Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

SESIÓN ORDINARIA DE LA H. CÁMARA DE SENADORES, CELEBRADA EL JUEVES 24 DE ABRIL DE 2014.


PRESIDENCIA DEL CIUDADANO SENADOR JOSÉ ROSAS AISPURO TORRES


-EL C. PRESIDENTE JOSÉ ROSAS AISPURO TORRES: (12:27 horas) Solicito a la Secretaría informe a la Asamblea del resultado del cómputo de las señoras y señores senadores.

-LA C. SECRETARIA LILIA GUADALUPE MERODIO REZA: Honorable Asamblea, conforme al registro de asistencia se han acreditado 90 ciudadanos senadores.

En consecuencia, hay quórum, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

Se abre la sesión del jueves 24 de abril, correspondiente al Segundo Período Ordinario del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de esta legislatura.

El orden del día está disponible en el monitor de sus escaños; con lo cual se informa de los asuntos que corresponden a la agenda de hoy.

El acta de la sesión anterior se encuentra publicada en la gaceta parlamentaria de este día.

En consecuencia, consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si es de aprobarse el acta de la sesión anterior.

Quienes estén porque se apruebe, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

Quienes estén porque se rechace, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

Aprobada el acta, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora secretaria.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Se recibió del Instituto Federal de Telecomunicaciones su Segundo Informe Trimestral de Actividades.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Remítase a la comisión de Comunicaciones y Transportes.

Pasamos al siguiente asunto.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Se recibió de la Cámara de Diputados el proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo quinto del artículo 36 de la Ley General de Salud, en materia de no cobro de cuotas de recuperación a recién nacidos, devuelto para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Túrnese a las comisiones unidas de Salud; y de Estudios Legislativos.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: También de la Cámara de Diputados se recibió un proyecto de decreto por el que se reforma el párrafo tercero del artículo 25 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Túrnese a las comisiones unidas de Comunicaciones y Transportes; y de Estudios Legislativos, Segunda.

Pasamos al siguiente asunto.

-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Asimismo, la colegisladora remitió un oficio por el que expresa su conformidad con el acuerdo de la Cámara de Senadores de desechar el proyecto de decreto que reformaba el artículo 376 de la Ley General de Salud.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Esta Asamblea ha quedado debidamente enterada.

Se instruye a la Secretaría Parlamentaria, a dar por totalmente concluido dicho asunto.

En el apartado de iniciativas, se le concede el uso de la palabra al senador Teófilo Torres Corzo, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proyecto de decreto, por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley de Migración.

 

-EL C. SENADOR TEÓFILO TORRES CORZO: Gracias, señor presidente.

Compañeras y compañeros senadores: El día de hoy, vengo ante esta tribuna, para presentar ante esta soberanía una iniciativa que propone que el Consejo Consultivo de Política Migratoria, creado a partir del acuerdo del secretario de Gobernación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de octubre de 2012, se incorpore al articulado de la Ley de Migración.

En efecto, debemos reconocer que la Ley de Migración, publicada el 25 de mayo de 2011, en el Diario  Oficial de la Federación, constituyó un notable avance, pues era urgente e inaplazable que nuestro país impulsara la creación de una política pública, acorde y funcional a la realidad que tiene México, con relación al fenómeno migratorio.

Antes, fue regulado solo por la Ley General de Población y su Reglamento, lo cual era, a todas luces, insuficiente para atender, de manera adecuada, justa y eficaz, las dimensiones de la movilidad y de la problemática de los migrantes.

Aunado a lo anterior, nuestra normatividad en la materia, constituía un gran desfase en los diferentes instrumentos jurídicos internacionales que México ha ratificado. Estas circunstancias, sin duda, nos impone la obligación de garantizar la protección de los derechos fundamentales de los migrantes, para contribuir al reforzamiento de la seguridad hemisférica, fronteriza y regional.

En este sentido y a pesar de que la nueva Ley de Migración, incluyó los recursos los principios que fundamentan la política migratoria, destacando el respeto irrestricto a los derechos humanos de los migrantes, nacionales y extranjeros, sin importar su situación migratoria. A esta fecha, la ley, muestra varias limitaciones y deficiencias, de diversa índole.

Por lo tanto, no contribuye, en su totalidad, a alcanzar de forma y fondo una óptima gobernanza de la gestión migratoria.

Actualmente, la ley y el reglamento vigentes, no son del todo claro, en cuanto a los tiempos y formas, para instrumentar y operar los mecanismos, donde se analicen, discuten y formulen las propuestas de política pública, así como a convocar a estas importantes tareas a los actores institucionales y sociales.

Para atender y resolver esta comisión, propongo que el Consejo Consultivo de Política Migratoria, se incorpore al texto de la Ley de Migración. Ya que por su trascendencia política y social, es necesario que dicho Consejo se le otorgue la calidad de órgano colegiado permanente, para la formulación, evaluación, seguimiento de la política migratoria nacional.

Esta propuesta  toma como ejemplo, la experiencia desarrollada por nuestro país, en la creación de otros importantes Consejos Consultivos y marco regulatorios institucionales, como el Consejo Consultivo de Desarrollo Social, el Consejo Mexicano de Desarrollo Rural y otros muchos más.

En el ámbito internacional, Costa Rica cuenta con un Consejo Nacional de Migración, el cual está el órgano asesor del Poder Ejecutivo, del Ministerio de Gobernación y Policía, así como la dirección general de Migración y Extranjería, integrado por representantes del gobierno y por organizaciones de la sociedad civil.

Sin embargo, la razón central que me impulsa a promover esta iniciativa, consiste en lograr que se amplíe y garantice la gobernanza en la gestión migratoria, dado la grave problemática social y política que genera las dimensiones de origen, tránsito, destino y retorno del proceso migratorio en el territorio nacional.

En forma muy concreta, senadores y senadoras, propongo incluir en el catálogo de definiciones de la Ley de Migración, al Consejo Consultivo de Política Migratoria.

Segundo. Modificar la denominación de capítulo tercero del título tercero de la ley, para quedar en la siguiente forma:

De las autoridades auxiliares en materia migratoria y del Consejo Consultivo de Política Migratoria.

Asimismo, adicionar los artículos 30, 30 Bis, 30 Tercero, Cuarto y Quinto, para quedar como sigue:

a)Incorporar y definir al Consejo.

Segundo. Establecer quiénes serán sus integrantes.

c)Determinar sus funciones.

Cuarto. Determinar la periodicidad de sus reuniones y las formas de convocatoria.
Aunado a lo anterior, estimo muy pertinente realizar cambios en la estructura actual del Consejo, con el propósito de garantizar una mayor representatividad de las dependencias que tienen atribuciones en el ámbito migratorio. De forma directa o como auxiliares, en particular…


(SIGUE  2ª PARTE)
… dependencias que tienen atribuciones en el ámbito migratorio, de forma directa o como auxiliares, en particular incorporo la participación de la Secretaría de Salud y de Turismo, así como la Procuraduría General de la República y al Instituto Nacional de las Mujeres con carácter de invitados permanentes.

Estos actores se sumarán a los miembros permanentes del consejo que deberían ser lo siguientes.

El secretario de Gobernación que será quien lo presida, el subsecretario de Población, Migración y Asuntos Religiosos, el Comisionado del Instituto Nacional de Migración y el Titular de la Unidad de Política Migratoria.

Los miembros restantes mencionados en la iniciativa que presento serán considerados como invitados permanentes.

También propongo que de haberse creado las comisiones de asuntos migratorios tanto en el Senado de la República como en la Cámara de Diputados, resulta lógico, oportuno e idóneo incorporar a dichos presidentes en su caso alguno de los secretarios de estas comisiones en el consejo, en sustitución de los integrantes de la Comisión de Población, de Desarrollo de ambas Cámaras, como lo dispone el acuerdo.

Propongo incluir a los representantes de la Conferencia Nacional de Municipios de México, o su órgano equivalente, con el objeto de que tengan voz y presencia por ser ellos los que desarrollan de manera cotidiana y estrecha la integración y el interactuar con los ciudadanos y con las comunidades.

Para que el Ejecutivo Federal pueda realizar los ajustes al reglamento de la ley referente a los cambios que propongo, este proyecto contempla otorgar un plazo máximo de 180 días a partir de la entrada en vigor del decreto, si es que fuera aprobado por esta soberanía.

Para finalizar, señor presidente, dado que el contenido de esta iniciativa es extenso y sólo he abordado los puntos medulares de ella, le solicito respetuosamente que el texto completo de la iniciativa que presento quede inscrito en el Diario de los Debates.

Por su atención, muchas gracias.
(Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias senador Teófilo Torres Corzo. Sonido en el escaño del senador Aarón Irízar López, ¿para qué asunto?

-EL C. SENADOR AARÓN IRÍZAR LÓPEZ (Desde su escaño): Para solicitarle, señor presidente, de manera muy respetuosa a mi compañero senador Torres Corzo, dada la interesante iniciativa que ha presentado, tener la posibilidad de sumarme a su iniciativa.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: ¿Acepta senador?

Con gusto.

Pido a la secretaría que tome nota de ello. Igualmente el senador Jesús Casillas y la senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza, con gusto.

Sonido en el escaño de….. ¿Para el mismo asunto?

Con gusto el senador Isidro Pedraza también se suma.

El senador Miguel Ángel Herrera Chico, con gusto.

Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos, Segunda.

A continuación se le concede el uso de la palabra al senador Martín Orozco Sandoval, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar proyecto de decreto por el que se deroga la fracción XXX del artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. En el uso de la palabra, senador.

-EL C. SENADOR MARTÍN OROZCO SANDOVAL: Muchas gracias, presidente. Uno de los cambios que trajo la Reforma Fiscal del 2014 y que desafortunadamente afecta a las empresas generadoras de la mano de obra, es la limitante prevista en el artículo 28, fracción 30, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que sólo permite la deducción de parcial de determinadas prestaciones laborales. Dicho fundamento se expresa lo siguiente.

Artículo 28.- Para los efectos de este título no serán deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para los trabajadores, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor del punto 53 al dicho monto de pago.

El factor al que se refiere este párrafo será el punto 47, cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores y que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores en el ejercicio que se trate.

La nueva militante a la deducibilidad de las prestaciones laborales está afectando a aquellos pagos que el patrón realiza a beneficio de sus empleados, que a su vez son ingresos exentos para estos.

Prestaciones que se encuentran enlistadas en el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que son las siguientes.

Las prestaciones distintas a los salarios, las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario, las indemnizaciones por riesgo de trabajo o enfermedad, los subsidios por incapacidad, becas educativas, guarderías infantiles, actividades culturales y deportivas.

Los ingresos obtenidos por fondos de ahorro, las primas de antigüedad, retiro e indemnizaciones, las gratificaciones anuales como aguinaldos y otros, las primas vacacionales hasta un equivalente a 15 salarios mínimos, la participación de los trabajadores hasta un equivalente a 15 salarios mínimos, las primas dominicales.

Es importante comentar, está en la lista de todo lo que no es deducible en un 47 por ciento. Es importante comentar que en este mes de abril el Juzgado Primero de Distrito en materia administrativa en el Distrito Federal, otorgó un amparo a una empresa en contra del artículo 28, fracción 30 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

El juzgado concedió el amparo al considerar que la fracción citada es inconstitucional, debido a que viola el principio de proporcionalidad tributaria contenido en el artículo 31, fracción 4° de nuestra Carta Magna.

Esta sentencia precisa que la limitante es desproporcional, pues se trata de una restricción a la deducción de un gasto necesariamente indispensable que impide que se le reconozca el carácter, derogación que intervienen en determinado momento en la riqueza del objeto de los ingresos, lo que contraviene a lo establecido en el artículo 31, fracción IV de nuestra Constitución.

Adicionalmente la resolución considera que esta limitante está encaminada a desincentivar el otorgamiento de este tipo de prestaciones a favor de los trabajadores, afectándolos de la mejor manera en su calidad de vida y a su familia, ya que los patrones no pagarán estas prestaciones a los trabajadores por no ser deducibles.

Por lo anterior expuesto someto a consideración de la soberanía el siguiente cambio al artículo 28 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta que es simplemente derogar la fracción 30.

Además también comento que hace unos días la Suprema Corte de Justicia, a través del Diario Oficial de la Federación, publica el acuerdo general número 6/14, por el que se dispone el aplazamiento del dictamen de la resolución en los amparos en revisión del conocimiento de los tribunales colegiados de circuito en los que subsista el problema constitucional de los siguientes temas.

Las tarifas para las personas físicas, uno de los temas que también en la Reforma hacendaria comentamos que era inconstitucional, puesto que una persona moral paga máximo el 30 por ciento y una persona física se va hasta el 35 por ciento.

El segundo tema que está trayendo la Corte es las limitantes en la deducción de las prestaciones exentas que es precisamente la iniciativa que estoy presentando a nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional.

Y el tercer tema es la eliminación del régimen de pequeños contribuyentes que también sin duda nos darán la razón para este sector que ya se presentó una iniciativa.

Y el cuarto tema es la derogación de la tasa preferencial del  11 por ciento del Impuesto al Valor Agregado en la zona fronteriza, simplemente es esperar la resolución que tenga la Suprema Corte, donde seguramente tendremos confirmado lo que dijimos en su momento en aquella Reforma hacendaria.
Es cuanto, presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias senador Martín Orozco Sandoval. Túrnese esta iniciativa a la Cámara de Diputados.

A continuación se le concede el uso de la palabra a la senadora Lorena Cuéllar Cisneros, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proyecto de decreto por el que se adiciona el numeral cinco al artículo 31 de la Ley General de Desarrollo Social.

En el uso de la palabra, senadora.

-LA C. SENADORA LORENA CUÉLLAR CISNEROS: Con su permiso, señor presidente. Compañeras y compañeros senadores.

El artículo 6 de la Ley General de Desarrollo Social……..

(Sigue 3ª parte)
. . . . . . . . . . . . ..........Con su permiso, señor Presidente; compañeras y compañeros senadores.

El Artículo Seis de la Ley General de Desarrollo Social establece como derechos para el desarrollo social a la educación, la salud, la alimentación, la vivienda, el disfrute de un  medio ambiente sano, el trabajo, y la seguridad social, y los relativos a la no discriminación.

Si bien, desde el Poder Legislativo hemos trabajado constantemente para fortalecer las políticas que garanticen estos derechos, debemos reconocer que ha hecho falta trabajar en lo relativo a la protección del medio ambiente y su conservación bajo la visión del desarrollo social.

Quiero poner en contexto esta propuesta planteando  los retos que tiene para los próximos 40 años la reconstrucción tecnológica, donde, por un  lado, debe ponerse fin a la pobreza; y por otro, evitar los efectos catastróficos de cambio climático y la degradación del medio ambiente.

Como ustedes saben, en el Artículo 29 de la Ley General de Desarrollo Social se definen las zonas de atención prioritaria como las áreas o regiones y sean de carácter predominante, rural o urbano cuya población registra índices de pobreza o marginación, indicativos de marcadas insuficiencias y rezagos en el ejercicio de los derechos para el desarrollo social.

Cuando una zona es declarada por el Ejecutivo Federal como prioritaria se generan una serie de efectos que involucran el aumento de recursos, estímulos fiscales, programas de apoyo y desarrollo de infraestructura, entre otros.

Así, con esta propuesta se pretende que además de los señalados se implementen tecnologías ecológicas para elevar la calidad de vida de estas zonas reduciendo, por consiguiente, el impacto ambiental, y favoreciendo la sustentabilidad de la región.

Esto se complementa al revisar la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, pues se vincula el desarrollo social con el ciudadano del medio ambiente y el papel rector del estado para el funcionamiento de las mismas.

Por otra parte, de acuerdo con las estimaciones del CONEVAL hay millones de personas que por sus condiciones de pobreza carecen de servicios básicos en sus hogares tales como: abastecimiento de gas, de agua o de luz. Por ello, considero viable que dadas las condiciones de nuestra población se eche mano al uso de las tecnologías que permitan contrarrestar los efectos económicos, sociales y geográficos que impiden la plena accesibilidad a recursos, sobre todo energéticos para las personas de escasos recursos.

Asimismo, es importante señalar que la metodología para la definición de las zonas de atención prioritaria permite definir con mayor claridad las ventajas que tendría cada una de éstas de acuerdo con sus condiciones geográficas, es decir, dónde aprovechar la energía solar, la eólica o bien el oleaje marítimo.

La grave situación de pobreza por la que atraviesa nuestro país nos obliga a buscar alternativas dentro de los programas y acciones específicas para el desarrollo social, y en este caso, de la mano, con el medio ambiente.

La incorporación de este tipo de tecnologías en los hogares y comunidades con  mayores rezagos beneficiará a millones de personas que requieren el uso de la ciencia aplicada para resolver sus necesidades energéticas en zonas que presentan carencia en este tipo de servicios.

Creo que antes de llevar televisiones a los hogares con mayores necesidades, como lo propone el llamado “apagón analógico” estaría mejor apoyarlos con tecnologías sustentables, que les apoyen a contar con paneles solares de luz o energía eólica para alumbrar sus viviendas y sus comunidades o bien poner en marcha aparatos para preparar sus alimentos.

Por ello, pongo a su consideración la presente reforma que adiciona el Artículo 31, de la Ley General de Desarrollo Social para impactar directamente en los efectos de una declaratoria de zonas de atención realmente prioritaria.

Es cuanto, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES: Gracias, Senadora Lorena Cuellar Cisneros, túrnese a las Comisiones Unidas de Desarrollo Social; y de Estudios Legislativos.

A continuación se le concede el uso de la palabra a la Senadora Layda Sansores San Román, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo para presentar proyecto de decreto por el que se reforman la Ley Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en el uso de la palabra, señora senadora.

- LA C. SENADORA LAYDA  SANSORES SAN ROMAN: Presidente, compañeras, compañeros: Un tema tabú, estas son reformas que propongo a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos para que sea abrogue, para que desaparezca el Estado Mayor Presidencial.

La relación entre el Presidente y el Estado Mayor Presidencial han pervertido a las Fuerzas Armadas de México.

En todos los países democráticos ningún militar en activo da protección al presidente.

Las fuerzas armadas tienen el mandato constitucional de tutelar la soberanía y la integridad del territorio, no la de cuidar a ninguna persona.

El Estado Mayor Presidencial tiene más de 600 efectivos de altos mandos, casi 1,000 en unidades de tropa; aquí nada más tengo 821 de tropa y marinería; 45 policías; 410 civiles; cuerpo de Guardias Presidenciales; Batallón de Infantería de Marina, de Guardias Presidenciales; grupo aéreo de transporte presidencial, etcétera, etcétera; Brigada de Policía Militar; Brigada Logística; Batallón de Infantería, todo un mundo de opacidad.

Se convierte en una cuarta fuerza militar paralela a las Fuerzas Armadas las que son creadas y sostenidas reglamentadas y disciplinadas por el Congreso de la Unión, y llegan a ser, que esto es un contrapeso al Poder Ejecutivo en su rama militar.

En cambio el Estado Mayor Presidencial es una fuerza militar que depende directamente del Presidente, por lo que está fuera del escrutinio social y de la rendición de cuentas.

Además, que esto ha creado conflictos, pues siempre subterráneos con los Secretarios de la Defensa, es un mando paralelo al alto mando militar que en ocasiones llega a tener más poder que el propio Presidente. El Estado Mayor Presidencial termina por manipular al Presidente, y por apropiarse de él.

Es una institución que ha distorsionado y desnaturalizado su función, de dar protección al Presidente; y realiza actividades que humillan a la institución militar, el uniforme militar, porque se convierten en choferes de políticos, de hermanos incómodos, cuidan propiedades y a personas particulares, dan protección a los amantes de los políticos y a las amantes de los militares, y se sospecha que es donde se fraguan los crímenes más escandalosos que se han conocido en México. Todo impune.

El asesinato del general Serrano, el de Obregón, Jaramillo, López Mateos, Colosio, Ruiz Massieu, y el Cardenal Posadas; y también la matanza de estudiantes en 1968; además que también hacen algunas actividades de espionaje político cuando van como escoltas.

Si el ejército por su fuero, opacidad y falta de rendición de cuentas se convierte en un estado dentro de otro estado, el Estado Mayor Presidencial  es un ejército dentro del ejército, similar a la guardia pretoriana de los emperadores romanos, que sabemos cómo llegó a degradarse.

Por ello presento esta iniciativa para que se abrogue, para que desaparezca el Estado Mayor Presidencial, no hay  manera ni siquiera de regularlo, buscamos alternativas; imposible, hay que desaparecerlo, porque es una institución que se ha colocado por encima de todas las instituciones del país.

