Número-863

  • Senado respalda reforma al artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para que la SEP organice servicios de educación básica para adultos.
  • La calidad del servicio que ofrecen los servidores públicos a la sociedad, depende de la calidad de su formación educativa, destacaron los senadores.

Por unanimidad, el Senado de la República aprobó una minuta que reforma el artículo 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal para abatir el rezago educativo en que se encuentran servidores públicos de los tres órdenes de gobierno.
Los senadores respaldaron el proyecto de la Cámara de Diputados para que a la Secretaría de Educación Pública (SEP) le corresponda organizar, promover y supervisar programas de capacitación y adiestramiento en coordinación con las dependencias del gobierno federal, los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y municipios, las entidades públicas y privadas, así como los fideicomisos creados con tal propósito.
Para este fin, la SEP deberá organizar servicios de educación básica para adultos y sistemas de orientación vocacional de enseñanza abierta y de acreditación de estudios.
Al presentar el dictamen, la senadora Cristina Díaz Salazar, presidenta de la Comisión de Gobernación, destacó que los servidores públicos deben tener un correcto nivel de enseñanza, ya que son ellos los que tienen la responsabilidad de instrumentar las tareas del Estado para su correcto funcionamiento.
Agregó que la calidad del servicio que ofrecen los servidores públicos a la sociedad, agregaron, depende de su formación educativa, por lo que es una obligación del Estado brindar las herramientas que garanticen que los funcionarios públicos tengan la mejor formación posible.
En el documento aprobado también se menciona que que de las 226 dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que participaron en el programa “El Buen Juez por su Casa Empieza”, desarrollado por el Instituto Nacional de Educación de los Adultos, sólo 32 se reportaron al 2012 con un saldo de libres de rezago educativo.
En el régimen transitorio del decreto se plantea que la SEP, así como las demás autoridades con quienes se coordinarán para llevar a cabo los servicios de educación básica para adultos, deberán llevar a cabo un diagnóstico inicial para la identificación de la población objetivo de estos servicios, en un plazo de ciento ochenta días.
Además, la Secretaría de Educación Pública, las dependencias del gobierno federal, los gobiernos de los estados, del Distrito Federal y los municipios, así como las entidades públicas o privadas tienen que definir los esquemas de incentivos y otorgar las facilidades necesarias para que los servidores públicos que se encuentran en rezago educativo puedan concluir su educación básica.
El proyecto se aprobó con 90 votos a favor y se envió al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

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