Número-995

  • Los responsables estarán obligados a reparar el daño, con la restitución de lo obtenido por el delito o mediante el pago a su valor actualizado.
  • Los servidores públicos involucrados en delitos de abigeato serán inhabilitados por diez años para el desempeño de cualquier cargo público.

El senador Óscar Román Rosas González, del Grupo Parlamentario del PRI, presentó una iniciativa que tiene por objeto tipificar el delito de “abigeato”, en su modalidad de delincuencia organizada que, dijo, se presenta con mayor frecuencia en las entidades federativas.

Esta modalidad, añadió, difiere de lo que ya está tipificado en treinta y un entidades, pues solamente en el estado de Sonora se esboza el término “delincuencia organizada” para este delito.

Explicó que ante diversos hechos -sistemáticos y organizados- para apoderarse de manera ilegal de ganado en distintas regiones del país, con énfasis en la región sureste, el gobierno del estado de Campeche, encabezado por Alejandro Moreno Cárdenas, ha propuesto que la Federación intervenga en contra de estos grupos delictivos, y se cree el tipo penal señalado.

Indicó que en su propuesta, se establece un tipo penal específico para que toda persona que, mediante organización jerarquizada y estructurada, se apropie de manera indebida de una o más cabezas de ganado, cualquiera que fuera su especie, se hará acreedora a una pena de hasta diez años de prisión y 500 días de multa. 

Hizo hincapié en que los responsables estarán obligados a reparar el daño, a través de la restitución de la cosa obtenida por el delito o mediante el pago de la misma a su valor actualizado.

El delito de abigeato, en su modalidad de delincuencia organizada, se equiparará cuando se modifiquen o alteren sellos o marcas de ganado, se venda, compre o almacene ganado producto del abigeato, se transporten, comercien y distribuyan cárnicos y derivados, y se expidan certificados apócrifos para simular ventas o se utilicen en cualquier transacción sobre ganado.

Subrayó que se considera como abigeato agravado, aumentando una tercera parte las penas y multas, a los servidores públicos y sus subalternos que participan en actos constitutivos del delito de abigeato; a quien autorice el sacrificio de ganado en rastros oficiales; cuando se ejerza violencia física, utilizando armas de fuego o cualquier otra arma para sometimiento, y cuando se ejerza violencia moral, a través de amenazas, intimidaciones y presiones para hacerse del ganado ajeno.

El legislador dejó en claro que los servidores públicos involucrados en delitos de abigeato serán inhabilitados por diez años para el desempeño de cualquier cargo público.

La iniciativa se turnó a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos de Cámara de Senadores.