• El solicitante deberá presentar un certificado que acredite que está sujeto al proceso de reasignación.

En México aún existe resistencia a la reasignación para la concordancia sexo–genérica, por prejuicios sociales o por desconocimiento de lo que significa la identidad sexual o la identidad de género, señaló el senador Benjamín Robles Montoya. 

El legislador del Grupo Parlamentario del PT dijo que el Estado mexicano debe asegurar los medios necesarios para que cada ciudadano cuente con una identidad particular y su constatación con carácter oficial; así como proveer los mecanismos institucionales y normativos que operen el servicio público de registro y certificación de la existencia de una persona y las variaciones a su estado civil.

Al presentar una iniciativa para reformar el artículo 135 bis del Código Civil Federal, a fin de que se pueda  solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento por reasignación de concordancia sexo–genérica, propuso crear el Capítulo III del Título Segundo del Libro Tercero del Código Federal De Procedimientos Civiles, para determinar los requisitos necesarios para realizar el trámite.

Los solicitantes de un acta por reasignación deberán ser de nacionalidad mexicana, mayores de edad y anexar a la solicitud un certificado que acredite que se encuentran sujetos al proceso de reasignación para la concordancia sexo-genérica, con un mínimo de cinco meses, expedido por el profesionista a cargo del tratamiento de quien la solicita.

Así como manifestar su nombre completo y sexo original, con los datos registrales correspondientes; y el nombre sin apellidos y, en su caso, el sexo solicitado.

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos Primera del Senado de la República para su análisis.

LEGG

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