·  Cancelaron la posibilidad de un extraordinario útil, afirma.

 

Entrevista realizada al senador Miguel Barbosa Huerta para hablar sobre la posibilidad de un periodo extraordinario.

Pregunta (P). … la confrontación que ayer se dio entre PRI y PAN, Gamboa y Herrera, en torno al periodo extraordinario, los dos se echan la culpa, de que es responsabilidad del PRI; el PRI dice que del PAN, el PAN que del PRI y no se ha llevado a cabo el extraordinario, pero el senador Gamboa dijo que regresando del viaje a España le entraba, que podrían ver si se podía convocar.

Miguel Barbosa Huerta (MBH). A ver, yo he elaborado documento que me gustaría leérselos, más que como posición política, que es orientador de este asunto, que se refiere al caso del Sistema Nacional Anticorrupción, de la ausencia del nombramiento del Fiscal Anticorrupción y la ausencia de la ratificación o rechazo de los magistrados de las salas especializadas, porque el tema del extraordinario, que lo caracterizo, pues, porque o se llevó a cabo, y que tiene que ver con otros productos legislativos, tiene que ver también con la falta de la construcción de los acuerdos de los dictámenes para que haya periodo extraordinario.

Déjenme les leo esto, que es un poquito largo, no aspiro a que sea nota, sino solamente es ilustrativo.

P. Y luego nos lo regala, ¿no?

MBH. Y luego se los regalo, sí.

El nombramiento en el Senado de la República del Fiscal Anticorrupción pudo haberse dado, o sea, desde cuándo debió haber el nombramiento del Fiscal Anticorrupción en el Senado, a partir del 25 de marzo del año 2014, desde entonces el Senado debió haber nombrado a un Fiscal Anticorrupción cuyo tiempo de desempeño concluye el 30 de noviembre de 2018, es decir, 30 días después de la entrada en vigor de la reforma constitucional en materia política, en la que aparecen las figuras de Fiscalía General  y de la Fiscalía anticorrupción.

Desde entonces el Senado tenía atribuciones para nombrar, desde el 25 de marzo del 2014.

Sólo en el tercer año de ejercicio de la LXII Legislatura, sólo en el tercer año de ejercicio, cuando yo fui Presidente, se expidió convocatoria, sólo en el tercer año de ejercicio la LXII y no se concluyó el procedimiento por falta de perfiles para el cargo, había perfiles muy bajitos; fue hasta el segundo año de ejercicio de la LXIII Legislatura, es decir, en este periodo, porque no podía dejar de haber, cuando nuevamente se volvió a expedir la convocatoria para elegir al titular correspondiente, hasta el tercer año de ejercicio de la LXIII, cuando pudo haberse hecho desde el segundo año de ejercicio de la LXII. ¿Por qué tuvo que haberse hecho? Pues porque el 19 de julio tiene que estar integrado el total del Sistema Anticorrupción.

En el Senado se encuentra alojada una minuta que envió la Cámara de Diputados en la Legislatura pasada, aquí llegó desde el segundo año de ejercicio de la LXII una minuta sobre Ley de la Fiscalía General que no desarrolla en esa minuta la naturaleza del ministerio público como órgano constitucional autónomo al transformarse de Procuraduría General a Fiscalía General, es malísima esa minuta que nos envió Cámara de Diputados, casi sólo reproducen la Ley Orgánica de la PGR a Ley de la Fiscalía General; lo mismo ocurre en esa minuta al no dotar a la Fiscalía Anticorrupción de las atribuciones propias para el cargo, no desarrolla, es un Fiscal Anticorrupción sin dientes.

Más aún que, cuando esa minuta fue aprobada en el 2014 o antes, ya no recuerdo, 2013, cuando fue aprobada en la Cámara de Diputados no existía el Sistema Nacional Anticorrupción. Recuerden que el Sistema Nacional Anticorrupción fue hasta julio del 2016, y  por tanto, esa minuta de la Fiscalía General no es armónica con el Sistema Nacional Anticorrupción. Así designar hoy a un fiscal anticorrupción sin un marco legal nuevo y acorde con el esquema del Sistema Nacional Anticorrupción, sería inocuo, porque la ley que regula a la Fiscalía Anticorrupción, que es la minuta que legó de Cámara de Diputados en la pasada Legislatura, no está acorde con lo que se aprobó en el Sistema Nacional Anticorrupción para el Fiscal Anticorrupción. ¿Está claro, verdad?