Gracias.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES: Gracias, Senadora Layda Sansores San Román, túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Defensa Nacional; y de Estudios Legislativos.

A continuación se le concede el uso de la palabra a la Senadora Mónica Arriola Gordillo, para presentar proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal.........


(Sigue 4ª. Parte)
…la palabra a la Senadora Mónica Arriola Gordillo, para presentar proyecto de decreto por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

-LA C. SENADORA MÓNICA TZASNA ARRIOLA GORDILLO: Con la venia de la Presidencia.

Compañeras y compañeros senadores; al pueblo de México:

Jorge González Moore, dijo: “Uno no debe adaptarse al cambio, sino crearlo”.

Les pido que no cambiemos nuestro rumbo una vez que el presente ya está desapareciendo, si queremos llegar a un lugar distinto tenemos que caminar en un sentido diferente.

Existen fenómenos sociales que afectan severamente a nuestra sociedad, el hecho de negarlos o condenarlos, no implica la solución de los mismos.

Según el índice de esclavitud global del año 2013, existen aproximadamente 30 millones de personas en la actualidad que sufren de un régimen de esclavitud moderno, dentro de los cuales se encuentra la trata de personas.

Existe un anhelo y una exigencia universal de todos los pueblos para erradicar esta grave violación a la propia dignidad humana, sin embargo, la voluntad para modificar los regímenes normativos que se han utilizado por un periodo extenso sin obtener resultados positivos, no ha sido suficiente.

La potencial solución, tratamiento, siempre se ha deteriorado a través de un ocioso debate sobre la moralidad de la prostitución. A pesar de esto, los hechos, las estadísticas y los números nos muestran la fría verdad de la situación, la ineficacia del paradigma actual.

Existen infinidad de historias con una moraleja en común, con el propósito de hacernos reflexionar y emprender un camino beneficioso sin miedo al cambio, es así como en lugar lejano de Europa existían cuatro personajes.

“Todos paseaban por un laberinto en busca de soluciones a diversos conflictos, dos de ellos eran de una tribuna tradicionalista, los otros dos eran de una corriente liberal. Las cuatro personas se pasaban el día en el laberinto buscando las soluciones a los problemas que los afectaban, los liberales poseían un instinto libre de perjuicios.

Los tradicionalistas utilizaban un cerebro repleto de creencias para buscar una solución específica, que ellos creían que los haría ser felices y triunfar. El laberinto era un dédalo de pasillos y salas, algunas de ellas contenían soluciones aparentes y temporales, y otras soluciones reales. También había rincones oscuros y callejones sin salida, sien embargo, era un lugar en el que les permitían buscar una vida mejor.

Para las soluciones los liberales utilizaban como principal método el tanteo, recorrían el pasillo, si estaba vacío daban una vuelta y recorrían el siguiente. Los tradicionalistas utilizaban un método distingo que se basaba a su capacidad de pensar y aprender de las experiencias pasadas, aunque a veces sus creencias y emociones los confundían.

Había pasado ya un rato de que los cuatro personajes llegaron a una bodega de soluciones que les brindaba abundante suministro de éstas, pero una mañana descubrieron que no había más. A los liberales no les sorprendió, habían notado que las reservas se habían ido disminuyendo poco a poco y enseguida supieron lo que tenían que hacer; sin embargo, para los tradicionales el problema, como la solución eran mucho más difíciles.

Los tradicionalistas no habían prestado atención a los pequeños cambios que habían ido produciéndose y, por lo tanto, daban por sentado que su queso seguía allí.

La nueva solución y situación los atrapó totalmente desprevenidos. Ambos enojados exclamaban la injusticia, no tenían ganas de enfrentarse a lo que tenían por delante, así que se desconectaron de la realidad.

La conducta de las personas no era agradable ni productiva, pero sí comprensible. Mientras los liberales ya se habían puesto en marcha las personas continuaban vacilando y titubeando, al día siguiente los tradicionalistas salieron de sus respectivas casas y volvieron a la bodega donde esperaban encontrar de una o de otra manera las soluciones, pero la situación no había cambiado, éstas seguían sin estar allí.

Mientras tanto los liberales ya se habían puesto en marcha y habían recorrido muchos pasillos. Mientras las personas seguían en la bodega original, tercos a sus creencias, cada vez más frustrados y enfadados culpándose el uno al otro de la situación en la que se hallaban, los liberales escribieron en la pared de esa central.

“Si no cambias te exiges, te extingues, y avanzar en una dirección nueva te lleva a una nueva reserva”. Las viejas creencias no conducen a un nuevo lugar, el cambio es un hecho”.

Como legisladores, queridos compañeros, estamos obligados a la constante actualización y revisión de ideologías que permitan alcanzar nuestro único objetivo, y lograr el bien común de todas y todos los mexicanos.

Como el artículo 2 de la Ley Federal del Trabajo establece, esta iniciativa tiende a conseguir la justicia social, así como propiciar el trabajo digno y decente en todas las relaciones laborales.

Pues por eso que en esta iniciativa me avoco, primeramente, a determinar la naturaleza de la prostitución con el carácter de una actividad personal realizada de manera libre y voluntaria, por una persona mayor de edad y consciente de sus acciones, que busca ser remunerada por la misma, erradicando, finalmente, todo tabú nocivo que al día de hoy no ha logrado resolver los abusos que viven las mujeres en nuestra sociedad.

La propia Organización Mundial del Trabajo en un informe sobre el sector del sexo que recibió un prestigioso premio editorial, manifestó vehementemente que mientras que muchos informes insisten hoy en destacar las trágicas historias individuales de las prostitutas y, en especial, de las mujeres y niños engañados u obligados a entrar en ese mundo, el estudio de la OIT subraya que muchas personas que trabajan en ese sector entraron en él por razones prácticas y con cierta conciencia de lo que implicaba, en líneas generales, la elección que estaban haciendo.

El artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que “a ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos”.

Aunque han existido criterios en la temática por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, emitidos hace ya varios años, que han guiado el curso de la actividad a lo largo de años pasados, estos han tenido un sentido disímil que se apega a apreciaciones morales, y no necesariamente a la situación social vigente.

Desde entonces se ha tenido esta concepción errónea de ilicitud, confundiendo a la sociedad con otro tipo de supuestos penales que involucran condiciones distintas para poder actuar un delito.

Las y los ciudadanos, habitualmente, equiparan esta concepción con diversos fenómenos sociales, indignantes y perjudiciales, como la trata, el tráfico de personas, proxenetismo y la pornografía infantil. Aunado a lo anterior, como legisladores y conocedores de las leyes, tenemos conciencia de la clara y tajante diferencia entre estas concepciones y, por lo mismo, podemos regular al sexo servicio para brindar garantías a las personas involucradas con un hecho innegable en nuestra nación.

Lin Lean Lim, investigadora y especialista de la Organización Internacional del Trabajo en políticas de empleo, ha manifestado que si bien las condiciones en que viven los trabajadores adultos del sector del sexo son muy diversas, puesto que van desde el trabajo libremente elegido y muy bien remunerado hasta la explotación y la práctica de la esclavitud. “Los adultos tienen libertad para elegir la prostitución”.

El principal objetivo de la presente iniciativa, sin duda, es defender por medio de un sistema normativo moderno y adecuado, la dignidad y el valor de toda persona humana, enfocándonos en los elementos objetivos de la ocupación y, no así, en dogmas ideológicos que impiden la evolución de la mentalidad y de la sociedad.

Dentro del informe de la OIT, mencionado anteriormente, precisamente menciona que para los adultos que escogen libremente trabajar en el sector del sexo, la preocupación política debería centrarse en mejorar sus condiciones de trabajo y de protección social, para garantizar que gocen de los mismos derechos laborales y de los mismos beneficios que los demás trabajadores. Para quienes han sido sometidos por la fuerza, el engaño o la violencia, la prioridad deberá ser rescatarlos de esa situación, rehabilitarlos y reintegrarlos a la sociedad.”

Antes de este 2014, ninguna autoridad había tenido una contundencia pronunciación con respecto a la legalidad en la prostitución conforme a la redacción del artículo quinto constitucional.

El día 31 de Enero del año en curso,  el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, tomó una de las decisiones más valientes y progresistas que se han visto en las últimas décadas. Este juez, al tener una perspectiva amplia del panorama que se vive no solo en nuestro país, pero en el mundo, reconoció que la prostitución es una forma de trabajo.

Claudia Torres Patiño, en su artículo publicado en la revista Nexos, alude al fallo mencionado estableciendo que en muchos casos previos, como los que mencioné anteriormente, el criterio de la Corte implicaba que la moral pública debía protegerse incluso por encima de la ley. La licitud se determinaba no sólo en función de la legalidad sino también…


(SIGUE 5ª PARTE)
... la moral pública debía protegerse, incluso por encima de la ley, la licitud se determinaba no solo en función de la legalidad, sino también de la moralidad.

En oposición, la sentencia del pasado de  enero sostiene que a pesar de que la licitud y la afectación de los derechos de la sociedad y de terceros son límites legítimos de la libertad de trabajo según el artículo 5º constitucional, estas limitaciones no deben nulificar la libertad de trabajo. Las prohibiciones y restricciones que establece el legislador no deben contradecir el marco nacional e internacional de protección de derechos humanos.

Todo lo anteriormente mencionado, debe tomarse en cuenta en la evaluación en conjunto con los antecedentes doctrinales e ideológicos a partir de los cuales se han constituido los sistemas que rigen la actualidad.

Desde una posición liberal, el conjunto de normas que le da forma a esta actividad, observa precisamente el espíritu con el que la actividad es ejercida, de manera que si una persona con las condiciones psicológicas, biológicas y sociales adecuadas, toma una decisión libre y consciente de ejercer la prostitución, no se vea afectada por supuestos penales tradicionales que han pecado de conservadores y no obedecen a la constante evolución social.

Grecia,  Turquía, Inglaterra, Francia e Italia han actualizado sus sistemas con propósitos sociales, al observar que esta actividad, de estar desregularizada y criminalizada, ocasiona severos problemas de salud pública y seguridad ciudadana, sin mencionar la dignidad humana.

De esta manera, y advirtiendo conflictos sociales que han devenido en consecuencias catastróficas en seguridad, salud y percepción, se busca dar la inclusión en el mercado laboral y, por lo tanto, a la ley que protege sus derechos, para que la gente que ejercita la actividad con plena, libre y consciente voluntad, manifieste su consentimiento y las condiciones en que se prestará el servicio, lo haga en un contexto apropiado.

Rescatamos del sistema abolicionista, un elemento esencial, adaptándolo, así, a un mecanismo viable y  armónico con nuestro país, que concibe la premisa fundamental de que la persona que ejerce la prostitución, debe reintegrarse en la sociedad, principalmente en el mercado laboral y de protección, con reguladores oficiales que mantengan un control de ejercicio y de salubridad sobre la actividad.

Después de un arduo trabajo de análisis y una acreditación implícita por parte de la historia de nuestro país y el contexto mundial, se origina la conclusión de que el prohibicionismo o la desregulación en el derecho de un país, afectan negativamente el trabajo sexual voluntario, y fomentan el fenómeno de la trata y el tráfico de personas, menoscabando, específicamente, las condiciones mínimas que requieren las personas para realizar una labor voluntaria.

De esta manera estaríamos proporcionando una certeza jurídica y una seguridad laboral para todas aquellas personas que voluntariamente, y con la racionalidad suficiente que proporciona en edad y conciencia que proporciona la mayoría de edad,  realizan esta ocupación, y que beneficiaría a la reducción del delito de trata y de su demanda en nuestro país.

Asimismo, el proxeneta, figura que refiere a la persona que se beneficia económicamente de la relación sexual remunerada, ha sido excluida del marco protector de la presente iniciativa, de manera que exista una esfera sólida de protección que evite tajantemente la posible influencia en la voluntad y consentimiento de la persona que presta el servicio sexual.

Debido a las consideraciones anteriores, es que se toma la decisión de prescindir de manera absoluta en el marco jurídico laboralista, y para la salvaguarda del agente que ejerce la actividad de la prostitución, del sujeto que emplea a las personas, aprovechándose de su necesidad o situación de vulnerabilidad para obtener un lucro económico.

De esta forma, existe una absoluta armonía con la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, prohibiendo toda acción u omisión de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación, entre otras.

En el mismo sentido, pretendemos evitar un argumento, a todas luces falso, de la objetivación de la mujer. ¿Qué nuestro deber como representantes, no es escuchar y atender a  las voces de las mujeres, que por voluntad propia, deciden ejercer esta ocupación?

Habrá que preguntarnos también,  ¿Qué es trabajo digno? Y, ¿quién es el que tiene la atribución de juzgar a las relaciones sexuales por voluntad propia, como una degradación de la persona?

Desde el punto de vista de los derechos humanos es necesaria una intervención que esté regida por una visión de conjunto coherente y desprejuiciada. No en vano, la larga historia de reglamentación, prohibicionismo y abolición, nos descubre que al final, las medidas adoptadas por los diferentes gobiernos en los países que han legislado sobre prostitución que han sido represivas  han terminando volviéndose contra las propias mujeres.

Compañeras y compañeros senadores, debemos de evitar que la labor en cuestión que ejercen un contexto de explotación u otro tipo de violaciones de derechos humanos, y en vista de la falta de resultados en el tema, es que someto a su consideración una iniciativa que representa una respuesta viable y progresista, distinta a las que se han propuesto en los últimos lustro, cimentada en un sentimiento de solidaridad y de deber de protección de todas las mujeres que son parte de esta actividad.

Como “Johan Melanal” lo hizo en su momento, yo les pregunto amigos y amigas senadoras, cuándo los hechos cambian, cambio de opinión, ¿qué hace usted, señor, señora senadora? Es cuanto, señor presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:   Gracias senadora Mónica Arriola Gordillo. Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Estudios Legislativos, primera.
 A continuación se le concede el uso de la palabra al senador Jesús Casillas Romero del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, para presentar proyecto de decreto, por el que se adicionan los artículos 226 y 227 de la Ley General de Salud. Sonido por favor en la tribuna para el senador Jesús Casillas Romero.

-EL C. SENADOR JESUS CASILLAS ROMERO:  Gracias, señor presidente. Los medicamentos son de vital importancia para los seres humanos, ya que el estado de salud es influenciado por los valores, creencias y costumbres en torno a los cuales se encuentra incluido el uso de los medicamentos por sus capacidades preventivas y curativas.

Es indiscutible el papel que han desempeñado para disminuir la mortalidad, aumentar  la expectativa de vida y mejorar la calidad de esta para  millones de seres humanos con acceso a ellos.

La Organización Mundial de la Salud define a lo fármacos, medicinas, productos farmacéuticos y productos medicinales, como aquellas sustancias o productos utilizados en el ser humano, con fines profilácticos, diagnósticos, y terapéuticos.

A su vez, los medicamentos esenciales se definen como aquellos de especial importancia, para lo cual deben de estar disponibles en todo momento en las dosis adecuadas y en las cantidades suficientes para satisfacer las necesidades fundamentales de salud de todos los segmentos de la población.

Lamentablemente una importante proporción de la población mundial no accede a los medicamentos esenciales, lo que tiene un impacto en la salud de las personas y en los sistemas sanitarios, que comprometen su gestión al no alcanzar el acceso a estos medicamentos, ni asegurar su disponibilidad, no obstante las grandes inversiones que en este rubro se realizan.

El mercado de medicamentos en México se estima, supera los 15 mil 300 millones de dólares, de los cuales el 24 por ciento proviene del sector público, y el 76 por ciento lo aporta el sector privado.

El Instituto Mexicano del Seguro Social estimó que en el año 2012 se surtieron 168 millones de recetas, y 174 millones en 2013, esto por cuanto hace a quienes cuentan con los beneficios de la seguridad social, sin embargo, la situación para quienes no cuentan con ella la situación puede volverse más crítica; la población más pobre es la que sufre las peores consecuencias, al grado de que cuando hay alguna enfermedad, según informa la Unión Nacional de Empresarios de Farmacias en México el 65 por ciento del ingreso de una familia, de escasos recursos, lo utiliza para comprar medicamentos.

La adquisición de medicamentos en nuestro país alcanza el 1.7 del Producto Interno Bruto, no obstante, se trata de un insumo vital que no se encuentra al alcance de la totalidad de la población.

Para tratar de contrarrestar el impacto económico, la carencia y dificultades de las familias mexicanas para acceder a los medicamentos que les permitan una mejor calidad de vida, es necesario que los .....

(Sigue 6ª. Parte)
. . .  contrarrestar el impacto económico, la carencia y dificultades de las familias mexicanas para acceder a los medicamentos que les permitan una mejor calidad de vida, es necesario que los sistemas de salud adopten políticas y aseguren el acceso y uso racional de los fármacos, además de su seguridad y efectividad.

Para ello, una prescripción racional implicaría un medicamento bien seleccionado, de la dosis adecuada durante el periodo de tiempo apropiado al menor costo posible para los pacientes y para la comunidad.

Esta concepción de racionalidad en los medicamentos, implicaría a su vez que la adquisición  de medicamentos fuese únicamente la cantidad necesaria o prescrita, lo que difícilmente ocurre en nuestro país, considerando  que los medicamentos  se expenden en presentaciones o contenidos muy independientes  a las dosis contenidas en la receta médica.

Para  incidir en el impacto económico, el debido abasto, rendimiento y  accesibilidad como la disminución del desperdicio de medicamentos es necesario implementar medidas de racionalidad a través de un cambio en las políticas de consumo, éste puede darse a través de la adquisición de medicamentos  en cantidades preescritas,  como también el que así pudiesen ser dispensadas  en las farmacias de las instituciones de seguridad  y demás instituciones de salud.

De esta forma, la adquisición y suministro podría, de inicio propiciar mayores posibilidades de suficiencia  y rendimiento en los medicamentos adquiridos, como también ahorros en su adquisición por las familias mexicanas al sólo hacer gastos  respecto a las dosis necesarias.

Esto es, las preescritas en la receta médica.

La modalidad es conocida en España bajo el término de unidosis,  la que está siendo extensamente empleada en hospitales y que, por sus características, permite, entre otras cosas evitar errores de dispensación y optimizar el gasto  en  medicamentos.

 La dispensación de unidosis está en periodo de implementación en España, donde se ha convertido en una prioridad, ya que está considerado como el segundo consumidor mundial de fármacos, se estima que además destruye cada año 3 mil 700  toneladas de medicamentos pagados, porque han caducado o no se han utilizado; despilfarro que se estima en cuando menos  un diez por ciento del gasto farmacéutico, pero el ahorro bajo la modalidad de unidosis, podría alcanzar hasta el 24 por ciento del gasto de un paciente.

Los beneficios son mayores, de los cuales se pueden sintetizar en lo siguiente: mitigar el impacto que tiene la economía  de las familias mexicanas en la adquisición de medicinas, evitar que los medicamentos  o empleados vayan a dar al mercado negro o al despilfarro.

El mayor rendimiento en los medicamentos en el sector público.

Reducir las posibilidades de automedicación, disminuir el riesgo de accidentes  o intoxicaciones en menores de edad curiosos por el consumo de medicamentos guardados y sin uso en los hogares.
 
La polifarmacia, consumo  de demasiados medicamentos.

Así pues, la peculiaridad  de que en nuestro país se pudiesen adquirir y  dispensar medicamentos en cantidades exactas, constituiría una gran herramienta de racionalidad y economía.

Cabe decir que Francia considera el modelo  como una opción contra el desperdicio y el desajuste  de fármacos en la dispensación, por lo que también está siendo estudiado por las autoridades  francesas y que muy pronto habrá de implementarse en este país.

Razones por las que se propone a esta honorable soberanía, la contenida en la iniciativa de Proyecto de Decreto mediante la cual se adiciona un párrafo a los artículos 226 y 227 de la Ley General de Salud para quedar como sigue:

Artículo 226.- Los medicamentos a los que se refieren las fracciones I y II del presente artículo, podrán expedientes en dosis preescritas en la cantidad exacta señalada en la receta médica.

Artículo 227.- La Secretaría de Salud  determinará los medicamentos que integren cada uno de los grupos  a que se refiere el artículo anterior.

El trasvasado o reempaquetado  y etiquetado de los medicamentos para su expendio en dosis preescritas se sujetará a las normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables.

