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El Senado de la República aprobó, con 84 votos, reformas a la Ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, a efecto de dotar de mayor certeza jurídica los procesos de designación, sustitución y ratificación de quienes formen parte del Consejo Consultivo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

Para ello, estableció criterios claros y precisos que permitirán garantizar la correcta integración y el eficaz funcionamiento de ese órgano.

Fijó las reglas y tiempos a los que deberá sujetarse un proceso de sustitución, en caso de falta absoluta de cualquier integrante del Consejo Consultivo, así como para que no puedan ser más de dos los nombramientos derivados por el principio de renovación anual.

En este supuesto, el presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, notificará a la Cámara de Senadores o en su caso a la Comisión Permanente.

En el dictamen enviado a la Cámara de Diputados se precisa que la redacción vigente puede ser mal interpretada y dar lugar a una concepción que infiera la posibilidad de realizar más de dos sustituciones anuales en función de un orden cronológico determinado.

 


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