* Segunda entrevista del senador por el Partido Revolucionario Institucional, Jesús Casillas Romero, a representantes de medios de comunicación. Ciudad de México, 26 de abril de 2017.

 

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- … en los hogares de los deudores, aparentándose a funcionarios judiciales y decirles que en 72 horas te vamos a embargar si no pagas, o vamos a detener al deudor, que es el padre de familia y lo dejan con menores, con personas de la tercera edad, con vecinos, y se ejerce una presión violenta que obviamente no se puede tolerar.

Hoy se cumple con todo este proceso legislativo, una legislativa que se presentó en el 2012, y que llevó todos estos años, y que por fin culmina con la aprobación en el Pleno de esta reforma que estaremos esperando ya se promulgue.

PREGUNTA.- Entonces si la gente hoy va a recibir una amenaza en su casa, y le avienten que le van a embargar y que tratan de manera violenta, ¿va a poder presentar una denuncia?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Va a poder presentar una denuncia y se va a integrar una parte, una carpeta de investigación y si se acredita que es un ejercicio de cobranza extraoficial, extrajudicial, ilegal, la sanción puede ir de uno a cuatro años de prisión y una multa que va de los 50 mil a los 300 mil pesos mexicanos.

Insisto, si en este proceso se utiliza papelería que aparenta ser oficial, la pena se duplica, es decir, de 2 a 8 años de prisión.

PREGUNTA.- Esta cobranza violenta que atormenta a las familias y que en muchas ocasiones ha sido promotor del suicidio.

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Sí.

PREGUNTA.- Hay personas que terminan suicidándose por este acoso.

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- No hombre, he conocido casos de personas que se quejan que han llegado a sus viviendas ostentándose como policías judiciales, policías investigadores que dicen tuvimos que hacer válido este crédito que tienes pendiente y si no lo pagas te vamos a arrestar, te vamos a detener, cuando esto es falso.

Y obviamente prácticamente quienes no tienen un adeudo, los integrantes de una familia, pues son víctimas de la presión, del hostigamiento y de esta violencia verbal a la que son sometidos, y efectivamente ha habido casos en que es tanta la presión que muchas personas han llegado inclusive hasta el suicidio.

PREGUNTA.- O sea, que ya nadie te va a poder llamar a las cuatro de la mañana…

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- A las cuatro de la mañana no. Quiero dejar perfectamente claro que sí hay un método, por ejemplo ya se estableció en esta ley de transparencia y ordenamiento a los servicios financieros, cuando aprobamos la ley, este paquete de leyes, y cuando reformamos esta ley se estableció ya el mecanismo.

Tendrán que llegar tus cartas, obviamente te tienen que comunicar que tienes un adeudo, se hace de manera respetuosa, atenta. Puede llegar algún tipo de comunicación, en horario digamos hábil, estamos hablando de las siete de la mañana a las nueve de la noche, después de esa hora ya no te deben de llamar, no te deben de hostigar, no deben de presionar. Y quien se presente, pues lo debe de hacer de manera atenta siguiendo este tipo de procedimientos.

Si alguien se excede en intimidar, en violentar, en utilizar un lenguaje obsceno, agresivo, perfectamente cabe en este tipo penal y se puede presentar la denuncia.

PREGUNTA.- Hay empresas que utilizan despachos para usar este tipo de presiones, ¿esos despachos sí tendrían la capacidad?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Sí. Lo que pasa es que yo quiero comentar que no todo mundo ejerce este tipo de acciones.

Muchas compañías utilizan obviamente los métodos previos de cobranza, pero hay otras que venden los adeudos, la deuda la venden y muchas veces caen en personajes que ni siquiera son abogados, que son verdaderos “coyotes”, que en lugar de ir a buscar el pago a través de un proceso de carácter judicial, utilizan estos métodos en los que inclusive se amenaza con que una deuda por ejemplo que alguien tiene de 10 mil pesos, le dicen, oye, pues resulta que ya debes 120 mil, pero no importa, págame 40 mil, y ahí quedamos.

Entonces esto es una especie de fraude que también está contemplado este tipo penal.

PREGUNTA.- ¿Cuándo pasa a Cámara?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Ya.

PREGUNTA.- Ya se fue, ya lo aprobaron.

