Número-728

  • Impulsan participación de municipios y entidades federativas, respecto a bienes culturales declarados monumentos, zonas de monumentos arqueológico, artísticos e históricos.
  • Prohíben uso de mamíferos marinos en espectáculos itinerantes.

La Comisión de Estudios Legislativos, Primera, que preside el senador Raúl Gracia Guzmán, avaló un dictamen por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, a fin de fomentar una participación más comprometida de municipios y entidades federativas, en lo relativo a los bienes culturales declarados monumentos, zonas de monumentos arqueológicos, artísticos e históricos.
Desde esa perspectiva, se prevé también incorporar la figura jurídica de opinión previa en la participación de las autoridades locales en donde se localicen los monumentos. Con estas modificaciones, se involucra a más actores en la protección de los monumentos y se concede mayor participación a las autoridades de los órdenes de gobierno estatal y municipal.
A propuesta del senador Miguel Ángel Chico Herrera, del PRI, se incorporó un artículo transitorio para que las acciones que en su caso, deban realizar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para dar cumplimiento integral al decreto, deberán cubrirse conforme a los ingresos disponibles conforme a la Ley de Ingresos de la Federación y sujetarse a la disponibilidad presupuestaria que se apruebe para ese fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación y en las disposiciones de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Se aprobó también una minuta que reforma el Artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, con el objetivo de prohibir que mamíferos marinos sean utilizados en espectáculos itinerantes. Esto, para privilegiar la conservación de las especies, sobre todo si tienen la categoría de riesgo, a fin de conservarlas preferentemente en estado de libertad.
En otro dictamen similar, se modifican los artículos 55 Bis y 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre, con el propósito de robustecer el marco legal diseñado para garantizar la protección de los mamíferos marinos, en el sentido de que los estudios de investigación que se realicen se apeguen a protocolos de investigación que tenga el aval de una institución de Educación Superior.
Además, se plantea en un artículo transitorio que la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales reubique ejemplares de mamíferos marinos en posesión de personas que ejerzan actividades de espectáculos itinerantes.
Asimismo, se avaló otro dictamen para reformar las leyes generales de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y de Vida Silvestre a fin de prohibir el uso de animales en circos y en cualquier tipo de espectáculos en el que sean inducidos a realizar acciones fuera de su comportamiento natural.
En otro tema, se aprobó un dictamen con el que se modifican diversos artículos de la Ley General de Salud, para aumentar la responsabilidad de guardia y custodia de padres o tutores que ejercen la patria potestad de quienes ostenten la representación de niños y adolescentes, adultos y adultos mayores con trastornos mentales.
Adicionalmente se aprobó el dictamen por el que se reforma el Reglamento del Senado, para que en la aprobación de tratados internacionales en los que se reconozcan derechos humanos, la Cámara de Senadores inicie el trámite para su análisis y discusión de forma inmediata y preferente, como medida preventiva ante la carga de trabajo que afecte el desarrollo oportuno de los trámites parlamentarios.
Con esta reforma se homologa el reglamento para cumplir con el mandato constitucional derivado de la aprobación de la reforma en materia de derechos humanos de 2011.
En otro de los dictámenes avalados, se reforman los artículos 62 y 81 de la Ley Orgánica del Congreso General, a fin de transitar del modelo bipartidista plasmado en la Ley Orgánica a uno que de mayor participación en las actividades del Senado.
Para ello, se estableció que cuando ningún grupo parlamentario alcance la mayoría absoluta de los miembros presentes del Senado, la Presidencia de la Mesa Directiva corresponda sucesivamente en cada legislatura, a un senador de un grupo parlamentario de los tres con mayor número de integrantes.
Además, que en ningún caso la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Senadores recaerá en el mismo año legislativo en un senador o senadora que pertenezca al grupo parlamentario que presida la Junta de Coordinación Política. Asimismo, se prevé que la integración de la Junta de Coordinación Política sea además de dos senadores por grupo parlamentario, por uno de cada uno de los dos Grupos Parlamentarios que se sigan en número y no uno por el grupo parlamentario que, por sí mismo, constituya la primera minoría de la Legislatura, como se establece actualmente.
En otro sentido, se aprobó un dictamen para reformar la Ley Orgánica del Congreso General, a fin de generar igualdad entre hombres y mujeres en las comisiones legislativas de las dos cámaras del Congreso. Para ello, se plantea la incorporación de mujeres como presidentas y secretarias en las comisiones sea proporcional en cada órgano legislativo.
Finalmente, se avaló un dictamen para que en el Reglamento del Senado se establezca la obligación de los senadores de informar a los electores al término de cada año de la Legislatura sobre las actividades realizadas durante el mismo.

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