La Cámara de Senadores dio entrada a una minuta de la colegisladora,  cuyo objetivo es impedir que las personas que se encuentren en mora en el pago de alimentos salgan del país hasta en tanto no cubran el total de su adeudo.

Con la adición de una fracción VI al artículo 40 de la Ley de Migración se busca establecer que no podrán salir del país los mexicanos que dejen de cumplir con las obligaciones que impone la legislación civil en materia de alimentos por un período mayor a sesenta días, a solicitud de la autoridad judicial competente.

En la minuta se argumenta que alrededor de 67 por ciento de los deudores alimentarios no cumplen sus obligaciones y 67.5 por ciento de madres solteras no recibe pensión alimentaria, “lo cual estaría indicando que las medidas legislativas, judiciales y administrativas para evitar este problema han sido insuficientes”.

Además, en el texto se deja en claro que el artículo 4 de la Constitución establece la obligación del Estado de velar y cumplir el principio del interés superior de la niñez, el derecho de niños y niñas a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento.

Se subraya que es obligación de los ascendientes, tutores y custodios  preservar estos derechos y la del Estado de proveer lo necesario para propiciar el respeto de la dignidad de la niñez y la adolescencia, y el ejercicio pleno de sus derechos.

La minuta fue turnada a las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos.

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