Con el fin de no vulnerar el debido proceso judicial y que no se interfiera con la existencia de conflicto de intereses y prevalezca la imparcialidad, la senadora Ana Lilia Herrera Anzaldo presentó una iniciativa de reforma constitucional para que, quienes se desempeñen como procurador General de la República o fiscal General, y deseen integrarse al Consejo de la Judicatura Federal, lo hagan transcurridos tres años de su último encargo.

Con la propuesta, destacó la legisladora por el Estado de México, se fortalecen las garantías y los derechos humanos para el cumplimiento del debido proceso y de la ética judicial.

Asimismo, añadió que la propuesta fortalece las normas fundamentales y las condiciones de independencia e imparcialidad, que debe tener todo juzgador sobre las resoluciones que emitan los integrantes de los tribunales.

La legisladora Ana Lilia Herrera expresó que en la reforma, que armoniza el precepto constitucional en la materia para los temas de competencia y de telecomunicaciones, se establece como requisito no haber ocupado un cargo público tres años antes de su nombramiento, y de esta manera, añadió, se evita el conflicto de intereses en la resolución de casos que pudieran tener a su cargo en el desempeño de sus funciones como procurador y después como consejero.

No obstante que la Constitución ya establece una prohibición de tiempo para ocupar el cargo de consejero de la Judicatura, es necesario aumentar esta temporalidad para evitar el conflicto de intereses en la resolución de casos, sobre todo cuando en la promoción profesional una persona es responsable directa o indirecta de vigilar un mismo caso en diferentes etapas procesales, mencionó la senadora Herrera Anzaldo.

Se trata, dijo, de garantizar el debido proceso en congruencia con la tesis aislada de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que establece que la vulneración de los derechos fundamentales del acusado en el proceso penal puede provocar la invalidez de todo el proceso, así como de sus resultados, lo cual, imposibilitaría al juez para pronunciarse sobre la responsabilidad penal de una persona.

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