Para evitar la publicidad comercial engañosa de bienes o servicios de la misma calidad, la senadora Verónica Martínez Espinoza presentó una iniciativa, a fin de reformar el artículo 46 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

Con ello, explicó, se propone que los términos "oferta", "barata", "descuento", "remate" o cualquier otra expresión similar, se apliquen a los productos o artículos ofrecidos al público con un valor rebajado o inferior a los normales establecidos, cuando esa reducción represente por lo menos el 10 por ciento del valor total de los mismos.

“Los senadores del Partido Revolucionario Institucional estamos convencidos de la necesidad de legislar en pro del bolsillo de los mexicanos”, por lo que es de vital importancia el definir a la “oferta” o similares, destacó la legisladora por el estado de Jalisco.

Ello, precisó, en virtud de que la mala interpretación lleva al error al consumidor y se ve engañado por un proveedor inescrupuloso y aprovechado.

Martínez Espinoza dijo que los establecimientos o proveedores, conocen los precios finales de venta de sus productos y/o servicios, determinando unilateralmente con base en ello la supuesta oferta o descuento.

Y al no existir disposición jurídica expresa que obligue a los proveedores a determinar una cantidad o porcentaje fijo de descuento mínimo, abundó, son libres de fijar el más conveniente para sus ingresos de venta.

Además, al reducir irrisoriamente los precios finales de venta de un producto y/o servicios y, ofrecerlos bajo alguna de las expresiones referidas en el citado artículo 46, el proveedor dolosamente mantiene en el error a los consumidores, consideró la senadora priista.

 

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