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El senador priista Omar Fayad Meneses propuso modificaciones a la Constitución para que el nombramiento del secretario de Relaciones Exteriores sea aprobado por la Cámara de Senadores a propuesta del presidente de la República.

Según la iniciativa, el Senado también estará facultado para ratificar los nombramientos que el Ejecutivo federal haga del procurador General de la República, embajadores, cónsules generales y empleados superiores de la Secretaría de Hacienda.

Asimismo, de los integrantes de los órganos colegiados encargados de la regulación en telecomunicaciones, energía y competencia económica, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea Nacionales.

Al respecto, el legislador señaló que el tema del nombramiento de los secretarios de Estado, ha sido una constante en la historia del México independiente, confrontando los argumentos de si debe ser una facultad exclusiva del Ejecutivo para evitar la injerencia de alguno de los otros poderes.

Explicó que en la Constitución vigente, se mantiene la postura de la ratificación por parte del Senado de algunos cargos, como embajadores, cónsules y empleados superiores de Hacienda, excluyendo los secretarios de Estado, cuyo nombramiento y remoción, sigue siendo decisión unilateral del Ejecutivo.

Dijo que en el caso de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE), a diferencia de la mayoría de las otras secretarías, las facultades que tiene en materia de política exterior se vinculan estrechamente con las del Senado en el mismo campo.

“De nada sirve a los intereses de la nación que quien representa a la cancillería y los senadores, estén en continua confrontación en lugar de buscar el cumplimiento de los objetivos de la política exterior, como tampoco sirve un secretario de Estado alejado de la relación que debe privilegiar con el Senado”, apuntó.

Consideró que para subsanar estos vicios, la relación armónica y de sana cooperación debe surgir desde el inicio del encargo e interactuar las dos fuerzas que regularán el rumbo de la SRE.

En conclusión –añadió--, si la revisión de la política exterior, la regulación de las leyes domésticas y la aprobación de los instrumentos que regirán las relaciones con otros Estados, es una facultad exclusiva del Senado, con mayor razón lo debe ser el aprobar el nombramiento de la persona que va a aplicar las reglas y dirigir el cumplimiento de sus objetivos.

La iniciativa, que propone modificar los artículos 76, 78 y 89 de la Constitución Política, será turnada a Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos.


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