Número-201

  • La causa penal se remitió a un distrito judicial distinto a donde ocurrieron los hechos; dos detenidos no lo señalan como participante o cómplice.

El Tribunal Superior de Justicia del Estado de Hidalgo y el Consejo de la Judicatura Federal deberán resolver conforme a derecho el caso del ciudadano Manuel Samuel Castro Mercado, debido a las graves inconsistencias jurídicas en el proceso de su encarcelación, solicitó el diputado Juan Romero Tenorio.

El legislador del Grupo Parlamentario del Partido Morena presentó al Pleno una propuesta con punto de acuerdo,  elaborada por su compañera legisladora Norma Xóchitl Hernández Colín.

Expuso que el 28 de enero de 2012, el referido ciudadano Castro Mercado fue detenido por hechos posiblemente constitutivos del delito de homicidio y que motivan el inicio de la averiguación previa 03/080/2012, ante el Agente del Ministerio Público adscrito a ciudad Sahagún, en el municipio hidalguense de Tepeapulco.

En la misma fecha, continuó el diputado Romero Tenorio, las diligencias se remitieron a la ciudad de Pachuca, capital de Hidalgo, mediante oficio dirigido a la Dirección General de Averiguaciones Previas de la fiscalía estatal, para que fueran turnadas al Agente del Ministerio Público correspondiente y se siguiera la debida integración y determinación que en Derecho procediera.

Refirió que la situación jurídica del detenido se agravó, debido a la extinción del citado Juzgado Tercero Penal, el 18 de noviembre de 2014, por lo cual la causa penal fue remitida al Juzgado Primero Penal de Pachuca, donde fue radicada hasta el 22 de enero de 2015, bajo el número 248/2014, en la que el juez natural tampoco justificó ni hizo manifestación alguna relativa a la jurisdicción con que recibió dicha causa penal.

Al mismo tiempo, señaló, dos ciudadanos fueron aprehendidos como los responsables del homicidio que se imputa a Castro Mercado, quienes ya aceptaron su responsabilidad y no señalan al detenido en cuestión por los mismos.

El  diputado Romero Tenorio indicó,  en la exposición de hechos, que  desde el inicio se dio valor de prueba plena a la puesta a disposición que hicieron los policías aprehensores, cuando ésta no obtenida de manera inmediata y de manera indebida interrogaron a los detenidos sin la presencia de un representante legal.

La propuesta fue turnada a la Primera Comisión de Trabajo de Gobernación, Puntos Constitucionales y de Justicia de la Comisión Permanente,  para su análisis y dictamen correspondiente.

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