Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


DISCURSO DEL EX RECTOR DE LA ESCUELA LIBRE DE DERECHO, DOCTOR MARIO BECERRA POCOROBA,  EN EL MARCO DE LOS FOROS QUE CON MOTIVO DE LA REFORMA ENERGÉTICA REALIZA EL SENADO DE LA REPÚBLICA
Buenos días, quisiera iniciar mi exposición agradeciendo a ustedes señores legisladores, tanto senadores como diputados, la oportunidad de poder participar en el presente foro académico, para la discusión de la reforma en materia energética, tanto en los rubros de petróleo y de hidrocarburos, como de energía eléctrica.
Particularmente para mí es un honor el estar en esta alta tribuna, pues estoy seguro de que estos foros contribuirán a que cada soberanía adopte la decisión que mejor convenga al desarrollo y crecimiento de México.
Hoy es un hecho notorio que Petróleos Mexicanos ha disminuido de manera importante su capacidad para convertir la riqueza petrolera de nuestro país en mayores beneficios para el pueblo de México.
Lo anterior indiscutiblemente  es atribuible al actual régimen constitucional y legal que rige la actividad que éste realiza, al ser tratada como una entidad más del gobierno y no así como lo que debe ser, una empresa eficiente, que sin dejar de ser de los mexicanos, se allegue de las más avanzadas tecnologías disponibles, para obtener el mayor beneficio de sus recursos a favor de los mexicanos.
Entrando en materia, como ya ha sido expuesto anteriormente en este foro, la reforma propuesta por el señor Presidente de la República comprende dos grandes temas: petróleo y demás hidrocarburos y energía eléctrica.
Por lo que respecta al primer tema, la reforma comprende cuatro rubros principales, los cuales a continuación me permito mencionar: primero, se propone la eliminación la prohibición contenida en el actual artículo 27, sexto párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de que el Estado contrate con terceros la explotación del petróleo y demás hidrocarburos; explotación que comprende tanto la exploración, como la extracción de dichos recursos naturales.
Segundo, la eliminación de la categorización del petróleo y demás hidrocarburos, así como de la petroquímica básica, como áreas estratégicas del Estado.
Tercero, la posibilidad de que los particulares participen directamente en las distintas etapas que comprenden la denominada Cadena de Valor de los Hidrocarburos y, cuarto, la reformas al régimen fiscal de Pemex.
Por lo que respecta al segundo gran tema de la reforma, esto es lo relacionado con la energía eléctrica, únicamente sienta las bases constitucionales para la modificación de su régimen jurídico aplicable.
Una vez sentado lo anterior, a continuación me enfocaré en el primer rubro de la reforma, esto es en el relacionado con el petróleo y demás hidrocarburos atendiendo principales pilares o atendiendo los cuatro principales pilares que la sustentan.
En primer lugar, se elimina la prohibición de contratar con terceros la explotación del petróleo y demás hidrocarburos. Al respecto, la iniciativa del Ejecutivo Federal consiste en la eliminación de la prohibición contenida en el artículo 27, sexto párrafo de la Constitución para que el Estado contrate con terceros la explotación de petróleo y  demás hidrocarburos, explotación que comprende tanto la exploración, como la extracción de dichos recursos naturales, así, se prevé la posibilidad de que el Estado contrate con particulares, o bien, con organismos públicos la explotación del petróleo.
Con esta eliminación, quedaría a discreción del Estado llevar a cabo o no,  dicha contratación con terceros, para así obtener el apoyo que se requiere en las materias de explotación y extracción de hidrocarburos, conforme a la política que de forma autónoma y soberana considere más conveniente.
Ello, acorde a las condiciones económicas prevalecientes maximizando el rendimiento económico de tales activos.
Conforme a la propuesta en análisis, será el legislador ordinario quien vía una o varias leyes secundarias, determine clara y puntualmente la forma en que el Estado deberá llevar a cabo tal contratación, así como los diversos mecanismos de contraprestación, los cuales pueden ser tan diversos como en su momento esta soberanía determine pudiendo variar desde una compensación monetaria, hasta contratos de renta compartida, o bien, de producción compartida, para que así se siga generando renta petrolera a favor del Estado mexicano.
Una cuestión que no debe pasarse por alto es que conforme a datos de la Secretaría de Energía, la producción en el complejo Cantarel, principal  abastecedor de crudo para el país, actualmente va a la baja, lo que hace indispensable explotar y explorar nuevos  yacimientos no convencionales en entornos más complejos, como son las denominadas aguas profundas y ultra profundas, lo cual, evidentemente, se traduce en mayores costos y  la necesidad de conocimientos altamente especializados en la materia, que bajo el régimen actual resulta prácticamente imposible absorber y acceder a Petróleos Mexicanos.