¿Qué ha faltado? Ha faltado voluntad del gobierno federal para instruir a sus bancadas a construir el necesario andamiaje legal de esta Fiscalía. También se ha entrampado por la permanente intención de la segunda fuerza en el Senado, de querer acordar con la primera fuerza, el reparto entre ellos de dos cargos: el de Fiscal General y el Fiscalía Anticorrupción. El PAN quiere uno de ellos, y quiere Fiscalía General, porque saben que el Fiscal Anticorrupción dura hasta el 30 de noviembre del 2018 y el Fiscal General es transexenal, eso está ahí, ustedes lo saben más que yo.

Hasta ahí dejo el tema del Fiscal Anticorrupción y esas son las razones por las que no ha avanzado. Me voy al tema de los magistrados.

P. ¿Puedo decir que el PAN quiere Fiscal General?

MBH. Sí, quiere uno de los dos, quiere uno de los dos, y quiere Fiscal General. El nombramiento por el titular del Ejecutivo de los integrantes de las salas especializadas anticorrupción del Tribunal de Justicia Administrativa, debió haber ocurrido a partir del 19 de julio del 2016, recuerden que ahí el que designa es el Ejecutivo, sí, el Ejecutivo designa y el Senado solamente ratifica o rechaza. ¿Cuándo pudo haber enviado esos nombramientos el Ejecutivo? Desde el 19 de julio del 2016 y hasta el 30 de abril del 2017, resuelto así en el régimen transitorio de las leyes anticorrupción.

Los nombramientos del Ejecutivo llegaron al Senado hasta finales de abril del presente año, ¿se acuerdan? Dos semanas antes de que cerrara el periodo ordinario, hasta entonces llegaron y, por tanto,  su ratificación o rechazo desde inicio se orilló a que ocurriera en receso, no podía alcanzar dos semanas ni hubo nada para que eso ocurriera. Para lograrlo, para que eso pudiera ocurrir en receso, tuvieron las comisiones de dictamen poner en marcha los procedimientos para su desahogo, situación que no ocurrió. Yo lo dije: no se puede ir el Senado de vacaciones, si queremos Fiscal Anticorrupción tiene que haber dictámenes del nuevo marco legal y tiene que abrir el nombramiento a la participación de la sociedad, ¿no es el reclamo? El tema de las propuestas de los magistrados, primero debió haber sido desde el 2016 y se hizo dos semanas antes de que terminara el ordinario, en abril del 2017, y las comisiones se fueron de vacaciones y no hicieron comparecer a nadie.

Hemos denunciado que las ternas enviadas por el Ejecutivo para las salas especializadas, son producto de un acuerdo en Los Pinos entre gobierno y PAN, eso me consta, así integraron las ternas, en las ternas, en las 18 ternas pueden identificar perfectamente quién está vinculado al PAN y quién está vinculado al PRI, así de sencillo, y nunca hubo de parte de las comisiones de dictamen un procedimiento siquiera para hacerlos comparecer.

¿Cómo podría ahora citarse a un extraordinario solamente para votar su ratificación o rechazo?

La no realización del extraordinario es producto de una desavenencia electoral entre PRI y PAN, es lo que es; quienes se han repartido la integración de los órganos del Estado en materia electoral, en materia de justicia y todos los demás órganos derivados de las reformas estructurales, órganos de Telecom, órganos de la reforma energética, son especialistas los panistas.

P. ¿Le echaron muchas ganas, verdad?

MBH. Como vienen de 12 años de poder están ávidos de espacios para meter a incondicionales, así ha sido, y voy a escribir un artículo exacto donde por cada órgano voy a denunciar quiénes son propuestas en el acuerdo del PAN y del gobierno.

P. Pues vamos adelantándolo, nombres.

MBH. No, no, todo en su tiempo.

P. Así tiene más fuerza el artículo.

MBH. Sin un marco legal para el Fiscal Anticorrupción, armónico en atribuciones con el Sistema Nacional Anticorrupción y sin la revisión de la autonomía e independencia de quienes integran las ternas de las salas especializadas, habría un periodo extraordinario  fracasado.

Si no trae un nuevo marco legal, si no hay revisión de la autonomía e independencia de los perfiles de los magistrados de salas especializadas, habría un periodo extraordinario fracasado, no es cosa que haya, es que sirva, que sea útil.