Lo que queremos plantear con esta iniciativa es que  cuando un paciente  después de que acude con el médico para atenderse de una enfermedad y le es entregada una receta, ésta puede ser  surtida en una farmacia en la cantidad exacta, es común que  en la mayoría de los casos la receta establece una dosis, un número a lo mejor de comprimidos o de pastillas, pero cuando se va a la farmacia, la presentación suele ser o de una cantidad inferior a la que dice la receta, lo que propicia comprar  dos o tres cajas o tiene una cantidad superior.

Y ¿Qué pasa con esas pastillas? ¿Qué pasa con esos medicamentos que quedan en las casas, que después se pueden utilizar, pero resulta que ya prescribieron o el gasto  que se está haciendo y el pago que se realiza  por una medicina que no se va a consumir, que sin embargo ya se está cobrando y que  según estimaciones, podría representar en el caso de las familias, sobre todo aquellas más desprotegidas, un ahorro hasta del 10 por ciento del costo de los medicamentos.

Por eso es que presento  esta iniciativa, y ojala  que las comisiones dictaminadoras sean  sensibles y pronto puedan aprobar esta iniciativa que sin duda, habrá de beneficiar a todo el pueblo de México,  porque no hay quién en este país, después de una enfermedad, no tenga que consumir algún  medicamento.

Es cuanto, Presidente, muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, Senador Jesús Casillas Romero.

Túrnese. . .

Sí, sonido en el escaño del Senador Aarón Irizar y de la Senadora Rocío Pineda.

-EL C. SENADOR AARON IRIZAR LOPEZ (Desde su escaño): Señor Presidente, solicitarle a mi amigo el Senador Jesús Casillas, además de felicitarlo por esta  importantísima iniciativa  que busca no nada más la racionalidad  del presupuesto, sino evitar riesgos de  medicinas en mal uso.

Pedirle, y felicitarlo a unirme a su iniciativa.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:  Senador, acepta la inclusión, igualmente la Senadora Rocío Pineda, ¿para el mismo asunto?

Sonido, por favor.

-LA C. SENADORA MARIA DEL ROCIO PINEDA GOCHI (Desde su escaño): Muchas gracias Presidente.

Felicitar  al Senador Casillas por esta iniciativa.

Yo creo que es muy importante, porque no solamente  desde el punto de vista económico que contribuye pues al bolsillo de los hogares y de la gente enferma, sino que también  es como una medida preventiva para la automedicación, porque después con los excedentes de medicamentos que quedan en los hogares, pues se da comúnmente la automedicación   y con esto sería una medida preventiva  muy importante, y que me permita sumarme a esta importante iniciativa.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Con gusto, pido a la Secretaría  que tome nota de ello, una vez que lo ha autorizado el Senador Casillas, igualmente para el mismo asunto el Senador Ricardo Barroso y el Senador Oscar Román  Rosas González.

Claro que sí, con todo gusto.

Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos.

Daré trámite a una iniciativa de mi autoría que contiene proyecto de Decreto que reforma y adiciona el primer párrafo del artículo 162 de la Ley del Seguro Social en lo relativo al Seguro de Vejez, la cual se turnará a las Comisiones Unidas de Seguridad Social y de Estudios Legislativos.

A continuación se le concede el uso de la palabra a la Senadora Silvia Guadalupe Garza Galván, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, para presentar Proyecto de Decreto  que reforma el artículo 420ter del Código Penal Federal.

En el uso de la palabra, Senadora.

 -LA C. SENADORA SILVIA GUADALUPE GARZA GALVAN: Con su permiso, Senador Presidente.

Compañeras y compañeros senadores, la nación mexicana es poseedora de una diversidad  de biodiversidad de las más amplias del mundo y en su territorio se encuentran áreas que son centro de origen y de diversidad genética de especies y variedades que deben de ser protegidas.

Los organismos genéticamente modificados son aquellos en los que por medio de técnicas de manipulación genética  como el uso de ADN recombinado, se les introduce  en su matriz genética información de otra especie.

La biotecnología moderna es una actividad multidisciplinaria, cuyo sustento es el  conocimiento generado en diferentes disciplinas como la  biología molecular, la ingeniería bioquímica, la microbiología, la genómica, la ingeniería de proteínas,  por mencionar alguno.

La evaluación de los riesgos al ambiente, de acuerdo con el convenio de la diversidad biológica debe abarcar los tres aspectos en los que se manifiesta la biodiversidad. Es decir, el genético, la población de especies y el ecosistémico.

Se han detectado una serie de riesgos potenciales al ambiente, asociados con la liberación de organismos genéticamente modificados con la transferencia de los transgenes. Estos riesgos se deben de considerar efectos a corto, mediano y largo plazo. Esto implica que incluso desde antes de que el estudio  de impacto ambiental se realice, el promotor . . .

(Sigue 7ª parte)
…efectos a corto, mediano y largo plazo.
Esto implica que, incluso desde antes de que el estudio de impacto ambiental se realice, el promotor sabe que las obras o actividades que planea llevar a cabo causarán modificaciones al ambiente, probablemente adversas, y mediante los estudios de impacto ambiental tendrá la posibilidad no sólo de cuantificar los posibles daños al ambiente, sino también preverlos, minimizarlos, mitigarlos o remediarlos, e incluso estimar cuáles serán los costos que todo ello, así como los posibles beneficios.
 Este es precisamente el punto medular de la cuestión acerca de las actividades consistentes o consecuentes de la liberación de los Organismos Genéticamente Modificados:
¿Cuáles son los daños que estas actividades provocaría al ecosistema?
¿En qué magnitud serán provocados tales daños?
¿Cuáles poblaciones de especies silvestres se verán afectadas y cómo?
¿Se alterará la estructura de las comunidades naturales? ¿Cómo?
¿Existe algún compuesto producido por los Organismos Genéticamente Modificados que pueda considerarse contaminante?
¿Qué efectos tendrá su presencia en los diferentes elementos del ecosistema?
¿Afectará a la salud de algunas poblaciones animales o de plantas útiles?
¿Afectará a la salud humana y cómo?
¿Hay parientes silvestres en el entorno con los cuales el Organismos Genéticamente Modificados puedan compartir genes, y cómo?
¿Existe la posibilidad de transferencia horizontal de estos genes a otros grupos taxonómicos y a qué velocidad de flujo?
Prácticamente ninguna de estas interrogantes puede responderse categóricamente, y mucho menos con una componente cuantitativa absoluta, así fuere dentro de límites estadísticos de confianza.
 El estudio de riesgo pretende establecer, con claridad, los posibles daños que plausiblemente pueden presentarse a causa de la presencia de los Organismos Genéticamente Modificados.
La metodología del estudio y de la evaluación del riesgo ecológico ha sido plenamente desarrollada en los campos de la toxicología y de la contaminación por sustancias químicas que tiene fuertes componentes hacia los riesgos para la salud humana.
Sin embargo, el estudio de riesgos que en el campo de la bioseguridad por la presencia de Organismos Genéticamente Modificados en el medio silvestre está aún en incipiente y habrá que hacer mucho trabajo teórico y práctico en esta dirección, tanto en las instituciones académicas y de investigación científica, como en los laboratorios especializados de las grandes empresas y, sobre todo, de las agencias especializadas del Gobierno Federal.
 La Ley de Bioseguridad de Orga¬nismos Genéticamente Modificados, señala explícitamente que ningún organismo que haya sido genéticamente modificado puede ser utilizado como un arma biológica.
La propuesta de reforma, es para prevenir y proteger al medio ambiente y la diversidad biológica del país, con un enfoque de precaución, ya que el Estado mexicano, tomando en cuenta los compromisos establecidos en tratados y acuerdos internacionales de los que es parte, tiene la obligación de cuidar, prevenir e impedir la degradación del ambiente y de la diversidad biológica.
Por lo antes expuesto y fundado, se propone el siguiente  proyecto de decreto:
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 420 ter del Código Penal Federal para quedar de la siguiente manera.
Artículo 420 Ter.- Se impondrá pena de 1 a 9 años de prisión, y de 300 a 3 mil días multa a quien  ilícitamente realice, autorice u ordene, y con el ámbito de causar daño la introducción al país, el manejo o la liberación al ambiente algún organismo genéticamente modificado que ocasione daños a la salud humana, al medio ambiente, a la diversidad biológica, a la sanidad animal, vegetal y acuícola, sin permiso de la autoridad correspondiente y en contravención a lo establecido en la normatividad aplicable.
Para efectos de este artículo, se entenderá como Organismo genéticamente modificado cualquier organismo vivo, con excepción de los seres humanos, que ha adquirido una combinación genética novedosa, generada a través del uso específico de técnicas de la biotecnología moderna, siempre que se utilicen técnicas que se establezcan en la Ley o en las normas oficiales mexicanas que deriven de la misma.
Es cuanto, señor Presidente. (Aplausos).
-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, Senadora Silvia Guadalupe Garza Galván.
Túrnese esta Iniciativa a las Comisiones Unidas de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda.
Saludamos la presencia de un grupo jóvenes procedentes de los municipios de Senguío y Maravatío del Estado de Michoacán, invitados por la Senadora Luisa María Calderón Hinojosa.
Sean ustedes bienvenidos. (Aplausos).
-A continuación se le concede el uso de la palabra al Senador Angel Benjamín Robles Montoya, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, para presentar proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación.
-EL C. SENADOR ANGEL BENJAMIN ROBLES MONTOYA: Muchísimas gracias, Senador-Presidente.
Compañeras y compañeros:
Este proyecto de decreto que propone reformar las fracciones I y III del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, tiene el mismo espíritu de la Iniciativa que me permití presentar a esta soberanía el día de ayer.
Es decir, el espíritu es fomentar la inversión con el objeto de generar desarrollo y fuentes de empleo en las zonas con un mayor rezago económico a través de la exención de pago de contribuciones, así como el otorgamiento de subsidios y estímulos fiscales dirigidos a inversionistas dispuestos a desarrollar proyectos productivos en las zonas moderada y de alta marginación. Es decir, busca ser complementaria con la Iniciativa que presentamos el día de ayer.
En este contexto, igual como lo expresaba en la sesión pasada, me permito reiterar la postura de que para un servidor la exención o condonación es precisamente esa acción gubernamental o por razón de ley de excluir de la obligación de pago a los sujetos pasivos del impuesto.
Y vuelvo a insistir que debe ser obligación del Gobierno Federal impulsar a toda costa la justicia principalmente en las zonas que mayor concentran a la población con más altos índices de marginación y cuyo número, en términos reales, es alarmante.
Por ello, insisto, en que debemos promover en mayor medida, no solamente programas, sino también acciones que busquen crear oportunidades de índole productiva que sirvan como fuentes generadoras de ingresos y empleos, es decir, necesitamos trascender de manera contundente y objetiva de una justicia, que muchos entendemos como justicia social asistencialista hacia la implementación de mecanismos dinámicos, de producción encaminados a reducir rezagos entre los grupos sociales con mayor marginación.
En este sentido, esta misma Iniciativa busca tener este doble impacto. Es decir, busca que el objetivo principal de esta propuesta es fortalecer y promover las inversiones en sectores de la población con altos índices de pobreza, pero que también, que dichas exenciones se vuelvan el principio constitucional que satisfaga claramente las necesidades legales para condonar dichos pagos y con esto limitar efectos no deseables en los casos previstos por ese artículo 39 del Código Fiscal a fin de construir una estrategia bajo supuestos ya mencionados en el precepto que estamos comentando.
Quiero ubicar, para concluir esta intervención, que este artículo 39, en su fracción III señala: “Que la concesión de subsidios o estímulos fiscales que en términos económicos tienen el mismo efecto que las condonaciones, y de este modo nosotros pensamos que resulta viable, entonces, que desde el máximo ordenamiento jurídico de nuestra nación se pueda dar cabida a estos principios que en los hechos están tutelados por las leyes secundarias y que satisfacen condiciones jurídicas.
Pero por el otro lado, también planteo que buscamos que esas exenciones también integren al sector productivo que decida trasladar inversión a esas zonas, las más pobres del territorio nacional a través de esta reforma al Código Fiscal de la Federación.
Por lo tanto, compañeras y compañeros, y con esto concluyo, Senador-Presidente, observamos que hoy en día existen en el país los instrumentos normativos para que la inversión se fomente, pero creemos, lo digo de manera clara y subrayada, que el tema específico relativo a la exención del pago de impuestos dirigida al sector productivo que invierta en zonas de moderada y alta marginación no se ha tocado de manera profunda por medios de reformas de este índole constitucional y federal.
Por lo que el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática propone no seguir permitiendo que se den estas circunstancias, y por ello nuestro propósito es que…


(Sigue 8ª parte)
…propone, no seguir permitiendo que se den estas circunstancias, y por ello nuestro propósito es que, la fuerza de los grupos empresariales del país, que sin duda, en muchos casos es fuerte, pero que no nos quedemos hoy con los brazos cruzados y que podamos buscar que esta fuerza se pueda canalizar hacia las zonas más pobres, más marginadas de nuestra nación.

Por lo tanto, reitero, es un complemento con la iniciativa que presentamos el día de ayer. Y de igual forma, como lo hice en la sesión pasada, senador presidente, de rogar que para mayor comprensión de mis compañeras y compañeros senadores, la propuesta que estoy presentando, quede inserta, de manera completa, en el Diario de los Debates.

Por su atención, muchísimas gracias, a todas y a todos.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, senador Benjamín Robles Montoya.

Con gusto se insertará de manera íntegra en el Diario de los Debates, la iniciativa que usted ha presentado.

Túrnese a las comisiones unidas de Fomento Económico; y de Estudios Legislativos, Primera.

A continuación se le concede el uso de la palabra a la senadora Mely Romero Celis, para presentar a nombre propio y de diversos senadores del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, un proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversos artículos de la Ley Agraria.

-LA C. SENADORA MELY ROMERO CELIS: Muchas gracias, senador presidente.

En México son 5.7 millones de ejidatarios, lo que puede ser lo mismo a 5.7 millones de familias. En muchos casos, familias extendidas; para quienes la tierra, es su más valiosa posesión.

Muchos de ellos, convencidos de nunca dejar ir esas tierras, aún a pesar de que no necesariamente les generan ingresos significativos o ingresos suficientes para el sostenimiento de sus familias.

Sin embargo, existe una realidad inherente a estas familias, que durante generaciones han dependido de una parcela o de la tierra ejidal; derivado de los preceptos legales que se contemplan en la legislación agraria.

La iniciativa que presento a nombre de mis compañeras y compañeros, Ivonne Álvarez, Angélica Araujo, Manuel Humberto Cota, Margarita Flores, Lisbeth Hernández, María del Rocío Pineda y el senador  Gerardo Sánchez García, contempla modificaciones a diversos artículos de la Ley Agraria.

Y es que desde la Revolución Mexicana en 1910, se ha sentado las bases para cambiar el régimen de propiedad. Ya la Constitución de 1917, fue la primera en el mundo, en acoger e incorporar reivindicaciones agrarias y sociales.
Son diversas disposiciones las que están contempladas en la normatividad agraria, que contemplan cómo debe ser distribuida la propiedad social; como se contempla como patrimonio de ejidos y de comunidades las tierras; quiénes son los beneficiarios de las mismas y de los frutos que ellas producen.

Además, de cómo será la sucesión o la herencia, en su caso, de estas tierras.

Y es precisamente la sucesión testamentaria, la que ha estado sujeta a la voluntad expresa del ejidatario o del comunero, a través de un testamento o de una sucesión legítima.

Hay diversos ordenamientos que contemplan  y que de hecho se han venido modificando; en este tema de la sucesión legítima y del testamento agrario.

Desde 1934, ya se contemplaba cómo los derechos pasarían a las personas que dependían económicamente o que fueran familiares directos del titular del derecho parcelario.

En 1940, además, se sustituye la palabra “parcela” por la de “unidad individual de dotación” Y hay algunos cambios en el mismo, para incorporar, ahora, no solamente a la esposa, sino a la concubina, a los hijos y a todos los dependientes económicos de la persona que posee el título.

En 1971, se contempla en la reforma agraria, el concepto de parcela, como patrimonio familiar. Es decir, que al titular o al ejidatario se le obligaba a testar a favor de su cónyuge y de sus hijos, específicamente, y de los dependientes económicos de él.

Hubo, además, una precisión de qué sucedería si no hay un testamento específico agrario o una lista de sucesores, que también venía contemplando la legislación anteriormente.

En el caso de que no exista ninguno de los dos. Entonces sería la Asamblea General, quien decida en definitivo, quién será nuevo beneficiario de la parcela ejidal.

Además, hay la contemplación de que debe inscribirse en el Registro Agrario Nacional, todas las resoluciones que reconozcan, modifiquen o extingan derechos agrarios; los propios certificados y títulos de derechos agrarios y, además, las lista de sucesión.

En 1992, hay una reforma muy importante, además en materia agraria, y se contemplan a partir de esta fecha, dos tipos de sucesión: la testamentaria y la intestamentaria, específicamente.

Se describen muy claramente algunos procedimientos para ambos casos, y se reitera, una vez más, la disposición de que debe haber una lista de sucesión, que formule el ejidatario y que debe ser depositada en el Registro Agrario Nacional.

Todas estas modificaciones nos van llevando a lo que hoy en día está vigente, para que los mismos ejidatarios cobren conciencia, de cómo deben de garantizar, que ese terreno ejidal se conserve en sus familias.

Sin embargo, aún cuando la legislación si contempla algunos procedimientos específicos, sucede que hoy en día, hay numerosos ejemplos, miles de familias, cuyas cabezas generalmente son los hombres o fallecen o emigran o abandonan el hogar por alguna circunstancia, dejando con incertidumbre a la esposa, a los hijos, a los dependientes económicos.

Hay diferentes situaciones que se ocasionan y que de hecho, aún cuando existen preceptos legales, hay confusión en la aplicación, en alguno de estos casos.

Cito dos situaciones muy concretas, que se vienen suscitando en nuestro país.

En primer lugar. Cuando el esposo emigra o se separa de la familia, por alguna situación, entonces, se quedan con la responsabilidad de la tierra, de trabajarla, de hacer los pagos, que se requieren para limpiar, para sembrar, para cuidar, para cosechar la misma tierra, así como sus cultivos; toda la familia se queda con esta responsabilidad.

Pero además, se queda sin la posibilidad de obtener ingresos propios significativos, ni mucho menos de acceder a los fondos del gobierno federal, para obtener apoyos a la productividad o financiamientos.

Esto, sobre todo, cuando el titular se va, aunque no necesariamente ha fallecido. Porque cuando si fallece, es cuando la legislación contempla más concretamente el mecanismo para designar al nuevo beneficiario.

Sin embargo, sucede, desafortunadamente, que una parcela puede quedar finalmente en manos de una persona, con todos los fundamentos legales, queda en manos de una persona ajena a la familia, que originalmente poseía la misma.

Y esta persona, habiendo… o más bien la familia, habiendo dependido por generaciones de la tierra, incluso de los frutos de la misma, se queda desprotegida sin sustento para la esposa o concubina, ni para los hijos.

Estas situaciones son muy concretas…


(SIGUE    9ª PARTE)
… protegida, sin sustento para la esposa o concubina ni para los hijos.

Estas situaciones son muy concretas y debemos de hacer algunas modificaciones a las leyes específicas para que quede más preciso qué pasaría en tales circunstancias y que podamos dar certidumbre a las familias que vienen dependiendo de tan valioso patrimonio para que no se queden a la deriva ante la ausencia de quienes es legalmente el titular.

Por lo tanto, con la presente iniciativa que solicito, señor presidente de la Mesa Directiva sea inscrita completamente en el Diario de los Debates, es que proponemos modificación a los artículos 13 bis, 17, 18 y 80 de la Ley Agraria, así como proponemos una modificación a la denominación de la sección segunda, establecido en el capítulo primero del título tercero a fin de que se pueda incluir la figura de posesionarios en la misma.

Y leo solamente algunos extractos de la propuesta de reforma en sí para clarificar los avances que estamos buscando.

En principio, incorporamos a través del artículo 13 bis, la definición del concepto de posesionarios del ejido.

Para los efectos de esta ley, son posesionarios del ejido aquellos mexicanos cuyos… mexicanos mayores de edad que han recibido por un año más en las tierras del núcleo de población ejidal y que han sido reconocidos como tales por la Asamblea Ejidal o el Tribunal Agrario Competente. 

Los posesionarios gozan de los mismos derechos que esta ley les confiere. Con esto estaríamos posibilitando que las esposas o concubinas que se quedan como posesionarias de las tierras también accedan a los recursos del gobierno federal que sí los hay para que a través de apoyos o de financiamientos puedan capitalizarse y puedan fortalecer su actividad agropecuaria.

