compromiso, participen en este proceso.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Me voy a permitir contestar la preocupación de la senadora Layda Sansores.
Coincidimos totalmente con su preocupación, senadora, y sí es verdad que es un concepto distinto a la consulta pública de la auscultación. La consulta pública a la que nos mandata la Constitución, que debe ser además transparente, está ya inscrita debidamente en la convocatoria, puesto que además de que nos está señalando la ley que cuando menos sean dos diarios de circulación nacional.
Nosotros hemos decidido que sea en cinco diarios de circulación nacional y por supuesto los dos días, de tal forma que esta consulta pública se tiene que manifestar a partir de que haya propuestas desde las organizaciones, desde las instancias defensoras de derechos humanos, académicas, etcétera, que en ese sentido la convocatoria está llamando a un periodo para que en base a esta consulta que está explícita en la publicación de la convocatoria, puedan hacerse llegar todas las propuestas de aspirantes, mujeres y hombres para ocupar la titularidad de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.
Ahora bien, y es por supuesto transparente porque todo el proceso lo tenemos que estar subiendo al sitio de las dos Comisiones, tenemos que estarlo informando debidamente cuando las Comisiones se convoquen, se reúnan y sobre todo cuando realicen las comparecencias, que van a ser públicas. Entonces yo creo que en esa parte estamos cumpliendo debidamente.
Ahora, la parte de la auscultación, por eso hemos decidido que en la b ase décima, podamos, las Comisiones, decidir cómo, qué método vamos a adoptar para que podamos tener esta auscultación con las organizaciones de la sociedad civil especialistas en esta materia, para que invitarlas al Senado, ponernos de acuerdo los Grupos Parlamentarios, creo que hay un pequeño ejercicio que hemos dicho que creo que no es necesario que lo pongamos en la convocatoria porque tenemos que ajustarlo más, tenemos que ponernos de acuerdo más, de manera puntual, por eso es que la convocatoria queda amplia, y dice:
Las mesas directivas de las comisiones de Derechos Humanos y de Justicia, determinarán el método de participación de la sociedad civil, el método de las audiencias públicas y definirán el mecanismo para que las preguntas que se reciban por parte de la sociedad civil puedan ser retomadas durante las comparecencias de candidatas y candidatos, inclusive lo que usted menciona, que me parece que es muy importante distinguirlo.
Esta relación de ida y vuelta, esta comunicación de ida y vuelta con las organizaciones de la sociedad civil especialistas en la materia, siempre tomando en consideración –ya sé que lo vamos a acordar después, pero sí lo adelanto– que se despersonalice el proceso; no es conveniente para el Senado de la República que podamos ponerle nombre y apellido sino que pongamos en esa auscultación el interés superior de lo que tiene que ser la Comisión Nacional de los Derechos Humanos en el siguiente periodo por todos los argumentos, por todas las distintas expresiones que todas y todos hemos dado ya y por supuesto atendiendo, sin lugar a dudas, también las preocupaciones que hemos recibido de manera formal por parte de distintas organizaciones de la sociedad civil y defensores de derechos humanos.
De tal forma que yo creo que para no alargar el tiempo de la publicación de la convocatoria me parece, salvo su mejor opinión, nos parecería con quienes lo comentamos, que pudiera quedar inscrita así la base décima, de tal manera que ya nosotros podamos ponernos de acuerdo en el método para hacer las auscultaciones.
¿Cuándo lo hacemos? En el momento en que están corriendo las inscripciones, en el momento en que terminen estas inscripciones y entremos a las comparecencias, o después de que terminen las comparecencias.
Son asuntos en los que no nos hemos puesto de acuerdo. Y entonces yo creo que esa discusión la tenemos que seguir dando, pero me parece que no podemos detener la convocatoria, por eso está inscrita de manera general.
¿Cómo ve senador? Senador Pablo Escudero, si es tan gentil.
SENADOR PABLO ESCUDERO MORALES: Gracias, Presidenta.
