Número-253

  • Deben reforzarse los mecanismos que salvaguarden su integridad y evitar que sufran abusos y violaciones a sus derechos fundamentales, dice la diputada Espinosa Rivas.

La diputada María Eugenia Leticia Espinosa Rivas planteó reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley de Migración, con el fin de que los servidores públicos del Instituto Nacional de Migración (INM) cursen y aprueben programas de formación y capacitación especializados en la protección de la infancia y en los derechos de niñas, niños y adolescentes.

 

En el proyecto de decreto presentado en la Comisión Permanente, propone que las Estaciones Migratorias cuenten con áreas separadas, apropiadas y adecuadas para niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados para su alojamiento, en tanto son canalizados a instituciones en donde se les brinde atención adecuada.

 

La legisladora del Grupo Parlamentario del PAN también urgió que los dormitorios de mujeres o donde se alojen niños, niñas y adolescentes no acompañados, hasta 12 años de edad, deben ser exclusivamente del sexo femenino.

 

Reconoció que en la Ley de Migración existen vacíos en materia de protección a los derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes, lo que hace necesario homologar los mecanismos que permitan salvaguardar su integridad, evitando que sufran abusos y violaciones a sus derechos fundamentales, al encontrarse en una situación de alojamiento a cargo de las autoridades migratorias.

 

Refirió que de acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas (ONU), el fenómeno migratorio ha ido en aumento, en el año 2019, el número de migrantes alcanzó la cifra de 272 millones, 51 millones más que en 2010.

 

La diputada del PAN insistió en que las autoridades deben respetar los derechos de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados y cuando se presente alguna situación que dañe su integridad o sus derechos dar aviso a la Procuraduría de Protección competente, a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, al Comité Estatal del Sistema Nacional de Seguimiento y Vigilancia de la Aplicación de los Derechos del Niño en la entidad que corresponda, a efecto de que coadyuven en la garantía y protección de sus derechos.

 

El Proyecto de decreto que reforma la fracción XIV del articulo 109, el artículo 110, el segundo párrafo de la fracción 1, el segundo párrafo de la fracción IV del articulo 112 y adiciona una fracción XX Bis al articulo 3 y el artículo 25 Bis, de la Ley de Migración, fue turnado directamente a las Comisiones de Asuntos Migratorios; con opinión de la Comisión de Derechos de la Niñez y Adolescencia de la cámara de diputados.