6101La licencia por edad límite se concederá a los miembros de las Fuerzas Armadas con veinte, veinticinco o más años de servicios efectivos, que estén próximos a ser colocados en situación de retiro.

Este planteamiento fue formulado por el senador Sebastián Calderón Centeno, del PAN, al presentar reformas a las leyes orgánicas de la Armada de México y del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Además, de aprobarse la iniciativa, dicha licencia será concedida por una sola ocasión, con goce de las percepciones que esté recibiendo el personal naval y sin interrumpir su tiempo de servicios, en los términos y condiciones que establezca el Reglamento correspondiente.

La intención, agregó, es brindar seguridad jurídica al personal naval y militar que solicite licencia y esté próximo al retiro del servicio activo.

En tribuna, el legislador recordó que con el objetivo de crear una figura equivalente a la licencia prepensionaria o prejubilatoria que existe en el medio civil, el Congreso reformó las leyes que rigen a las Fuerzas Armadas para establecer la licencia por edad límite.

Ello, con el propósito de que el personal próximo a retiro forzoso por edad límite y después de por lo menos 30 años de servicio, disponga de un lapso de tiempo previo a su retiro para organizar los asuntos de interés y adaptarse a su nueva situación.

Lo anterior –añadió-- constituye un avance significativo respecto a los derechos del personal de las fuerzas armadas próximo al retiro con veinticinco años de servicio activo.

Sin embargo, “consideramos justo extender los beneficios desde los veinte años de servicio para el caso de tropa, clases y marinería en el caso del personal naval”, precisó.

Para los generales, jefes y oficiales esta prestación se prevé que sea a partir de los veinticinco años; así como almirantes, capitanes y oficiales, otorgándoles una licencia de tres meses que aumenta de manera progresiva en relación al número de años de servicio.

La temporalidad de tres meses que se propone, agregó el legislador, es porque se considera como la mínima adecuada para cumplir con el objeto de la licencia por edad límite, y permitir que el militar se inserte progresivamente a la vida civil.

La iniciativa se turnó a las comisiones de Marina y de Estudios Legislativos, Primera.

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