Prueba de lo anterior, tal como se señala en la iniciativa, en los Estados Unidos de América en 2012 se perforaron en aguas profundas 137 pozos, mientras que en México esta cifra se limitó sólo a 6, lo cual es consecuencia, insisto, del régimen legal actualmente vigente, que no le permite a Petróleos Mexicanos apoyarse de los mejores y más avanzadas tecnologías hoy existentes en todo el mundo.
La reforma propuesta por el Ejecutivo, busca dotar al Estado mexicano de la facultad de allegarse de esas nuevas herramientas para así enfrentar la situación de desventaja en la que hoy se encuentra el entorno internacional velando, por lo tanto,  no sólo porque la renta petrolera se mantenga en sus actuales niveles sino también esta se maximice a favor de todos los mexicanos.
Esta posibilidad de contratación, contrario a lo que se ha dicho por parte de diversas opiniones, no implica que el Estado mexicano pierda el dominio directo de los hidrocarburos en el suelo; este dominio directo se encuentra y continuará expresamente contemplado en los párrafos cuarto y quinto del propio artículo 27 constitucional, mismos que no son motivo de reforma o de modificación alguna.
Debo hacer notar también que con la reforma propuesta se continúa con la prohibición de que se otorguen concesiones para la explotación del petróleo y demás hidrocarburos, concesiones que de permitirse pudieran implicar una merma en el control directo de tales bienes, por parte  del Estado mexicano.
Con base en lo expuesto, considero que el análisis y discusión de la eliminación de la prohibición de contratar con particulares la explotación del petróleo y demás hidrocarburos se debe llevar de una manera objetiva, sin influencia de criterios ajenos a los estrictamente técnicos debiendo quedar muy claro que será hasta la creación de la legislación secundaria correspondiente, cuando esta soberanía decida los términos y condiciones de dicha contratación siendo, en este momento,  que deberá adoptarse el mejor modelo que convenga para ello.
Otro de los pilares que sustentan esta parte de la reforma consiste en la eliminación como área estratégica, a los hidrocarburos y a la petroquímica básica. La iniciativa presentada por el Presidente de la República propone reformar el artículo 28 constitucional suprimiendo tanto el petróleo, los demás hidrocarburos y la petroquímica básica, como áreas estratégicas del Estado, con lo que se lograría que, además de los organismos del Estado, los particulares participen directamente en la transformación de petroquímicos y refinados.
Bajo el régimen constitucional actual se entiende por áreas estratégicas aquellas que el Estado ejerce de manera exclusiva manteniendo siempre el control sobre los organismos que, en su caso, se establezcan, lo que se encuentra contemplado en el artículo 25 constitucional.
He notado en diversas opiniones la preocupación sobre las implicaciones que generaría esta modificación, pues según dicen, al final generaría la posibilidad de que se lleve a cabo la privatización de Petróleos Mexicanos, o bien, la enajenación de todos sus activos a favor de particulares.
Sin embargo, como he mencionado anteriormente, no se debe perder de vista que en todo momento el Estado mexicano cuenta y contará con el dominio directo sobre los hidrocarburos, así como la rectoría en el diseño, creación e implementación de la política en materia petrolera y también la administración, regulación y disposición de tales recursos naturales, por lo que, insisto, en ningún momento los particulares podrán tener el control de dicha política.
En términos de lo anterior, de aprobarse por esta soberanía la iniciativa del Ejecutivo Federal,  bajo  ninguna circunstancia implicaría llevar a cabo su privatización.
El tercer pilar consiste en la posibilidad de que los particulares participen directamente en la Cadena de Valor de los Hidrocarburos, sobre este punto considero conveniente aclarar que el actual artículo 28 constitucional no prohíbe que los particulares participen en el transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos sino que dicha prohibición fue decisión del legislador federal, al reformar en 1996 la Ley Reglamentaria del artículo 27 constitucional en el ramo del petróleo.
Con la reforma del Ejecutivo quedaría superada la prohibición legal y al no existir prohibición constitucional, se permitirá que los particulares participen en el transporte, almacenamiento y distribución de hidrocarburos, ello bajo esquemas a establecer por el legislador federal en la legislación secundaria.
Dicho de otra forma, corresponderá al legislador federal determinar los términos y  condiciones bajo los cuales se considerarían las autorizaciones a los particulares para llevar a cabo estas actividades.
