662El senador Sebastián Calderón Centeno, presidente de la Comisión de Marina aseguró que las reformas a las leyes de Navegación y Comercio Marítimos y de Puertos aprobadas por el Senado de la República son un avance significativo para la regulación del servicio de pilotaje.

El dictamen puntualiza que el servicio de pilotaje o practicaje es una actividad eminentemente intelectual que realizan de forma directa y sin intermediarios una persona física, de nacionalidad mexicana por nacimiento, llamado práctico o piloto de puerto.

Además, se aclara la referencia a los pilotos de puerto, porque en la legislación actual sólo menciona “pilotos”, concepto que incluiría a pilotos de aeronaves o de autos, y se amplía el concepto de servicios de practicaje o pilotaje con el fin de armonizarlo con el contenido del Artículo 32 de la Constitución Política, referente al practicaje.

Al fundamentar el dictamen, el legislador panista expresó que también se establece que el servicio se presta tanto en los puertos como en las zonas de pilotaje, y éste es considerado como un servicio profesional.

El servicio de pilotaje, dijo, en el ámbito de sus atribuciones y responsabilidades corresponderá solamente a los pilotos de puerto, así como la toma de decisiones técnicas tendiente a la seguridad de navegación.

Además se precisa que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes deberá tomar en cuenta la opinión técnica de los pilotos de puerto cuando lo considere necesario.

El dictamen se remitió a la Cámara de Diputados y fue aprobado por unanimidad con 90 votos a favor.

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