La senadora Angélica de la Peña señaló que el proceso para construir y aprobar la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, ha sido difícil porque la materia es compleja.


En tribuna reconoció que el Senado de la República se demoró en lograr concretar una ley que permitirá tener condiciones institucionales para atender tan terrible flagelo, “sin embargo, este retraso no cuestiona el esfuerzo y la voluntad de los participantes, sobre todo porque al trabajo de las comisiones se integró a representantes de familias de desaparecidos”, añadió.

Destacó que la redacción de esta legislación tuvo la participación de expertas y expertos; consideró las recomendaciones del GIEI y de las de Naciones Unidas en esta materia, y además tomó en cuentalas preocupaciones de las instituciones, particularmente las que tienen que aplicarla la ley.

La legisladora señaló que la discusión de los tipos penales requirió horas y horas -incluso todavía hoy en la madrugada se trabajó en ello- para definir cómo debían quedar inscritos los delitos de desaparición forzada y de desaparición cometida por particulares, los cuales serán continuos e imprescriptibles como lo mandatan las convenciones internacionales.

Uno de los grandes avances, explicó, es la configuración de la Comisión Nacional de Búsqueda, la cual se separa de la investigación a solicitud de las familias de las personas desaparecidas, “esto es comprensible debido a que algunas tienen años buscando a sus seres queridos, por lo que también se destacó en la ley las desapariciones de la época de la guerra sucia”, añadió.

Hay 53 atribuciones expresas a la Comisión Nacional de Búsqueda, entre ellas,  la articulación y obligación para que las Comisiones Estatales de Búsqueda tomen en consideración esas atribuciones y obviamente la configuración de la personalidad de jurídica como órgano desconcentrado.

Apuntó que el termino “persona no localizada” ha generado un debate, pero aclaró que  está inscrito cuando no se tiene ningún indicio,  noticia, reporte o denuncia de que una persona ha desaparecido.

La búsqueda de esa persona comienza en el primer minuto en que las autoridades tienen conocimiento por noticia, o por reporte, o por denuncia; si no hay certeza de que esa desaparición es no voluntaria, además de la búsqueda, se abre la carpeta de investigación. Aunque no haya indicios, abundó, pero la búsqueda dura 72 horas también se abre la carpeta de investigación inmediatamente.

El precepto de persona no localizada no se aplica a las personas menores de 18 años de edad, por lo que desde el instante en que se se presenta la denuncia de su desaparición -más allá de su circunstancia- se abre la carpeta de investigación y se pone en funcionamiento todas las alertas, entre otras, la alerta Amber.

También se cuenta con un capítulo, como nos lo han pedido las organizaciones de derechos de la niñez, dedicado exclusivamente a disposiciones generales para personas menores de 18 años de edad, “hemos cumplido con esa solicitud de las organizaciones; y todos los demás principios, perspectiva de género, interés superior de la niñez y atención específica a migrantes”, comentó de la Peña Gómez.

La senadora solicitó a la Cámara de Diputados su comprensión y confianza en el trabajo realizado por senadoras y senadores y apruebe en este período de sesiones la Ley General en materia de Desaparición Forzada a fin de responder a la preocupación de las familias.

“Pedimos a las y los diputados que confíen en las construcción aun cuando faltan cosas, aun cuando faltan pendientes, aun cuando no correspondimos al cien por ciento a las exigencias de las familias de personas desaparecidas”, comentó.

Finalmente, la senadora Angélica de la Peña solicitó -a nombre de las cuatro presidentas de las comisiones dictaminadoras- al pleno del Senado aprobar de manera unánime el decreto para que incluir en el espectro del marco jurídico nacional la ley contra la desaparición forzada y contra la desaparición cometida por particulares.

 

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