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El PRD en el Senado presentó reformas a la Constitución para garantizar el acceso de mujeres y hombres -de manera igualitaria-, a cargos de representación popular y de los órganos colegiados de toma de decisiones de los Poderes de la Unión, de la administración pública, centralizada o paraestatal, y en los organismos autónomos o privados.

Además, a fin de establecer los principios de igualdad sustantiva y efectiva, como ejes rectores, la senadora Angélica de la Peña Gómez, explicó que en los ordenamientos jurídicos es donde las mujeres hemos recibido un trato jurídico discriminatorio, lo que hizo que muchas constituciones modernas establecieran expresamente un principio de igualdad de derechos.

Adicionalmente,  planteó adecuar el concepto de “familia” por el de “familias”, en virtud de la evolución que los procesos y estructuras familiares han venido desarrollando de acuerdo a las realidades sociológicas de nuestro tiempo

La igualdad sustantiva, dijo, es el acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales entre hombres y mujeres.

Mientas que la efectiva, es la igualdad de hecho o material por oposición a la igualdad de derecho o formal.

Precisó que el derecho de igual protección de la ley significa que ésta no puede ser aplicada de manera distinta a personas en situaciones similares, ni de forma idéntica a personas en situaciones diferentes.

Sin embargo, subrayó que a pesar de que el Estado ha ratificado un número importante de instrumentos internacionales, aún no se resuelven los obstáculos que han impedido que “esa igualdad” se ejerza de manera real e irrestrictamente, por parte de las mujeres, entre otras cuestiones.

La iniciativa se turnará a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos.

 

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