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El Senado de la República votó a favor de un  dictamen para expedir la nueva Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.

Con este ordenamiento los delitos relativos a la trata de personas se considerarán como graves y se prevén sanciones de hasta 40 años de cárcel.

Además, se establecen mecanismos para el resarcimiento y reparación del daño, un programa para la protección de víctimas y testigos, así como un fondo federal para su atención.

Faculta al Ministerio Público y a los policías a que inicien de oficio la indagatoria por los delitos tipificados como trata de personas y junto con los poderes judiciales de los tres niveles de gobierno brinden a los ofendidos asistencia, seguridad y acceso a la justica.

Los senadores modificaron el proyecto de la Cámara de Diputados para “que toda acción u omisión de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o alojar a una o varias personas con fines de explotación sexual se le impondrá de cinco a 15 de años prisión y de mil a 20 mil días multa”.

Asimismo, fijaron una pena de 15 a 30 años de prisión y de mil a 30 ml días multa, al que se beneficie de la explotación de una o más personas a través de la prostitución, la pornografía, las exhibiciones públicas o privadas de orden sexual y el turismo sexual.

De acuerdo con el dictamen, la misma sanción se aplicará a quien obligue a realizar cualquier otra actividad sexual remunerada mediante el engaño, la violencia física o moral, el abuso de poder, el aprovechamiento de una situación de vulnerabilidad, daño grave o amenaza de denuncia ante autoridades migratorias.

El Senado también cambió la minuta de la colegisladora para precisar que el abuso de poder es el aprovechamiento que se realiza para la comisión del delito derivado de una relación o vínculo familiar, sentimental, de confianza, custodia, laboral, formativo, educativo, de cuidado y religioso.

O de cualquier  otro que implique dependencia o subordinación de la víctima respecto al victimario, incluyendo a quien tenga cargo público o se ostente de él o pertenezca a la delincuencia organizada.

Asimismo, dispuso que se entienda por explotación de una persona la esclavitud, condición de siervo, prostitución ajena, la explotación laboral, el trabajo o servicios forzados, la mendicidad forzada y la utilización de personas menores de 18 años en actividades delictivas.

Además, la adopción ilegal de menores, el matrimonio forzoso o servil, el tráfico de órganos, tejidos y células de seres humanos vivos, así como la experimentación biomédica ilícita en seres humanos.

La nueva Ley también establece de 20 a 40 años de cárcel y de dos mil a 30 mil días de multa, al que realice explotación sexual aprovechándose de la relación matrimonial o concubinato y en todos los casos en que se acredite esta conducta se declarará nulo el matrimonio.

Para el padre, madre, tutor o persona que entregue o reciba de forma ilegal, irregular, o incluso mediante la adopción, a una persona menor de dieciocho años con el fin de abusar o explotarla, propone un castigo de 20 a 40 años de prisión y de 2 mil a 20 mil días de multa.

Del mismo, modo establece prisión de 15 a 25 y de mil a 20 mil días multa, al que promueva, publicite, invite, facilite o gestione por cualquier medio a que una o más personas viajen al interior o exterior del territorio nacional con la finalidad de que realicen cualquier tipo de actos sexuales, reales o simulados.

Para cumplir con dicho ordenamiento, el Senado reformó la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, los códigos Federal de Procedimientos Penales y  Penal Federal, así como la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la de la Policía Federal y la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y abrogó la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.

En el debate la senadora panista Judith Díaz Delgado manifestó que con la nueva Ley  México cumple con algunos compromisos internacionales que lo obligan a adoptar medidas legislativas para tipificar el delito, su tentativa y complicidad, así como para sancionar la organización o dirección de quienes intervienen en su consumación.

Los delitos relativos a la trata de personas, dijo, son los que “más dañan a nuestra sociedad”, por lo que es necesario un marco legal para la defensa “enérgica y eficaz de la dignidad y de los derechos fundamentales de las personas frente a una conducta criminal”.

La trata de persona, señaló la presidente de la Comisión de Equidad y Género, “es la forma de esclavitud más moderna, por lo que es un delito que tenemos que combatir de manera frontal”.

Su compañero de bancada Guillermo Tamborrel Suárez coincidió en que cualquiera de sus vertientes este delito “es una de las conductas más reprobables y abominables en las que puede incurrir un ser humano”.

Dio a conocer que los senadores verificarán que las distintas autoridades apliquen la Ley “con todo rigor”, pues “es un paso indispensable para que nos consideremos una civilización del Siglo XXI”.

El dictamen se avaló con 78 votos a favor y se devolvió a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.


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