Me parece importante lo que comenta la senadora Layda Sansores. Y yo lo que propondría a esta Comisión es que facultemos a las Mesas Directivas como siempre lo ha hecho y como siempre lo seguirá haciendo, hablar con la ONG’s y platicar respecto al formato y la logística que vamos a tener con ellos.
Hemos insistido desde el día uno, que nos reunimos todos los Grupos Parlamentarios, en que es indispensable que participen las ONG’s, la sociedad civil y todos aquellos que quieran decir algo son bienvenidos, los vamos a escuchar, los vamos a atender.
El que diga lo contrario de este Senado se equivoca y es falso. Esa es la apertura que ha tenido este Senado; esa es la apertura que han tenido estas Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia. Y por supuesto que yo propondría que le demos un mandato a la Presidenta de la Comisión para que, como siempre lo hace, platique con las ONG’s respecto al formato y la logística también.
Me parece que la solicitud del formato también. Platíquelo usted, Presidenta, como siempre lo hace, sabemos; que no quede duda de que estamos abiertos y participando de manera activa con la sociedad en esta gran tarea que se nos ha encomendado.
Gracias.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: La senadora Arely Gómez, y después la senadora Adriana Dávila; y después la senadora Mariana Gómez del Campo; y posteriormente la senadora Diva Hadamira Gastélum. En ese orden.
Por favor, si es tan gentil, senadora Gómez.
SENADORA ARELY GÓMEZ GONZÁLEZ: Yo quisiera pronunciarme en el sentido de que primero, hacer una breve aclaración en cuanto a la persona, en cuanto a lo del tema de que si se debería de mencionar que no haya sido candidato o no a un cargo de elección popular por algún partido político.
En el tema de la magistrada electoral, que presentó su renuncia, el tema fue que esta persona nos mintió; porque personalmente estuve revisando y supervisando al equipo de trabajo, de que se revisaran los 453 currículos.
Tenemos, y está abierto, está al escrutinio público, una carta donde ella firma que nunca había aspirado a un cargo de elección popular y se hizo toda una gran matriz con 50 puntos, donde no señalaba absolutamente nada.
Ahora bien, ya el que nosotros estuviéramos checando a los 453 candidatos si habían aspirado; era un tema sumamente complejo por el lapso que teníamos para hacerlo. Se supone que ellos tenían que haberlo manifestado.
El prohibimiento era única y exclusivamente para cuatro años. Efectivamente, ella había sido candidata plurinominal en cuarto lugar; nunca llegó a ganar, pero efectivamente lo fue y se presentó su renuncia.
De 453, fue el único inconveniente que se tuvo y fue ocasionado por la misma persona, que faltó a la verdad. Entonces, ese es el tema por el cual sucedió lo que sucedió.
Ahora bien, en cuanto a esta convocatoria, coincido totalmente con lo que han señalado aquí la senadora Angélica de la Peña y el senador Pablo Escudero. Nosotros desde el inicio de este Senado, nos hemos pronunciado en apego a los principios de un Parlamento Abierto; esta Legislatura se ha caracterizado por generar canales de comunicación que transparenten sus procedimientos y se escuche a las distintas voces.
Ésta no será la excepción. De hecho, en esta carpeta que me acompaña, yo ya tengo aquí una gran cantidad de documentos que me han llegado de organizaciones de la sociedad civil, que me ha llegar la Comisión de Derechos Humanos, donde efectivamente hay personas a favor y en contra de algunos candidatos.
Aquí lo importante es que, en caso de que sea aprobada esta convocatoria, con esta reunión estaríamos dando ya inicio formalmente al procedimiento; que tendría como finalidad saber quién va a presidir la Comisión de Derechos Humanos. Estaríamos dando cumplimiento a las atribuciones establecidas en el marco constitucional y legal, para establecer la ruta de este proceso, que tendrá que culminar a más tardar el próximo 14 de noviembre.
Este procedimiento –quiero señalarlo– es uno de los procedimientos de mayor relevancia que tiene el Senado de la República, dada la incorporación en el Orden Constitucional Mexicano a la CNDH; ya que fue con esto un parteaguas en la protección y defensa de los derechos humanos.
