Número-197 

  • Actualmente México cuenta con 74 áreas de este tipo y las conforman 68.8 por ciento de la población, precisa el diputado Rodríguez Carrillo.

 

Con el fin que en México disminuya el crecimiento de la mancha urbana, se combata con mejores estrategias el cambio climático e impulse una movilidad sustentable, el diputado de Movimiento Ciudadano, Mario Alberto Rodríguez Carrillo, presentó en la Comisión Permanente una iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

 

Señaló que no se han establecido políticas públicas reales y eficientes que generen un mejor desarrollo en las Zonas Metropolitanas, como vivienda digna, transporte público eficiente, incremento de vehículos no motorizados y una gobernanza adecuada.

 

A decir del legislador, es necesario diseñar y establecer un apartado en la Ley que establezca la obligatoriedad de asignar recursos públicos mediante el Fondo Metropolitano en cada Presupuesto de Egresos de la Federación, debido a que no hay certidumbre en su asignación, y, pudiera desaparecer en un momento, lo que redundaría en una afectación de las Zonas ya establecidas.

 

Actualmente, recordó, las Zonas Metropolitanas en nuestro país se incrementaron a 74, se conforman con una densidad poblacional de 75.1 millones de habitantes, lo que representa el 68.8 por ciento de población.

 

Hizo hincapié en que es urgente otorgar al Fondo Metropolitano certeza jurídica, crecimiento de proyectos, programas y continuidad; independientemente de las administraciones públicas o de intereses particulares, para reafirmar un desarrollo urbano sustentable con movilidad activa, que realice obras y acciones de manera integral, para eliminar emisiones de gases de efecto invernadero.

 

 

 

Rodríguez Carrillo subrayó que con la modificación planteada, los recursos del Fondo Metropolitano se utilizarían para realizar un Plan de Desarrollo Metropolitano, establecer los proyectos y programas de las zonas metropolitanas que cuenten con registro de la Unidad de Inversiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

 

Además, añadió, de que se asignen los recursos del Fondo equitativamente a las zonas metropolitanas, para promover e impulsar el desarrollo regional, principalmente en la movilidad no motorizada, transporte público accesible y sustentable, desarrollo urbano, vivienda y ordenamiento territorial, cumpliendo las disposiciones que regulan el ejercicio de sus funciones, facultades y atribuciones.

 

El legislador también dijo que 50 por ciento de los recursos autorizados para las zonas metropolitanas en el Presupuesto de Egresos de la Federación, se destinarían a programas y proyectos de infraestructura Integral y sustentable para la movilidad activa y motorizada eléctrica, transporte público sustentable y transporte público eléctrico.

 

El Fondo, agregó, se determinará de manera proporcional de conformidad a la densidad poblacional y al número de municipios que la integran; dichos recursos no podrán ser considerados, en ningún caso, como sustitutivos, parcial o total de los montos correspondientes a los recursos ordinarios de otros rubros.

 

Remarcó que el capital que se otorgue a las Zonas Metropolitanas será para gastos de operación, los cuales serán regularizados en su presupuesto ordinario para dar continuidad a programas y proyectos de infraestructura que otorguen desarrollo, crecimiento y expansión.

 

Indicó que la obligatoriedad del Fondo Metropolitano debe ser un aliciente para las entidades federativas, como un apoyo para las Zonas Metropolitanas, integradas por varios municipios, que de no ser por éste sería una tarea prácticamente imposible de llevar a cabo.

 

El proyecto de decreto que reforma y adiciona disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, se le dio turno directo a la Comisión de Desarrollo Metropolitano, Urbano, y Ordenamiento Territorial, con opinión de la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.