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La Cámara de Senadores analizará los cambios que la colegisladora realizó a la minuta que expide la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, en donde estableció a los servidores públicos como sujetos de este ordenamiento.

En el documento devuelto por los diputados se explica que la Ley tiene como objetivo establecer las responsabilidades y sanciones que deberán imponerse a las personas físicas y morales, de nacionalidad mexicana o extranjera, por las infracciones en que incurran en su participación en contrataciones públicas federales o en transacciones comerciales internacionales.

En este sentido, la colegisladora agregó al texto que los servidores públicos que participen, directa o indirectamente, en las contrataciones públicas federales estarán sujetos a responsabilidad en los términos del Título Cuarto de la Constitución.

Además, incluyeron que una vez recibida la denuncia por presuntos actos de corrupción, las autoridades competentes podrán solicitar información a los involucrados e instituciones públicas, los cuales tendrán la obligación de proporcionarla dentro del plazo de diez días hábiles contados a partir de que surta efectos la notificación respectiva.

De igual forma, añadieron que la autoridad tendrá acceso a la información necesaria para el esclarecimiento de los hechos, con inclusión de aquella que las disposiciones legales consideren como de carácter reservado, confidencial o que deba mantenerse en secreto.

Con estas modificaciones la Cámara de Diputados estableció “el elemento de validez relativo a la notificación del inicio del procedimiento administrativo sancionador de conformidad al procedimiento regulado en la ley y precisó que toda medida de apremio deberá estar debidamente fundada y motivada”.

Cabe señalar que este nuevo ordenamiento, aprobado por el pleno senatorial el 5 de abril de 2011, incluye sanciones  a las personas morales que participen en actos de corrupción con multas que van de 10 mil hasta 2 millones de veces el salario mínimo o inhabilitación por un periodo que no será menor de 3 meses ni mayor de 10 años.

También para las personas físicas se fijan multas que pueden abarcar la cantidad de mil a 50 mil veces el salario mínimo o inhabilitaciones para participar en contrataciones públicas de carácter federal por un periodo que no menor de 3 meses ni mayor de 8 años.

Asimismo, los senadores establecieron que la Secretaría de la Función Pública será la autoridad facultada para investigar y, en su caso, sancionar a los culpables que incurran en las infracciones que establece la Ley.

El documento se envió a la Comisión de Gobernación para su análisis correspondiente.


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