Por ello, como instancia responsable en este proceso, en esta Cámara Alta tenemos el objetivo y es lo que se ha estado manifestando, primero en las mesas directivas de las comisiones, y después ya con todas las comisiones, por eso se ha diferido esta sesión durante tres, porque se han escuchado las voces; y queremos establecer mecanismos que fortalezcan la capacidad institucional de la CNDH.
Será un procedimiento de consulta pública, transparente, cuidadoso y abierto a la sociedad, en el cual garanticemos la participación y opinión de todos los integrantes; y esto permitirá que las Comisiones Unidas contemos con los elementos necesarios que permitan contrastar los perfiles de los candidatos y, en su momento, se puede elegir o reelegir a la persona que garantice el óptimo ejercicio de las funciones constitucionales y legales que corresponden al titular de la CNDH.
Al ser este un procedimiento de designación del presidente de la Comisión de Derechos Humanos, creo que tenemos que respetar los derechos humanos de todos los participantes. Tenemos que dar el ejemplo de que escucharemos todas las voces a favor o en contra de las personas que quieran inscribirse para contender, pero igual que la senadora Angélica de la Peña y el senador Pablo Escudero, imploro a que sea un proceso realmente de respeto a las personas, porque si no, no estaríamos cumplimiento con la finalidad de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Muchas gracias, senadora.
Por favor, si es tan amable la senadora Adriana Dávila, Secretaria de la Comisión de Derechos Humanos.
SENADORA LAYDA SANSORES SAN ROMÁN: Nada más para una pequeña aclaración.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Por favor, antes, ¿me permite?, si es tan amable senador Layda Sansores, también Secretaria de la Comisión de Derechos Humanos.
SENADORA LAYDA SANSORES SAN ROMÁN: Sí, es para hechos, Arely.
En realidad mi intención, yo tengo muy claro que es una responsabilidad fundamentalmente de ella, firma un documento de aceptación. No, a lo que me refería es cómo, en casos de magistrados electorales, sí se toma en cuenta el que haya sido hasta una propuesta para la regiduría plurinominal, porque la identifica con un partido político. Y que ¿por qué no en la Comisión de Derechos Humanos?, también tendría que ser un requisito para más adelante.
Esa era mi intención. Y a lo mejor que los senadores no tenemos mucho tiempo para analizarlos. Nos lo dan en la mañana y a las tres horas hay que votarlo.
Gracias.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Por favor, senadora Dávila.
Gracias, Presidenta.
SENADORA ADRIANA DÁVILA FERNÁNDEZ: Primero, comentar que desde el inicio de estas reuniones que tuvimos a partir del lunes, y previo a estos asuntos, el Grupo Parlamentario del PAN se ha pronunciado por que la convocatoria tenga la certeza suficiente, la claridad suficiente para quienes desean participar, y también para lo que establece la ley.
No podemos negar el derecho de quien está ya en el cargo de querer participar, si es que así lo desea; como tampoco podemos negarnos a la revisión, auscultación o consulta de quienes tengan también esa posibilidad.
Creo que el nombramiento, y así lo ha planteado el grupo parlamentario en su reunión plenaria hoy, el nombramiento del comisionado de los Derechos Humanos o la Comisionada de Derechos Humanos no sabemos qué sucede en el proceso, me parece fundamental que es uno de los más importantes que se va a hacer en el Senado. No porque sea menor a otro, sino porque este implica una carga que hoy el país está viviendo como nunca.
Creo que este nombramiento no puede ser tomado ni a la ligera y tampoco puede basarse en comentarios o especulaciones respecto de lo que nosotros tenemos como tarea legislativa hacer.
Y nada más aclarando que, tan estamos de acuerdo, que hemos venido haciendo las propuestas por parte del grupo parlamentario en las modificaciones al propio acuerdo y a la propia convocatoria para que ésta sea ya emitida.