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Sí, ahorita voy a subir. Voy a tratar de, si no hay otro tema, voy a tratar… voy a ver.

PREGUNTA.- Nos explique en qué consiste esta iniciativa que hoy se aprobó y que pues ya va a pasar al Ejecutivo.

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Es una reforma al artículo 284 del Código Penal Federal, para establecer un nuevo tipo penal, que se define Cobranza Extrajudicial Ilegal.

Esta que tiene que ver con mecanismos que se utilizan para obtener el pago correspondiente de alguien que tiene algún adeudo, ya sea o derivado de un crédito o de un compromiso de carácter económico con alguna tienda departamental, con una empresa de telefonía, qué sé yo, o se da mucho en las pequeñas mueblerías, en los negocios muy pequeños, en donde como no tienen un departamento jurídico, pues recurren a elementos que utilizan métodos violentos, impropios, hostigamiento, agresiones verbales, a efecto de lograr el pago.

Y en otros casos, aparentan ser funcionarios judiciales y dejan documentos que también aparentan ser documentos del Poder Judicial, anunciando que van a ser detenidos, que van a ser embargados, que van a ser secuestrados sus bienes, y de alguna manera esto estresa, lastima, agobia a los ciudadanos.

PREGUNTA.- ¿Cuáles serán las sanciones?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Con esta reforma se establece una pena que va de los 2 a los 4 años de prisión, y una multa de 50 mil a 300 mil pesos mexicanos.

Pero si esto va aparejado de alguien que se ostenta, que usurpa funciones o que entrega documentos y sellos que aparentan ser oficiales, la pena se duplica, es decir, de 2 a 8 años de prisión.

Por lo que esto que ya lo habíamos ordenado en la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, hoy lo estamos llevando al extremo de un tipo penal, para evitar que este tipo de acciones se sigan generando.

PREGUNTA.- Esta iniciativa es complementaria de esta Ley de Ordenamiento.

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Sí, se presentaron las dos.

PREGUNTA.- Porque nos decías también que estas cobranzas deben tener un horario.

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Sí. En la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, se establecieron ya las bases en las cuales se debe establecer la cobranza extrajudicial, horarios, ya dijimos de 7 de la mañana a 9 de la noche.

Mecanismos en los cuales a través de una carta, de hacer del conocimiento que se tiene de un adeudo y de alguna manera hacerlo en términos respetuosos, sin lastimar la dignidad, sin lastimar los derechos humanos de las personas, para buscar previo a un proceso de carácter judicial, lograr el pago correspondiente.

PREGUNTA.- ¿Cuántas personas se podrían ver beneficiadas con esta iniciativa?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Somos 50 millones de personas los que tenemos algún tipo de crédito, ya sea a través de la tarjeta, a través de un crédito hipotecario, de vehículo o los créditos que a veces tenemos en tiendas departamentales o en tiendas o empresas de servicios.

Y de esos 50 millones, el 10 por ciento, cinco millones de personas, de acuerdo a la Condusef, tienen algún tipo de mora pequeña o muy importante, y estos cinco millones de personas, que es un número muy importante de ciudadanos mexicanos, pudieran estar en una situación como éstas.

Y nada más lo pongo, les ha tocado a ustedes, o conocen a alguien cercano, que con un pequeño atraso ya están recibiendo llamadas, ya están recibiendo algún tipo de presión psicológica para lograr el pago.

PREGUNTA.- Ahora, para poder hacer efectivo esta denuncia, me imagino que el préstamo tiene que ser legal.

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- Sí, claro.

PREGUNTA.- No entrarían las personas que van con los agiotistas.

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- El agio y la usura claro que no. Ese también es otro tipo de delito que también está contemplado en el Código Penal.

Pero este en particular, que es el nuevo, sí alguien muestra que fue intimidado, que fue violentado y que se acredita este tipo ilegal, porque además no solamente es quien lo ejerce, también quien lo hace a través de interpósita persona.

Yo tengo, yo soy acreedor, mando a alguien a que ejerza este tipo de acciones, yo también puedo ser responsable.

PREGUNTA.- ¿No son 12 años?

-SEN. JESÚS CASILLAS ROMERO.- No. De 2 a 4.

 

---000---