Además se contempla que el o los herederos estén obligados a la manutención del o la cónyuge o concubina hasta su muerte o cambio de estado civil y a los hijos menores que dependan económicamente del ejidatario y comunero fallecido hasta que cumplan 18 años, salvo que estén incapacitados física o mentalmente para trabajar.
Con estos dos párrafos que estamos incluyendo, estamos seguros que damos mayor certeza para que las familias que dependen y que han dependido durante generaciones de una propiedad tan valiosa como es la propiedad ejidal, lo sigan haciendo mientras estén en condiciones de vulnerabilidad.

Hay diversas modificaciones más, sin embargo solicito simplemente que sean inscritos de manera íntegra en el Diario de los Debates para que esta iniciativa que tengo toda la certeza que podrá prosperar con el apoyo de los señores legisladores de esta Cámara de Senadores, para que podamos con ello apoyar a las mujeres y, sobre todo, a las familias de las zonas rurales de nuestro país.

Muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias senadora Mely Romero Celis. Se hará de manera íntegra la inserción en el Diario de los Debates de su iniciativa desde luego.

Túrnese la misma a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Estudios Legislativos.
Esta presidencia saluda la presencia de un grupo de jóvenes provenientes de todas las entidades del país de acción juvenil, invitados por el Grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, a petición de las compañeras y compañeros senadores.

Gracias.
(Aplausos)

A continuación se le concede el uso de la palabra al senador Armando Ríos Piter, para presentar a nombre propio y del senador Isidro Pedraza Chávez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, un proyecto de decreto por el que se crea la Ley Contra el Acaparamiento de Artículos de Consumo Popular.

En el uso de la palabra, senador.

-EL C. SENADOR ARMANDO RÍOS PITER: Con su permiso, señor presidente; compañeras y compañeros senadores.

Hago presentación a ustedes de una iniciativa que tiene que ver con uno de los temas que más le duelen a la sociedad mexicana, especialmente cuando hablamos de bienes de consumo y cuando vemos que en el comportamiento del mercado mexicano el acaparamiento de artículos de consumo popular se ha vuelto una práctica cotidiana que afecta a millones de hombres y mujeres en este país, y especialmente es importante esta discusión o este planteamiento en el contexto general del debate que tenemos en este momento en pleno en el Senado de la República alrededor de la Ley Federal de Competencia Económica.

Y la propuesta que yo quiero someter a ustedes tiene que ver con que verdaderamente le demos la dimensión que requiere al cambio constitucional que recientemente aprobamos el 11 de junio del 2013.

Es cierto, aprobamos darle autonomía a la Comisión Federal de Competencia Económica. Estamos trabajando en una minuta que nos han mandado los diputados federales y que consideramos que tiene avances, tan es así que ya fue votada en Comisiones Unidas. Estamos todavía afinando algunos puntos de cambios que están discutiéndose entre los distintos grupos parlamentarios.

Pero me parece que este avance aún cuando es un avance significativo, no es del todo integral como requiere nuestro país, especialmente cuando hablamos de acaparamiento de artículos de consumo popular.

Y quiero detallar precisamente por qué nos interesa que nos ciñamos al espíritu de lo que fue la Reforma al artículo 28 de la Constitución Política, qué es lo que nosotros aprobamos cuando hablábamos de darle autonomía a la Comisión Federal de Competencia Económica, pues entre otras cosas que la ley castigará severamente y las autoridades perseguirán con eficacia toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener el alza de los precios.

¿Por qué es importante subrayar, compañeros y compañeras este planteamiento?

Porque sí le hemos dedicado un buen tiempo y mucho énfasis a la Ley Federal de Competencia Económica, subrayo, consideramos que tenemos avances positivos, pero no hemos logrado en esa ley tener una clara identificación sobre cuáles son los artículos de consumo necesario, sobre cómo poder nosotros darle instrumentos y capacidad y potencia, especialmente al Poder Ejecutivo, para garantizar que ahí donde haya acaparamiento pueda contar con elementos suficientes para ir en contra de aquellos que hacen este tipo de acción y que es verdaderamente lastimosa para el bolsillo de los mexicanos.

El tema más recurrente en tiempos recientes es el limón. El limón que estaba en 15 pesos el kilo, ha llegado a tener entre 60 y 80 pesos el kilo de limón.

Y esto no es solamente porque haya disminuido la producción o porque haya un conflicto en Michoacán. Esto sin duda alguna impacta, pero manda una señal a los mercados y especialmente a la red de distribución que lo que hace es caer precisamente en la lógica del acaparamiento al prever que van a subir los precios, pues obviamente hace una restricción a la distribución y entonces empiezan a subir por una intervención artificial de la red de distribución los precios.

El ejemplo, repito, que más nos ocupa en los últimos tiempos es el asunto del limón, pero hace dos años, ustedes pueden recordar cuando se presentó el tema de la gripe aviar, cómo el precio de huevo, del kilo de huevo pasó de 13 pesos el kilo a más o menos 40 pesos el kilo. Incluso la Unión Nacional de Avicultores en aquel momento cuando se le preguntaba el por qué había tal incremento, señalaba que era en gran medida parte del problema la red de distribución que prevalece en este tema.

O si quieren otro ejemplo, en el 2007 yo recuerdo, me tocaba ser secretario de Desarrollo Rural, el precio del kilo de tortilla de 6 pesos que estaba en Acapulco, subió hasta 14 pesos el kilo de la rotilla. Otra vez un fenómeno de acaparamiento que necesitamos regular con toda claridad.

Por eso la propuesta que yo someto a consideración de ustedes, compañeras y compañeros…

(Sigue 10ª parte)
. . . . . . . . .........de acaparamiento que necesitamos regular con toda claridad.

Por eso, la propuesta que yo someto a consideración de ustedes, compañeras y compañeros es precisamente que regulemos en una ley específica para darle capacidades al Poder Ejecutivo y poder responder a la demanda popular para regular aquellos abusos que se presentan en precios de alimentos y energéticos esenciales.

Esto con la finalidad de garantizar la alimentación y la subsistencia de la población con la finalidad, repito, de ir en contra de todo acto de acaparamiento.

La propuesta que ponemos a su consideración: se propone una ley contra el acaparamiento de artículos de consumo popular que faculte a la Recetaría de Economía para iniciar investigaciones contra acaparadores y especuladores de alimentos básicos de consumo popular que busquen alterar los precios al consumidor final.

Estamos proponiendo una definición que hoy no tenemos, en el marco normativo de la Ley Federal de Competencia, y que es importante, si lo que queremos es una profunda reglamentación de la visión y del espíritu que tiene el Artículo 28,  Constitucional, definimos como artículo de consumo necesario todos aquellos que a nivel nacional o regional sean fundamentales para la alimentación de nuestra población, estamos hablando de la tortilla de maíz, el pan, el arroz, el frijol y un sinnúmero de productos que son indispensables para el consumo de nuestra gente. Así como el abasto de gasolina, y diesel para la población.

Se estable en la iniciativa que estamos presentando un mecanismo de investigación y criterios para determinar la existencia de precios extraordinarios previos a la solicitud de declaratoria de control de precios y otras acciones para combatir el acaparamiento de alimentos de consumo popular.

Y, por último, se elevan de 4 a 10 años, y con 1,000 a 2,000 días de multa a aquellos especuladores y acaparadores de alimentos de consumo popular, los artículos de consumo básico necesario o con las materias primas necesarias para elaborarlos.

Creemos, compañeros y compañeras, que si bien hemos hecho un muy sano y muy amplio debate alrededor de la Ley Federal de Competencia, que estamos a punto de lograr un acuerdo en pleno sobre este marco normativo que viene a regular la Reforma Constitucional que hicimos al Artículo 28, pues será insuficiente y especialmente dejaremos un importante cabo suelto ahí donde le duele el bolsillo a la gente; ahí donde de pronto, por la falla que tiene nuestro esquema de comercialización, por los problemas que existen de distribución y por los incentivos claramente alineados para poder tener incrementos que muchas veces sean en beneficio de esos actores que acaparan, pues entonces, será un marco normativo que quede incompleto si no logramos avanzar en una propuesta de esta naturaleza, de tal manera que si queremos evitar que esos comercializadores que se aprovechan de la desinformación que hay en el mercado tan grande como el mexicano, y que terminan causándole un prejuicio al bolsillo de los mexicanos, pues que con una ley como esta sea el complemente de lo que buscamos avanzar en materia de competencia económica.

Es cuanto, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES: Gracias, señor Senador Armando Ríos Piter, túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial; y de Estudios Legislativos.

Sonido en el escaso del Senador Oscar Rosas González.

- EL C. SENADOR OSCAR ROSAS GONZALEZ (Desde su escaño): Gracias, Senador Presidente, para solicitarle al Senador Armando Ríos Piter si me permite sumarme a esa propuesta que acaba de presentar.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR AISPURO TORRES: Pido a la Secretaría que tome nota de ello, y se le concede el uso de la palabra al Senador Oscar Román Rosas González, del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional para presentar proyecto de decreto por el que se reforman los Artículos 52 y 53 de la Ley Reglamentaria del Artículo Quinto Constitucional.

- EL C. SENADOR OSCAR ROSAS GONZALEZ: Con el permiso de la Presidencia, compañeras senadoras, compañeros senadores. En  esta ocasión pongo a su consideración la iniciativa que reforma los Artículos 52, y 53 de la Ley Reglamentaria del Artículo Quinto, Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal con el objeto de sentar las bases del Servicio Social Remunerado para  los jóvenes universitarios.

A partir de 1944, se institucionaliza el Servicio Social Obligatorio como requisito para obtener un título profesional, el cual debe realizarse en un período no menor de seis meses y no mayor de dos años.

Podemos entender de manera sucinta al servicio social como la actividad temporal y obligatoria que realiza el estudiante en reciprocidad a la sociedad y al estado por la educación brindada.

A la vez que dicha actividad le permite poner en práctica sus conocimientos y habilidades adquiridas con la finalidad de consolidar su formación académica y profesional.

Hoy en día la matrícula de alumnos en educación superior asciende a 3.3 millones de jóvenes; sin embargo, cerca del 40 por ciento no termina sus estudios por diversas causas; uno de los principales problemas que enfrentan los jóvenes universitarios a la hora de realizar sus estudios, es de la limitación económica o la carencia de recursos económicos, lo cual los obliga a desertar, darse de baja temporal o bien, dejar truncos sus estudios para incorporarse a la actividad productiva.

Tratándose de los gastos en los que incurre un estudiante para realizar y cumplir con el servicio social no tenemos un indicador o dato oficial, sin embargo, los sondeos de opinión entre los universitarios nos permiten visualizar los gastos a los que hace frente nuestra población estudiantil en todo nuestro país.

En la Ciudad de México el costo diario del transporte va de 30 a 58 pesos en promedio, dependiendo a la residencia del estudiante, ya sea en el Distrito Federal o en el Estado de México.

En otras entidades como Puebla, los gastos van de 100 a 300 dependiendo del municipio al cual se trasladan.

En San Luis Potosí, los gastos totales por alimentación, transporte y material académico se cuantifican de 100 a 200 pesos diarios. De esta manera podemos constatar el esfuerzo económico que realizan las familias mexicanas para que los jóvenes puedan cursar su educación superior.

Sin embargo, cuando se presenta el tiempo académico de realizar el servicio social, los jóvenes universitarios están ante una disyuntiva, terminar primero sus créditos académicos para después prestar el servicio social o bien para realizar el servicio social, dejan trunca su carrera; ello obedece a la carencia de recursos económicos para realizar las dos actividades al mismo tiempo.

Por ello es urgente que se incentive y apoye a los estudiantes universitarios, en esta etapa importante de su formación académica y profesional, puesto que si al prestar su servicio social no toman conciencia de los problemas sociales, y no cumplen su función de vinculación académica con el sector profesional y productivo, el servicio social carece de sentido.

En la actualidad el gobierno federal a través del Programa Nacional de Becas, buscando la permanencia, terminación de estudios y posterior incorporación al mercado laboral de todos los universitarios instrumenta la beca para el servicio social profesional.

La instrumentación de esta beca abre la oportunidad para que cientos de jóvenes se motiven para cumplir con el Servicio Social y continuar con sus estudios.

Sin embargo, es demasiada focalizada, dejando fuera a una inmensa cantidad de estudiantes que buscan y esperan una oportunidad como la que se ofrece.

Lamentablemente por la estrechez del programa no pueden acceder a este beneficio.

Como parte de un esfuerzo institucional para establecer el servicio social remunerado a nivel nacional, y debido a las condiciones que prevalece en el sector juvenil universitario, la presente iniciativa..........


(Sigue 11ª. Parte)
…el servicio social remunerado a nivel nacional y debido a las condiciones que prevalecen en el sector juvenil universitario, la presente iniciativa de reforma a la Ley Reglamentaria del Artículo 5º Constitucional, relativo al Ejercicio de la Profesiones en el Distrito Federal, tiene cuatro propósitos fundamentales:

Primero, definir de manera clara en el cuerpo de la ley que el servicio social no sólo es obligatorio y temporal, sino que además tendrá por finalidad contribuir de manera integral en el desarrollo profesional del estudiante, a la vez que se le prepara para ingresar a la actividad laboral y productiva del país.

Dos, se establece con claridad que los programas de servicio social de las instituciones educativas, tendrán plena correlación con el perfil académico del estudiante, de tal manera que los prestadores de servicio profesional contarán con programas adecuados a su formación.

Tres, se introduce la disposición para que organizaciones sociales y privadas, puedan realizar convenios de colaboración para contar con programas para la prestación del servicio social, puesto que esta situación ya se da en los hechos, pero no se encuentra debidamente regulada.

Se sientan las bases del servicio social remunerado, a través de diversos apoyos económicos o en especie a los que tendrán derecho los estudiantes que presten el servicio social en dependencias gubernamentales.

Los jóvenes tendrán derecho a uno de los siguientes apoyos o remuneraciones:

Primero, beca económica durante el tiempo de prestación del servicio.

Dos, estímulo en especie para cubrir las necesidades mínimas durante la prestación del servicio; y

Tres, apoyos administrativos y materiales escolares durante el tiempo de la prestación del servicio.

Los apoyos serán proporcionados de acuerdo a las disposiciones presupuestarias y a la programación de cada dependencia o área gubernamental.

La remuneración como apoyo personal a la que se refiere el párrafo anterior podrá ser económico y/o en especie.

Por lo anterior, senadoras y senadores, se cumple con una exigencia social, pero sobre todo con la sentida demanda de nuestros jóvenes que estudian su carrera universitaria y tienen el firme deseo de ese gran esfuerzo que hicieron en el trabajo académico durante muchos años, de incorporarse a una vida productiva.

Por su atención, muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, Senador Óscar Román Rosas González.

-Túrnese esta iniciativa a las Comisiones Unidas de Educación y de Estudios Legislativos.

-Para incorporarse a la iniciativa que ha presentado el Senador… ¿Acepta la incorporación de diversas compañeras y compañeros senadores, Senador Óscar Román?

-Pido a la Secretaría que tome nota de ello. El Senador Ascención Orihuela, el Senador Eviel Pérez y la Senadora María Elena Barrera. Con mucho gusto.

Compañeros Senadores, informo a ustedes que recibimos en la Mesa Directiva un dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia; de Defensa Nacional; de Estudios Legislativos; de Estudios Legislativos,  Primera; y de Estudios Legislativos, Segunda, que contiene Proyecto de Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Federal de Procedimientos Penales, y de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, en materia de justicia Militar.

-Consulte la Secretaría a la Asamblea, en votación económica, si autoriza que el asunto se incorpore a la agenda de este día para su trámite.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si autoriza que se integren los asuntos de hoy, el dictamen referido por la Presidencia.

-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente)

-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente)

-Sí se autoriza su incorporación, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora Secretaria.

-El dictamen está disponible en sus escaños, por lo que solicito a la Secretaría consulte a la Asamblea, en votación económica, si autoriza que se omita la lectura del dictamen.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la Asamblea, en votación económica, si se autoriza que se omita la lectura del dictamen.

-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea asiente)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: A ver, informo a la, en este momento dimos lectura a un dictamen del Código de Justicia Militar que está en sus escaños, que estamos consultando, y la Asamblea así lo autorizó, que se incorporara al Orden del Día, y ahorita lo que estamos solicitando es si se autoriza que se omita la primera lectura para que quede de primera lectura, no para que inicie la discusión del mismo.

-Continúe con el trámite la Secretaría, por favor.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Quienes estén por que se omita la lectura del dictamen, sean tan amables de levantar la mano, la primera lectura.

(La Asamblea asiente)

-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.

(La Asamblea no asiente)

-Sí se omite la lectura, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, señora Secretaria.

-En consecuencia, queda de primera lectura.

-Compañeras y compañeros senadores, por acuerdo de la Mesa Directiva daremos paso a una ronda de intervenciones de los grupos parlamentarios para referirse al Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor.

-En primer término, se le concede el uso de la palabra a la Senadora Martha Palafox Gutiérrez, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo.

-En virtud de que no se encuentra la Senadora Palafox, se le concede el uso de la palabra al Senador Zoé Robledo Aburto, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

-EL C. SENADOR ZOÉ ROBLEDO ABURTO: Muchas gracias. Con su permiso, Senador Presidente.

Efectivamente, como todos saben el día de ayer se conmemoró el Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor. El 23 de abril es un día muy simbólico para la literatura, en particular de todo el mundo, porque es el mundo en que coinciden los fallecimientos de tres grandes escritores: de Miguel de Cervantes Saavedra, de William Shakespeare y de Inca Garcilaso de la Vega.

Pero para México y para nosotros, a quien nos tocó vivir en esta época, la conmemoración del Día del Libro en este 2014 es además muy significativa, no solamente porque Macondo se acaba de vestir de amarillo para recibir para siempre a su habitante más célebre, sino porque también son muchas las pérdidas que se han ido acumulando durante este año. La de Luis Villoro, la de Federico Campbell, la de José Emilio Pacheco, la de Emmanuel Carballo; antes Álvaro Mutis, Juan Gelman, también, nos están dejando un enorme vacío y un enorme, también, compromiso para releerlos y para empezar a leerlos, y entonces ir construyendo su legado literario y su legado como mexicanos que imaginaron una patria más libre.

Sin duda, el escenario del libro y del lector en nuestro país es muy complejo, es muy estimulante, y está lleno de conocimiento convencional, y está lleno de lugares comunes. ¿Qué dicen los datos? Vamos a ver algunos datos sobre el tema del libro y la lectura en nuestro país.

La Encuesta Nacional de la Lectura 2013 nos indica que leemos 2.9 libros anuales en promedio, y que los hogares destinan únicamente el 0.19% de su ingreso a la compra de libros, 0.19%. Alguien podría preguntarse, ¿bueno, y eso es mucho o eso es poco?

Yo quisiera dejar aquí también algunos datos. Esa encuesta indica que las familias mexicanas gastan en libros el doble de lo que gastan en bebidas destiladas y licores, y gastan en libros una cantidad similar a la que utilizan para la compra de electrodomésticos. Entonces visto así un dato que se pone en los medios de comunicación y que muchas veces repetimos sin darnos cuenta, pues pareciera que no es menor.

Pero tampoco es menor el interés por leer. Hay una encuesta muy interesante a nivel Latinoamérica, que es la Encuesta de Comportamiento del Lector y Hábitos de Lectura para Iberoamérica, que en el 2013 reportaba, para poner un ejemplo…


(SIGUE 12ª PARTE)
....  Latinoamérica, que es la encuesta de comportamiento de lector, hábitos de lectura para Iberoamérica, que en el 2013 reportaba, para poner un ejemplo, que el 64 por ciento de los colombianos se declaran no lectores, declaran que ellos no leen; asimismo, 32 por ciento de los chilenos, países ambos que imaginaríamos que tuvieran hábitos de lectura más elevados, declaran no ser lectores, la cifra para México es del cinco por ciento, es decir, por lo menos desde su apreciación solamente el cinco por ciento de los mexicanos, para esta encuesta declaran ser no lectores.

El escenario es complejo y es desafiante, ya lo he señalado en ocasiones anteriores y lo quiero reiterar hoy. Se dice que somos un país que no lee o que lee poco, yo creo que es momento de empezar a cambiar ese paradigma, que  empecemos a reconocer como un país que puede leer más; como un país que quiere leer más.