Y, por supuesto que todavía faltan detalles qué generar, y los detalles que tienen que ver con algo fundamental, que es en este proceso de consulta, que habla la senadora Sansores, y en ese proceso de auscultación que habla también la senadora Sansores y que está establecido en la cláusula novena del acuerdo, que es que el formato de comparecencia de candidatos o candidatas va a ser determinado por las mesas directivas de las Comisiones de Derechos Humanos y de Justicia.
Ese formato todavía tiene que tener, como lo pide Pablo Escudero, el senador Escudero, todavía una serie de requisitos que hay que generar para que no haya la menor duda de que el Senado está en toda la intención de hacer la revisión, el trabajo, como es nuestra obligación y por lo que nos pagan, de poder plantear que quien llegue, quien esté en la Comisión Nacional de los Derechos Humanos o lo que se decida en el proceso de esta convocatoria, esté el perfil que mejor garantice a los ciudadanos su protección de los derechos inherentes al ser humano, y creo que esto es fundamental.
Así es que yo adelantaré el voto del PAN a favor, por supuesto de ya emitir esta convocatoria y de iniciar con todos estos procesos que, sin duda, nos mantendrán ocupados en las siguientes semanas.

Pero también pedirle a las organizaciones de la sociedad civil que confíen en que estamos haciendo un trabajo serio, que estamos haciendo un trabajo responsable y que entendemos que todas las organizaciones tienen puntos de vista distintos; y que es nuestro deber escuchar a aquellas que por supuesto tienen un planteamiento muy claro respecto, a la permanencia o no del titular actual o a la propia posición de plasmar cualquier otra propuesta que se pueda generar.
Que en esa misma pluralidad y en esa misma equidad, está justamente cuidar los derechos humanos de todos los que participan, y que nosotros no podemos cerrarnos a un proceso que venga a capricho ni de un grupo parlamentario ni de un partido político y lo diré con toda la certeza, tampoco a un proceso servil del gobierno en turno, cualquiera que sea y de cualquier partido político que emane; sino que tiene que ser un asunto responsable en el que hoy no podemos cometer errores como los que se han venido cometiendo, y que se han señalado en esta mesa y que el Senado tiene hoy una gran responsabilidad de no cometerlos, porque los hemos cometido y luego tenemos que hacer modificaciones a los formatos, luego tenemos que hacer modificaciones a las normas generales.
Y tan es así que tuvimos algunos desaciertos en algunos otros temas, y creo que éste no puede estar a capricho y supeditado, mucho menos a alguna equivocación en donde lo principal que queremos cuidar sea lo principal que se esté dañando.
Así es que, Presidenta, y por supuesto ante la ausencia del Presidente Roberto Gil, por otros motivos, de la Presidencia de la Comisión de Justicia, y decirles que nosotros adelantaremos nuestro voto a favor.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PARRA GÓMEZ: Muy bien, por cierto, senador, qué bueno que usted lo menciona.
El senador Roberto Gil está en un asunto personal de una gran importancia y por eso totalmente justificado que no pueda estar el día de hoy presidiendo; pero está presidiendo la Comisión de Justicia, como así se acordó en la Mesa Directiva, la senadora Arely Gómez.
Por favor, senadora Mariana Gómez del Campo, tiene usted uso de la voz.
SENADORA MARIANA GÓMEZ DEL CAMPO: Muchas gracias, Presidenta.
Primero celebro que ya podamos estar de acuerdo en la convocatoria, fue bastante positivo el que nos hayamos podido reunir, bueno, se hayan podido reunir las mesas directivas y poder llegar a un acuerdo y darle el juego necesario a las organizaciones de la sociedad civil, a las asociaciones civiles, a los organismos públicos, a todos aquellos que quieran participar en esta convocatoria.
Yo solamente pediría que fuéramos muy cuidadosos en la misma. Veo muchos errores de dedo, entonces si pudiéramos corregirlos, no quiero aquí profundizar con los errores de dedo; pero sí le pediría al cuerpo técnico que cuidáramos estos detalles. Esto por un lado.
