Número-051

  • Se notificará a Sergio Agustín Sánchez Martínez, al Ejecutivo Federal y al Tribunal Superior Agrario para los efectos legales procedentes.

El Pleno de la Cámara de Senadores aprobó un dictamen por el que no se ratifica al ciudadano Sergio Agustín Sánchez Martínez como Magistrado Numerario con la calidad de Inamovible del Tribunal Unitario Agrario.

Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27, fracción XIX y 101 de la Constitución; 86, 93 y 94 de la Ley Orgánica del Congreso; 176, 177, 178, 182, 192, 193 y 194 del Reglamento del Senado de la República; 16 y 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios y 121 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

La presidenta en funciones de la Mesa Directiva, Graciela Ortiz González, indicó que el dictamen se presenta en cumplimiento a la ejecutoria de amparo emitida en el juicio 211/2013-I,  por el Juzgado Octavo de Distrito en Baja California que ordenó la reposición del trámite iniciado con la propuesta del Ejecutivo Federal.

Ortiz González instruyó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Senado de la República notificar el contenido y resolución de la Asamblea, para constancia de la sentencia dictada en el amparo 211/2013, de conformidad con lo previsto en el artículo 196 de la Ley de Amparo.

Además, notificar a Sergio Agustín Sánchez Martínez, al Ejecutivo Federal y al Tribunal Superior Agrario, para los efectos legales procedentes.

Las comisiones unidas de Reforma Agraria y de Justicia exponen que fueron detectadas deficiencias administrativas y jurisdiccionales advertidas in situ por los magistrados inspectores mismas que motivan diversas observaciones y recomendaciones formuladas al trabajo jurisdiccional y administrativo del Magistrado Sánchez Martínez.

En el dictamen se detalla que el 22 de diciembre de 2010, el entonces Presidente de la República presentó la propuesta de no ratificación como Magistrado Agrario de Sergio Agustín Sánchez Martínez con base en lo dispuesto por el segundo párrafo, de Ia fracción XIX, del artículo 27 de Ia Constitución y los artículos 15, 16 y 17 de Ia Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.

El 26 de abril de 2012, el Pleno de la Cámara de Senadores aprobó el dictamen de las comisiones unidas de Reforma Agraria y de Justicia sobre la no ratificación.

No obstante, el 21 de octubre de 2013, Sánchez Martínez impugnó la determinación mediante juicio de garantías y una vez agotado el procedimiento respectivo, y el Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Baja California emitió sentencia que resolvió el Amparo 211/2013-I, determinando otorgar la protección de la Justicia de la Unión al quejoso.

Posteriormente, el 27 de abril de 2017, el Presidente de la República Enrique Peña Nieto por conducto del Subsecretario de Enlace Legislativo de la Secretaría de Gobernación, presentó oficio mediante el cual somete a la consideración de la Cámara de Senadores, la propuesta de no ratificación de Agustín Sánchez Martínez, con base en lo dispuesto por el segundo párrafo, de la fracción XIX, del artículo 27 de la Constitución y los artículos 15 y 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales Agrarios.

El 27 de abril 2017, la Mesa Directiva del Senado de la República, turnó el oficio número DGPL-1P2A.-4657 a las Comisiones Unidas de Reforma Agraria y de Justicia de la LXIII Legislatura para su estudio y dictamen correspondiente.