Senado de la República

COORDINACIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL

Número-186 

  • Plantea el PRI que la medida proceda cuando la emergencia sanitaria sea declarada por el Consejo de Salubridad General.

Durante una emergencia sanitaria que sea declarada por el Consejo de Salubridad General, las personas físicas del país podrán deducir al 100 por ciento los gastos médicos y hospitalarios, en el año fiscal correspondiente, planteó la diputación federal del PRI.

 

Se trata de una iniciativa con proyecto de decreto presentada por el diputado Rubén Ignacio Moreira Valdez, a nombre de la diputada Soraya Pérez Munguía, para adicionar un último párrafo al artículo 151 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, con ese objetivo.

 

El legislador coahuilense argumentó que los gobiernos de diversos países han anunciado paquetes económicos de apoyo a empresas y a ciudadanos como respuesta a las condiciones fiscales relacionadas con la pandemia del Covid-19, para ayudar a los sectores más afectados a reactivar sus economías.

 

En nuestro país, expuso, los estímulos fiscales pueden ser la herramienta que brinde un “respiro” a las familias que han gastado gran parte de su patrimonio en atender la contingencia actual.

 

Señaló que los apoyos fiscales deben ser dirigíos a aquellos que más necesitan ayuda. Una buena focalización de acciones y recursos ayudará a mejorar los resultados, al permitir un apoyo más sólido donde la necesidad es más apremiante. Es decir, las acciones fiscales deben centrarse en los sectores más afectados, apuntó.

 

Expuso que en el caso de la atención médica por el coronavirus implica, generalmente, un gasto en análisis clínicos y estudios de laboratorio, honorarios médicos y de enfermeras, gastos hospitalarios y medicinas. Si la enfermedad se trata en el sector privado, todo el gasto correrá a cargo del paciente, agregó.

 

Abundó que conforme a lo establecido en la Ley del ISR, los gastos de laboratorio y medicamento son deducciones personales siempre y cuando sean gastos hospitalarios, es decir, que las medicinas se hayan comprado en el hospital y que la persona haya sido hospitalizada.

 

De esta manera, dijo, para 2020, el monto límite de esas deducciones será de 158 mil 469 pesos o el 15 por ciento del total de ingresos, incluidos los exentos o lo que resulte menor.

Señaló que el ordenamiento también permite deducir los honorarios de las enfermeras, ya que el paciente puede requerir cuidados después de la hospitalización.

 

La propuesta fue turnada, para estudio y dictamen, a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados.