Número-230

  • Será la autoridad en zonas marinas mexicanas, costas, puertos, recintos portuarios, terminales e instalaciones portuarias nacionales, entre otros.

La Mesa Directiva turnó a las comisiones unidas de Gobernación, Marina y Estudios Legislativos, Segunda, la minuta enviada por la Cámara de Diputados, que reforma diversas disposiciones de las leyes Orgánica de la Administración Pública Federal, de Navegación y Comercio Marítimos, y de Puertos, a efecto de ampliar atribuciones de la Marina en zonas marítimas mexicanas.

El proyecto de decreto busca que la Secretaría de Marina ejerza la Autoridad Marítima Nacional en las zonas marinas mexicanas, costas, puertos, recintos portuarios, terminales, marinas e instalaciones portuarias nacionales; así como, en su caso, aguas nacionales donde se realicen actividades de su competencia.

También que regule las comunicaciones y transportes por agua, así como formular y conducir las políticas y programas para su desarrollo, de acuerdo a las necesidades del país, además de dirigir la educación naval militar y la educación náutica mercante.

La minuta también amplía la facultad de la dependencia para construir, reconstruir y conservar las obras portuarias que requiera la Armada y la Secretaría de Marina, así como las obras marítimas, portuarias y de dragado y, en su caso, autorizarlas cuando sobrepasen sus capacidades técnicas y operativas.

Aunado a esto, dispone que podrá adjudicar y otorgar contratos, concesiones y permisos para el establecimiento y explotación de servicios relacionados con las comunicaciones y transportes por agua con embarcaciones o artefactos navales, y para formular y conducir las políticas y programas para el desarrollo de las comunicaciones y transporte terrestre y aéreo, de acuerdo a las necesidades del país, entre otras.