En resumen, primero, reforma constitucional que impida el pase automático de Procurador a Fiscal General; segundo, nueva propuesta de ley de la fiscalía general; y  tercero, revisión de la autonomía e independencia de los integrantes de las salas especializadas.

Es un documento que acabo de acabar, como decimos en mi pueblo.

Eso es lo que yo les puedo decir en relación al fondo de por qué un periodo extraordinario y por qué no. En el Senado de la República el PAN está compitiendo con el PRI para ver quién manda, quién manda, y está poniendo condiciones para poder establecer una situación de no alcanzar las mayorías necesarias, ¿lo ven, verdad?, ¿lo observan? Pero esas son las razones, es una desavenencia electoral, por causas electorales, pero tiene que ver con muchas cosas, yo comparto que un nombramiento de un Fiscal Anticorrupción sin un nuevo marco legal no sirve, yo comparto que un extraordinario sólo para ratificar las ternas enviadas los integrantes de las salas especializadas sin revisar su autonomía e independencia, no sirve, ¿a dónde quedó la iniciativa de reforma constitucional de Peña sobre el asunto de eliminar el pase automático de Procurador a Fiscal General? Olvidado otra vez, como el tema de la marihuana y el tema de las bodas gay, ¿lo recuerda, no?

Entonces esa es la realidad, ese es el fondo, o sea, no se construyó nada para que hubiera un extraordinario, no se construyó nada. ¿Ustedes supieron de alguna reunión de la Comisión de Anticorrupción para poder estudiar el tema de las propuestas de los magistrados de las salas especializadas o de la Comisión de Gobernación para revisar, y de Justicia las propuestas que hay de una nueva ley de la Fiscalía General de la República? O la de Puntos Constitucionales para revisar lo otro, la reforma de Peña, y nuestras, muchas otras propuestas que hay para impedir el pase automático, pues no, no hubo.

Entonces cancelaron la posibilidad de un extraordinario útil, cancelaron, está cancelada. Cuando regrese el senador Gamboa de España, pues habrá la misma condición que hoy, no habrá dictámenes, no habrá desahogo de las comparecencias de las propuestas de las ternas, no habrá ningún acuerdo, y entonces no veo condiciones para que haya un extraordinario útil, será un extraordinario fracasado o con el propósito de imponer con mayorías cuando se pongan de acuerdo entre PAN y PRI sobre temas electorales como es el tema de Coahuila.

P. ¿Y entonces van a sacar un fiscal a modo?

MBH. Vamos a ver hasta dónde llegan, si el PAN se sostiene en que el marco legal no provoca la inutilidad del nombramiento, vamos a ver. Vamos a ver si otra vez es de los que cambian a cambio de un intercambio.

P. Ayer decía el diputado Ávila que están esperando que el Gobierno federal les presente el documento, cómo va a quedar, cómo va a estar lo que es el fiscal general de la República.

MBH. ¿Quién decía eso, el senador?

P. El senador...

MBH. No, no, o sea…

P. ¿No tiene que enviarles algo?

MBH. Absolutamente no, hay una, hay diversas iniciativas de reforma constitucional y hay diversas iniciativas de ley de la Fiscalía General, ellos tienen una, nosotros otra, por ejemplo. Y claro, si el Gobierno tuviera interés de enviar una propuesta, pues debería de hacerlo.

Pero lo que yo sí digo, es lo que nos llegó a Cámara de Senadores en la Legislatura pasada es una ley muy, una propuesta muy mala y por tanto nunca aprobamos meterla ni a dictamen, ni a pleno, ni a votación.

Y siempre, pues el PAN ha aspirado a nombrar al fiscal general desde el arranque de esta figura, esa figura arranca con la reforma constitucional en materia política, cuando se cambia, nosotros fuimos parte de toda esa reforma.

P. ¿Eso sería el atorón?

MBH. Pues es uno de los dos atorones; ahorita es tema electoral, pero cuando levanten el tema electoral, van a decir “¿cuál de los dos es nuestros?”. Y eso de que las propuestas que llegaron de Los Pinos sobre los integrantes de las salas especializadas, que es un reparto entre gobierno y PAN, lo supe.

P. ¿Cómo lo supo?

MBH. Me lo dijeron y yo creo y cuando yo identifico, cuando veo los antecedentes, el perfil y toda la hoja de vida pública de quienes aspiran, hoja de vida pública, pues tú ves eso y lo puedes corroborar.

