Número-391

  • Facultad del SAT para dejar sin efectos los certificados fiscales sin notificación previa deja en estado de indefensión al contribuyente.

El senador Jesús Priego Calva presentó una iniciativa para incorporar al Código Fiscal de la Federación la notificación previa, así como la garantía de audiencia en los casos en los que el Servicio de Administración Tributaria deje sin efectos los certificados fiscales que emita el contribuyente.

En el proyecto, que también suscribe la senadora Yolanda de la Torre Valdez, del Grupo Parlamentario del PRI, se destaca que para prevenir arbitrariedades y excesos que pudiera cometer la autoridad en el ejercicio de sus facultades, la presunción de inocencia se erige como un derecho humano que salvaguarda la libertad personal y patrimonial de la persona frente al Estado.

En el Código Fiscal de la Federación establece diversos supuestos relacionados con actos sancionadores del SAT,  “respecto de los cuales la autoridad hacendaria es omisa en notificar previamente al contribuyente de su imposición, así como, de otorgarle garantía de audiencia para su debida defensa”.

La fracción X del artículo 17-H del ordenamiento vigente, que establece la facultad del Servicio de Administración Tributaria para dejar sin efectos los certificados fiscales, se señala en la iniciativa, “deja en estado de indefensión al contribuyente frente al poder coactivo del Servicio de Administración Tributaria e, incluso, viola un derecho humano al mínimo vital”.

La iniciativa se turnó a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores para su análisis y dictamen correspondiente.