Número-075

  • El objetivo es dar certeza en lineamientos y plazos para su otorgamiento.

A fin de precisar lineamientos y plazos para el otorgamiento de la Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, se propuso ante el Pleno de la Comisión Permanente una modificación de los artículos 7 y 8 y adiciona un artículo 8 Bis al Reglamento correspondiente.

La Medalla al Mérito Cívico “Eduardo Neri, Legisladores de 1913”, es la más alta  distinción que otorga la Cámara de Diputados, a los  ciudadanos que han destacado en los ámbitos cívico, político o legislativo, y cuyos actos beneficien a la República y a la sociedad.

Al presentar la iniciativa, la diputada  María Bárbara Botello Santibáñez, del Grupo Parlamentario del PRI, explicó que en 2013 se propuso que dicha presea fuera entregada de manera anual, en lugar de cada tres años; sin embargo, la redacción de los artículos en mención es difusa, lo que genera incertidumbre jurídica respecto de los tiempos establecidos para llevar a cabo el procedimiento.

Por lo anterior, se plantea estipular que para la expedición de la convocatoria a partir del segundo año de ejercicio de la Cámara de Diputados, se realizará durante el mes de julio; la recepción de candidaturas los plazos abarcarán los meses de agosto y septiembre; y determinar que los plazos para el otorgamiento de la presea serán: al inicio de la legislatura, en el mes de diciembre, preferentemente el día 15; y para el segundo y tercer años de ejercicio, en octubre, preferentemente el día 9.

La iniciativa se turnó para dictamen a la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados.

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