P. Se los tres primeros, perdón, de los que van a Sala Superior, hay, ¿cómo?, ¿dos del PRI y uno del PAN?

MBH. Puede haber uno del PRI, uno del PAN y uno compartido.

P. El compartido es el que pueden… presidente del Tribunal Superior…

MBH. No, no, perdón, el presidente de quién.

P. Álvaro Castro.

MBH. Bueno, ése es de los que más interés ha provocado.

P. Fue funcionario con Calderón, pero también con…

MBH. Sí, así es.

P. ¿Y ahí para quién sería la cuota?

MBH. No quiero ahorita tener una opinión sobre cada uno de ello, éste es otro tema, pero estoy preparando, ya lo tengo, más bien, ustedes lo saben que yo tengo un análisis de eso desde hace meses.

Entonces, para hablar, vamos a tener que hurgar en todos los antecedentes de la integración de los órganos que el Senado ha tenido para que vean cómo fue el reparto.

P. (Inaudible).

MBH. Pacto por México, es el acuerdo Pacto por México.

P. ¿Son los subproductos del acuerdo?

MBH. Sí, son los productos del Pacto por México.

P. Las contraprestaciones.

MBH. Sí, bueno, y después ahí cuando sale en los plazos que luego se va o no hay el seguimiento cuando se construye la propuesta, ya viene construida desde Los Pinos, no crean que es acá.

P. Yo le quiero preguntar sobre lo que dijo ayer Renato Sales de que incrementaron en 73 por ciento los homicidios con arma de fuego debido al sistema penal.

MBH. A ver, yo sí quiero dejar muy claro que ese argumento de culpar al proceso penal acusatorio y oral como la causa para elevar los índices de criminalidad porque se están liberando o poniendo en libertad a muchos delincuentes, es un argumento que ya raya, de verdad raya, en un descaro frente a la nación.

La Corte ya se los contestó, los encargados de los sistemas policiales, investigatorios de delitos no es el Poder Judicial, es el Poder Ejecutivo. Cualquier crítica que se hace desde el Congreso sobre, al alza de la criminalidad les provoca un enorme enojo. Que no se enojen, que se pongan a trabajar.

El sistema nacional acusatorio apenas está en proceso de aplicación, las causas sujetas bajo el procedimiento no han generado la libertad de nadie. ¿Que hay que tener reajustes al sistema nacional acusatorio? Bueno, hay que revisarlo, pero que se culpe en este año, lo que va del año, el año más violento del siglo XXI y que haya reacciones de este tipo, yo mejor le diría a don Renato Sales que se calle y que se ponga a trabajar.

P. Señor, usted nos señala, que no ha habido un solo liberado por la aplicación del sistema penal y en cambio las autoridades ponen hasta miles de ex carcelados…

MBH. A ver, una cosa… sentenciados, está en proceso. La implementación del proceso penal acusatorio ya concluyó, la implementación, hoy es su aplicación. Una causa penal de acuerdo a la Constitución en el proceso oral acusatorio es de cuatro meses para delitos con una penalidad menor a dos años y de un año para, el tiempo del proceso, para delitos más graves.

¿Qué hay que hacer? Bueno, sí, yo comparto que hay que aumentar el catálogo de los delitos graves que son de los que no alcancen, ¿me explico?, prisión preventiva, están previstos en el artículo 19 constitucional.

Yo tengo, estoy en proceso, estoy volviéndome un experto en oral acusatorio.

P. ¿Qué es eso, señor?

MBH. Está desde el decreto a todas las leyes del proceso penal acusatorio, porque viene un debate muy grande sobre este asunto. Pero eso de que hoy sea el 2017 el año más violento del siglo XXI y que se diga que es por culpa de la aplicación del proceso oral, acusatorio y oral, es de verdad un despropósito.

P. Es un chivo expiatorio, señor.

MBH. No, bueno, es un argumento que nadie cree, ¿me explico?, y que tiene que ver… ¿los muertos fueron porque fueron asesinados por presos liberados?, es la pregunta, más de 300 muertos, bueno, nada más en un estado, en Puebla, por cierto, no, los miles de muertos que van en lo que va del año, ¿tienen que ver con delincuentes liberados en el proceso oral acusatorio?, es la pregunta.