Editoriales como “Random House”, apenas hace unos meses acaban de reportar su informe anual de ingresos, y destacaban que México es el país que le genera más ingresos a esta importante editorial, 50 millones de dólares en un año, el principal mercado para Latinoamérica, a todo lo largo del país, lo acabamos de ver en minería, y todos prácticamente todas las semanas hay una feria del Libro en algún rincón de nuestro país, a la que acuden centenares de ciudadanos, y que ya se han convertido, incluso, en una suerte de moda para muchos municipios.

O qué decir de los centenares de personas que acudieron a despedir recientemente a García Márquez, México es un país que lee poco, quizá sí, pero quiere leer más, es un país que puede leer más. Conmemoremos pues el Día Mundial de la Lectura con una seria reflexión de dónde estamos realmente como país lector, dónde estamos como editor, dónde estamos y a dónde queremos llegar en le mediano plazo.

No caben complacencias pero tampoco diagnósticos fáciles ni menos diagnósticos fatales, somos una nación de grandes escritores, somos una nación de grandes bibliotecas, nuestros escritores, todos ellos fueron antes grandes lectores, démosle pues alas amarillas a nuestras próximas generaciones.

Y yo me quedo, finalmente con la declaración de la Directora de la UNESCO para conmemorar este año el Día Mundial del Libro, y es este cambio de paradigma.

Decía ella que estos objetos son las armas y las herramientas más poderosas para erradicar la pobreza y para construir la paz, eso dio “Irina Bokoba”, Directora de la UNESCO. Yo comparto su opinión y los invito a que reflexionemos y la compartamos todos juntos en el Senado de la República. Muchas gracias, es cuanto. (Aplausos).

-EL C. SENADOR AISPURO TORRES: Gracias, senador Zoé Robledo Aburto. Esta directiva saluda la presencia de alumnos de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, invitados por el senador Raúl  Cervantes Andrade, Presidente del Senado de la República. Sean ustedes bienvenidos. (Aplausos).

A continuación se le concede el uso de la palabra a la senadora Martha Palafox Gutiérrez, para referirse al mismo tema sobre el Día Mundial del Libro.

-LA C. SENADORA MARTHA PALAFOX GUTIERREZ: Gracias, mi querido amigo, gracias, senador. Con su permiso, señor presidente, compañeras y compañeros senadores. En 1995 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNESCO, proclamó el 23 de abril como Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor.

La fecha reconoce el nacimiento, fallecimiento de verdaderos clásicos de la literatura, “Nabococ”, Gracilaso de la Vega, Cervantes y Shakespeare, aunque este último falleció realmente el 3 de mayo del Calendario Gregoriano, celebra el papel de la lectura, en la historia de la humanidad.

Pero la lectura también es parte fundamental para el desarrollo personal, como afirma la señora Irina Bokoba, Directora General de la UNESCO, en su mensaje de este 2014, con motivo del Día Mundial del Libro y del Derecho de Autor.

El poder de los libros para fomentar la realización personal y generar cambios sociales no tiene parangón íntimo, y a la vez profundamente sociales, los libros abren amplios caminos de diálogo entre las personas, dentro de las comunidades y a través del tiempo, esto es clave.

Según el índice de lectura al año México es el lugar 107 de 108 países, este documento  de la UNESCO destaca que en México leemos apenas 2.8 libros al año, contra los 12 de Alemania, cinco veces más que los mexicanos.

Como todo índice, señala que solo una parte de la población lee muy por encima de este índice, como el caso de universitarios y profesionales de la lectura, mientras, según la encuesta nacional de lectura de 2012, 35 por ciento de los mexicanos nunca en su vida han leído un libro, y el otro 54 por ciento sólo lee revistas o periódicos.

Si no cambiamos esa dinámica, celebrada en México los nacimientos o decesos, también en abril de Octavio Paz, García Márquez, o Emilio Carballo, es sólo un asunto político, mas que celebrar la lectura celebra a los políticos que lo celebran, es categórico el mencionado mensaje de este año, por parte de la Directora General de UNESCO.

En todos los casos nuestra finalidad está clara, alentar a los autores y artistas y velar porque la alfabetización y los formatos accesibles lleguen a más mujeres y hombres, porque los libros son nuestras herramientas más poderosas para erradicar la pobreza y construir la paz, aunque el llamado es autores y artistas, sabemos que lo más responsable no sólo de la lectura, la alfabetización, la educación y le equidad de género, sino de la pobreza, y exclusión en México, somos los políticos una población que está más preocupada por qué va a comer, poco se ocupará de leer en un círculo vicioso, donde la pobreza es la que prevalece y también el desempleo.

Por lo tanto, la mayor celebración de libro y la lectura, es poner en Marcha programas y presupuesto de impulso para construir una nueva cultura de la lectura, y como podemos erradicar la pobreza y la exclusión. Muchas gracias. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:  Gracias, senadora Martha Palafox Gutiérrez. Para el mismo asunto se le concede el uso de la palabra al senador Daniel Avila Ruiz, del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional.

-EL C. SENADOR DANIEL AVILA RUIZ:  Con su permiso senador presidente, José Rosas Aispuro Torres, senador por el Estado de Durango, el día de ayer celebramos el Día Internacional del Libro y el Derecho de Autor, instaurado por la UNESCO en 1995 con la finalidad de fomentar la lectura, la industria editorial y la protección de la propiedad intelectual, por medio de los Derechos de Autor.

La fecha fue elegida de manera simbólica, porque un 23 de abril, curiosa coincidencia, fallecieron los escritores Miguel de Cervantes Saavedra, William Sahakespeare”  y Gómez Suárez de Figueroa, conocido como el Inca Garcilaso de la Vega, en esta ocasión México dedicará este día  a destacados escritores de las letras hispanas, tres de ellos mexicanos, Octavio Paz, Efraín Huerta, y José Revueltas, y el argentino, Julio Cortazar, todos ellos nacidos también, curiosa coincidencia en 1914.

En 2001, por iniciativa de la UNESCO se nombró a la ciudad de Madrid como capital mundial del libro, desde entonces cada 23 de abril, diferentes capitales de países del mundo, han sido designadas y realizan durante el año diferentes actividades culturales relacionadas con los libros.

Este año será “Porjarpol”, ciudad de Nigeria, la distinguida. Mafalda, el personal de comic, creado por el argentino "Quino" hace 50 años, será el estandarte de los actos de celebración de este año.  También habrá una serie de actividades editoriales, cuya finalidad es en palabras de la Directora General de la UNESCO, Irina Bokoba, alentar a los autores y artistas y velar porque la alfabetización....


 

(Sigue 13ª .parte)
. . .en palabras de la Directora General de la UNESCO  y Irina Bokova, alentar a los autores  y artistas y velar porque la alfabetización y los formatos accesibles lleguen a más mujeres y hombres, porque los libros son  nuestras herramientas más poderosas para erradicar la pobreza y construir la paz.

En España, en esta fecha se entrega el Premio Cervantes, el mayor galardón otorgado a los autores hispanos, este año para beneplácito de nuestro país México, lo recibió Helena Poniatowska,  cuarta mujer  y quinta mexicana en recibir este premio, el más importante de la literatura hispánica.

La literatura de Elena Poniatowska es rebelde y a pesar de la aspereza de su realismo abre siempre lugar a la esperanza y al compromiso social y humano,  dijo el Rey Juan Carlos de España; francesa de nacimiento, polaca de apellido, pero mexicana por convicción, Poniatowska ha dedicado buena parte de su vida, 60 años a reseñar la historia de las mujeres, de los desprotegidos, de los marginados, pero también son importantes  sus ensayos, novelas y biografías,  desde grandes reportajes y cronistas como la Noche de Tlatelolco y  Las Soldaduras hasta El Universo o Nada”; la biografía novelada de su marido, Guillermo Aro, pasando por novelas como La Piel del Cielo o Hasta No Verte, Jesús Mío.

Acción Nacional desde esta tribuna envía una calurosa  felicitación a la recién galardonada.

Por otra parte, de acuerdo con la información de la Encuesta Nacional de Hábitos, Prácticas y Consumos Culturales de CONACULTA de 2010, 41 por ciento  de la población ha ido alguna vez a una librería y 55 por ciento a una biblioteca. Según datos de esta institución, existen más  de 7 mil bibliotecas públicas en el país,  lo cual permite  que los libros estén al alcance de un mayor número de personas, y con ello el fomento a la lectura sea ya un hábito en distintas comunidades, y es que las bibliotecas no sólo permiten ampliar el acceso a la información del público en general, sino que también son fundamentales para la salvaguarda de la memoria cultural e intelectual.

Sin embargo, el nivel de lectura en México  es bajo, de 2.9 libros, si se compara con el 4o de Brasil, 4.6 de Argentina, 5.4  de Chile y los 10.1 libros  leídos al año en España, en promedio, de acuerdo con una investigación realizada  por el Centro Regional para el Fomento del Libro en América Latina en 2012 que depende de la UNESCO.

Por eso es tan importante que hayamos aprobado ayer una nueva reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor para exentar del pago de regalías a quienes publiquen obra artística y literaria sin fines de lucro  para personas con discapacidad.

El propósito es beneficiar a las personas con discapacidad visual, debido a su escaso acceso material impreso, auditivo de obras literarias.

Las senadoras y los senadores de Acción Nacional, seguiremos impulsando este tipo de  reformas para fomentar la lectura, porque sabemos que leer es crecer, imaginar, enamorarse, mirar a través de los ojos de los otros para ser sencillamente  nosotros mismos.

La lectura es una actividad a la que muy pocas personas se dedican de manera seria y constante, y la mayoría de quienes lo hacen es porque por distintos motivos se ven obligados a ello.

Sumerjámonos en el   saber literario, eduquemos nuestra mente y reforcemos nuestro intelecto  con el pan del conocimiento.

Miguel de Cervantes Saavedra dice:

“El que lee mucho y anda mucho,  e mucho y sabe mucho”.

Esta, compañeros legisladores es una verdad indiscutible.

Por su atención, muchas gracias.

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias Senador Daniel Avila Ruiz.

A continuación para el mismo asunto se le concede el uso  de la palabra a la Senadora Blanca Alcalá Ruiz,  del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.

-LA C. SENADORA BLANCA ALCALA RUIZ:  Gracias, señor Presidente.

Seré breve.

Iniciaré mi intervención  citando a José Emilio Pacheco, destacado escritor mexicano, quien falleció en enero de este año y quién expresó:

 “No temo la muerte, sino a morir  sin terminar un libro”.

Lo traigo a la memoria, porque me parece, por demás oportuno  en ocasión de la conmemoración que nos ocupa y que ya el día de ayer hacía yo referencia del día internacional del libro y de los derechos de autor.

Por cierto, ningún libro impreso  o electrónico puede separarse de quien lo concibió.

Ningún libro corre una suerte distinta al lado de su creador, si alguien presagia la muerte de un libro,  está al mismo tiempo condenado a la suerte de sus autores.

Por eso me parece que el Estado y la sociedad tienen un doble responsabilidad; primero, evidentemente fomentar la lectura y la producción  editorial que han hecho referencia mis compañeros, pero también promover el respeto, la defensa, la promoción de los derechos de los autores como derechos humanos.

A esto quiero, sobre todo referirme.

Sin duda, constituye un derecho humano  el que el Estado garantice la protección de las obras, producto de la creatividad individual  o colectiva, esta pretensión permitirá que  el legado cultural de una nación  se enriquezca día con día y al mismo tiempo se conserve para futuras generaciones.

Será el tiempo, será el interés de la sociedad la que defina  qué  obras del genio individual prevalecerán en la memoria y en la historia.

Un libro constituye sin duda el objeto por excelencia de divulgación del conocimiento, de la historia, de las ideas, de la reflexión crítica, del gozo literario  o todo junto.

“Un libro  -como decía George  Steiner- puede seducir o asquear”.

Apelar a la virtud, a la barbarie, magnificar la sensibilidad  o banalizarla, y podemos concluir con él que un libro  puede tanto que ninguna hermenéutica, ninguna psicología  pueda  predecir ni calcular  su verdadera fuerza.

Esa es, compañeras y compañeros  legisladores el valor de los libros y de sus autores.

 Esa es, precisamente la atención a la que apelo, puedan tener ustedes a este tema por demás significativo.

En este sentido, celebro el interés y las cifras a las qu ya han hecho referencia diversos legisladores, y vuelvo a reiterar mi invitación a que entonces actuemos  en consecuencia, los datos dados a conocer recientemente por el Instituto  Nacional de Geografía e Informática nos colocan en una  situación  por demás preocupante que debemos de atender.

Pues si hacemos de la lectura un hábito nacional, entonces estaremos realmente pensamos que las generaciones  futuras puedan tener la posibilidad de construir, de trascender y sobre todo de debatir.

Nuestra intención es que cada día haya más autores de obras  artísticas y literarias, de obras científicas, de libros para la reflexión que hagan de nuestra sociedad un lugar  sin restricciones, sin límites al conocimiento y a la libertad creativa, que haya libros, que haya autores en todas partes, sería nuestra mejor apuesta para un futuro  venturoso.

Me parece que la responsabilidad está no tan sólo en los discursos de este día o del día de ayer, sino que hagamos realmente en consecuencia el interés  en las leyes que estamos aprobando en la materia.

Muchas gracias. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES:  Tenemos ahora la segunda lectura del dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia; de Defensa Nacional; de Estudios Legislativos; de Estudios Legislativos, Primera; y de Estudios Legislativos, Segunda, con Proyecto de Decreto por el que se reforman, derogan y adicionan diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Federal de Procedimientos Penales, y de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, en materia de justicia militar.

A este dictamen se le dio primera lectura hace unos momentos.

En consecuencia, consulte la Secretaría  a la Asamblea, en votación económica si autoriza que se dispense la segunda lectura del dictamen y se ponga a discusión de inmediato.

-LA C. SECRETARIA BARRERA TAPIA: Consulto a la Asamblea, en votación económica si autoriza que se dispense la segunda lectura  del anterior dictamen.

-Quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano. (La Asamblea asiente)

-Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano. (La Asamblea no asiente)

-Sí se dispensa la segunda lectura, señor Presidente.

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDARADE  En consecuencia, se concede el uso de la palabra al señor Senador Roberto Gil Zuarth, para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Justicia en términos de lo dispuesto por el artículo . . .

 

(Sigue 14ª parte)
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Se concede el uso de la palabra al Senador Roberto Gil Zuarth, para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Justicia en términos de lo dispuesto por el artículo 196 del Reglamento, hasta por 10 minutos.

-EL C. SENADOR ROBERTO GIL ZUARTH: Con su permiso, señor Presidente.

Honorable Asamblea;
Señoras senadoras;
Señores senadores:

El día de hoy es uno de esos buenos días del Congreso de la Unión, es uno de esos días donde se  reivindica y dignifica a la política, donde se privilegian los intereses de Estado, donde se hacen vigentes los derechos humanos y el patrimonio ético de la humanidad que ello constituye.

Presentamos el día de hoy al Pleno del Senado de la República un dictamen que comprende modificaciones a diversas disposiciones, entre ellas, al Código de Justicia Militar en cumplimiento de resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y de Sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Una discusión largamente procesada en el Senado de la República, que hoy afortunadamente llega a su conclusión.

Prácticamente, más de un año, este Senado de la República discutió la forma técnica de dar cauce a las resoluciones antes comentadas y hacer plenamente vigente el derecho de acceso a la justicia de las personas que tienen a la condición de civil frente a delitos cometidos por militares.

Debo reconocer, en primer lugar, el trabajo realizado por la Comisión de Justicia, por su Mesa Directiva, por la Senadora Arely Gómez, por el Senador Manuel Camacho Solís.

Debo también reconocer a los Presidentes de las Comisiones Codictaminadoras:

Al Senador Alejandro Encinas;
A la Senadora Angélica de la Peña;
Al Senador Fernando Yunes, porque este trabajo que hoy se presenta es producto de su responsabilidad, de su visión de Estado, pero sobre todo de su sensibilidad frente a la agenda y el expediente de los derechos humanos.

Debo también hacer un especial reconocimiento al cuerpo técnico de asesores que acompañó durante todo este tiempo a las comisiones dictaminadoras.

A la Secretaría Técnica de la Comisión de Justicia,
Marien Rivera Carrillo;
Jaime Chávez Alor;
Hugo Rosas de León,
Juaenedi Vizcaíno;
Gabriel Delgadillo;
Olivia Rubio;
Tomás Darío Pérez;
Mildred  León;
Fernando Soto.
Durante muchas horas, largas horas estuvieron explorando y construyendo soluciones, redacciones, y hoy el resultado que se presenta a este Pleno es producto de sus atinados consejos.

El contenido del dictamen le da solución al fuero militar.

Distintas Iniciativas se han presentado en esta legislatura y en otras.

Esta modificación no solamente es producto del trabajo político, sino también de un diálogo responsable y democrático con las fuerzas armadas.

Por primera vez en la historia de este parlamento comparecieron representantes de las fuerzas armadas en audiencia pública para intercambiar puntos de vista, técnicos y también institucionales sobre el contenido de esta política pública.

Nuestro reconocimiento también a las fuerzas armadas por su disposición, su participación, y sobre todo su contribución a este resultado.
El alcance del foro militar se encuentra comprendido en el artículo 57 del Código de Justicia Militar.

La propuesta de modificación que le hacemos hoy a su consideración implica lo siguiente:

Como regla general, se considerarán delitos contra la disciplina militar aquellos comprendidos en el libro segundo del código.

Sin embargo, se establece una excepción prevista en el artículo 337 que expresa: “Que las conductas establecidas en dicho libro segundo no serán considerados como delitos contra la disciplina militar cuando no se encuentren los militares en campaña.

Lo anterior es así, pues dichas conductas establecen desde su construcción típica a civiles como sujetos pasivos del delito.

Por tanto, si las conductas descritas en dicho libro segundo se llevaron a cabo cuando los militares no estuvieran en campaña y de ellas resultara en delitos común o federal serán juzgados siempre por tribunales federales ordinarios.

Serán también considerados como delitos contra la disciplina militar los delitos del orden común o federal cometidos por militares siempre y cuando no tenga la condición de civil el sujeto pasivo que reciente sobre su persona la afectación producida por la conducta delictiva, o la persona titular del bien jurídico opuesto en peligro por la acción o la omisión prevista en la ley penal como delito.

Es decir, nunca, en ningún caso, cuando una persona civil esté comprendida e implica en un delito cometido por militares, en ningún caso se juzgara en la jurisdicción militar, siempre serán juzgados en la jurisdicción civil.

Asimismo, se establece claramente un conjunto de modificaciones para adecuar el Código de Justicia Militar a los principios y los valores que rigen el sistema penal acusatorio.

Hemos revisado a cabalidad todas y cada uno de los dispositivos previsto en el Código de Justicia Militar, para que la presunción de inocencia y las reglas establecidas en el nuevo modelo de justicia penal también apliquen a los delitos contra la disciplina militar.

Hemos logrado  --señoras senadoras, señores senadores--  un equilibrio político de larga profundidad, y sobre todo de alcances inconmensurables.

Es un avance sustancial en la protección de los derechos humanos.

Es un avance sustancial en el reconocimiento de la universalidad de los derechos humanos y de la jurisdicción plena que tiene el sistema interamericano de derechos humanos en nuestro país.

Es una buena noticia para el Congreso de la Unión y para México el dictamen que hoy se presenta.

Ruego a todos ustedes su voto por la afirmativa, porque es una forma de honrar un compromiso del Estado mexicano con los derechos humanos, pero sobre todo un compromiso ético que tenemos quienes asumimos una responsabilidad pública con la protección y la vigencia de los derechos humanos en nuestro país.

Por su atención, muchísimas gracias. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Tiene ahora el uso de la tribuna el Senador Fernando Yunes Márquez, para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Defensa Nacional en términos de lo dispuesto por el artículo 196 del Reglamento, hasta por 10 minutos.

-EL C. SENADOR FERNANDO YUNES MARQUEZ: Con el permiso de la Presidencia.

Nuestro Código de Justicia Militar que data de 1933 no había tenido una reforma de largo alcance como la que se espera se apruebe hoy en este Senado.
Quiero empezar por reconocer a los integrantes de la Comisión de Defensa Nacional por su invaluable apoyo en la elaboración de este dictamen, y de manera especial a los Presidentes de las Comisiones de Justicia; y de Estudios Legislativos, Segunda: los Senadores Roberto Gil Zuarth; y Alejandro Encinas, por su incomparable esfuerzo por llevar y coordinar toda la elaboración de este dictamen.

