SÍNTESIS INFORMATIVA
¿Qué implicaciones podría traer esta reforma? Estas prácticas de tortura ya se convir tieron formalmente en un delito y, por lo tanto, pueden ser denunciadas penalmen te o incluso ser perseguidas de oficio cuan do las víctimas sean menores de edad. Por su parte, Iván Tagle, director de Yaaj, asociación civil que atiende a victi mas de terapias de conversión, comenta: "Con la reforma por fin se hará justicia a los sobrevivientes de todas estas horro rosas prácticas, basadas en concepciones religiosas y seudocientíficas que conside ran a la homosexualidad una enfermedad que debe curarse. "Ahora ya podemos denunciar a los ministros de culto, profesores y psicólo gos que están promoviendo las terapias de conversión en la Ciudad de México. Incluso, la ley nos da herramientas para obligar al Estado a prevenir estas prácti cas delictivas." Incluida en el apartado sobre los deli tos "contra el libre desarrollo de la perso nalidad y la identidad sexual", la reforma quedó asentada en el artículo 190 Quater del Código Penal, que dice textualmente: "A quien imparta u obligue a otro a reci bir una terapia de conversión se le impon drán de dos a cinco años de prisión y de cincuenta a cien horas de trabajo en favor de la comunidad. Este delito se persigue por querella. "Se entiende por terapias de conver sión aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, méto dos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, modificar o menosca bar la expresión o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crue les, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana. "Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de dieciocho años de edad o persona que no tenga capacidad para com prender el significado del hecho o perso na que no tenga la capacidad de resistir la conducta, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá de oficio." Con 12 años de atender a sobrevivien tes de terapias de conversión, T^gle men ciona que éstas se valen de la privación de la libertad, violaciones sexuales, elec trochoques, medicación forzada, ayunos, prácticas de repulsión, exorcismos y otros métodos encaminados a desterrar la ho mosexualidad de las personas. Y agrega: "La discriminación y los atro pellos generalmente comienzan dentro del hogar; siempre hay alguien que acon seja a los padres de familia que se pue de curar la homosexualidad de su hijo o el lesbianismo de su hija. Y al quererlos res catar de su supuesto extravío sexual, los mismos padres propician que sean vícti mas de los delitos más atroces". A partir de ahí, refiere, se puede optar por una "terapia individual" con un psicó logo, o bien por una de las tantas "terapias colectivas" que se realizan en el país. Estas últimas, añade, actualmente se realizan en "anexos" o "granjas" donde también se trata a personas con proble mas de drogadicción y alcoholismo, en su puestas clínicas que trabajan de manera clandestina o en reuniones grupales dis frazadas de "retiros espirituales" que son promovidos por distintas Iglesias e insti tuciones educativas. "En todos estos casos siempre hay un discurso religioso de trasfondo. Todos los sobrevivientes de estas prácticas nos co mentan que siempre estuvo presente esta parte religiosa y espiritual", apunta Tagle. Torturas ¿Tienen alguna peculiaridad las tera pias de conversión realizadas en los ane xos? se le pregunta a Tagle. Sí, claro. En los anexos ya hay de en trada una privación de la libertad. Y jun to con la drogadicción y el alcoholismo, ahí se trata la homosexualidad como una enfermedad más. La violencia física es Fecha: 09/08/2020 Página: 30 Area cm2: 2025 2 / 6 Información Rodrigo Vera Costo: 405,000
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