¿Fue a causa de que se liberaran esos acusados, que fueron liberados con las reglas del proceso penal acusatorio? O sea, el proceso penal acusatorio pone al procedimiento penal en México al mismo nivel que existe en los países desarrollados del mundo, así lo pone. ¿Qué es lo que ha mostrado? Una incapacidad en la preparación de policías, de peritos, de jueces, de ministerios públicos, para que puedan integrar carpetas de investigación y procesos de acuerdo a las reglas estrictas que establece la reforma constitucional, el Código Nacional de Procedimientos Penales y todas las leyes que hemos legislado en esta, el honor de haber sido parte de estas dos Legislaturas, que tantos productos legislativos han sacado.

P. En ese tema, senador, dice la doctora María de los Ángeles (inaudible), que fue la operadora del Gobierno federal para la implementación de este nuevo sistema tendrá que transcurrir entre 12 y 15 años para ver consumado todo este sistema…

MBH. A ver, el nuevo sistema de justicia penal acusatoria, lo que establece son una serie de garantías para el procesado, que protege al inocente y que garantiza la reparación del daño cometido por la comisión del delito.

Y son una serie de procedimientos que tienen que ser observados tanto en la etapa de averiguación como en la etapa del juicio. Entonces, un ministerio público que no observa en sus indagatorias todas las reglas del proceso, de este proceso acusatorio oral, pues sin duda integra una carpeta de investigación débil que a la hora de ser consignada a un juez de control, el juez de control niega la orden de aprehensión.

Y después, si se dicta orden de aprehensión y se sujeta, ya se le dicta auto de sujeción a proceso, tienen que repetirse todas las pruebas.

Antes, dos testigos tomados en la averiguación previa eran suficientes para condenar a alguien, hoy no lo son. Hoy todas las pruebas para la sentencia tienen que ser las que se desahoguen en la audiencia del juicio ante la presencia de un juez.

No puede haber delegación del juez para el desahogo y valoración de las pruebas, y después el juez que dicta la sujeción al proceso no es el mismo que dicta juicio y sentencia, son un conjunto de cosas que hacen que efectivamente haya un aumento en la infraestructura y eso es lo que está haciendo ruido, eso es lo que está provocando problemas.

No hay la inversión de recursos públicos en instalar todo lo necesario para que funcione el proceso oral acusatorio.

Pero, a ver, de lo que hablamos, si es de las policías como la parte que le involucra al comisionado de seguridad nacional, tiene que ver con la efectividad de la operación en tierra, por favor, a él no le corresponde, él no es procurador, ni es fiscal, él es Secretario Ejecutivo del Consejo Nacional de Seguridad Pública.

P. Inaudible.

MBH. No es.

P. Inaudible.

MBH. Pues, porque es parte de su materia, pero sin duda que es una forma muy mala de justificar o de intentar justificar la violencia creciente en nuestro país.

P. Senador, ¿cómo está? Preguntarle su opinión con respecto a la resolución de la Suprema Corte del día de ayer en el que los reos ya procesados podrán solicitar una revisión y quizá obtener la libertad.

MBH. Sí, a ver, yo comparto los criterios de la Corte y comparto que se apliquen términos de las disposiciones del proceso acusatorio y oral y que se cumplan los principios del mismo, los principios del mismo que son el de contradicción, publicidad, concentración, continuidad e inmediación son los principios a la luz de los cuales tienen que construirse todas las leyes.

Y tienen tres propósitos: uno, proteger al inocente; dos, garantizar que el inculpado no evada el cumplimiento de la ley; y tres, reparar los daños. Y este criterio de la Corte está tomado en este sentido, así es que la Corte solamente está haciendo una interpretación constitucional de la posibilidad de que los reos puedan alcanzar la libertad provisional.

Que se haga una reforma a la Constitución, que se modifique el 19 constitucional, que se aumente el catálogo de delitos graves, eso tiene que ocurrir, pero mientras eso no ocurra así tienen que interpretarse las leyes derivadas de la reforma constitucional del 2008.

P. Hay quienes tienen miedo de que pudieran salir delincuentes peligrosos, ya que los delitos que se están considerando justamente algunos quedan en una línea muy delgada para saber qué delito se cometió…

MBH. A ver, la sentencia que se dicte en esos procesos va a estar basada en términos de las pruebas que se presente en la audiencia de juicio, tanto por el Ministerio Público como por la defensa, bueno, que el Ministerio Público adscrito a cada uno de los juzgados y las indagatorias presente las pruebas necesarias para acreditar la culpabilidad.

O sea, todos saben de qué se trata. Antes una confesión de un presunto responsable tomada en una averiguación previa y la mayoría de las veces era tomada bajo presión, ya no digan bajo tortura, pero bajo enorme presión, incomunicación, todo tipo de cosas, aislamiento, era suficiente para mandar a la cárcel a un inocente.

Hoy qué bueno que esa confesión ya no es suficiente tiene que estar rodeada de un conjunto de pruebas que la hagan corroborable y surge en el periodo, en el proceso penal acusatorio surge un asunto que ustedes lo habrán escuchado en las películas americanas “la duda razonable”.

Porque hoy solamente un juez puede dictar la culpabilidad con la plena convicción de ella, el juez tiene que estar plenamente convencido y si se aportan pruebas que provocan la duda del juez y se instala ese criterio que no existe en nuestra legislación pero que se desprende cuando establece la plena convicción, la duda razonable. Tú le pones elementos a un juez de duda y con eso basta.

Yo conozco casos, mil casos, donde con dos testigos se mandaba a la cárcel a un inocente, dos testigos, pero dos testigos falsos, que los paraban ahí… y que el abogado dictaba las declaraciones.

P. Inaudible.

MBH. Sí, porque las cárceles en México primero están llenas de delincuentes profesionales, de integrantes del crimen organizado, pero los delincuentes ordinarios para ellos no tuvieron los suficientes elementos de toda índole para acreditar su inocencia y se vuelven centros no de rehabilitación sino de segregación social.

P. Senador, un tema. Ayer el Congreso local e San Luis Potosí aprobó en comisiones de Puntos Constitucionales y de Gobernación una legislación para quitar el fuero a los funcionarios públicos, todavía tiene que pasar al pleno, pero está poniendo un ejemplo, un avance en esta materia que ha sido tan cuestionada. Yo quiero conocer su opinión.

MBH. La eliminación del fuero es algo que ya nadie detiene, va a irse dando en la legislaciones locales, un punto de avanzada va a ser lo que en la Constitución de la Ciudad de México se aprobó eliminando el fuero y va a asumirse pronto a nivel federal y creo que hasta materia de una reforma constitucional puede ser.

Así es que yo comparto lo que ocurrió en el Congreso de San Luis Potosí y que es parte de la ruta que ya nadie va a detener de eliminar el fuero. La gente quiere que todos sean iguales.

P. Inaudible.

MBH. Claro, aquí tenemos iniciativas, o sea de verdad hay mucho material.

P. Pero no avanza…

MBH. ¿Por qué crees? Recuerdan una reforma… Bueno, Andrea Becerril sí lo debe tener bien recordado.

En el Senado pasado se aprobó una reforma al fuero, sí, ¿me explico? Porque el fuero es lo que solamente tiene que ser es inviolabilidad y no ser controvertibles por los actos, por los hechos que un legislador, en este caso de nosotros, podamos decir y opinar, nadie nos puede controvertir, por eso cuando a veces un presidente o presidenta de un órgano del Senado reprocha lo que uno dijo está violando esa garantía constitucional.

P. Para delitos común o…

MBH. No, en un debate, en un debate. Cuando un presidente o presidenta reprocha a un legislador está violando el fuero constitucional, ellos  que deben de garantizar el fuero lo violan.

¿Pero en qué se convierte? En una protección procesal, el fuero ya no sirve a nadie, en el momento que alguien que tiene fuero es pillado  en un acto ilegal a las 48 horas, por culpa de los medios, renuncia, ya no le sirve a nadie.

Entonces, hay que preservan la naturaleza del fuero, además el fuero y ese tipo como de inmunidad procesal tiene una historia, la época en la cual las dictaduras llegaban y disolvían a un Congreso, eso ya no ocurre desde 1914 con Victoriano Huerta, que disolvieron al Senado y a la Cámara de Diputados deteniendo a todos, por ahí se descabecharon a Don Belisario.

Y entonces, ese es el origen y tiene como propósito preservar al órgano, no proteger penalmente al legislador, creo que lo que está pasando es eso y es una ruta que ya hemos discutido mucho y que hay muchas propuestas acá alojadas.

Gracias.

 

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