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El Senado reformó la Ley General de Desarrollo Social para considerar como prioritarias y de interés público las campañas de control de natalidad y de prevención de embarazos en adolescentes.

Para los senadores existe “una expansión considerable de los embarazos en adolescentes y un incremento de los hogares encabezados por mujeres que son madres solteras y quienes muchas veces padecen actos de discriminación”.

Según el Censo de Población 2010, en el país hay 700 mil 577 mujeres de entre 12 y 19 años de edad que tienen al menos un hijo, y de éstas, siete mil 608 son menores de quince años.

De acuerdo con especialistas, este fenómeno es provocado por la falta de oportunidades educativas y laborales, así como insuficiente educación sexual y factores económicos y culturales.

Este tipo de embarazos, subrayaron los legisladores, propicia el abandono escolar de las adolescentes, que en el caso de las madres solteras, muchas veces es consecuencia de la necesidad de obtener ingresos para la manutención del hijo o hija.

Para atender este problema, la Secretaría de Educación Pública creó el Programa Becas de Apoyo a la Educación Básica de Madres Jóvenes y Jóvenes Embarazadas, diversas dependencias realizan campañas de prevención y las entidades federativas cuentan con programas y acciones de prevención y de apoyo en el mismo sentido.

Sin embargo, con la reforma se busca institucionalizar y asegurar que campañas de este tipo tendrán carácter prioritario y de interés público.

En el debate, los senadores panistas Beatriz Zavala Peniche y Guillermo Tamborrel Suárez destacaron la necesidad de fortalecer las campañas para evitar embarazos no deseados en adolescentes, pero los cambios “rompen con el espíritu de la Ley de Desarrollo Social”. 

Zavala Peniche reiteró que se requiere “una planificación adecuada” para que en particular las mujeres adolescentes no tengan embarazos no deseados que pueden alterar el ritmo de su vida.
Sin embargo, la Ley de Desarrollo Social establece una serie de preceptos para la aplicación de programas enfocados a superar la pobreza y mejorar las condiciones de vida, y éste no se considera como un problema de atención básica en términos del combate a la pobreza.

Además, la Ley General de Salud ya contempla la planificación familiar y se realizan campañas para la prevención de estos embarazos.

A su vez, Tamborrel Suárez dijo que pese a que no se cuenta con un estudio puntual, se estima que entre el 70 y 80 por ciento de los embarazos son no deseados, por lo que es prioritario fortalecer las campañas de educación sexual, pero “no corresponden precisamente a esta ley”.

Por el PRI, el senador Francisco Arroyo Vieyra enfatizó que combatir los embarazos no deseados en las comunidades y las enfermedades de transmisión sexual tiene que formar parte imprescindible de la política social del Estado.

En este sentido expresó: “Me parece degradante para el Senado de la República que arguyamos asuntos que tienen que ver más con cuestiones de superchería o esotería”, que impiden asumir las responsabilidad de legislar en este materia.

Desde su escaño, el senador perredista Pablo Gómez Álvarez consideró que en esta Ley se establecen los elementos básicos de la política social de Estado y todo lo que tiene que ver con el bienestar de la sociedad.

Por ello, la reforma “es conveniente”, pues la política social debe promover la disminución de los embarazos no deseados, muchos de los cuales terminan en abortos.

Tras la discusión, el dictamen se aprobó con 46 a favor, 29 en contra y tres abstenciones y se envió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.

Desarrollo social se sujetará a la perspectiva de género

Con 80 votos a favor y una abstención, la Cámara de Senadores modificó la Ley General de Desarrollo Social con el propósito de que las políticas en esta materia se sujeten a la perspectiva de género.

Con esta medida, se busca que la adopción del enfoque de género y la orientación hacia la equidad no dependa de la voluntad de los servidores públicos.

Dicho dictamen, se remitió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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