De igual forma, reconozco la voluntad y el empeño mostrado por todas las senadoras y senadores integrantes de todas estas comisiones.

Quiero hacer un especial reconocimiento a las organizaciones de la sociedad civil, y académicos que participaron en las audiencias públicas. Sin sus aportaciones no hubiera sido posible la construcción de este documento.

Su apertura y capacidad de diálogo son, sin duda, un símbolo de que política y sociedad pueden converger para lograr acuerdos en beneficio de los ciudadanos.

De manera especial hago un sincero y respetuoso reconocimiento a las fuerzas armadas que comandan el General-Secretario Salvador Cienfuegos; y el Almirante Vidal Francisco Soberón, el haber girado instrucciones para que los representantes de sus dependencias acudieran a las audiencias públicas, así como a todas las reuniones para las cuales fueron convocados, nos llenan de orgullo porque se rompen viejos paradigmas.

Hoy las relaciones de las instituciones de las fuerzas armadas y el Senado de la República es grata y respetuosa, pero sobre todo de cooperación para construir las normas que rigen su organización interna.

Este dictamen no pudiera haber sido posible sin su apertura y capacidad de diálogo, así como sus invaluables conocimientos y experiencia expresados por los representantes que acudieron a dichos llamados.

El dictamen que hoy nos ocupa es producto de 8 iniciativas presentadas por distintos legisladores en la actual y pasadas legislaturas, así como por el pasado Poder Ejecutivo.

A partir de éstas, las Comisiones Unidas iniciaron un largo camino ya desde el año 2009 y en la actual legislatura, empezando el 2012, complicado, pero que se ha llegado a resultados muy positivos.

Recordemos que con todas estas iniciativas se tiene como objetivo común el cumplimiento de las obligaciones internacionales que ha adoptado el Estado mexicano en la materia; representa también el punto de partida hacia la armonización del sistema normativo de la materia producto de los criterios jurídicos emanados de tribunales nacionales e internacionales que obligaron al Poder Legislativo a atender, revisar y adecuar las normas que rigen la organización…

 

(Sigue 15ª parte)
…emanados de tribunales nacionales e internacionales, que obligaron al Poder Legislativo, a atender, revisar y adecuar las normas que rigen la organización militar del país.

Todas las iniciativas coinciden en que el punto de partida es el caso Rosendo Radilla Pacheco, en contra del Estado; misma que la Corte Interamericana de Derechos Humanos, determinó que la utilización de la jurisdicción penal militar, debía ser mínima, y debe encontrarse inspirada en los principios y garantías que rigen en el derecho penal moderno.

Posterior a este caso, surgieron otros cuatros, principalmente los que la Corte Interamericana, determinara prácticamente los mismos criterios y ordenó al Congreso de la Unión, a compatibilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar, con los estándares internacionales en la materia y la Convención Americana de Derechos Humanos.

Asimismo, determinó que las personas afectadas por la intervención del fuero militar, cuenten con un recurso efectivo, de impugnación de competencia.
A partir de estos criterios, así como los de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estas comisiones comenzaron el estudio y análisis del régimen de excepción, descrito en el artículo 13 de nuestra Carta Magna. Que establece, entre otras, que subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar; pero los tribunales militares, en ningún caso y por ningún motivo, podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército o Fuerzas Armadas.

Cuando en un delito o falta el orden militar, estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.

Respecto al fondo del dictamen, es importante señalar que se hicieron diversas reformas en distintos temas; pero el que más preocupa a las organizaciones de la sociedad civil, así como a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, es, por supuesto, el tema de fuero militar.

Al efecto, estas comisiones determinaron las siguientes conclusiones:

La actual redacción del artículo 57 fracción II del Código de Justicia Militar, resulta incompatible con lo dispuesto en el 13 constitucional, así como lo establecido por la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles.

Segundo. Frente a situaciones que vulneran derechos humanos de civiles, bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar.

De esta forma se delinean claramente los alcances del fuero militar, bajo tres directrices fundamentales:

Primero. En un estado democrático de derecho, la jurisdicción penal militar, debe tener un  alcance restrictivo y excepcional.

Segundo. Solo se debe juzgar a militares en activo, por la comisión de delitos y faltas, que por su naturaleza atenten contra bienes jurídicos propios del orden militar.

Tercero. La víctima civil tiene derecho a participar en el proceso penal, no solo para efectos de la reparación del daño, sino también para hacer efectivos sus derechos a la verdad y a la justicia.

En términos de la aplicación de la justicia, se determina que los Ministerios Públicos Militares, en cuanto tengan conocimiento de que la comisión de un delito se encuentre implicado un civil, deberán remitirlo a la justicia civil.

Por otra parte, se crea la figura de los Jueces de Ejecución de Sentencia, con la finalidad de atender el mandato del Constituyente Permanente, en la reforma del 18 de junio del año 2008.

Además, se modifica el término de “policía judicial ministerial” por “policía ministerial militar” y se establecen facultades específicas.

También se hace correctiva distinción, entre Secretaría de la Defensa Nacional y Secretaría de Marina, ya que anteriormente se hacía referencia a la Secretaría de Guerra y Marina, como una sola institución.

De igual forma se sustituye el término “pena corporal” por el de “pena privativa de la libertad”.

Esto para modernizar los conceptos y adecuarlos a las normas apegadas a los derechos humanos.

Por otra parte, el dictamen se pronuncia en favor de la presunción de inocencia, en lugar de partir de la presunción delictuosa.

Esto de conformidad a lo que establece el artículo 20, apartado B fracción I de la Constitución, en estos términos.
El sistema penitenciario militar, recibe también una reforma. Adecuándola a las normas actuales que prevalecen en nuestro país, para buscar que tengan una organización sobre la base del trabajo, capacitación, educación, salud, deporte y adiestramiento, con medios para mantener al sentenciado apto para el servicio militar, cuando regresar a sus actividades.

Por último, se deja clara que los militares que hayan sido sentenciados o a quienes se les haya impuesto prisión preventiva, puedan compurgar su pena en prisiones militares. Esto para proteger la seguridad del propio militar sentenciado.

Para que ocurra esto, el imputado deberá ser quien lo solicite al juez que instruya el proceso.

Estas son las modificaciones al Código Justicia Militar más relevantes, que sin duda alguna, lo llevan hacer un código más moderno, armonizado con las demás normas que nos rigen y, sobre todo, apegado a las opiniones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de la sociedad civil, que desde hace muchos años pedían que este código fuera reformado.

Los esfuerzos que han llevado a cabo las instituciones de las Fuerzas Armadas, al respecto, son importantes. Para que su actuación sea con respeto absoluto a los derechos humanos; esto les permitirá contar ahora, con un marco normativo que, sin duda, coadyuvará a que esos esfuerzos tengan frutos positivos.

Los senadores integrantes de las comisiones unidas y en especial de la comisión de Defensa Nacional, nos complacemos con este dictamen, en el que distintas ideologías convergieron, para construir una norma que tiene alances mayores y que provocará un cambio positivo, en la manera en la que se rige la disciplina militar de nuestras Fuerzas Armadas.

Una vez más, mi reconocimiento a las senadoras y senadores que participaron en la redacción de este dictamen. A la sociedad civil, que expresó sus inquietudes e hicieron aportes fundamentales para la construcción del mismo, así como a las instituciones de las Fuerzas Armadas, que se abrieron al diálogo y compartieron con nosotros.  Aquí en la casa del federalismo, sus opiniones, inquietudes, conocimientos y experiencia.

Todo ello, generó que hoy tengamos un documento apegado a las normas internacionales y nacionales, buscando en todo momento, la protección de los derechos humanos, tanto de militares como de civiles.

Es cuanta, presidenta. (Aplausos)

-LA C. PRESIDENTA HERRERA ANZALDO: Gracias, senador.

A nombre del Senado de la  República, esta Mesa Directiva da la más cordial bienvenida a personas provenientes del estado de Hidalgo, invitados por el senador Omar Fayad Meneses.

A personas provenientes del estado de Querétaro, invitadas por la senadora Marcela Torres Peimbert.

Y agradece la visita de los alumnos del Instituto Panamericano de Alta Dirección de Empresas, IPADE, invitados por el senador Jorge Luis Preciado Rodríguez.

Sean todos muy bienvenidos. (Aplausos)

Enseguida tiene el uso de la palabra el senador Alejandro Encinas Rodríguez, para presentar el dictamen a nombre de la comisión de Estudios Legislativos, Segunda, en términos de lo dispuesto por el artículo 196 del Reglamento, hasta por diez minutos.

-EL C. SENADOR ALEJANDRO ENCINAS RODRÍGUEZ: Muchas gracias, senadora presidenta.

Compañeras y compañeros senadores: Como bien lo ha señalado aquí el senador Roberto Gil, estamos ante la posibilidad de aprobar un dictamen, que va a modificar de manera sustantiva, lo dijo el senador Camacho, hoy por la mañana, las relaciones del Estado, de la sociedad, con las Fuerzas Armadas.

La propuesta de dictamen en materia de justicia militar, ha sido el resultado de un largo proceso de discusiones, que no se inició en esta legislatura. Es un tema que hemos venido abordando desde legislaturas anteriores, y prueba de ello es como, solamente, en la admisión de este dictamen, fueron consideradas ocho iniciativas, presentadas entre el período del 2009 y el año de 2013.

En cada una de estas iniciativas, se analizó con detenimiento su exposición de motivos. El marco normativo, que éstas buscaban modificar, se cotejaron las propuestas entre sí con la ley vigente y se llevó adelante un trabajo de construcción de acuerdos, que permitió el desarrollo de una muy amplia y vasta audiencia ciudadana, las cuales se llevaron a cabo entre el 24 de septiembre del año 2013 y el 24 de febrero del presente año, en el que participaron académicos, especialistas, representantes de organizaciones de la sociedad civil y hay que destacarlo, por primera vez en la historia del Congreso de la Unión, representantes de las Fuerzas Armadas participaron en una audiencia pública, a presentar sus propuestas, en un debate de cara a la Nación.

Esto indudablemente, amerita el reconocimiento por parte de los integrantes de las comisiones unidas, no solamente de la voluntad política, sino también de un cambio de actitud, profundo en los responsables de la Secretaría de la Defensa Nacional y la Secretaría de Marina, quienes han en todo momento, dado cuenta…


(SIGUE  16ª PARTE)
… y la Secretaría de Marina quienes han, en todo momento, dado cuenta de la disposición de construir una nueva relación entre el Poder Legislativo y estas áreas de las Fuerzas Armadas del Poder Ejecutivo en el país.

Por eso nuestro reconocimiento al titular de la Defensa Nacional, al Titular de la Secretaría de Marina, con quienes justamente el día de ayer comentábamos que hace ya algunos años siendo nosotros más jóvenes, difícilmente hubiéramos podido escuchar un discurso como el que hizo ayer el secretario de la Marina, reivindicando la democracia, la diversidad de ideas la pluralidad política que caracteriza no sólo al Congreso y a la nación, y cómo las Fuerzas Armadas son respetuosas de este rasgo característico y distintivo de nuestro país.

Quiero también hacer un reconocimiento a mis compañeras  y compañeros senadores de las Comisiones Unidas que participaron en este dictamen.

En especial y lo quiero destacar, quiero hacer un reconocimiento a la diligencia y al profesionalismo con el que el senador Roberto Gil condujo la coordinación del trabajo de las Comisiones Unidas que permitió construir este consenso.

Al igual que al senador Yunes, presidente de la Comisión de Defensa Nacional, a mi compañero Manuel Camacho Solís y mi compañera Arely Gómez de la Comisión de Justicia, y la participación abierta, clara, decidida de mi compañera Angélica de la Peña en su carácter de presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de este Senado de la República.

Con esta minuta no solamente se avanza en armonizar la legislación del Código de Justicia Militar con las reformas que se realizaron en el año 2011 en materia constitucional para elevar a rango constitucional los derechos humanos.

No sólo se avanza en regular la justicia para adolescentes que participan en las escuelas y colegios de las Fuerzas Armadas y tampoco se reducen a la actualización de los temas jurídicos que registran un profundo rezago.

Yo quiero destacar que la mayor importancia de esta Reforma es que toca un tema que durante muchos años fue un tema tabú en la vida de nuestro país y que prácticamente se eludía su discusión y que se había mantenido intocado desde la entrada en vigencia en 1934 en el Código de Justicia Militar que es el tema del fuero militar.

Y que efectivamente a raíz de la Reforma Constitucional en materia de derechos humanos, de la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos vinculadas con el caso Radilla Pacheco contra el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, emitida el 19 de mayo de 2011, donde señalaba la obligación del Estado mexicano para adoptar en un plazo razonable las reformas legislativas pertinentes para contabilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con los estándares internacionales en la materia y en caso con la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, representa un paso significativo que va a replantear la relación y el desarrollo de las funciones de las Fuerzas Armadas en nuestro país.

La historia del Ejército mexicano, tenemos que reconocerlo, es el producto de una larga lucha del pueblo de México por la defensa de su territorio e identidad nacional. El Ejército y La Marina son herederos de la tradición nacionalista de las Fuerzas Armadas que emergieron de una gesta social que emergió de la Revolución Mexicana.

Somos afortunados en contar con un Ejército popular que a diferencia de los Ejércitos de castas que conocimos en muchos países de América Latina, derivaron muchos de sus crisis políticas en golpes militares. Y afortunadamente el carácter popular de nuestras Fuerzas Armadas ha mantenido la vigencia de un valor nacionalista y de respeto a la vida interna, no sin lamentablemente algunos episodios oscuros que vinculados a la existencia del fuero militar, permitieron durante muchos años el mantener o encubrir violaciones graves a los derechos humanos de la población civil en nuestro país.

Hemos argumentado a lo largo del debate que la justicia militar en los términos actuales afecta el debido proceso por no provenir de una autoridad independiente, imparcial que garantice transparencia y rendición de cuentas.

También hemos señalado que no obedece esta autoridad a normas internacionales o de derechos humanos a los cuales con las reformas actuales debe atender también, ya que los tratados internacionales suscritos por el gobierno mexicano tienen el rango de ley en nuestro país.

En la actualidad las violaciones de derechos humanos en contra de civiles son juzgados por la justicia castrense, violando la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y contraviniendo el artículo 13 de nuestra Constitución. Por eso la importancia de rescatar el principio de igualdad de las personas ante la ley y la exigencia de la prohibición de leyes exclusivas o tribunales especiales con el objeto de que no puedan actuar a favor ni en contra de alguien y tiene su origen en la Declaración de los Derechos Humanos del Hombre desde 1789.

En nuestro país es en la Ley Orgánica de los Tribunales de la Nación del Distrito y territorios de noviembre de 1855, que se llamó la Ley Juárez, en donde se suprimen los tribunales especiales con excepción de los eclesiásticos y militares, y se establece desde entonces restricciones para conocer sobre los asuntos de civiles y se circunscriben a delitos puramente militares.

Este debate se dio en el Constituyente de 1917 cuando el General Mújica propuso la supresión de la figura del fuero militar que lamentablemente fue derrotada en ese debate.

Sin embargo, el artículo XIII de nuestra Constitución señaló con toda precisión que nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales, ninguna persona o corporación puede tener fuero ni gozar más que emolumentos que los que sean compensación de servicios públicos y estén fijados por la ley.

Subsiste el fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar, pero los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército.

Con la Reforma que hoy estamos discutiendo, este principio y norma constitucional cobra, por fin, plena vigencia.

Son muchos los temas que podríamos destacar entorno a la importancia de reivindicar la igualdad jurídica ante la ley para dictaminar cualquier tribunal especial, particularmente las emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos que señala en sus garantías judiciales el que toda persona tiene derecho a ser oída con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable por un juez o tribunal competente.

Estamos innegablemente a un avance, sí, a un avance importante, pero aún faltan todavía otros pasos que dar. Y el más importante, yo he insistido, es el lograr que el Ejército mexicano, que La Armada de México, deje de cumplir con funciones policiales que le corresponden a la autoridad pública, a la autoridad civil, y que pronto el Ejército regrese a sus cuarteles.

Hemos recibido posiciones críticas de las organizaciones sociales que no puedo omitir en esta presentación en donde han insistido y si bien también reconocen el avance que esto significa en que el fuero militar debe de dejar de ser un fuero personal y que la discusión sobre la jurisdicción militar se enmarque a una perspectiva más amplia de reforzamiento de los controles…..


(Sigue 17ª parte)
. . . . . . . . . ........personal, y que la discusión sobre la jurisdicción militar se enmarque una perspectiva más amplia de reforzamiento de los controles civiles sobre las fuerzas armadas, y esto implica que este Senado de la República debe analizar a fondo los mecanismos de control parlamentario, y una nueva relación con las fuerzas armadas.

Habrá, como están planteadas distintas organizaciones que revisar algunos temas que quedan remanentes en esta legislación, como es el caso de que por la, de la remanente en la inconvencionalidad extensión del fuero militar de su naturaleza personal al permitir que sigan siendo conocidos en la jurisdicción militar los delitos cometidos por militares contra pasivos castrenses que puedan constituir violaciones a derechos humanos.

Creo que son temas que debemos de reivindicar, reconociendo este avance, y espero que con la misma apertura, diligencia y profesionalismo con la que hemos construido este consenso, podamos dar otros pasos sustantivos.

Solamente quiero destacar, por último un dato que a mi juicio es importante.

Este tipo de reformas y modificaciones que se han registrado en otros países se han dado fundamentalmente en momentos de crisis políticas, después de golpes militares, del resultado de amplios movimientos sociales.

Hoy, si bien hoy tenemos una situación de excepciones en materia de seguridad pública, lo cierto es que hemos podido llegar a un acuerdo en tiempos de paz, y espero que esta relación que se replantea con las Fuerzas Armadas sea el inicio para que el Congreso de la Unión haga efectivas sus funciones de fiscalización y control sobre el conjunto del Poder Ejecutivo y abramos esta nueva relación y vínculo con las Fuerzas Armadas del país a las quienes refrendamos nuestro pleno reconocimiento.

Muchas gracias.

(APLAUSOS)

- EL C. PRESIDENTE SENADOR CERVANTES ANDRADE: Muchas gracias, senador. Tiene ahora el uso de la tribuna la Senadora Graciela Ortiz González para presentar el dictamen a nombre de la Comisión de Estudios Legislativos en términos de lo dispuesto por el Artículo 193 del Reglamento, hasta por diez minutos.

- LA C. SENADORA GRACIELA ORTIZ GONZALEZ: Muchas gracias, señor  Presidente, compañeras, compañeros senadores, este es un buen momento, como bien lo dijo nuestro compañero y amigo senador, Presidente de la Comisión de Justicia, Roberto Gil, este es un buen momento para el Senado, un momento en el que el Senado como integrante del Poder y del Estado Mexicano busca atender y acatar diversas obligaciones internacionales, y por supuesto, criterios sustentados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para allegar a que la jurisdicción penal milita se encuentre inspirada en los principios y garantías que rigen el derecho penal moderno, y se encamine, como se hace con este dictamen que les estamos sometiendo a su consideración a la protección de derechos jurídicos especiales vinculados a las funciones propias de las fuerzas militares.
En esta materia, el estado mexicano el día de  hoy adopta importantes obligaciones internacionales y en ese sentido el dictamen que presentamos resuelve también sobre ocho iniciativas presentadas por diversos legisladores, las cuales constituyeron un avance muy importante, hay que destacarlo para el cumplimiento de las obligaciones emanadas de los diversos tratados internacionales de los que México forma parte.

También de sentencias emitidas por los Tribunales Nacionales e Internacionales que imponen a México la armonización del sistema normativo en esa materia, sobre todo cuando se ven involucrados los derechos humanos de las personas.

El caso Radilla, fue el primero de cuatro asuntos resueltos por la Corte Interamericana en contra del estado mexicano, y le siguieron los fallos dictados en los casos: Inés Fernández Ortega; Valentina Rosendo  Cantú; Rodolfo Montiel Flores; y Teodoro Cabrera García, por lo que en el dictamen de las comisiones se refieren los criterios jurídicos relevantes emanados de las mismas.

Esto, desde luego con el propósito de evidenciar su evolución respecto al fuero castrense.

En el  mes de julio de 2011, lo recordamos bien la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició una discusión acerca de la aplicación de la jurisdicción militar en México.

Dicha discusión se dio en el contexto de una consulta a trámite introducida por el Presidente de la Corte sobre las obligaciones del Poder Judicial  en relación con la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, particularmente a causa de la sentencia emitida en noviembre de 2009, sobre el caso de Rosendo Padilla Pacheco.