En conclusión, si bien actualmente existe una prohibición a nivel de leyes secundarias para que los particulares transporten, almacenen o distribuyan hidrocarburos, el constituyente permanente ya había contemplado la posibilidad de esta participación.
Finalmente, el cuarto pilar constituye la reforma al régimen fiscal de Petróleos Mexicanos. En este punto se busca, entre otras cosas, dotar  a Petróleos Mexicanos de un régimen de autonomía presupuestaria, en donde no dependa de controles burocráticos, como a las que se encuentra sometido actualmente.
Adicionalmente, se plantea que en adelante se reconozcan los costos reales de Petróleos Mexicanos, lo que implica que la determinación de la rentabilidad no dependa de un límite fijado arbitrariamente evitando la distorsión de la renta petrolera.
Por otra parte, para la captación de la renta petrolera, se prevén dos mecanismos, a saber: una regalía que se calculará en proporción a los ingresos por ventas, que un porcentaje de utilidades que se determinará por cada contrato. Con la nueva legislación, también se pretende asimilar a Petróleos Mexicanos a un régimen empresarial, ello mediante el pago de un dividendo estatal, el cual estaría a cargo de dicho organismo, que se entregaría al Gobierno Federal como rendimiento por la inversión que realizó.
Dicho dividendo se destinaría a proyectos y programas de inversión que serían determinados o que serán determinados anualmente.
Es importante considerar que esta parte de la reforma, conforme a la iniciativa que ya ha sido sometida a consideración de esta soberanía, entraría en vigor hasta el año 2015.
Conforme a lo que he venido exponiendo, considero que de aprobarse la reforma propuesta por el Ejecutivo, se traduciría en la obtención del mayor provecho y eficiente utilización de los recursos con los que cuenta nuestro país en el ámbito energético, situación que indiscutiblemente redundará en el impulso y desarrollo económico que México requiere mejorando, así, la calidad de vida de todos sus habitantes, independientemente de cualquier categoría que tanto ha retrasado nuestro crecimiento.
El segundo rubro lo constituye la reforma eléctrica,  en este punto se propone la modificación a los artículos 27 y 28 constitucionales  haciéndose notar que diversos organismos internacionales han recomendado a nuestro país aplicar con mayor eficacia en la producción de la energía eléctrica logrando con ello una reducción de las tarifas ofrecidas al público y en aumento a la calidad del servicio.
Para ello, la propuesta de reforma busca establecer las bases constitucionales sobre la materia, mismas que consisten en lo siguiente: primero, el permitir que la Comisión Federal de Electricidad celebre contratos con particulares, a fin de que pueda auxiliarse de terceros para lograr los fines del servicio público quedando en el legislador federal establecer los términos y condiciones de dichos contratos.
En vista de lo anterior, se podría concluir que de aprobarse la propuesta de reforma, se permitirá que los productores de electricidad autorizados, accedan a las redes de transmisión y distribución del Estado mexicano en los términos establecidos por la legislación secundaria.
Segundo, facultar del Congreso de la Unión para que establezca en la legislación secundaria el régimen jurídico bajo el cual podrán participar los sectores público, social y privado en las actividades relacionadas con la energía eléctrica, lo anterior sin comprometer la reserva al Estado  del control del sistema eléctrico nacional manteniendo este la titularidad sobre los  servicios de transmisión y distribución de energía eléctrica reiterando su carácter de servicio público y finalmente manteniendo en propiedad del Estado la red de transmisión y la red de distribución de la Comisión Federal de Electricidad que actualmente se encarga de proveer estos servicios públicos.
Es importante señalar, como ha sido mencionado,  que a diferencia de lo que sucede en el tema de los hidrocarburos, en el rubro de la electricidad la importancia de su regulación no se centra en la propiedad de la electricidad misma sino más bien en el precio en que se vende al usuario final, por lo que esta soberanía debe enfocarse,  en mi opinión, en lograr la mayor eficiencia en su producción y distribución, mediante la apertura del sector a la participación de capital privado, para que esto se traduzca en menores precios en beneficio de la sociedad.
Señores legisladores, considero que estamos en un momento clave y crucial para lograr el desarrollo económico y tecnológico de nuestro país, por lo que no debemos detenernos en discusiones sin importancia que únicamente distraen la atención de los temas realmente relevantes.
Olvidémonos de los prejuicios y falsos  nacionalismos y avancemos en la implementación de la legislación que lejos de disminuir nuestra soberanía, hará que esta se fortalezca al colocar a nuestro país en un mismo nivel competitivo que los demás países, pues la posibilidad de competir hoy en día en un plano de igualdad, generará y fortalecerá la identidad nacional.
Muchas gracias.
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