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El senador priista Renán Cleominio Zoreda Novelo planteó reformas a la Ley General de Salud, a fin de que los usuarios de los servicios de salud tengan derecho, en todo momento, a solicitar una copia de su expediente clínico.   Aseguró  que con esta enmienda se preserva un derecho que no puede estar supeditado a su reconocimiento por la vía de la interpretación legal que haga eficazmente un tribunal, sino que éste debe ser respetado por todas y cada una de las instituciones de salud públicas y privadas del país.

Explicó que actualmente, los expedientes clínicos son propiedad de la institución y del prestador de servicios médicos; sin embargo, y en razón de tratarse de instrumentos expedidos en beneficio de los pacientes, deberán conservarlos por un periodo mínimo de cinco años, contados a partir de la fecha del último acto médico.

Por ello, destacó, no existen razones que justifiquen negar a una persona el acceso a su propio expediente clínico, salvo aquellas relacionadas con el derecho a la intimidad de terceras personas y la confidencialidad de los datos asentados en los propios expedientes.

En este sentido dijo que para acceder a la información tiene que solicitarlo por escrito, especificando las razones para así hacerlo y la resolución será determinada discrecionalmente por los prestadores de los servicios de salud.

Dicha situación resulta contraria a lo establecido en las leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública y de Datos Personales, pues la información contenida en los expedientes clínicos se compone de datos personales, sobre los cuales dichas leyes reconocen el pleno acceso de su titular, sin necesidad justificación alguna.

La iniciativa, de la autoría de la senadora priista María del Socorro García Quiroz, fue turnada a las Comisiones de Salud y de Estudios Legislativos, Primera del Senado.

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