Por otro, dejar muy en claro que –ya lo ha dicho aquí la senadora Adriana Dávila– para el Grupo Parlamentario de Acción Nacional es crucial este nombramiento. Haremos un análisis profundo, escucharemos con atención y participaremos de manera activa en cada una de las comparecencias.
Atravesamos por un momento muy complicado en materia precisamente de derechos humanos en nuestro país, y por supuesto seremos sumamente cuidadosos y escucharemos a todas las voces.
Celebro nuevamente el que ya podamos estar en esta sesión, que el día de hoy se pueda aprobar esta convocatoria, bueno, manos a la obra ambas comisiones.
Enhorabuena, muchas gracias.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PARRA GÓMEZ: Muchas gracias, senadora Gómez.
La senadora Diva Hadamira Gastélum, por favor.
SENADORA DIVA HADAMIRA GASTÉLUM BAJO: Me da mucho gusto que se acepte que la convocatoria no tiene dedicatoria, y eso es muy interesante y muy importante.

Pero creo que aquí hay una lección que debemos aprender: las grandes confusiones que nos ha dejado este trabajo es que la ley tiene imperfecciones importantísimas, lagunas, contradicciones. Entonces, creo que la lección aprendida aquí es que tenemos que aplicarnos, concluido este proceso, porque esto es lo que tenemos ahorita como ruta de navegación, a revisar la ley correspondiente.
Y creo que lo que se hizo hoy con los equipos técnicos para presentar un trabajo, como aquí está, que pueda transitar con el consenso de todas y de todos. El resto también debiera ser en esos términos, de tal manera de poder destrabar cualquier situación que pudiera creerse –vuelvo a repetir la expresión– tenga dedicatoria hacia tal o cual nombre que ande en el ambiente.
Yo estoy contenta que esto sea y pido a la Presidencia sométalo a votación porque creo que el tiempo camina.
SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Muy cierto. Vamos a terminar, aquí hay un último párrafo en la décima, que ustedes pueden ver en su pantalla, a propuesta del senador Pablo Escudero, que ampliamos a que sean las Directivas de las Mesas Directivas. Lo leo:
Para efectos de dar cumplimiento al párrafo anterior, lo que tiene que ver con la inquietud de la senadora Layda Sansores, se faculta a las Mesas Directivas de ambas Comisiones a que analicen las propuestas de las organizaciones de la sociedad civil en términos de lo establecido en el Artículo 10 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, que como ustedes saben, en la última parte de este Artículo, refiere a la auscultación.
Si no tienen alguna observación, si les parece que pueda dar ya concluida esta inquietud, a partir de esta inscripción última a la base décima y por supuesto tomando también la propuesta de la senadora Gómez del Campo en el sentido de que le demos una revisada ya puntual al Acuerdo y a la Convocatoria, para que no cometamos ningún error de dedo, de sintaxis, etcétera, etcétera.
Yo lo propongo que lo hagamos igual con el equipo técnico para que tenga toda la exposición, pero sobre todo, todo el consenso.
Finalmente, solamente quiero ratificar que nuestra preocupación genuina de todas y de todos es que esta Convocatoria salga por consenso.
Nos llevó días pero era importante que esta Convocatoria saliera por consenso y vale la pena el esfuerzo y el tiempo que dedicamos a revisar puntualmente, por todas y todos, esta Convocatoria porque no puede entrar con alguien que esté en contra.
Queda claro eso, ¿verdad?, para todas y todos.
Si están, entonces, ustedes de acuerdo con la lectura, con los añadidos que quedaron puntualmente inscritos en la pantalla, les solicito que sean tan amables de expresar si están de acuerdo, levantando su mano.
Gracias.
Quienes están en contra.
Quienes se abstienen.
Entonces vamos a procesar con la Mesa Directiva a que se inscriba en el Orden del Día de hoy, para que hoy mismo se apruebe por el Pleno del Senado de la República y hoy mismo se mande a 5 diarios de circulación nacional para que sea publicada el día de mañana y el día de pasado mañana.
Es cuánto.
Levantamos la sesión.
Muchas gracias a todos ustedes.

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