Número-957

  • Los cambios deberán ser enfocados a la producción primaria y al procesamiento o comercialización: senadora Luisa María Calderón.
  • La participación de la mujer campesina en las unidades agrícolas industriales son de suma importancia: senadora Silvia Garza.

El Pleno del Senado de la República aprobó, con 70 votos a favor y cero en contra, el proyecto de decreto por el que se modifica el artículo 71 y se adiciona un octavo párrafo al artículo 108 de la Ley Agraria.

La modificación al artículo 71 señala que la Asamblea General de Comuneros y Ejidatarios, podrá reservar una superficie en la extensión que determine, localizada de preferencia en las mejores tierras colindantes con la zona de urbanización, que será destinada al establecimiento de la unidad agrícola industrial de la mujer, la cual deberá ser aprovechada por las mujeres mayores de 16 años del núcleo de población.

El objeto de esta unidad será la realización y coordinación de actividades productivas, de asistencia mutua, aprovechamiento de recursos, comercialización o cualquier actividad que promueva el desarrollo económico y social de la mujer dentro del núcleo agrario.

Las mujeres pertenecientes a un núcleo agrario podrán organizarse como una unidad agrícola industrial de la mujer; y éstas, a su vez, en uniones; y la denominación social irá seguida de las palabras “Unidad Agrícola Industrial de la Mujer” o su abreviatura UAIM.

Al respecto, la senadora del PAN, Luisa María Calderón Hinojosa, subrayó que estos cambios no solamente deberán ser enfocados a la producción primaria, sino que se pueden desarrollar otro tipo de actividades como el procesamiento, comercialización y actividades industriales.

Hizo énfasis en que las mujeres que viven en un ejido, mayores de 16 años, simplemente por ser mujeres puedan participar en estas unidades de producción rural, a fin de que participen en las unidades productivas.

Por su parte, la senadora del PAN, Silvia Garza Galván, sostuvo que la participación de la mujer campesina en las unidades agrícolas industriales son de suma importancia, toda vez que, de acuerdo con un informe de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa), del 2016, se resalta el papel de las mujeres trabajadoras del sector agrícola como un elemento necesario para impulsar el desarrollo de la economía del país, e inclusive para erradicar la pobreza y el hambre.

Señaló que al desempeñarse como agricultoras, ganaderas, comerciantes y empresarias, las mujeres empoderan su participación en el sector y combaten los estereotipos de género que les imposibilitan el acceso equitativo a recursos y servicios productivos que demandan o precisan para tener un mayor rendimiento.

Dijo que es evidente que en el país existe la necesidad de participación y organización más efectiva de la mujer en los ejidos y el reconocimiento de éstas como sujetos agrarios y en igualdad de condiciones con el género opuesto.

La senadora del PRI, Hilaria Domínguez Arvizu, celebró las modificaciones propuestas, y señaló que con estos cambios, se regresa la unidad agrícola industrial a la mujer campesina.

Asimismo, dijo que se le da certeza jurídica a la mujer y a las parcelas que ya están asignadas a ellas y, al mismo tiempo, en dónde no se tiene, se tendrá que gestionar y luchar para que se cumpla con lo estipulado en esta ley.

Aseveró que en la actualidad es indispensable dar los instrumentos jurídicos y crediticios a las mujeres para que se integre cabalmente al campo, para que produzca y tenga un amplio medio para subsistir.

El proyecto de decreto fue remitido al Ejecutivo Federal.