Número-1432

  • Les permite realizar otras actividades que podrán generar mayor derrama económica.
  • La TVR permite a los extranjeros que residen en Guatemala y Belice a internarse en el país y transitar libremente por Campeche, Chiapas, Tabasco y Quintana Roo.

El Pleno del Senado de la República aprobó una reforma al artículo 52 de la Ley de Migración, para ampliar la temporalidad a un plazo de 3 a 7 días de permanencia para visitantes regionales o residentes de los países vecinos de la frontera sur, en particular, Guatemala y Belice.

Las comisiones unidas de Asuntos Migratorios y de Estudios Legislativos encargadas de dictaminar la minuta que provino de la Cámara de Diputados, consideraron que la modificación aprobada en la sesión ordinaria del pasado 6 de abril, contribuye a generar mayor protección a los derechos humanos de los visitantes regionales.

Así como a flujos migratorios regionales de mayor integración y regulación con los países vecinos de México, en la zona sur-sureste.

La vigencia actual de la Tarjeta de Visitante Regional (TVR) es de tres días, tiempo considerado como limitativo para las actividades turísticas y comerciales que realizan quienes la usan, ya que ese tiempo se consume prácticamente en el transporte desde sus países de origen.

El dictamen señala que la mayoría de las visitas tienen motivos enfocados, para los cuáles el tiempo de vigencia actual les alcanza con premura, lo que no les permite realizar otras actividades que podrían generar mayor derrama económica.

México otorga la TVR a ciudadanos y personas que viven permanentemente en Guatemala y Belice, países con lo que comparte la frontera sur-sureste, y les perite internarse al país hasta por 3 días, y transitar libremente en los estados de Campeche, Chiapas, Tabasco y Quintana Roo, sin autorización para realizar un trabajo remunerado.

El uso de la TVR ha ido en aumento desde su implementación, y genera beneficios económicos en la zona, en sectores como turismo, hotelería, gastronómico y comercio, entre otros.

La Tarjeta de Visitante Regional se tramita en puntos fronterizos de internación y en módulos itinerantes en Guatemala y Belice; cabe destacar que en 2014 fue utilizada por un millón 10 mil 330 extranjeros.

El dictamen que reforma la fracción 111 del artículo 52 de la Ley de Migración, fue aprobado en votación nominal, con 80 votos a favor y una abstención, y se remitió al Ejecutivo federal; y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.