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El cambio más importante de la reforma en telecomunicaciones es en materia de amparo indirecto, pues las normas generales, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia y del Instituto Federal de Telecomunicaciones podrán ser impugnados solamente mediante el juicio de amparo indirecto y no serán objeto de suspensión, afirmó el académico Luis de la Calle al presentar su ponencia ante senadores.

La imposibilidad de suspender el acto reclamado “va más lejos”, tomando en cuenta las recientes reformas al Artículo 129 de la nueva Ley de Amparo; la  eliminación de la suspensión puede resultar en un daño irreparable para los agentes económicos involucrados, trabajadores, clientes, proveedores, intermediarios financieros, tenedores de deuda y otros y puede resultar en una reducción importante de la competencia, al eliminar uno o más jugadores.

Además, dijo, la eliminación de la suspensión es violatoria de tratados internacionales aprobados por el Senado en materia de derechos humanos, de inversión y comerciales.

El experto también destacó que la creación de órganos autónomos al quedar fuera de los poderes, lo hacen también de su división y de pesos y contrapesos, en particular en ausencia de suspensión en los amparos indirectos que pueden tener efectos irreversibles y que sobredimensiona el poder de negociación de los órganos autónomos con respecto a los particulares en asuntos específicos.

Asimismo, indicó que al facultar a la COFECO para regular el acceso a insumos esenciales, podría incrementar significativamente la intervención del Estado en la economía.

A su vez, el director general del Instituto Mexicano de Competitividad (IMCO), Juan Pardinas,  aseguró que la reforma no sólo es de comunicaciones sino también de competencia. “La competencia debe ser un medio para que el consumidor obtenga mejores productos a precios más accesibles, atraer mayores inversiones y generar mejor crecimiento en el  país”.

Además, señaló que lo primero que “le brincó” de la reforma  fue el diseño institucional de forjar dos órganos  especializados en materia de competencia: uno especializado en el sector de telecomunicaciones y otro para el resto de la economía.

Por tal motivo, pidió a los senadores preguntar al pleno de COFECO si las 11 personas que tienen para realizas estudios de mercados relevantes son suficientes para efectuar la tarea y, en ese sentido, manifestó que tiene que acelerarse la formación de equipos técnicos en el país.

Asimismo, expresó que las opiniones y el trabajo de las instituciones no se pueden detener por los ciclos políticos y que se debe ver que los equipos humanos garanticen la continuidad institucional.

Al dar paso a los cuestionamientos, los senadores José María Martínez y Martínez y Javier Lozano Alarcón manifestaron su preocupación ante el riesgo de que en la nueva ley de telecomunicaciones queden vacíos que pudieran ignorar tratados internacionales para la protección de inversión extranjera, lo cual podría derivar en demandas altamente costosas para el Estado.
 
Ante ello, Juan Pardinas propuso que se estipule que el Estado contará con un órgano de control de competencia económica descentralizado y autónomo, el cual contará con facultades para cumplir eficazmente su objeto, incluido ordenar medidas de competencia y libre concurrencia.
 
Se debe estipular también, apuntó, que la referida Comisión contará con las facultades necesarias para cumplir eficazmente con su objeto, incluido ordenar la desincorporación de activos, derechos particulares y  la acción  de los diferentes agentes económicos, en el caso de resolverse hechos de conflicto, en  conformidad con la  Ley Federal de Competencia Económica.
 
De igual forma, propuso eliminar en la Comisión la función regulatoria que supla las facultades del Ejecutivo Federal.
 
Por su parte, Luis de la Calle señaló la necesidad de que en la exposición de motivos se especifique y expliquen las causas por las que no procedería la Ley de Amparo en caso de suspensión de transmisiones, a fin de no afectar a otros sectores del resto de la economía mexicana.

El senador del PVEM, Juan Gerardo Flores Ramírez, expresó que resulta preocupante el hecho de que se pueda eliminar tanto la figura de la suspensión, como el interponer recursos de reconsideración ante las decisiones de los órganos reguladores.
 
“Me preocupa que se plantee que una autoridad pueda quedar sin ninguna posibilidad de contrapeso y revisión de sus actos, ya que esto puede generar  problemas para atraer la inversión”.
 
Luis de la Calle, académico del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) afirmó que de eliminar la suspensión se violan tratados en términos de derechos humanos y garantías individuales, así como de debido proceso y acceso efectivo a la justicia.
 
“Lo que buscamos es crear un órgano que  se sujete a las leyes de transparencia y a los procedimientos administrativos, para que el ciudadano pueda presentar sus derechos”.
 
El director General del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), Juan Pardinas, manifestó que en un escenario de este tipo, se envía una señal a los mercados internacionales de inseguridad jurídica.
 
Lo anterior debido a que la creación de un órgano autónomo con capacidad de deliberación, donde sus decisiones no causan suspensión en caso de amparo, “significa que estamos moviéndonos de la división de poderes a la ocupación de ellos, porque las decisiones las tomaría un órgano administrativo y no un juez”.

 


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