El criterio establecido en aquella ocasión por la Suprema Corte dejó claro que bajo ninguna circunstancia la jurisdicción militar puede ser válida cuando se encuentren involucrados civiles en violaciones a los derechos humanos.

La Suprema Corte estableció su competencia para resolver los casos en los que exista un conflicto entre las jurisdicciones militar y civil, y clarificó su facultad de aplicar la competencia original en aquellos casos en que exista un conflicto jurisdiccional entre autoridades civiles y militares emanado de casos de violaciones de derechos humanos cometidos por las Fuerzas Armadas.

Estos resolutivos resultaron de trascendencia histórica y sentaron un precedente de primera importancia  en la interpretación y  las decisiones que asumirán en el futuro las autoridades jurisdiccionales del país en temas claves de la protección de los derechos humanos de todas las personas tales como el carácter obligatorio de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la conformidad de las sentencias del Poder Judicial con lo dispuesto en la Constitución y los tratados internacionales en materia de derechos humanos, así como la prohibición de aplicar la jurisdicción militar a casos en los que se hallen involucrados civiles.

Estos criterios fundamentales han servido de sustento al dictamen aprobado por las Comisiones Unidas que encuentran su base en el Artículo 13 de nuestra Constitución Federal que claramente dispone: Que los tribunales militares, en ningún caso, y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al ejército, y cuando en un delito o falta del orden militar estuviese implicado un civil, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que no es necesario modificar el contenido normativo del Artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pero señaló que su interpretación debe ser coherente con los principios convencionales y constitucionales de debido proceso y acceso a la justicia, contenidos en nuestra propia constitución y en el Artículo 8.1 de la citada Convención Americana.

Asimismo, se tomaron en cuenta las recomendaciones emitidas por los organismos de derechos humanos del sistema universal de Naciones Unidas sobre la restricción al fuero militar como las dirigidas al estado mexicano por el Comité de Derechos Humanos, órgano creado para supervisar la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Las derivadas de las recomendaciones del Comité Contra la Tortura, y otros tratos o penas crueles, entre otros, no menos importantes que se consideran en el propio dictamen que está siendo sometido a la consideración de este pleno.

A fin de adecuar el marco  jurídico nacional  a las mejores prácticas internacionales en la materia, en este proceso de dictaminación se cotejó la compatibilidad con dos instrumentos internacionales fundamentales, el proyecto de principios sobre la administración de justicia para los tribunales militares emitido durante su LXII Período de Sesiones por la Comisión de Derechos Humanos de la ONU en enero de 2006.

Y, dos, mejores prácticas de la legislación penal nacional en materia de desaparición forzada de personas emitido durante el XIV Período de Sesiones por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de la ONU en diciembre de.......

 

(Sigue 18ª. Parte)
…por el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de la ONU en diciembre de 2010.
Dentro de este contexto, y con el propósito de arribar a un documento que diera cumplimiento al Constitucional, a la jurisprudencia y sentencia relevante, y que además incluyera las visiones desde quienes desde el ámbito militar, académico, y de las organizaciones civiles que tienen interés en esta reforma, se organizaron por las comisiones sustantivas múltiples foros y audiencias que sirvieron para enriquecer la perspectiva del proyecto de dictamen que ahora se presenta mejor consolidado y con elementos suficientes para que este Pleno proceda a su aprobación en los términos que han sido aquí propuestos.
Por estas razones, compañeras y compañeros, como Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, y agradeciendo a los integrantes de esta Comisión el apoyo que se dio a las tareas deliberativas y de aprobación de este dictamen, es que con convicción del paso que estamos dando sabemos que es trascendental para armonizar nuestra legislación en materia de justicia militar, a los compromisos internacionales asumidos por el Estado mexicano, y que este dictamen asegura que la dirección que debe seguir este Poder Legislativo en este importante tema es el correcto.
Este, bien lo dijo Roberto Gil, este es un buen momento del Senado Mexicano.
Muchas gracias por su atención. (Aplausos)
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, Senadora.
-Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 197 del Reglamento, procederemos a los posicionamientos de los grupos parlamentarios, los cuales, tal y como lo establece el artículo 199 numeral uno, fracción II del Reglamento, serán en orden creciente.
-Tiene el uso de la tribuna la Senadora Angélica de la Peña Gómez, por el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, hasta por cinco minutos.
-LA C. SENADORA ANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZ: Con su permiso, señor Presidente.
Señoras senadoras; señores senadores:
Quiero comenzar mi intervención reconociendo el trabajo, la voluntad política y el compromiso de distintos senadores y senadoras, y por supuesto de manera muy relevante la conducción del Senador Roberto Gil como Presidente de la Comisión de Justicia; del Senador Alejandro Encinas, Presidente de la Comisión de Estudios Legislativos, Segunda; y por supuesto de quienes integran la directiva de la Comisión de Justicia, la Senadora Arely Gómez y el Senador Manuel Camacho, y por supuesto también la decisión imprescindible del Presidente de la Comisión de Defensa, el Senador Fernando Yunes y el Senador Gracia.
También es importante destacar desde esta tribuna el trabajo de coordinación, de pulcritud en los análisis en todo lo que necesitamos por parte de los equipos técnicos, de quienes acabo de mencionar cada una y cada uno, y por supuesto también el equipo técnico de la Comisión de Derechos Humanos. Siempre tuvieron un ánimo constructivo, presto, propositito y dirigente, que es importante destacar en la conclusión de un trabajo legislativo, como el que hoy estamos presentando.
También debo destacar que se está dictaminando la iniciativa que presenté referente a adolescentes que estudian en las escuelas castrenses y que se ven involucrados en afrentas contra la Ley Penal, sin lugar a dudas.
Quiero destacar que el dictamen, por ser relevante, que estamos por aprobar es quizás uno de los asuntos más relevantes de los cuales habrá de hacerse cargo esta Legislatura. El 25 de agosto de 1974, Rosendo Radilla Pacheco, de 60 años de edad, fue detenido en un retén militar.
Al momento de la detención los elementos militares le dijeron que quedaba detenido por componer corridos. Los elementos del Ejército Mexicano lo ingresaron a estalaciones militares siendo éste el último dato de su paradero.
Transcurridos más de 35 años, desde la fecha de detención del señor Radilla Pacheco, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió, en 2009, que existían suficientes elementos de convicción para considerar que el señor Radilla Pacheco perdió al vida en manos de los miembros del Ejército Mexicano. Y estableció, comillas, “Los actos delictivos cometidos por una persona que ostente la calidad de militar en activo, que no afecten los bienes jurídicos de la esfera militar, deberán ser juzgados por tribunales ordinarios. Frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar.
Debido a la naturaleza del crimen, así como el bien jurídico lesionado en el caso Radilla la jurisdicción penal militar no es el fuero competente para investigar, y, en su caso, juzgar y sancionar a los autores de violaciones de derechos humanos, el procesamiento de los responsables corresponde a la justicia ordinaria.
Cuando tribunales militares conocen de altos constitutivos de violaciones de derechos humanos contra civiles ejercen jurisdicción no solamente respecto del imputado, sino también sobre la víctima civil, quien tiene derecho a participar en el proceso penal no sólo para efectos de la reparación del daño, sino también para hacer efectivos sus derechos a la verdad y a la justicia, cierro comillas”.
Por lo tanto, en Estado mexicano deberá adoptar reformas legislativas para:
a) Compatibilizar el artículo 57 del Código de Justicia Militar con los estándares internacionales en la materia y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
b) Compatibilizar el artículo 215 inciso a) del Código Penal Federal con los estándares internacionales en la materia y de la Convención Americana sobre Desaparición Forzada de Personas.
Por su parte, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró, sentenció en 2011 que, comillas, “frente a situaciones que vulneren derechos humanos de civiles bajo ninguna circunstancia puede operar la jurisdicción militar. El Poder Judicial de la Federación debe ejercer un control de constitucionalidad, de convencionalidad ex oficio respecto del artículo 57 fracción II del Código de Justicia Militar, ya que su actual redacción es incompatible con lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, cierro comillas”.
La trascendencia de la reforma que habremos de enviar a la Colegisladora posee un matiz histórico, y trastoca uno de los temas más controvertidos par la conciencia y la memoria nacional. El papel de las Fuerzas Armadas en la lucha contra la delincuencia en nuestro país y las innegables e inocultables violaciones a los derechos humanos, cometidas por integrantes del Ejército y la Marina, violaciones contra los derechos humanos de civiles, pero también de militares, ha revivido las discusiones sobre algunas de las etapas más oscuras de nuestras Fuerzas Armadas, las cuales han obedecido a la lógica de un comandante supremo, que es el Presidente de la República en turno, así es, así lo dice la Constitución.
Por ello, estas modificaciones al Código de Justicia Militar…

(SIGUE 19ª PARTE)
....  así es, así lo dice la Constitución.

Por ello estas modificaciones al Código de Justicia Militar deben de ser evaluadas en su justa dimensión, y deben ser entendidas como el resultado de un proceso evolutivo, pero no exclusivamente entre el ámbito civil y el ámbito militar, sino entre el mundo de la justicia y el mundo de la complicidad.

Entre el mundo de la vigencia de los derechos humanos y el de la impunidad, y esto debe quedar muy claro. Lo que hoy votaremos no es una concesión, ni tampoco un acto de buena voluntad, hay un mandato de una Corte Internacional que nos obliga,  esa es nuestra responsabilidad, y para atender cómo es que llegamos hasta este punto, es importante reiterar que el caso Radilla fue el primero, como aquí se ha mencionado, de cuatro resueltos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado Mexicano.

El caso de Inés Fernández Ortega, el de Valentina Rosenda Cantú, y el de Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García, de ahí la importancia de tener en cuenta y no perder de vista los criterios jurídicos relevantes de las sentencias posteriores al caso Radilla, para dar cuenta de la evolución de los criterios internacionales con respecto al fuero castrense, mismos que efectivamente, y sin desperdicio fueron recogidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sentando las bases para la expedición de un paradigma en la historia judicial mexicana.

Esta es la primera vez que una sentencia, dictada por un Tribunal Internacional contra el Estado Mexicano, tuvo como consecuencia el adoptar los criterios vertidos en la misma, en las resoluciones de los jueces nacionales,  y ahora es esa misma sentencia la que guía y define el espíritu de esta importante reforma legislativa que hoy ponemos a su consideración.

Las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, deben sumar la importante contribución de las organizaciones de la sociedad civil que nos han acompañado, sin duda, porque su participación contribuye un valor agregado que fortaleció este proceso, y las quiero mencionar:

El Centro de Derechos Humanos, Miguel Agustín “Pro”, Centro de Derechos Humanos de la Montaña, “Tlachinolan”;  la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, Fundar, Centro de Análisis e Investigación, y el Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, así como Amnistía Internacional y, por supuesto, con la discreción que conlleva la representatividad que tiene conferida como un órgano de Naciones Unidas, la presencia de la Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

Y es precisamente por esta razón que en mi calidad de senadora y también de presidenta de la Comisión de Derechos Humanos,  y por supuesto como parte del grupo parlamentario del PRD, estoy obligada a señalarlo, que las organizaciones de la sociedad civil, que son las que han litigado y ganado los juicios ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, han manifestado públicamente que si bien el producto final de esta reforma constituye un gran paso en el sentido correcto, aun persisten elementos en el Código de Justicia Militar que impedirán, esgrimen, que nuestro país cumpla cabalmente con la sentencias de la Corte Interamericana.

Ayer mismo, tuvimos en el Senado de la República una reunión de trabajo con el Relator de Naciones Unidas en materia de tortura, que nos alertó sobre la importancia y la urgencia de que revisemos el papel de nuestras fuerzas armadas en temas como la tortura, el secuestro, las desapariciones forzadas, las ejecuciones extrajudiciales, ayer mismo.

En mi perspectiva, y en eso efectivamente fundamento mi voto también a favor, junto con el del grupo parlamentario del PRD, quedamos obligados a emprender una revisión integrada al Código de Justicia Militar, que nos permita dotar al Estado Mexicano de un sistema regulatorio de sus fuerzas armadas acorde al México de nuestros tiempos, no podemos y no debemos permitir que una de las instituciones del Estado Mexicano, más importante, siga deteriorándose; no podemos y no debemos permitir que las violaciones a los derechos humanos por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, sigan la principal, sigan siendo la principal carta de presentación de México ante la Comunidad Internacional.

Este será el reto que enfrentaremos en los próximos meses, y la guía con la que habremos de diseñar el nuevo Código de Justicia Militar, acorde a la reforma 2008,  y a la del 2011. Debemos dar por concluido, y de una vez por todas el falso debate entre la protección de disciplina militar como pretexto, para no garantizar los derechos humanos.

Termino, debemos desmantelar las añejas estructuras que impiden que las fuerzas armadas de nuestro país den el salto hacia un México distinto al de 1968. Tenemos que caminar hacia el México democrático y garante integral de los derechos humanos.

Desde aquí mi reconocimiento por su voluntad al señor general Salvador Cienfuegos. Es cuanto. (Aplausos).

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, senadora. Tiene el uso de la tribuna el senador Carlos Puente del grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México. Hasta por cinco minutos senador.

-EL C. SENADOR CARLOS PUENTE SALAS:   Muchas gracias, con la venia de la presidencia, compañeras y compañeros, este Senado de la República da un paso más en materia de justicia y de derechos humanos. El dictamen que se encuentra el día de hoy a discusión, representa un avance entre la relación de civiles y militares; la Justicia Milita se moderniza, logrando un equilibrio entre el respeto a los derechos humanos, y el respeto a la disciplina militar.

La reforma incluye las resoluciones de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, como parte de los compromisos adquiridos por el Estado Mexicano en el ámbito internacional, poniendo de manifiesto la voluntad política que bajo el contexto constitucional fortalezca a las fuerzas armadas como instituciones leales a los principios democráticos y de transparencia que demanda la sociedad.

Con la reforma se harán efectivos los principios constitucionales en materia de procuración y administración de justicia, relacionados con el Sistema Penitenciario, se delimitan claramente las funciones del Ministerio Público y la Policía Judicial Militar, y establece nuevas formas y modalidades de las denuncias acorde a los avances de la tecnología.

A partir de ahora ningún civil podrá quedar sujeto a la jurisdicción militar, así mismo todo integrante de las Fuerzas Armadas de México que cometa un delito contará con la certeza jurídica de que será investigado, respetando los principios del debido proceso, y haciendo válidas en todo momento sus garantías.

Esta reforma consolida las modificaciones constitucionales en materia de impartición de justicia y derechos humanos, de los años 2008 y 2011, respectivamente. En este sentido el dictamen establece la figura del juez de ejecución en materia militar, con ello se garantiza que el sentenciado tenga una efectiva compurgación de su pena, toda vez que el juez de ejecución vigilará y garantizará el respeto a sus derechos de acceso a ...

(Sigue 20ª. Parte)
. . . tenga una efectiva compurgación de su pena, toda vez que el Juez de Ejecución vigilará y garantizará  el respeto a sus derechos y acceso a sus beneficios como sentenciado.

La reforma a la Justicia militar se logró con la participación y colaboración de diversas instituciones.

Destaco especialmente la disposición de diálogo y voluntad política de los diversos grupos parlamentarios representados en este Senado de la República.

Por ello, quiero reconocer también la labor de los senadores  integrantes  de las comisiones en el proceso de dictaminación de las  ocho iniciativas en materia de disciplina militar.

Un ejercicio transparente de discusión y análisis en el que participaron académicos, organizaciones de la sociedad  civil,  y representantes de las fuerzas armadas para elaborar un instrumento legislativo que moderniza el fuero militar.

Extiendo, especial reconocimiento a la Secretaría de la Defensa Nacional y de la Secretaría de Marina por su disposición y sensibilidad  para participar en el proceso de dictaminación.  Con su presencia inédita en este Senado de la República demostraron su compromiso  con el respeto a los derechos humanos.

Por su atención, muchas gracias.

Es cuanto, señor Presidente.

 -EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDARADE: Gracias Senador.

Tiene el uso de la palabra la Senadora María del Pilar Ortega Martínez, del Grupo Parlamentario del PAN.

Por favor, Senadora, hasta por cinco minutos.

-LA C. SENADORA MARIA DEL PILAR ORTEGA MARTINEZ:  Con su permiso, Presidente.

Compañeras y compañeros senadores, para el Grupo Parlamentario del PAN, el dictamen que estamos por aprobar es, sin lugar a dudas, uno de los de mayor trascendencia para nuestro marco jurídico y representa un cambio paradigmático -y yo diría histórico- en el avance hacia un estado  democrático con pleno respeto a los derechos humanos que garantice a través de su sistema de justicia su plena protección.

Felicito el trabajo de las Comisiones Unidas que hoy nos presentan este  dictamen y que refleja un esfuerzo legislativo que desde el año pasado comenzó en este Senado atendiendo las voces  de todos los involucrados en un ejercicio transparente y plural como son las audiencias públicas.

Reconozco también el trabajo particularmente  del Senador Roberto Gil Zuarth, Presidente de la Comisión de Justicia y del Senador Alejandro Encinas,  en la articulación de todo este proceso transparente y de cara  a la sociedad.

Nuestro reconocimiento, por supuesto a las organizaciones  de la sociedad civil y a los representantes de las fuerzas armadas quienes en estas audiencias públicas, en un diálogo  franco y amplio  de cara a la sociedad, generaron un debate que tuvo como consecuencia el dictamen que hoy se pone  a su consideración.

La impartición y procuración de justicia lleva implícita una tarea fundamental como lo es la garantía de protección de los derechos humanos.

Por ello es necesario la existencia de tribunales imparciales que respeten las normas del debido proceso para lograr este objetivo.

En este sentido, la justicia militar  ha sido uno de los rubros  de la administración de justicia que en su estructura y funcionamiento representa grandes retos.

Sin duda una de las grandes polémicas alrededor  de este tenor radicaba en que tal parecía que la competencia de los tribunales militares era tan amplia, que todo delito cometido por un militar entraba dentro de la misma.

Esta reforma constituye el primer paso  legislativo hacia el cumplimiento de las obligaciones  internacionales de nuestro país en materia de derechos humanos.

Representa también un punto de partida hacia una armonización de nuestro sistema jurídico a través de la evolución de los criterios jurídicos emanados  tanto de tribunales nacionales como de tribunales internacionales.

El Senado de la República cumple hoy con una obligación fundamental de revisar y adecuar las normas  que rigen la vida  democrática del país,  y adecuarlos a las realidades que hoy vive nuestro país y el entorno internacional  en materia de derechos humanos.

Es importante recordar en este caso,  la declaración que hizo la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Rosendo Padilla y en donde se señaló por la misma Corte que para que un estado que conserve la jurisdicción penal militar, la utilización de la misma debe ser mínima y debe encontrarse inspirada en los principios y garantías  que rigen el derecho penal moderno.

Esta reforma implica  una adecuación del marco jurídico nacional a las mejores prácticas internacionales en la materia.

Las iniciativas que hoy se dictaminan y se ponen a consideración de esta soberanía, tenían como objetivo el dar cumplimiento  a las obligaciones que resultaron de las diversas resoluciones emitidas por tribunales nacionales  e internacionales respecto de la configuración de  la jurisdicción militar  en México.

En ese sentido debemos destacar  que en el corazón de esta reforma están las modificaciones  al artículo 57 de el Código de Justicia Militar.

El Grupo Parlamentario de Acción Nacional votará a favor del presente  dictamen, porque se encamina a la construcción de un México más democrático, porque con esta reforma México avanza  hacia el cumplimiento de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.

Porque esta reforma fortalece el respeto  a los derechos humanos de militares y civiles, porque esta reforma plantea un sistema moderno y democrático en la relación de la sociedad  y las fuerzas armadas.

Porque esta reforma fortalece el sistema de administración e impartición de justicia al marcar límites al fuero militar mismas que están orientados al pleno respeto de los derechos humanos tanto de civiles como de militares.

Es cuanto, señor Presidente.

 -EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDARADE: Gracias Senadora.

Tiene el uso de la tribuna la Senadora Arely Gómez González, del Grupo Parlamentario del PRI.

Por favor, Senador.

-LA C. SENADORA ARELY GOMEZ GONZALEZ:  Con su venia, señor Presidente.

Compañeras y compañeros senadores,  tenemos una gran deuda pendiente con la justicia y con los derechos humanos, ha llegado el momento de realizar  nuestra aportación al cumplimiento de las sentencias  de la Suprema Corte d Justicia de la Nación, de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos y de las recomendaciones  del Sistema Internacional de Derechos Humanos en materia de justicia militar.

