Número-005 

  • Por medio de plataformas digitales los legisladores podrán presentar asuntos que no requieran discusión ni votación.
  • Habrá condiciones sanitarias para que en las plenarias presenciales, si es el caso, se inhiba riesgo de contagio.


La Comisión Permanente aprobó un acuerdo que establece las reglas básicas para el funcionamiento de este órgano del Congreso de la Unión, que incluye el desarrollo de sesiones presenciales y, en su caso, a distancia, durante el Segundo Receso del Segundo Año de Ejercicio de la LXIV Legislatura.

 

El documento, avalado en la sesión plenaria del 1 de mayo, dispone que durante el tiempo que permanezcan vigentes las medidas de aislamiento determinadas por las autoridades sanitarias, la Comisión Permanentepodrá celebrar sesiones a distanciapara para cumplir con sus obligaciones constitucionales y legales, con el uso de las tecnologías de la información y comunicación asociadas a Internet.

 

Aclara que este tipo de sesiones se realizarán para la presentación de asuntos que no requieran discusión ni votación y se transmitirán por el Canal de Televisión del Congreso y a través de las redes oficiales del Senado de la República.

 

También precisa que el proceso parlamentario para la convocatoria del Congreso o de una sola Cámara a sesiones extraordinarias, así comoel relativo a cualquier asunto que requiera de la deliberación y la votación de la Comisión Permanente, se realizará únicamente en sesiones plenarias presenciales.

 

Para las sesiones a distancia, la Presidencia de la Mesa Directiva publicará en la Gaceta el citatorio dirigido a sus integrantes, donde se señale el día, hora y plataforma digital de comunicación remota por la cual se llevarán a cabo.

 

Adicionalmente, remitirá dicho citatorio a través del correo electrónico institucional y, en su caso, por aplicación de mensajería instantánea (Whatsapp), a través del número telefónico que las y los legisladores hayan señalado para tales efectos.

 

“Las sesiones a distancia se realizarán con el apoyo de las herramientas tecnológicas, considerando el estado de funcionamiento en que se encuentren, las cuales no están exentas de fallas técnicas, por lo que se apela a la buena fe y tolerancia de las y los legisladores que participen en los trabajos plenarios desarrollados bajo esta modalidad”, se señalaen el documento.

 

El acuerdo también establece que la Comisión Permanente podrá celebrar sus sesiones de manera presencial en el salón de Plenos del Senadode la República, preferentemente los días miércoles de cada semana, y quela Presidencia de la Mesa Directiva, previo acuerdo con los representantes de los Grupos Parlamentarias, convocará a sesiones los días que estime necesario.

 

La Mesa Directiva propiciará las condiciones necesarias para que la sesión se desarrolle inhibiendo el riesgo de contagio de quienes participen en ella, aplicando las medidas que sean indispensables para asegurar la sana distancia recomendada por la Secretaría de Salud.

 

Durante el tiempo que dure la contingencia, en las sesiones plenarias presenciales se aplicarán las medidas sanitarias que han sido determinadas por el Consejo de Salubridad General y adoptadas por los órganos de gobierno del Senado de la República.

 

Quedarán exentas de acudir a las instalaciones de dicho órgano legislativo: mujeres embarazadas o en lactancia; madres con hijos menores de 5 años; personas mayores a 65 años y aquellas con factores de riesgo.

 

En ningún momento de la sesión podrá haber más de 50 personas en el Pleno. En caso de ocurrir lo anterior, la Presidencia hará los avisos correspondientes.

 

Durante el tiempo que permanezca la emergencia sanitaria, el Pleno estará facultado para emitir documentos electrónicos oficiales, con la utilización de las herramientas tecnológicas disponibles, los cuales tendrán plena validez legal.

 

En caso de que a la fecha de conclusión del Segundo Receso permanezca la emergencia sanitaria, la Presidencia podrá declarar la clausura de los trabajos de la Comisión Permanente a través de oficio, lo cual será comunicado al titular del Poder Ejecutivo Federal, a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a las Cámaras del Congreso de la Unión.

 

El acuerdo parlamentario también establece las reglas básicas para la conformación del Orden del Día y los debates que se realicen en el Pleno, desarrollo de las reuniones presenciales y a distancia de la Mesa Directiva, y la conformación del Orden del Día de sus reuniones.