* Entrevista a la senadora Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del PRD, al término de la  reunión extraordinaria de  Comisiones Unidas de Justicia, Derechos Humanos, Gobernación y Estudios Legislativos.

Pregunta (P): Inaudible...

Angélica de la Peña Gómez (APG): Ya salió aquí, necesitamos garantizar que salga en el Pleno, necesitamos que no se retrase la discusión en el Pleno.

Me parece que tenemos que llamar la atención de que esta unanimidad no se refleja de manera contundente como en otras leyes donde si actuamos con acuerdos generales para sacar la ley.

Aquí va a haber una discusión y a mí me preocupa que esa discusión esté retardando la votación del decreto y entonces tengamos dificultades para mandarla a la Cámara de Diputados para que puedan seguir los procedimientos ordinarios y extraordinarios que permitan que la ley se vote en la sesión de mañana de Cámara de Diputados. Yo quiero enfatizar que sí tengo esa preocupación.

De tal manera que yo no quedo satisfecha y más asumiendo también la preocupación de las familias de personas desaparecidas, hasta que no le vea aprobado y que la Mesa Directiva ciertamente tome las medidas urgentes para enviar el decreto aprobado en lo  general y  en lo particular para que se envié a Cámara de Diputados, hasta entonces yo voy a quedar satisfecha.

P: Senadora, hicieron algunas modificaciones al proyecto de dictamen, ¿cuáles son los cambios sustanciales?

APG: Bueno, hay algunas adecuaciones que se le hicieron en los tipos penales, que me parece tomó en consideración de las distintas preocupaciones de senadoras y senadores que seguimos discutiendo, particularmente con la PGR, para garantizar que los tipos penales tengan una viabilidad en su aplicación.

Recordemos que está ley entre sus objetos es investigar y sancionar, entonces necesitamos que los tipos penales puedan estar inscritos de manera que puedan cumplir ese cometido.

Me parece que también tenemos que atender lo que la Convención nos plantea y en ese sentido yo voy a hacer una pequeña reserva para integrar un artículo, que está propuesto por Santiago Corcuera que funge como parte del Comité de Desaparición Forzada de Naciones Unidas y me parece que es viable que lo tomemos en consideración y que en la negociación anoche, simplemente lo dejaron  afuera cuando ya habíamos logrado los consensos, incluso con el gobierno para que quedara.

Y las otras modificaciones tienen que ver con ajustes de tipo normativo para cumplir con la Constitución, con otras leyes que también son invocadas en esta  materia y además los últimos acuerdos de revisión que se hizo con las familias, que por alguna razón y por la intensa discusión y el permanente cambio en los artículos de los últimos días, no quedaron debidamente inscritos y tuvimos que hacer ahí un pequeño ajuste.

Yo creo que en ese sentido cumplimos sobre todo en la revisión de técnica legislativa y sobre todo en tomar en cuenta estas pequeñas propuestas que no habían quedado incluidas.

P: ¿Queda zanjado el tema de personas no localizadas?

APG: No. Ese es uno de los asuntos que dimos vueltas y vueltas y vueltas  en la discusión con gobierno, con las familias y ciertamente ese va a ser uno de los asuntos que seguramente se van a llevar a la discusión en lo particular en el Pleno.

Hay quienes pensamos que efectivamente no debía haber quedado personas no localizadas en la ley, sin embargo tenemos que ponderar los ajustes que hicimos también en el texto a la ley con base a las preocupaciones vertidas por las familias para que no sea la ley de personas no localizadas, eso me parece que es muy importante destacar.

Y otro asunto también trascendental es garantizar que la persona cuando se aduce desaparecido porque hay noticias, reporte o porque hay una denuncia y hay indicios de que pudo haber sido una desaparición involuntaria queda claramente en la ley que inmediatamente se abre la carpeta de investigación, junto con la búsqueda que también comienza desde el primer minuto.

Y la otra cuestión importante que tiene la ley es que aunque no haya indicios de que pudo haber una desaparición voluntaria, tratándose de personas menores de 18 años de edad, de todas maneras se abre la carpeta de investigación.

Y el otro asunto importante que sigue manteniendo el tema de personas no localizadas, es que cuando pasan 72 horas y la persona no aparece, aun cuando se aduce que pudiera haber sido desaparecida de manera voluntaria inmediatamente, así lo decimos en la ley, se abre la carpeta de investigación.

Debo dejar muy claro, que la Comisión de Búsqueda, tanto en la Comisión Nacional como las comisiones estatales de búsqueda van a buscar a la persona o personas que han desaparecido desde el primer minuto que se presenta o el reporte, o la noticia, o la denuncia.

P: ¿Ya no van a esperar las 72 horas que había ahora?

APG: No, en el caso de la búsqueda no, la única diferencia es que para personas no localizadas sí son otros criterios para abrir la carpeta de investigación, eso si hay que dejarlo muy claro.

Si porque pareciera que hay confusión, cuando se aduce que son personas no localizadas puede haber confusión respecto de que no se busca, eso no. Se busca a la persona desde el primer momento; solamente cuando hay indicios se abre la carpeta de investigación o cuando pasan ciertas horas y no aparece, se abre la carpeta de investigación.

En el caso de personas menores de 18 años de edad siempre se abre la carpeta de investigación aun cuando se pudiera tener incluso indicios de que pudo ser una desaparición voluntaria, ese criterio no aplica para personas menores de 18 años de edad

Muchas gracias.

 

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