Es también el momento de responder a víctimas como Rosendo Radilla Pacheco,  Inés Fernández Ortega,  Valentina Rosendo Cantú, Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García, que llevaron sus casos al sistema interamericano de Protección de Derechos Humanos por no encontrar justicia al interior del estado.

En el Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional estamos convencidos de hacer de México  una verdadera sociedad de derechos en beneficio de todos los mexicanos.

El dictamen que se somete a su consideración trata de uno de los tema más sensibles para la sociedad, el desarrollo del país  en el último siglo nos explica sin la lealtad, sin  su contribución   de nuestras fuerzas armadas, no se entiende sin la presencia del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada de México en toda la República y por esto, es necesario modernizar  y mantener la integridad de esta importante institución.

Nuestras fuerzas armadas juegan un papel esencial dentro del contexto de la defensa exterior de la federación, a fin de preservar la integridad, la independencia y la soberanía de la nación, así como coadyuvar en la  seguridad interior del país para mantener el orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno.

Con las reformas y adiciones que se . . .

(Sigue 21ª parte)
…mantener el orden constitucional y el fortalecimiento de las instituciones democráticas de gobierno.

Con las reformas y adiciones que se presentan, se busca una justicia militar a la altura de nuestros tiempos y desafíos; una justicia, que además de salvaguardar uno de los pilares fundamentales de la milicia, es decir, la disciplina militar, sea en todo tiempo respetuosa de los derechos humanos de los civiles.

Este dictamen se construyó de manera plural con la participación de los sectores involucrados en el tema.

Se llevaron audiencias públicas en las que escuchamos a 28 personas, entre académicos y expertos, representantes de organizaciones de la sociedad civil y fuerzas armadas.

Fue histórico y fundamental escuchar y contar con la participación, no sólo en las audiencias, sino a lo largo de todo el proceso de dictaminación, de representantes de las fuerzas armadas, y al mismo tiempo organizaciones de la sociedad civil comprometidas con estos asuntos.
Por primera vez, para este tema, se escuchó en audiencias y de cerca a las fuerzas armadas, conociendo las serias implicaciones de cada uno de los cambios planteados, a todos ellos mi especial agradecimiento.

Este dictamen recoge la labor de poco más de un año, pero sobre todo da muestra que no hay posturas irreconciliables.

Logramos una vez más el consenso que muchos creían imposible, porque estamos trabajando con un objetivo en común: un mejor México.

Se tomaron en cuenta 8 iniciativas de esta legislatura y de la pasada.

El dictamen contempla un proyecto integral de modernización de la justicia militar.

Se puede dividir en 4 grandes temas: cumplimiento de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Suprema Corte de Justicia de la Nación, y recomendaciones del Sistema Internacional de Derechos Humanos; adecuación de una parte de la reforma constitucional en materia de justicia penal del 18 de junio de 2018, y justicia para adolescentes y actualización terminológica.

A pesar de que todos los cambios, reflejados en más de 100 artículos del Código de Justicia Militar, son importantes, el más relevante es la modificación al artículo 57 para restringir la jurisdicción militar.

La Corte Interamericana condenó a Rosendo Radilla, Inés y Valentina, y de los campesinos ecologistas, a que cuando se afectara a un civil no conociera la jurisdicción militar, sino la jurisdicción civil, así queda en este dictamen.

Se garantizan derechos consagrados, tanto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

Se satisfacen las garantías judiciales, el derecho al debido proceso a través de la garantía del juez natural. Esto significa que cuando un militar cometa un delito contra un civil, en su persona o en alguno de sus bienes jurídicos, conocerá la jurisdicción civil.

No se debe dejar de reconocer que las fuerzas armadas ya realizaban esto en la práctica, a partir de la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la que se declaró inconstitucional el inciso a) de la fracción II del artículo 57 y se realizó una restricción interpretativa a los alcances de la jurisdicción militar, la Procuraduría de Justicia Militar ha trabajando de esta misma manera, acatando estos principios y declinando competencia a la Procuraduría General de la República en 404 indagatorias.

Antes de concluir quiero reconocer públicamente al Senador Roberto Gil por su conducción.

Al Senador Manuel Camacho Solís, por su sensibilidad.

Al Senador Alejandro Encinas, por su gran compromiso, claves todos para la conclusión de este dictamen.

Reconozco también el activo interés de la Senadora Angélica de la Peña como promovente de una de las iniciativas dictaminadas.

No puedo dejar de agradecer y reconocer la disposición de las fuerzas armadas, de nuestra Secretaría de Defensa y de nuestra Secretaría de Marina, que en todo momento mantuvieron un diálogo abierto para el buen término de esta reforma.

Por último, y no por eso menos importante, agradezco el trabajo, compromiso y dedicación de organizaciones de la sociedad civil, Tlalchitonatiuh Santiago;

Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia, Micalela;

Fundar, Jacqueline;

Centro de Derechos Humanos  “Miguel Agustín Pro Juárez”, Stephanie y,

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos, José Antonio y Sara.

Agradezco también el trabajo y seguimiento puntual de la oficina en México del Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Javier Alan, y Leonardo.

Agradezco también el trabajo profesional, eficiente, dedicado de la Secretaria Técnica de la Comisión de Justicia, Marien Rivera, así como del grupo de asesores de los senadores que participamos en esta Iniciativa:

Juaenedi Vizcaíno;
Hugo Rosas;
Tomás Darío y,
Jaime Chávez Alor.

Senadoras y senadores:

El Grupo Parlamentario del PRI votará a favor de estas importantes y trascendentes reformas.
No debemos esperar más para cumplir con nuestras obligaciones internacionales, pero sobre todo, no debemos demorar el acceso pleno a la justicia de civiles que se puedan ver afectados.

Uno de los compromisos del Presidente Enrique Peña Nieto es lograr un México en paz, y esto solamente es posible gracias a la labor de unas fuerzas armadas, que hoy como siempre van de la mano con México.

El carácter social de las fuerzas armadas las identifica como un ejército de paz, por su entrega y compromiso con el pueblo de México en caso de necesidades públicas, así mismo, por el apoyo inmediato a la población en casos de desastres, lo que les ha valido el reconocimiento íntegro y el aprecio de la ciudadanía.

Es por ello que el día de hoy daremos un gran paso para mantener su prestigio y modernizar la justicia militar de nuestro país.

Muchas gracias. (Aplausos).
-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Gracias, Senadora.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 199, numeral I, fracción III del Reglamento, informo a la Asamblea que para la discusión en general de este dictamen, se han inscrito los siguientes oradores:

El Senador Benjamín Robles Montoya;
El Senador Demédicis.

-Tiene el uso de la palabra el Senador Benjamín Robles Montoya, del PRD.

-EL C. SENADOR ANGEL BENJAMIN ROBLES MONTOYA: Gracias, Senador-Presidente.

Compañeras y compañeros senadores:

Como aquí se ha expresado, para el Grupo Parlamentario del PRD este dictamen no representa solamente una adecuación a la legislación militar del sistema de justicia acusatorio. Para nosotros la relevancia de este dictamen va mucho más allá.

La reforma al fuero militar ha sido permanentemente un tema de nuestra agenda política, un tema de nuestra agenda legislativa.

Ha sido una lucha de años, de décadas, incluso, en contra de un paradigma profundamente arraigado, pero que evidentemente ya era insostenible, tan insostenible que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado mexicano a modificarlo.

Y es precisamente por esa lucha añeja del PRD por reformar el fuero militar que hoy celebramos y sentimos esta reforma como un logro.

Reconocemos, sí lo quiero subrayar, el valor institucional de las fuerzas armadas para nuestro país, pero también hemos sido críticos de su actuación, porque las violaciones a los derechos humanos provenientes de las instituciones que están para servir a México y a los mexicanos, son evidentemente inaceptables.

Hoy, sin embargo, superamos un paradigma, y hago por eso también un llamado a las fuerzas armadas para que el ejército y la Marina Armada lo superen también.

Que cada soldado, que cada marino, que cada general…

 

(Sigue 22ª parte)
…para que el Ejército y la Marina Armada, lo superen también.

Queda cada soldado, que cada marino, que cada general, que cada almirante, comprenda con convicción, que una reforma como ésta, no pretende vulnerar a la disciplina militar, ni debilitar institucionalmente a las Fuerzas Armadas, sino al contrario, pretende fortalecerla.

Porque para acercarlas a los mexicano, no basta con organizar exposiciones o desfiles. No. Creo que hace falta un compromiso claro con la sociedad, de sancionar a los elementos que deshonran esos principios, de conducirse siempre con pleno respeto, a los derechos humanos.

El Ejército y la Marina, son sin duda, dos de las instituciones de mayor reconocimiento y respeto que generan entre los ciudadanos.

Y por eso creo que es muy importante, mantener ese prestigio y evitar que se siga manchando, con más casos de asesinatos, de desapariciones forzadas, de abusos de autoridad o de tortura.

México tiene que cambiar, sin duda.  Y las Fuerzas Armadas no deben quedarse atrás en ese proceso.

Por eso, este proyecto representa para nosotros un gran avance y así lo enarbolamos, aunque también reconocemos que hay cosas que se pueden mejorar. Y por ello, sin duda, debemos seguir avanzando.

Reitero, como aquí se ha expresado, nuestra felicitación a todas las comisiones unidas, por el arduo proceso que culmina con la presentación de este dictamen. Y por supuesto que también felicito a las ONG´s, que al igual que nosotros, han luchado durante muchos años, por llevar a cabo una reforma al fuero militar.

Es cuanto, senador presidente. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, senador Benjamín Robles Montoya y, sobre todo, su respeto, desde luego, al tiempo.

A continuación se le concede el uso de la palabra al senador Fidel Demédicis Hidalgo, tiene el uso de la palabra, hasta por cinco minutos, senador.

-EL C. SENADOR FIDEL DEMÉDICIS HIDALGO: Con su venia, compañero presidente.

Compañeros senadores, compañeras senadoras: Desde el año 2010, el Ejército es la institución que más viola los derechos humanos, según la Comisión Nacional de Derechos Humanos.

Pero no solo es el planteamiento de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, es un sentimiento generalizado de nuestro pueblo, ya que en la guerra que el anterior mandatario de la República impulsó contra el narcotráfico, fueron muchos los civiles que fueron afectados por el Ejército Mexicano.

Hubo detenciones arbitrarias, hubo asesinatos en retenes, hubo torturas y muchas y muchas desapariciones forzadas.

El pueblo insiste en que al gobierno ha permitido, de forma rutinaria, que el Ejército se investigue a sí mismo, a través de su propio sistema militar de justicia, que solo conduce a la impunidad.

Estos son los sentimientos de nuestro pueblo. Ante estos reclamos, hoy el Senado de la República, está discutiendo y estoy convencido que aprobará de manera unánime la reforma al Código de Justicia Militar, con la intención de darle una satisfacción a la nación.

Con la intención de reivindicar a una de las instituciones más noble de la República, como es el Ejército Mexicano, y con la intención de acabar con la impunidad que se reclama que ha tenido el Ejército de México.

Sin duda, que esta reforma al Código de Justicia Militar, que son a partir de la recomendación que hace la Comisión Internacional… perdón, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, por el caso de Rosendo Radilla, en donde recomienda que se modifique el artículo 57 del Código de Justicia Militar, el 15 de diciembre de 2009, es un parteaguas en la historia de la justicia militar en México.

Muchos casos son en donde el Ejército de México ha agraviado a la sociedad mexicana. 

En Morelos recordamos el caso del ciudadano Jethro Ramsés  Sánchez Santana, que fue detenido por la policía militar de Cuernavaca, fue entregado a la policía federal y luego la policía federal se lo entregó al Ejército Mexicano, sin que hubiese de por medio ninguna, ningún documento que acreditara que el ciudadano Jethro Ramsés Sánchez Santana, iba en  condiciones sanas al ser entregado, ni a la policía federal ni a los militares.

Resultado: El joven Jethro Ramsés Sánchez Santana, apareció muerto en Atlixco, Puebla, algunos días después, y lo más grave, lo más grave, es que lo enterraron vivo.

Gracias, gracias a la presión de la sociedad morelense. Gracias a las determinaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el sentido, de que este caso debía de ser juzgado por la justicia militar. Estos militares hoy están en la cárcel.

Uno de ellos, uno de ellos falta el principal, el autor intelectual de todo esto, falta que sea juzgado. Pero estoy convencido, que después de lo que vamos a aprobar el día de hoy, el acotamiento del fuero militar, la justicia llegará a este caso que conmovió a la sociedad morelense.

Por eso queremos felicitar ampliamente a las comisiones unidas de Justicia; Defensa Nacional; y Estudios Legislativos, Primera, por la reforma al artículo 57, acatando la recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, porque esto es lo que requiere y reclama el país, de manera permanente: justicia…

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Senador, le ruego que concluya su intervención, por favor…

-EL C. SENADOR FIDEL DEMÉDICIS HIDALGO: Mientras no sé la justicia en México, el pueblo no va a tener paz.

Y hoy el Senado contribuye para que México tenga paz.

Por su atención, muchas gracias. (Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE AISPURO TORRES: Gracias, senador Fidel Demédicis Hidalgo.

En virtud de que no hay más oradores en lo general, ni artículos reservados, ábrase el sistema electrónico de votación, por tres minutos, para recoger la votación nominal en lo general y en lo particular del proyecto de decreto.

Háganse los avisos a que se refiere el artículo 58 de nuestro Reglamento, para informar de la votación.

(Votación electrónica)

(SIGUE   23ª PARTE)
-LA C. SECRETARIA MERODIO REZA: Señor presidente, conforme al registro en el sistema electrónico, se emitieron 106 votos en pro; 0 votos en contra.

Aprobado por unanimidad.
(Aplausos)

-EL C. PRESIDENTE CERVANTES ANDRADE: Está aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código de Justicia Militar, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley que Establece las Normas Mínima Sobre Readaptación Social de Sentenciados en materia de justicia militar.

Se remite a la Cámara de Diputados para los efectos del artículo 72 constitucional.

Informo a la Asamblea que la Mesa Directiva, con fundamento en el artículo 75 del Reglamento del Senado, acordó la incorporación a la Sesión de hoy de un punto de acuerdo del senador Manuel Bartlett Díaz, del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, inscrito desde la Sesión del martes 22, entorno al Proyecto Integral Morelos en el Estado de Puebla. Por favor, senador.

-EL C. SENADOR MANUEL BARTLETT DÍAZ: Con su autorización, señor presidente. Expongo una Proposición con Punto de Acuerdo de urgente resolución para requerir a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos una investigación exhaustiva y una recomendación al gobierno del Estado de Puebla por la persecución, detenciones y órdenes de aprehensión ilegales en contra de los legítimos opositores al Proyecto Integral Morelos.

Asimismo se requiere la comparecencia ante las Comisiones Unidas de Energía y Medio Ambiente, de los titulares de la Comisión Federal de Electricidad, de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, para que presenten un informe público sobre los efectos sociales, económicos y ambientales del citado Proyecto Integral Morelos.

De acuerdo con la Comisión Federal de Electricidad, el Proyecto Integral Morelos y Gasoducto Tlaxcala, Puebla-Morelos, consiste en dos centrales de generación eléctrica de ciclo combinado que consumen gas natural y un ducto para transportar el gas de 150 kilómetros en los Estados de Tlaxcala, Puebla y Morelos.

En ninguno de los tres estados se consultó a los habitantes de las comunidades ni se notificó a los propietarios de los terrenos que serán afectados por la obra ni las empresas extrajeras que operan en el proyecto ni la Comisión Federal de Electricidad comunicaron a la población los detalles del proyecto y omitieron informar a los organismos estatales y municipales de protección civil los riesgos por la construcción de esta obra y la operación de una instalación que transportará 9 mil 61 millones de litros de gas metano diariamente a menos de 2 metros de profundidad.

El Centro Nacional para la Prevención de Desastres consideró que el proyecto era inviable, porque el gasoducto pasa por las zonas de significativo riesgo eruptivo, el trazo se encuentra a 50 y 200 metros de los centros de población.

Que según las cuentas públicas 2009-2010 de la Auditoria Superior de la Federación, en México el margen de reserva por exceso de producción de energía es del 50 por ciento, tres veces superior a los estándares internacionales recomendables que son de 18 por ciento, lo cual pone de manifiesto lo innecesario de la obra que atenta en contra de los pobladores de la región Ixtla-Popo y pone en riesgo a cerca de 20 millones de habitantes.

Que la reacción de los pobladores ante la imposición del proyecto fue la de organizarse para exigir el respeto a su patrimonio, a sus recursos naturales y a su seguridad, tal y como está establecido en el Programa de Ordenamiento Territorial y Ecológico de la región del volcán Popocatépetl y su zona de influencia.

La respuesta de las dependencias del Ejecutivo Federal, de las empresas extranjeras y de los gobiernos de los estados, específicamente la de Rafael Moreno Valle, Gobernador del Estado de Puebla, ha sido la persecución y la represión violando sistemáticamente derechos humanos.

El 6 de abril detuvo al comisariado ejidal de San Felipe Zonacayucan del Municipio de Atlixco. Durante su declaración no le permitieron abogado defensor.

El 7 de abril fue detenido Juan Carlos Flores Solís, del Frente de Pueblos, en defensa del agua y de la tierra.

El 8 de abril el juez de Paz de San Martín Texmelucan, integrante del Frente Campesino y del Movimiento los de Abajo, fue detenido acusado por amenazas y delitos en contra de servidores públicos.

El doctor en sociología, Ricardo Pérez Aviles, investigador de la Universidad de Puebla, fue amenazado a las puertas de su domicilio con armas de fuego.

Por lo expuesto y fundado y motivado, someto a la consideración del Pleno del Senado el siguiente punto de acuerdo.

Uno.- Punto de Acuerdo de urgente resolución para que el pleno de esta H. Cámara de Senadores requiera a Rafael Moreno Valle, Gobernador Constitucional del Estado de Puebla, para que sean liberados inmediatamente……

(Sigue 24ª parte)
. . . . . . . . . . ...........Rafael Moreno Valle, Gobernador Constitucional del Estado de Puebla para que sean liberados inmediatamente los legítimos opositores al Plan Integral Morelos, y cese la persecución, el autoritarismo y la violación a los derechos humanos y políticos de los pobladores y dirigentes de organizaciones sociales.

2.- Punto de acuerdo de urgente resolución para que el pleno de esta Honorable Cámara de Senadores requiera a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos realice una investigación exhaustiva e integre conforme a derecho la recomendación respectiva con motivo de la persecución, detenciones y órdenes de aprehensión ilegales en contra de los legítimos opositores del Proyecto Integral Morelos.

3.- Se cite a que comparezcan los titulares de la Comisión Federal de Electricidad, y de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ante las Comisiones Unidas de Energía, la de Medio Ambiente para que presenten un informe público sobre los efectos sociales, económicos y ambientales del Proyecto Integral Morelos, Centro y Gasoducto de Tlaxcala, Puebla, Morelos.

Muchas gracias, señor Presidente por la solicitud de la urgente resolución.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR CERVANTES ANDRADE: Gracias, senador. Como ha sido solicitado y con fundamento en lo dispuesto por los Artículos 109 y 110 del Reglamento, consulte la Secretaría a la Asamblea en votación económica si el anterior asunto se considera de urgente resolución.

- LA C. SECRETARIA SENADORA MERODIO REZA: Consulto a la Asamblea a en votación económica si el anterior asunto se considera de urgente resolución, quienes estén por la afirmativa, favor de levantar la mano.

(LA ASAMBLEA ASIENTE)

- Quienes estén por la negativa, favor de levantar la mano.

(LA ASAMBLEA NO ASIENTE)

- No se considera de urgente resolución, señor Presidente.

- EL C. PRESIDENTE SENADOR CERVANTES ANDRADE: Túrnese a la Comisión de Energía.

A petición de la Senadora Lilia Guadalupe Merodio Reza, esta Presidencia emite atenta excitativa a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos a fin de que emitan el dictamen que correspondan al proyecto de decreto por el que se reforman diversos artículos constitucionales en materia de fiscalización recibido el 26 de abril del 2012.

Hago de su conocimiento que las proposiciones inscritas en el orden del día de hoy, se turnarán a comisiones.

Se cita a la siguiente sesión el día de mañana, viernes 25 de abril, a las 11:00 horas.

Que tengan buena tarde, senadoras y senadores.

(SE LEVANTO LA SESION A LAS 16:21 horas)

(SONIDO DE CAMPANILLA)

 

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