Pronunciamiento de las Comisiones Unidas de Justicia y de Anticorrupción y participación ciudadana sobre el proceso de dictaminación de las y los aspirantes a ocupar el cargo de titular de la Fiscalía Especializada en materia de Delitos relacionados con hechos de corrupción de acuerdo a las reglas de parlamento Abierto.

La aprobación de las reformas y nuevas leyes que materializaron el Sistema Nacional Anticorrupción, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de Julio de 2016, representan un paradigma en el combate a la corrupción. Sin embargo, para su buen funcionamiento e implementación, es fundamental para este Senado continuar con el desarrollo de este diseño institucional. En este contexto, una de sus piezas fundamentales es la Fiscalía Especializada en Materia de Delitos Relacionados con Hechos de Corrupción: pues su facultad para investigar y conocer de las conductas que constituyen delitos en la materia es esencial para la concreción jurídica de este nuevo sistema.

En este sentido, las Comisiones de Justicia y de Anticorrupción y Participación Ciudadana hemos trabajado en conjunto con el fin de que el proceso  de evaluación de las y los aspirantes a ocupar el cargo de Titular de la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción, sea bajo las reglas de Parlamento Abierto. Reglas internacionales de apertura y transparencia gubernamental que han funcionado como directrices en varios procesos y en ejercicios de esta naturaleza organizados por estas comisiones.

Así, por ejemplo, el proceso de dictaminación del Código Nacional de Procedimientos Penales se llevó a cabo de acuerdo a sus postulados. En él, la sociedad civil organizada participó de una manera activa. De igual modo, en el proceso de nombramiento de los Comisionados del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, participó un Comité técnico de seguimiento y  acompañamiento, el cual estuvo conformado por académicos, especialistas y activistas. En conjunto, este Comité colaboró con este Senado en la evaluación de las y los aspirantes a comisionados del INAI. Inclusive, a raíz de este proceso, el “Colectivo por la Transparencia” emitió un reconocimiento a estas Comisiones Unidas que encabezaron dicho proceso.  

Por esta razón, los integrantes de estas Comisiones Unidas de Justicia y de Anticorrupción y Participación Ciudadana consideramos que los dos principales atributos del concepto de Parlamento Abierto son la transparencia y la participación ciudadana. Directrices institucionales que han propiciado una fuerza de cambio real en el funcionamiento de esta Institución. Particularmente en la elaboración de normas jurídicas que se han constituido como paradigmas en el orden jurídico nacional, así como en el nombramiento de altos funcionarios públicos pertenecientes a órganos constitucionales relacionados con la transparencia y el combate a la corrupción.

Por estos motivos, estas Comisiones Unidas proponen la implementación de las siguientes directrices en materia de Parlamento Abierto para ser implementadas en el proceso de dictaminación de las y los aspirantes al cargo de Titular de la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción:

 

  • Las Comisiones responsables del proceso de evaluación de los aspirantes a ocupar el cargo de Titular de la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción, acordamos que este proceso se conducirá bajo las reglas de Parlamento Abierto. Esto es, que este ejercicio legislativo gozará de la máxima publicidad y difusión. De modo que se dará a conocer la ruta crítica, calendario y programa de las comparecencias de los aspirantes, así como la versión pública de los expedientes de los aspirantes.
  • Las comparecencias de los aspirantes ante las Comisiones Unidas se difundirán y transmitirán a través del Canal del Congreso. Todas las sesiones contarán con respaldo en video y versiones estenográficas.
  • Este proceso cuenta con la participación de la sociedad civil a través de un Comité de Acompañamiento. Éste está compuesto por los siguientes ciudadanos de reconocida trayectoria académica en la materia de anticorrupción y transparencia: María Cristina Puga Espinoza, Issa Luna Pla, Silvia Inclán Oseguera, Luis Carlos Ugalde, Juan Carlos Sánchez Magallán, Fernando Nieto y Ricardo Jiménez.  Para su composición, este Senado realizó una amplia invitación a organizaciones, académicos y personas con dicha trayectoria. Las semblanzas curriculares   de    los   integrantes   designados    han    sido   publicadas  en   los micrositios de las Comisiones de Justicia y de Anticorrupción y Participación Ciudadana.
  •  El Comité de Acompañamiento deberá enviar a estas Comisiones Unidas las reglas internas de funcionamiento y lineamientos de ética de su participación. Las mismas también serán publicadas en los micrositios de las Comisiones de Justicia y de Anticorrupción y Participación Ciudadana.
  •  El método y los instrumentos de evaluación que haya utilizado el Comité de Acompañamiento, así como sus resultados, serán publicados en los micrositios de las Comisiones de Justicia y de Anticorrupción y Participación Ciudadana.
  •  Finalmente, una vez realizada la designación del Titular de la Fiscalía Especializada en materia de delitos relacionados con hechos de corrupción por parte de este Senado de la República, el Comité de Acompañamiento deberá entregar un informe final sobre la evaluación de este proceso.

Como se ha realizado en nombramientos anteriores, abrir este proceso de dictaminación y designación a un Comité de Acompañamiento integrado por miembros de la sociedad civil y de la academia, con una amplia trayectoria en la materia, representa un avance sustancial en materia de transparencia y participación ciudadana. Directrices de Parlamento Abierto que informan sobre la apertura y disposición de este Senado para implementar nuevos instrumentos para el fortalecimiento de la confianza ciudadana en los procedimientos parlamentarios. Reglas novedosas que deben aplicarse en lo general y no en procedimientos específicos del Poder Legislativo Federal.