Número-541

  • Se plantea modificar el artículo 20 de la Constitución para proveer traductor o intérprete en los procesos penales para estos sectores de la población.

Con el objeto de garantizar el acceso a la justicia a las personas con discapacidad y personas que forman parte de alguna comunidad o pueblo indígena, el senador Joel Padilla Peña planteó adicionar una fracción al artículo 20 de la Constitución.

El legislador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo explicó que su propuesta prevé que la autoridad deberá proveer traductor o intérprete, durante todo el proceso penal, cuando el imputado no hable o no entienda el idioma español, y que, además se le permitirá hacer uso de su propia lengua o idioma, al igual que a las personas que tengan algún impedimento para darse a entender.

Apuntó que en los casos en el que imputado sea miembro de un pueblo o comunidad indígena, tendrá derecho a ser asistido por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura.

Especificó que las personas con discapacidad tienen derecho a que se les facilite un intérprete de Lengua de Señas Mexicana o medios tecnológicos que le permitan comprender la información necesaria para su debida defensa y para el entendimiento cabal de todas y cada una de las actuaciones

En la parte transitoria del decreto, el senador Padilla Peña expone que los titulares del Poder Ejecutivo Federal y de las entidades federativas, deberán prever, de forma progresiva, recursos suficientes en los presupuestos de egresos para que las instancias de administración e impartición de justicia, cuenten con la disponibilidad de capital para la comunicación, ayudas técnicas y humanas necesarias para la atención de las personas miembros de pueblos o comunidades indígenas y personas con discapacidad en sus respectivas jurisdicciones.

La propuesta fue turnada a las comisiones de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Primera.