Número-383

  • No contar con un documento oficial de identificación, resulta incompatible con los principios de dignidad humana y de reinserción social.

El Pleno de la Comisión Permanente recibió un oficio de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), donde hace un pronunciamiento sobre el Derecho de las Personas Procesadas y Sentenciadas Penalmente a una Identificación con Validez Oficial.

La Comisión señala que es trascendente que, de manera explícita, se permita a toda persona procesada o sentenciada penalmente que se encuentran en libertad, a contar con una identificación válida oficialmente, refrendando la independencia de este derecho a su condición jurídica.

El pronunciamiento refiere que no poder contar con un documento oficial de identificación que garantice el derecho humano a la identidad personal por ser procesado o sentenciado por la comisión de un delito, resulta incompatible con los principios de dignidad humana y de reinserción social, reconocidos en la Constitución.

La CNDH considera que el ejercicio del derecho a la identidad es indisociable de un registro y una cédula que permita proporcionar materialmente a las personas el ejercicio de otros derechos de naturaleza económica, social y cultural.

Debe reconocerse que los criterios previstos en el artículo 38 constitucional, para la suspensión de derechos de los ciudadanos, no implica que se les suspenda el derecho a poder contar con una identificación con validez oficial.

El oficio de la CNDH fue remitido a las comisiones unidas de Derechos Humanos y de Gobernación del Senado de la República y de la Cámara de Diputados.