Senadores del Partido Acción Nacional (PAN) presentaron una iniciativa para que todas las designaciones, nombramientos o ratificaciones que haga el Senado de la República se efectúen bajo los principios de imparcialidad, independencia, objetividad, igualdad de condiciones, transparencia, máxima publicidad, accesibilidad, participación ciudadana y rendición de cuentas.

La propuesta, que busca modificar diversos artículos del Reglamento del Senado de la República, tiene como objetivo establecer principios, bases y procedimientos específicos que garanticen la inclusión de la ciudadanía en estas decisiones y que las comisiones legislativas actúen con base en criterios objetivos, que garanticen la imparcialidad, capacidad profesional y conocimientos de los ciudadanos que sean sujetos a un nombramiento.

Al presentar la iniciativa ante el pleno, la senadora Marcela Torres Peimbert afirmó que los procesos de designación abiertos a la ciudadanía no deben ser producto de la buena voluntad de los integrantes de los órganos legislativos.

La iniciativa propone:

1. Adicionar un Titulo Décimo Primero denominado “De las Designación, Nombramientos y Ratificaciones”, así como derogar la Sección Séptima del Título Octavo del Reglamento del Senado de la República.

2. Que todas las designaciones, nombramientos o ratificaciones que se realice el Senado de la República, se realicen bajo los principios de imparcialidad, independencia, objetividad, igualdad de condiciones, transparencia, máxima publicidad, accesibilidad, participación ciudadana y rendición de cuentas.

3. Que los procesos de designaciones, nombramientos o ratificaciones, no podrán iniciarse sin que la Presidencia de la Mesa Directiva de cuenta al pleno, así mismo, deberá turnarlas a la comisión o comisiones competentes para el desahogo de las comparecencias respectivas.

4. Que las comisiones competentes aprobarán una tabla de gradación de calificación la cual deberá contener aspectos mínimos a ponderar, con el objeto de sea tomada como base por los integrantes de la Comisión al momento de elaborar la lista de candidatos.

5. Que para todos los procesos designaciones, nombramientos o ratificaciones, se deberán garantizar por lo menos los siguientes elementos:

·         Uso de plataformas digitales para su transmisión en tiempo real

·         Publicación de toda la información generada con características de datos abiertos.

·         Comparecencias accesibles y publicas

·         Versiones estenográficas

·         Mecanismos de Participación ciudadana.

6. Que las comisiones encargadas del desahogo de las comparecencias deberán emitir un proyecto de dictamen, el cual deberá contener con los parámetros que sirvieron para la evaluación del proceso, el puntaje obtenido por los candidatos de mayor a menor, así como de la evaluación del proceso que realice el Comité de Acompañamiento.

7. Que la integración de un Consejo Ciudadano, el cual estará integrado por 30 Consejeros con carácter de honorifico, mismo que será nombrado al inicio de cada legislatura a propuesta de instituciones académicas y organizaciones civiles, estos Consejeros estarán encargados de evaluar los procesos de designación, nombramiento o ratificación.

8. Por cada proceso de designación, nombramiento o ratificación, participarán tres integrantes del Consejo Ciudadano y sus funciones serán las siguientes:

·         Verificar que los procesos se lleven conforme a lo establecido en el reglamento.

·         Revisar la veracidad de la información que remitan los candidatos

·         Realizar su propia evaluación de los candidatos conforme a los criterios que fueron aprobados

·         Emitir un informe final respecto al proceso en el que participaron.

9. Que en los casos en que el Comité de Acompañamiento identifique en alguna etapa del procedimiento que se está incumpliendo o vulnerando alguna etapa del procedimiento podrán emitir las recomendaciones necesarias a los órganos técnicos competentes a fin de 13 que se cumpla debidamente con el proceso, estas recomendaciones deberán recibir respuesta fundada y motivada por parte de los órganos técnicos, en un término no mayor a 24 horas a partir de su recepción.

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se adicionan diversas disposiciones y se deroga el artículo 257 del Reglamento del Senado de la República, fue suscrita por las senadoras Marcela Torres Peimbert y Pilar Ortega Martínez y los senadores Ernesto Ruffo Appel, Héctor Flores Ávalos y Jorge Luis Preciado Rodríguez, así como por senadores de otros partidos políticos.

 

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