Número-219

  • El Pleno coincidió en que el Estado debe establecer medidas y acciones para garantizar los derechos de las mujeres.

 

En la sesión de la Comisión Permanente fueron aprobados 22 puntos de acuerdo que presentó la Primera Comisión de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia.

 

Destaca un exhorto a las titulares de las secretarías de Gobernación y de Bienestar para impulsar las estrategias y metas de los programas sectoriales de sus respectivas dependencias, alineadas al Plan Nacional de Desarrollo, 2019-2024, en materia de perspectiva de género.

 

El dictamen señala que el Estado Mexicano tiene la obligación de establecer medidas y acciones que garanticen los derechos humanos de las mujeres, a fin de consolidar un país libre de violencia contra las mujeres. Sin embargo, el Plan antes referido muestra importantes deficiencias en un análisis de convencionalidad, constitucionalidad y legalidad en materia de género, apunta.

 

El pleno coincidió en que es necesario atender, según las recomendaciones de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, la perspectiva de género, la cual tiene como objetivo crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la igualdad de género.

 

De igual forma, señalaron que es necesario fortalecer las vías para evitar la discriminación contra las mujeres y tomar acciones concretas, como la redistribución equitativa de las actividades entre los sexos, la justa valoración de los distintos trabajos que realizan mujeres y hombres, la modificación de las estructuras sociales, los mecanismos, reglas, prácticas y valores que reproducen la desigualdad, así como el fortalecimiento del poder de gestión y decisión de las mujeres.

 

En el mismo sentido, el Pleno exhortó a los congresos locales de todas las entidades federativas a realizar las reformas necesarias para tipificar el delito de feminicidio, partiendo del concepto y las penas contempladas en el Código Penal Federal.

 

La propuesta señala que, aunque hace años se tipifico el feminicidio a nivel federal, en la actualidad sólo 19 entidades federativas del país cuentan con un tipo penal que cumple total o parcialmente con las características para poder acreditar el delito, el resto no cuenta con un tipo penal adecuado.

 

El texto referido busca que la definición establecida en el Código Penal Federal prevalezca en todas las entidades federativas, que unifique criterios y que capacite a los encargados de la impartición de justicia para que ningún crimen quede impune.

 

También, se exhortó al Poder Judicial de la Federación, a la Fiscalía General de la República, a la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia de los Estados Unidos Mexicanos y la Conferencia Nacional de Procuradores a que remitan, de manera semestral, la información indispensable al Congreso de la Unión, a efecto de que las Comisiones de Justicia de ambas Cámaras, evalúen el funcionamiento y operatividad de las disposiciones contenidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

El punto de acuerdo informa que el 5 de marzo de 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales, mismo que en el artículo décimo tercero transitorio establece una evaluación del Poder Legislativo.

 

Señala que desde la publicación de dicho Código, no se tiene conocimiento de que alguna de las autoridades obligadas haya cumplido con el mandato del artículo antes mencionado, lo cual representa un incumplimiento a la ley.

 

El Pleno coincidió en que la normatividad en cuestión debe ser evaluada, tanto por los operadores jurídicos a nivel federal y local, así como por las Comisiones de Justicia del Congreso de la Unión, a efecto de determinar la operatividad de cada una de las disposiciones contenidas en el Código antes referido.