El senador Rabindranath Salazar Solorio propuso modificar la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y el Código Penal Federal, con el propósito de calificar como fraude político la difusión, por parte de los candidatos, de propuestas que no sean acordes al cargo de elección popular al que aspira y cuya naturaleza no corresponda a las facultades del mismo.  

Al fundamentar su propuesta, el legislador del Grupo Parlamentario del PRD destacó que en la percepción ciudadana, ganar elecciones y con ello recursos y poder, se ha vuelto el único objetivo de los partidos políticos tradicionales.

“A pesar de que la legislación establece que los partidos son entidades de interés público, intermedios entre la sociedad y el Estado, (…) se arraigó la práctica de la promesa indiscriminada y de ofertar de manera irresponsable lo que fuese, en aras de no perder la elección”, afirmó.

El senador por Morelos aseveró que las campañas electorales son el espacio idóneo para la comisión de conductas que a lo largo de la historia se han vuelto lenguaje común entre algunos electores y candidatos que se prestan a prácticas de "pedir y ofrecer".

“Tenemos candidatos y candidatas a cargos legislativos y ejecutivos lo mismo ofertando la aprobación de leyes que otorgando empleos, cargos públicos, becas escolares, programas sociales, atención en salud, adopción animal, podas, alumbrado, balizado de banquetas y hasta fiestas patronales en pos de la obtención de voto a pesar de que sus facultades de ninguna manera consisten en esos temas”, dijo.

Salazar Solorio consideró que debe sancionarse de manera ejemplar el hecho de que un candidato oferte, prometa, promueva o se comprometa a la realización de una acción específica cuya naturaleza de realización no dependa o no se encuentre dentro de las facultades del cargo que aspira obtener.

“Cualquier candidato que incurra en esta práctica, actúa con dolo, se aprovecha del desconocimiento de quien lo solicita para obtener un lucro o beneficio electoral, encuadrando su conducta en la definición de fraude”, expuso.

El morelense subrayó que el fraude se define como la acción de engañar a una persona o aprovecharse del desconocimiento del hecho o del error para la obtención de un beneficio o la entrega de un bien.

En ese sentido, agregó, el fraude político deberá entenderse como aquella situación que se presenta cuando el candidato es sabedor de que el cargo al que aspira no tiene como facultad la posibilidad de realizar una acción que un elector le solicita por lo que la conducta se actualiza en cuanto dicho candidato se compromete a realizar, perjudicando al elector y obteniendo un lucro o renta electoral de manera ilícita y realizándolo de manera dolosa y consciente.

“El fraude político se sancionará con la pérdida del registro del candidato al perder su calidad y solvencia moral y al ser el sujeto activo en la comisión de este delito electoral por lo que además de la sanción propuesta en el Artículo 456 se contempla el dar vista al Ministerio Público de la Federación estableciendo el delito de manera expresa en el Artículo 406 del Código Penal Federal”, explicó.

Con esta propuesta, sostuvo el legislador, se abona en la construcción de una verdadera ciudadanía, más informada y preparada para exigirles a sus autoridades y con ello erradicar la práctica electorera de verdaderos “charlatanes del voto” que a lo largo de la historia política han sido cómplices del deterioro de la imagen de los partidos políticos.

Además, añadió, se fortalece el esquema de competencia electoral anteponiendo la propuesta y el pensamiento ideológico que enarbolan los partidos políticos por encima de las corrosivas conductas que durante años se han arraigado y que por ello han generado inconformidad, decepción y una cada vez más baja participación de las y los ciudadanos en las elecciones.

La iniciativa fue turnada a las comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos, Primera, para su análisis y dictaminación.

 

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