México, Distrito Federal, viernes 08 de febrero, 2013

  

Senador: Fidel Demédicis Hidalgo
 
 

BOLETÍN DE PRENSA
 
 
 
Propone Fidel Demédicis dotar de autonomía e independencia institucional a tribunales contenciosos-administrativos

 
 
 
 
Mediante una reforma al artículo 116 constitucional, el senador Fidel Demédicis Hidalgo, del PRD, dotar de autonomía e independencia a los tribunales de lo contencioso administrativo, a fin de garantizar que su desempeño esté ajeno a presiones y propósitos que no sean los de impartir justicia pronta y expedita.

 
 
Demédicis Hidalgo señaló que las obligaciones que el Estado Mexicano ha contraído en el ámbito internacional, particularmente en  lo que atañe a la materia de derechos humanos, impone la necesidad de que la justicia sea impartida por órganos autónomos, en los que se encuentre garantizada la independencia de sus juzgadores.

 
 
“Para lograr este alto cometido en la materia administrativa, es preciso que el Constituyente Permanente profundice la reforma de 1987, garantizando la existencia y la autonomía de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo locales, mediante el establecimiento de las  bases para su organización en forma detallada y específica”, señaló el senador por Morelos.

 
 
Explicó la reforma constitucional al régimen de los tribunales administrativos “debe garantizar la independencia como una cualidad indispensable para asegurar que los jueces resuelvan los asuntos que se someten a su consideración con imparcialidad”.

 
 
Fidel Demédicis dijo que al ser los tribunales de lo contencioso administrativo los encargados de juzgar los actos de las autoridades estatales y municipales, “es imprescindible que desde la Constitución se les fortalezca, dotándoles de las máximas garantías jurisdiccionales para que así se hagan efectivos los derechos humanos y las garantías de acceso a la jurisdicción pronta, completa e imparcial”.

 
 
Reiteró que la independencia del órgano jurisdiccional y sus integrantes, no sólo se constituye en una garantía de los juzgadores, sino se establece como un derecho fundamental de los gobernados.

 
 
“Al ser un derecho fundamental el recibir justicia de un órgano jurisdiccional independiente, respecto de los tribunales contencioso-administrativos, este atributo debe establecerse en la Constitución, a fin de que se constituya en un postulado que goce de la supremacía que le es propia a la ley fundamental”, explicó.

 
 
La iniciativa se turnó a las Comisiones de Puntos Constitucionales, y Estudios Legislativos Primera.

 
 

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